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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del poder popular para la educación I.U.P Santiago Mariño Hidrología. Sec: S Autor: Jorge Lanz.

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1 República Bolivariana de Venezuela Ministerio del poder popular para la educación I.U.P Santiago Mariño Hidrología. Sec: S Autor: Jorge Lanz

2 Es un complejo mecanismo hidrológico, geomorfológico y ecológico de movilización o conducción superficial de las aguas continentales, acompañadas de los materiales que transportan (sedimentos, solutos, contaminantes, nutrientes, seres vivos) en la dirección de la pendiente hasta que son vertidas en mares y océanos, o en lagos y embalses.

3 1. Zona fluvial Es la zona del espacio fluvial que ocupa el río. Está constituida por el cauce o lecho (con presencia continuada o no de agua) y las riberas. En la zona fluvial encontramos los sistemas biológicos asociados, así como la morfología del cauce y sus riberas. Forma un ecosistema debido a que es el nexo de transmisión de vida. Para limitar la zona fluvial, se toma como referencia la línea base surgida de la delimitación de las crecidas máximas de periodo de retorno de 10 años. 2. Sistema hídrico Es la zona del espacio fluvial reservada a la preservación correcta y plena del régimen de corrientes en caso de avenida, debido a que es una zona con un riesgo elevado de inundaciones. Es una zona imprescindible para el río, ya que permite el paso del flujo de agua en avenida y, al mismo tiempo, la relación medioambiental con el resto de elementos naturales. La delimitación del sistema hídrico toma como referencia la franja delimitada por la línea de cota de inundación de la avenida de periodo de retorno de 100 años, dándole cierto sentido y continuidad. 3. Zona inundable La zona inundable es la zona del espacio fluvial que el río llega a ocupar esporádicamente coincidiendo con avenidas extraordinarias. Tiene un carácter extemporáneo, la preservación de la zona inundable se dirige a evitar daños importantes. Es una zona del espacio fluvial modificable por la actividad humana, pero siempre con condiciones de riesgo. Para la delimitación de la zona inundable se toma como referencia la línea de cota de inundación de la avenida de periodo de retorno de 500 años.

4 El sistema fluvial se estructura en cuencas hidrográficas y en una red hidrográfica o de drenaje compuesta por un sistema jerarquizado de cursos fluviales, desde pequeños surcos hasta ríos, que confluyen unos en otros hasta configurar el colector principal de la cuenca.

5 Los sistemas fluviales presentan una dinámica fluvial debida a procesos activos como la erosión, el transporte y la sedimentación que producen migraciones y cambio de trazado de cauces, orillas erosionadas o con depósitos sedimentarios y otras modificaciones que acontecen espacialmente tanto a lo largo del eje fluvial como transversal y verticalmente, y evolucionan en el tiempo.

6 -Tramo de corriente recto, de orillas paralelas en por lo menos 5 veces el ancho. -Tramo de rio sin cauce mayor inundable. -Tramo de cauce sin irregularidades ni obstrucciones, sin bloques de piedras o vegetación, de perfil longitudinal sin escalones, de pendiente uniforme y reducida, de flujo uniforme sin remolinos. -Estabilidad del lecho de la corriente, tanto en perfil longitudinal como en perfil transversal. -Ausencia de confluencias cercanas y especialmente lo mas lejos posible, hacia aguas arriba, de las desembocaduras que pudieran producir remanso. -Acceso fácil por vía terrestre o navegable. -Preferiblemente sitio con puente de carretera. Sitio en el cual sea posible la construcción de las estaciones hidrométricas necesarias para ejecutar las observaciones y mediciones programadas.

7 El limnímetro: es una regla graduada que permite medir las fluctuaciones del nivel del agua. Tal como se muestra en la foto, limnímetro ubicad en la estación hidrométrica Puerto Inca. Un maxímetro: es un instrumento de medición eléctrico cuya finalidad es obtener el valor máximo de la potencia eléctrica demandada durante un periodo de tiempo (normalmente el periodo de facturación de una compañía suministradora de energía eléctrica). El limnicontacto: es un dispositivo simple y elemental constituido esencialmente por una polea, un contrapeso y un flotador unidos por un cordel o cable abcisado, para facilitar la medición; su operación es sencilla, según el nivel de agua el cable se desplaza con relación a un punto de referencia, permitiendo así obtener la lectura de nivel. El nivel o altura de la corriente debe ser medida con una exactitud de un centímetro, mientras que en las estaciones de aforo que efectúan registros continuos la exactitud debe ser de tres milímetros.

8 El parteaguas o línea divisoria es una línea imaginaria que delimita la cuenca de una corriente de agua y la separa de las cuencas adyacentes.

9 Los ríos son corrientes de agua que fluyen por un cauce desde tierras altas a tierras bajas y que finalmente llegan a un lago, a otro río o al mar, excepto en zonas desérticas, que pueden desaparecer al consumirse. El río es el agente principal de transporte del círculo fluvial. Los ríos transportan elementos diluidos y residuos sólidos. Con estos materiales transportados, los ríos llevan a cabo en el terreno una erosión, que da origen a diferentes perfiles de valles fluviales. Como consecuencia de las acciones erosivas y depósito, el lecho tiende a presentar un perfil cóncavo. El curso alto del río tiene un gran poder erosivo formando desfiladeros, hoces, gargantas, entre otras modificaciones de la corteza terrestre. De acuerdo al tipo de régimen, las corrientes fluviales se clasifican en: 1. De régimen permanente: si fluyen a lo largo de todo el año. 2. De régimen intermitente: si su circulación es episódica o estacional.

10 De acuerdo al tipo de flujo, las corrientes fluviales se clasifican en: 1. De flujo laminar: cuando las partículas se desplazan siguiendo trayectorias paralelas, formando así en conjunto capas o láminas. La corriente de agua se mueve sin que haya mezcla significativa de partículas de fluido vecinas. La viscosidad del fluido es la magnitud física predominante y su acción amortigua cualquier tendencia a ser turbulento. 2. De flujo turbulento: cuando las trayectorias son circulares y erráticas, semejantes a remolinos. Ocurre cuando las velocidades de flujo son generalmente muy altas o las fuerzas viscosas son débiles en relación con las fuerzas inerciales. La turbulencia es responsable de erosionar el cauce y mantener el sedimento en suspensión. En la naturaleza generalmente se presenta este tipo de flujo. De acuerdo a la dirección del desagüe de la cuenca, las corrientes fluviales se clasifican en: 1. Consecuentes: cuando las corrientes de agua coinciden. 2. Obsecuentes: si las corrientes fluyen en dirección opuesta. 3. Subsecuentes: si el trazado de las corrientes se encuentra condicionado por la litología del terreno

11 La regulación fluvial en Venezuela tiene un marco legal basado, además de numerosos convenios internacionales, en diferentes leyes y decretos nacionales, entre los que destacan: 1. Ley de Aguas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.595, de fecha 2 de enero de 2007. En su artículo 1º define que "Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones que rigen la gestión integral de las aguas, como elemento indispensable para la vida, el bienestar humano y el desarrollo sustentable del país, y es de carácter estratégico e interés de Estado". 2. Ley Orgánica del Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.833 extraordinario, de fecha 22 de diciembre de 2006. En su artículo 1º define "Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y los principios rectores para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población y al saneamiento del planeta, en interés de la humanidad. De igual forma establece las normas que desarrollan las garantías y derechos constitucionales a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado". En su artículo 55 establece "La gestión integral del agua está orientada a asegurar su conservación, garantizando las condiciones de calidad, disponibilidad y cantidad en función de la sustentabilidad del ciclo hidrológico". 3. Ley Penal del Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.913, de fecha 2 de mayo de 2012. Esta Ley en su Título III De los delitos contra el ambiente, norma los delitos referidos a la degradación, alteración, deterioro y demás acciones capaces de causar daños a las aguas.


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