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ASISTENCIA TECNICA A FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE EDUCACIÓN EN CADA MUNICIPIO, DIRECTORES DE NÚCLEO Y RECTORES Álvaro Gómez Quintero:

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Presentación del tema: "ASISTENCIA TECNICA A FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE EDUCACIÓN EN CADA MUNICIPIO, DIRECTORES DE NÚCLEO Y RECTORES Álvaro Gómez Quintero:"— Transcripción de la presentación:

1 ASISTENCIA TECNICA A FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE EDUCACIÓN EN CADA MUNICIPIO, DIRECTORES DE NÚCLEO Y RECTORES Álvaro Gómez Quintero: agomez@sedhuila.gov.co GOBERNACION DEL HUILA SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE EDUCACION GESTION DE COBERTURA EDUCATIVA

2 Análisis y comentarios Decreto Departamental 0710 de 2013, PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE MATRICULA 2014 Establecer en Gestión de la Cobertura Educativa, el procedimiento para el desarrollo del proceso de Matrícula el año 2014 en los establecimientos educativos oficiales y no oficiales de los municipios no certificados del Departamento del Huila, con el siguiente cronograma:

3 Análisis y comentarios Decreto Departamental 0710de 2013, PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE MATRICULA 2014 Establecer en Gestión de la Cobertura Educativa, el procedimiento para el desarrollo del proceso de Matrícula el año 2012 en los establecimientos educativos oficiales y no oficiales de los municipios no certificados del Departamento del Huila, con el siguiente cronograma:

4 Análisis y comentarios Decreto Departamental 0710 de 2013, PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE MATRICULA 2014 Establecer en Gestión de la Cobertura Educativa, el procedimiento para el desarrollo del proceso de Matrícula el año 2012 en los establecimientos educativos oficiales y no oficiales de los municipios no certificados del Departamento del Huila, con el siguiente cronograma:

5 ARTÍCULO SEGUNDO:

6 ARTÍCULO TERCERO: La responsabilidad del servicio a nivel Departamental, Municipal e Institucional se distribuye así:

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9 ARTÍCULO CUARTO: Sobre los lineamientos generales para la prestación del servicio: Según lo establecido en el artículo 3° de la Res. 5360 de 2006, el departamento tendrá en cuenta los siguientes lineamientos en la organización del proceso en los municipios no certificados y establecimientos educativos:

10 ARTÍCULO QUINTO: Criterios de priorización en la oferta educativa: Según el Artículo 4° de la Res. 5360 de 2006, se tendrán en cuenta los siguientes criterios para efectuar el proceso de matrícula: Asignar los cupos oficiales en el siguiente orden de prioridad: 1. Estudiantes que ya están vinculados al establecimiento educativo (antiguos) y a los que solicitan traslados, para asegurar su continuidad en el sistema. 2. Estudiantes provenientes del ICBF o de la institución territorial que haga sus veces que, cumplien- do el requisito de la edad, vayan a ingresar al grado de transición, grado obligatorio de preescol. 3. Estudiantes, vinculados al sistema educativo oficial, que hayan solicitado traslado, prioritariamente a aquellos que tengan hermanos en el establecimiento educativo al cual se solicita el traslado. 4. Niños y jóvenes que soliciten cupo, con prioridad para hermanos(as) de estudiantes ya vinculados. 5. Niños y jóvenes clasificados en los niveles uno (1), dos (2) y tres (3) del SISBEN, a la población afectada por el desplazamiento y a toda la población vulnerable por razones sociales, físicas o culturales. 6. Beneficiarios de la Ley 1081 de 2006. b. Asignar los cupos disponibles para estudiantes nuevos que se inscribieron durante el proceso. c. Verificar que de manera prioritaria para recibir niños (as) al grado de transición, grado obligatorio de preescolar, sean los de cinco (5) años cumplidos a la fecha de inicio del calendario escolar. d. Garantizar que para el ingreso al sistema educativo oficial no se exija como requisito examen de admisión. e. Velar por que la asignación de cupo, matrícula o su renovación no esté condicionada al pago de afiliación o incorporación a la asociación de padres de familia o cualquier otro tipo de organización, fondo o cuenta. Además abstenerse de realizar cobros por derechos Académicos y otros cobros.

11 ARTÍCULO SEXTO En cumplimiento del Artículo 6° No. A, inciso a. de la Res. 5360 de 2006, los integrantes del Comité Departamental de Cobertura, serán: Secretario (a) de Educación, Líder de Cobertura, Líder de Recursos, Líder Planta de Cargos Docentes, Líder Actividades de Acceso, un representante de los Directores de Núcleo y otro de los Rectores, con las funciones establecidas en el Decreto 747 del 2 de agosto de 2006. A Nivel Municipal funcionará con sus integrantes, el Comité Técnico Municipal de Directivos Docentes reglamentado mediante Decreto 653 de 2006.

12 ARTÍCULO SÉPTIMO. INCENTIVO DEPARTAMENTAL Con el fin de mejorar los resultados en eficiencia educativa en cobertura, a los establecimientos educativos oficiales que presenten el mayor porcentaje de incremento en su matrícula de educación regular, del grado cero al grado once, con referencia al año anterior, previa verificación de auditoría de matrícula, tendrán un reconocimiento público en el correo institucional y Páginas Web de la Secretaría de Educación y de Cobertura Educativa, además de priorización en la entrega de recursos, siempre y cuando el establecimiento haya cumplido con el desarrollo de cada proceso de acuerdo al cronograma establecido en el presente decreto.

13 ASISTENCIA TÉCNICA Álvaro Gómez Quintero agomez@sedhuila.gov.co San Agustín, Isnos, Palestina y Acevedo. Ramón Muñoz Silva rmunoz@sedhuila.gov.co Palermo, Santa María, Teruel, Yaguará e Iquira. José Ivan Almario Duarte jialmario@sedhuila.gov.co Garzón y Gigante. Alberto Moreno Gaitán amoreno@sedhuila.gov.co Saladoblanco, Oporapa, Elías, Timaná y Suaza. Joselito Trujillo Lara jtrujillol@sedhuila.gov.co Tesalia, Paicol, Nátaga, La Plata y La Argentina. Jesús Antonio Muñoz Manrique jamunoz@sedhuila.gov.co Agrado, Pital, Altamira, Guadalupe. Tarqui. Hernando Herrera Herrera hherrera@sedhuila.gov.co Colombia, Baraya, Tello y Villavieja y Aipe. Natalia Sánchez Pedroza bamena@sedhuila.gov.co Rivera, Campoalegre, Hobo y Algeciras. Álvaro Gómez Quintero agomez@sedhuila.gov.co San Agustín, Isnos, Palestina y Acevedo. Ramón Muñoz Silva rmunoz@sedhuila.gov.co Palermo, Santa María, Teruel, Yaguará e Iquira. José Ivan Almario Duarte jialmario@sedhuila.gov.co Garzón y Gigante. Alberto Moreno Gaitán amoreno@sedhuila.gov.co Saladoblanco, Oporapa, Elías, Timaná y Suaza. Joselito Trujillo Lara jtrujillol@sedhuila.gov.co Tesalia, Paicol, Nátaga, La Plata y La Argentina. Jesús Antonio Muñoz Manrique jamunoz@sedhuila.gov.co Agrado, Pital, Altamira, Guadalupe. Tarqui. Hernando Herrera Herrera hherrera@sedhuila.gov.co Colombia, Baraya, Tello y Villavieja y Aipe. Natalia Sánchez Pedroza bamena@sedhuila.gov.co Rivera, Campoalegre, Hobo y Algeciras. Edificio Gobernación del Huila, Carrera 4 Calle - Piso 8 Teléfono 8671300 Extensión 1405, 8716076 Neiva-Huila Gestión de la Cobertura Educativa – Grupo de Acceso

14 GRACIAS FELIZ REGRESO


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