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LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA DE RIEGO EN PERÚ PROBLEMAS Y DESAFÍOS

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Presentación del tema: "LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA DE RIEGO EN PERÚ PROBLEMAS Y DESAFÍOS"— Transcripción de la presentación:

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2 LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA DE RIEGO EN PERÚ PROBLEMAS Y DESAFÍOS

3 LAS ORGANIZACIONES DE REGANTES EN LA HISTORIA DEL PERÚ
Los regantes que usan una fuente de agua de escorrentía común tienen que estar organizados . En la Época Prehispánica. En la Época de la Colonia. En los inicios de la República. En el Siglo XX. En el presente siglo.

4 LOS REGANTES EN LA ÉPOCA PREHISPÁNICA
En la Época Pre-Hispánica no se tenían leyes escritas, pero historiadores afirman que hubo una fuerte organización social y política en torno al riego, que hubo buen uso y buena distribución del agua de regadío, pero ¿estas organizaciones eran autogestionarias o simplemente obedecían a algún jerarca?

5 LOS REGANTES EN LA ÉPOCA DE LA COLONIA
El Rey Carlos I ordena que se distribuya el agua de riego según lo hacen los nativos. En 1577 el Virrey Toledo dicta ordenanzas para la distribución de agua en el valle de Lima. Reglamentos del Deán Saavedra y de Cerdán.

6 LA DISTRIBUCIÓN DE AGUA EN LOS INICIOS DE LA REPÚBLICA
Rigieron gran parte de las normas de la Época de la Colonia.

7 LOS REGANTES EN EL SIGLO XX
El Código de Aguas de 1902. El Decreto Ley Nº Ley General de Aguas. El Decreto Legislativo Nº 653

8 LOS REGANTES EN EL CÓDIGO DE AGUAS DE 1902
Vigente durante 67 años. Reconocía a las organizaciones de regantes locales y a las comunidades de indígenas. Las comunidades de regantes administraban las aguas a través de un Administrador de Aguas elegido de entre ellos. Este distribuía el agua arbitrariamente y favorecía a los terratenientes; la administración de aguas era muy deficiente. La Dirección de Aguas e Irrigación criticó duramente a las comunidades de regantes. Se crearon las Comisiones Técnicas y después sustituidas por Administraciones Técnicas de Agua, para administrar las aguas.

9 LOS REGANTES EN EL CÓDIGO DE AGUAS
Los regantes mediante el pago de la prorrata cubrían los gastos que demandaban el sostenimiento de cada administración técnica y su funcionamiento así como el de las inspecciones y la movilidad. El presupuesto era elaborado y aprobado por el Consejo Superior de Aguas y solo podía ser variado cada tres años. Los gastos que demandaban el servicio de vigilancia en cada cauce comunal, las limpias y reparaciones y la construcción de compuertas eran cubiertas por los mismos interesados mediante prorrata anual, pero el presupuesto los elaboraba la Administración Técnica.

10 LOS REGANTES EN LA LEY GENERAL DE AGUAS
Se crean los distritos de riego y en éstos se crean los sectores de riego. Los usuarios de agua están obligados a organizarse en en comisiones de regantes en los sectores de riego y las comisiones de regantes se organizan en juntas de usuarios en los distritos de riego.

11 LOS REGANTES EN LA LEY GENERAL DE AGUAS
Las normas de la Ley General de Aguas indicaban que toda la responsabilidad de la administración de las aguas recaía en el Gobierno, pero en el año 1987 se da el Decreto Supremo N° AG, Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua, en donde se dispone que una función de las juntas de usuarios es la operación y mantenimiento de los sistemas de riego, lo cual no es aceptado de buen grado por los administradores técnicos de los distritos de riego por considerar que los usuarios no tienen la preparación para desempeñar dichas responsabilidades.

12 LOS REGANTES EN EL DL N° 653 El DL N° 653, Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario, en el Título V, DELAS AGUAS, es un complemento de la Ley General de Aguas, crea las Autoridades Autónomas de Cuenca Hidrográfica como máximo organismo decisorio en materia de uso y conservación de los recursos agua y suelo en su respectivo ámbito jurisdiccional. Su Directorio lo integraban entre otros cinco representantes de las organizaciones agrarias representativas de los productores. Se crearon algunas (proyectos especiales), las cuales no tuvieron mayor significación por falta de recursos económicos.

13 LOS REGANTES EN EL DL N° 653 Se mantienen las comisiones de regantes y las juntas de usuarios, los cuales deben ser reconocidos por las ATDR y tienen personería jurídica. Las funciones que se les asigna son: promover la participación activa y permanente de sus integrantes en la operación, mantenimiento, desarrollo y uso racional de los recursos agua y suelo en concordancia con las disposiciones emanadas de la Autoridad de Aguas de nivel local y nacional.

14 LOS REGANTES EN EL PRESENTE SIGLO
Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos. Ley N° 30157, Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua.

15 LOS REGANTES EN LA LEY N° 29338, LEY DE RECURSOS HÍDRICOS
Las organizaciones de usuarios de agua son asociaciones civiles que tienen por finalidad la participación en la gestión multisectorial y uso sostenible de los recursos hídricos. El Estado garantiza la autonomía de estas organizaciones y la elección democrática de sus directivos.

16 LOS REGANTES EN LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS
Los usuarios de agua que comparten una fuente superficial o subterránea y un sistema hidráulico común están obligados a organizarse en comités, comisiones y juntas de usuarios. Predominan los Los comités de usuarios integran las comisiones de usuarios y éstos las juntas de usuarios. Los usuarios que cuentan con abastecimiento de agua propio pueden organizarse en asociaciones de nivel regional y nacional según las disposiciones del Código Civil.

17 LOS REGANTES EN LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS
La Ley de Recursos Hídricos es una ley participativa en esencia. Las organizaciones de usuarios son corresponsables de la gestión pública del agua: Integran el Sistema Nacional de gestión de los Recursos Hídricos. Tienen representantes en los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca y en el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua.

18 LOS REGANTES EN LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS
Los comités de usuarios pueden ser de aguas superficiales, de aguas subterráneas y de aguas de filtración. Los de aguas superficiales se organizan a nivel de canales menores, los de aguas subterráneas a nivel de pozo y las aguas de filtraciones a nivel de área de afloramiento superficial. Las juntas de usuarios tienen las siguientes funciones: a) La operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica. b) La distribución de agua. c) El cobro y administración de las tarifas de agua.

19 LOS REGANTES EN LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS
Otras funciones y responsabilidades de las organizaciones de usuarios de agua: Representar a los usuarios ante la Autoridad Nacional del Agua y otras autoridades del sector público y del sector privado. Promover la capacitación y asistencia técnica a sus miembros que contribuya a una mejor gestión de los recursos hídricos. Promover el desarrollo e implementación de equipos, procedimientos o tecnologías que incrementen la eficiencia en el aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, así como la conservación de bienes naturales y el mantenimiento adecuado y oportuno de la infraestructura hidráulica.

20 LOS REGANTES EN LA LEY DE RECURSOS HÍDRICOS
Velar que los usuarios de agua cumplan con el pago de la retribución económica, tarifas de agua, aportes voluntarios acordados por sus asambleas, las obligaciones que señala la ley y demás disposiciones jurídicas vigentes vinculadas a los recursos hídricos. Otras que se establezcan en l normatividad sobre la materia. Las juntas de usuarios podrán desarrollar otras Actividades destinadas a la prestación de otros servicios en favor de sus integrantes y el desarrollo económico y social del sector agrario.

21 LOS REGANTES EN LA LEY N° 30157, LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA
Ley que complementa la Ley de Recursos Hídricos. Esclarece de que el reconocimiento de las organizaciones de usuarios de agua por la Autoridad Nacional del Agua debe ser primero para la inscripción en los Registros Públicos. El quórum para que se puedan realizar las asambleas generales en primera convocatoria será necesaria la concurrencia de la mitad más uno del número total de usuarios de agua del sector hidráulico. En segunda convocatoria será necesaria la concurrencia mínima del 10% del total de usuarios del sector hidráulico.

22 LOS REGANTES EN LA LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA
Cada usuario tiene derecho a un voto. El Consejo Directivo de la Junta de Usuarios está integrado por un presidente y consejeros. El Consejo directivo tiene la obligación la contratación de un equipo técnico y administrativo especializado en la operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica. Los Consejos Directivos se eligen para un período de cuatro años. Son elegidos mediante voto directo ,universal y secreto.

23 LOS REGANTES EN LA LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA
La Autoridad Nacional del Agua está facultado para ejercer la supervisión , fiscalización y sanción respecto a las siguientes funciones de las juntas de usuarios: Cumplimiento del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica así como el Plan Multianual de Inversiones y demás instrumentos técnicos. Aplicación de tarifas, recaudación y transferencia de la retribución económica. Distribución de agua conforme con los derechos de uso de agua. Realización de auditorías a sus estados financieros y de gestión.

24 PROBLEMAS DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA
El principal problema es el de la institucionalidad: Fragilidad de la unidad institucional. No se paga la tarifa real. La mayoría de los usuarios no asisten a sus asambleas. No se respetan los derechos laborales. El ámbito de algunas juntas de usuarios es muy amplio para ser atendido eficazmente. Las organizaciones de usuarios de agua de la sierra y de la selva son muy débiles. Se requiere de estrategias para fortalecer debidamente a las organizaciones de usuarios de agua de manera que puedan afrontar eficientemente y eficazmente los desafíos que le competen.

25 DESAFÍOS QUE TIENEN QUE ENFRENTAR LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA DE RIEGO
Con ley o sin ley el compromiso mayor de los usuarios de agua es usar el agua eficientemente y en actividades productivas de interés público, que beneficien a la sociedad sobretodo a las poblaciones más vulnerables y en la seguridad alimentaria del país. Asimismo proteger los ecosistemas para que sea sostenible la disponibilidad de agua y cuidar la calidad del agua. Contribuir con el desarrollo del país y en especial del sector agrario.


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