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Portal de las Entidades Locales Soluciones y servicios horizontales.

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Presentación del tema: "Portal de las Entidades Locales Soluciones y servicios horizontales."— Transcripción de la presentación:

1 Portal de las Entidades Locales Soluciones y servicios horizontales

2 12 3 Servicios relacionados con los funcionarios con habilitación nacional, el Registro de Entidades Locales, gestión de fondos estatales y de la UE Estudios relacionados con el ámbito local, organización estatal para el ejercicio en materia de cooperación, presencia de las entidades locales en la UE Aplicaciones de gestión para las entidades locales de cara al cumplimiento de la Ley 39 y 40 de 2015 Un solo portal de acceso para múltiples servicios electrónicos para las Entidades Locales Conjunto de aplicaciones y sistemas de información que soportan diversos procesos y procedimientos que afectan directamente a las entidades locales

3 ¿Cuáles son las obligaciones digitales de las Entidades Locales? Producción de los actos administrativos a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia. Los documentos electrónicos administrativos deberán: a) Contener información de cualquier naturaleza archivada en un soporte electrónico; b) disponer de los datos de identificación que permitan su individualización, sin perjuicio de su posible incorporación a un expediente electrónico; c) incorporar una referencia temporal del momento en que han sido emitidos; d) incorporar los metadatos mínimos exigidos; y e) incorporar las firmas electrónicas que correspondan. Tramitación electrónica de los expedientes

4 Preferencia de las notificaciones electrónicas realizándose éstas en la sede electrónica o en la dirección electrónica habilitada única, según corresponda. Todos los documentos utilizados en las actuaciones administrativas se almacenarán por medios electrónicos, salvo cuando no sea posible (art. 46 LRJSP) Los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad, que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos almacenados (art. 46.3 LRJSP) ¿Cuáles son las obligaciones digitales de las Entidades Locales?

5 Relacionarse electrónicamente con las AAPP Las Administraciones Públicas se relacionarán entre sí y con sus órganos, organismos públicos y entidades vinculados o dependientes a través de medios electrónicos, que aseguren la interoperabilidad y seguridad de los sistemas y soluciones adoptadas por cada una de ellas, garantizarán la protección de los datos de carácter personal, y facilitarán preferentemente la prestación conjunta de servicios a los interesados. ¿Cuáles son las obligaciones digitales de las Entidades Locales?

6 Disponer de un sistema de información que soporte el Registro Electrónico de Apoderamientos, en el que conste el bastanteo del poder Asegurar asistencia a los interesados en el uso de medios electrónicos y para ello: o Identificar los funcionarios habilitados para la asistencia en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas. o Adaptar las oficinas de registro a oficinas de asistencia en materia de registros Disponer de un sistema de notificación electrónica: Poner a disposición las notificaciones en el Punto de Acceso General electrónico.

7 ¿Cuáles son las obligaciones digitales de las Entidades Locales? Disponer de un archivo electrónico único de documentos que correspondan a procedimientos finalizados Actualizar la información del catálogo de procedimientos de SIA y sede electrónica Actualización de la información en un Punto de Acceso General Determinar el sistema de identificación y firma electrónica para el acceso electrónico a los trámites o procedimientos administrativos Determinar los sistemas de firma electrónica que puede utilizar su personal Cumplir Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) y Esquema Nacional de Seguridad (ENS)

8 Soluciones comunes y horizontales existentes Para el cumplimiento de estas nuevas obligaciones digitales, la Administración General del Estado, a través de la DTIC, pone a disposición de los Entes Locales las siguientes herramientas: 1.Punto de Acceso General (PAG) 2.Carpeta Ciudadana 3.Cl@ve: Sistema de identificación electrónica 4.Apoder@: Registro electrónico de apoderamientos (REA) 5.Habilit@: Registro de empleados públicos habilitados 6.GEISER / ORVE / SIR: Solución de registro electrónico 7.Inside y Archive: Documento, expediente y archivo electrónico 8.Plataforma de Intermediación de Datos (PID) 9.Notific@: Notificaciones electrónicas 10. SIA: Sistema de información administrativa 11. DIR: Directorio Común

9 Soluciones comunes y horizontales existentes ¿Puedo utilizar en mi entidad local estas soluciones ? Convenio de colaboración con la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) para la prestación mutua de soluciones básicas de administración electrónica. BOE: núm. 236, de 29/09/2014 Publicado en el Portal de Administración Electrónica ANEXO: Especificaciones Técnicas de las Soluciones Básicas de Administración Electrónica (Actualizado a fecha 16-3-2016) Convenio de colaboración con la Administración General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas) para la utilización de la aplicación informática "Oficina de Registro Virtual" como mecanismo de acceso al Registro Electrónico Común y al Sistema de Interconexión de Registros. BOE núm. 64 de 16/03/2015

10 Calendario de entrada en vigor (Fuente: Ministerio de Hacienda y AAPP)

11 ¿De qué herramientas dispongo para cumplir las obligaciones digitales? Gestión de documentación de las Entidades Locales Sistema de información que permite la remisión de actas y acuerdos de EELL. Aplicación web que evita el trasiego de la documentación en papel (modo cloud) Utiliza mecanismos de firma electrónica y registro Preparada para la gestión de la documentación que se remite por los Ayuntamientos, pudiendo validarla, modificarla, archivarla, efectuar requerimientos de información adicional

12 ¿De qué herramientas dispongo para cumplir las obligaciones digitales? GEISER / ORVE / SIR : SOLUCIÓN DE REGISTRO ELECTRÓNICO Soluciones para hacer frente a la obligación de contar con un registro electrónico y a la obligación de eliminar el movimiento del papel internamente derivada del artículo 16.5 de la Ley 39/2015 Los documentos presentados de manera presencial ante las Administraciones Públicas, deberán ser digitalizados por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados para su incorporación al expediente administrativo electrónico, devolviéndose los originales al interesado, sin perjuicio de aquellos supuestos en que la norma determine la custodia por la Administración de los documentos presentados o resulte obligatoria la presentación de objetos o de documentos en un soporte específico no susceptibles de digitalización

13 ¿Qué utilizar GEISER o ORVE? 1 2 GEISER es una solución integral de registro adecuada para cualquier organismo público, que se presta en modo nube y que proporciona los servicios de Registro Electrónico, Registro Presencial e Intercambio de Registros Internos y Externos, éste último, a través de la plataforma del Sistema de Interconexión de Registros (SIR). ORVE (Oficina de Registro Virtual) es una aplicación en la nube que permite digitalizar y firmar electrónicamente la documentación presentada en ventanilla de registro por el interesado, enviarla electrónicamente al destino al instante, sea cual sea su ubicación geográfica o nivel de administración competente e intercambiar asientos registrales a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR) Precisa de una aplicación de registro propio. 3 Sistema de Interconexión de Registros (SIR), es la infraestructura de las Administraciones Públicas que permite el intercambio de registros, independientemente de las aplicaciones de registro que se utilicen

14 Situación en Asturias ALLANDE11/12/2014 AVILES27/05/2015 BOAL23/04/2015 CANDAMO11/03/2015 CANGAS DEL NARCEA17/05/2016 COAÑA05/06/2015 CORVERA DE ASTURIAS15/06/2015 FRANCO, EL10/12/2014 GIJON2013 GRADO13/03/2015 LENA13/03/2015 LLANERA25/03/2015 LLANES25/05/2016 MORCIN07/10/2015 NOREÑA20/01/2016 OVIEDO13/03/2015 PEÑAMELLERA ALTA18/03/2015 PONGA17/05/2016 PROAZA13/03/2015 RIBADESELLA11/03/2015 TINEO10/12/2014 VILLANUEVA DE OSCOS21/07/2016 YERNES Y TAMEZA04/01/2016 Ayuntamientos adheridos a ORVE

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17 ¿De qué herramientas dispongo para cumplir las obligaciones digitales? PUNTO GENERAL DE ACCESO ELECTRÓNICO Medida de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), quien propuso el establecimiento de un Punto de Acceso General (PAG) como punto de entrada, vía Internet, del ciudadano a todas las Administraciones Públicas. Permitir a los ciudadanos y empresas acceder a la información de las distintas Administraciones Públicas de forma más sencilla y rápida, permitiendo iniciar procedimientos administrativos y conocer el estado de tramitación de estos en cualquier momento (cumplir el artículo 13, letra a) de la LPAC) Facilita el acceso al Catálogo de los procedimientos administrativos de la AGE y del resto de administraciones, en función de la firma de convenios y de su incorporación al Catálogo.

18 Revisando el Punto de Acceso General Electrónico 1 Información de carácter general y de orientación a ciudadanos y empresas Procedimientos y servicios. Se permite a un ciudadano o una empresa acceder a los procedimientos administrativos y servicios de las Administraciones Públicas Participación ciudadana. El Punto de Acceso General electrónico tiene diversos sistemas para facilitar la participación ciudadana. Existe un buzón de atención y un chat donde el ciudadano puede comunicarse con la Administración de una forma directa El diseño del Punto de Acceso General electrónico de la Administración se basa en cuatros grandes apartados: 2 3 Zonas restringidas o privadas. En línea de lo propuesto por la CORA, el PAG dispone de un área restringida para los usuarios, a la que se accede previa autenticación, llamada carpeta ciudadana, desde la cual el ciudadano puede acceder a sus datos personales, al estado de sus expedientes administrativos, sus notificaciones administrativas, etc. 4

19 Carpeta ciudadana Se trata de una aplicación que permite al interesado conocer los expedientes que tiene abiertos en los distintos organismos, sus asientos registrales entre administraciones o sus datos en posesión de las administraciones. Funcionalidades En el apartado “Mis expedientes”, se muestra un resumen con el número de los expedientes que están abiertos o en tramitación en el momento de realizar la consulta, agrupados por ministerio u organismo adheridos al sistema. Consultar los datos con los que cuentan las Administraciones Públicas “ Mis datos personales”. Muestra un resumen de la información personal existente en las administraciones públicas agrupadas por materias. “Mis apoderamientos”. Permite consultar y gestionar los apoderamientos incluidos en el Registro Electrónico de Apoderamientos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. “Mis intercambios entre administraciones”. Muestra una relación de las transmisiones de sus datos efectuados a petición de una administración u órgano administrativo para realizar un trámite o consulta. “Cotejo de documentos por CSV”. Permite cotejar los documentos electrónicos mediante Código Seguro de Verificación El apartado “Mis registros” permite consultar los escritos o solicitudes (asientos registrales) presentados en una oficina de un organismo o Administración pública con destino a otra administración u organismo siempre que se digitalicen y se remitan de forma electrónica

20 Situación en Asturias El Principado de Asturias tiene actualmente catalogados en el Sistema de Información Administrativa (SIA) alrededor de 489 procedimientos y servicios y que son accesibles a través del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es) en la sección “Trámites”.http://administracion.gob.es El ciudadano o la empresa que quiere relacionarse con el Principado de Asturias tiene dos medios de acceso para conocer los trámites, procedimientos o servicios que puede iniciar: Ofrecer toda la información administrativa relativa a los procedimientos y servicios de la Administración asturiana de forma centralizada en único punto en Internet (Punto de Acceso General Objetivo fundamental

21 Situación en Asturias I. A través del portal propio del Principado de Asturias (www.asturias.es) La búsqueda que se puede realizar:  general, por tema o por tipo de servicio  avanzada que permite buscar servicios o procedimientos con el plazo abierto o que no necesiten certificado digital. Se accede al formulario electrónico Se puede presentar de forma electrónica o presencial: multicanalidad Existe una herramienta de comprobación de los requisitos técnicos que permite la simulación del equipo del ciudadano para firma

22 Situación en Asturias II. A través del Punto de Acceso General Los trámites que se pueden realizar ante la Administración del Principado pueden localizarse fácilmente a través de la opción de “Trámites” accediendo posteriormente a la funcionalidad de “encuentra tu trámite”. En la parte lateral izquierda aparece unos selectores que permiten seleccionar los trámites en función de las distintas Administraciones: Ministerio, Comunidades Autónomas, Administración Local, Universidades y Unión Europea.

23 ¿De qué herramientas dispongo para cumplir las obligaciones digitales? Sistema de Información Administrativa Sistema de información cuya función es la de actuar como catálogo de información sobre tramitación administrativa, incluyéndose información sobre todos los procedimientos administrativos y servicios dirigidos al ciudadano Sirve de soporte al Punto de Acceso General electrónico y esta evolución responde en gran parte al cumplimiento de lo establecido en el artículo 21.4 de la LPAC que recalca que las Administraciones Públicas deben publicar y mantener actualizadas en el portal web, a efectos informativos, las relaciones de procedimientos de su competencia, así como de todos los aspectos fundamentales de dichos procedimientos. Dar cumplimiento a la interoperabilidad exigida en el artículo 9 del Esquema Nacional de Interoperabilidad, a los inventarios de los procedimientos de las Administraciones Públicas

24 Situación en Asturias Utilización de un sistema como SIA representado una buena oportunidad para la catalogación de los procedimientos y servicios del Principado de Asturias. Para llevar a cabo esa catalogación se utilizaron las guías específicas de soporte y orientación dispuestas en el Portal de Administración Electrónica y que han permitido homogeneizar de cierta manera la información de la que disponíamos en el catálogo interno. Cumplimentación de seis agrupaciones de datos Datos generales de la tramitación contiene la información que identifica una tramitación, siendo ésta: tipo de tramitación (procedimiento o servicio, externo o interno, común o específico), denominación, título para el ciudadano y descripción, administración, departamento y centro directivo responsable, 1 Clasificación temática/categorización del trámite: recoge información sobre los diferentes criterios de búsqueda que permiten acceder a la información sobre el trámite 2 Datos de acceso al trámite: informa sobre requisitos de iniciación, adaptabilidad del trámite, sistemas de identificación, canales de acceso y adaptación a Cl@ve. 3 Información sobre el trámite: contiene información propia de los procedimientos administrativos, como forma de iniciación, plazo, efectos del silencio, si pone fin a la vía administrativa, normativa reguladora y formas de notificación. 4 Documentación asociada: recoge la documentación propia del interesado y la que debe emitir la Administración, con indicación del nombre del documento y administración emisora 5 Información estadística: Incluye información sobre los volúmenes de tramitación, el número de notificaciones y el tiempo medio de resolución real. 6

25 ¿De qué herramientas dispongo para cumplir las obligaciones digitales? Directorio común (DIR3) Identificar todos los ORGANISMOS y OFICINAS DE REGISTRO para interconectar los sistemas de las diferentes Administraciones públicas. Tener un código único de los organismos y oficinas para garantizar la interoperabilidad y mantener actualizada la información ante los frecuentes cambios de estructura y competencias Artículo 66 LPAC obliga a poner a disposición del interesado los códigos de identificación de las unidades tramitadoras del procedimiento. Asimismo, en la Disposición Adicional 4º, establece que las Administraciones Públicas deben mantener permanentemente actualizado en la correspondiente sede electrónica un directorio geográfico que permita al interesado identificar la oficina de asistencia en materia de registros más próxima a su domicilio

26 Usos DIR3 Los Documento Electrónicos y los Expedientes Electrónicos, incluyen el Código de Órgano en su nombre de fichero y en sus metadatos. Los Procedimientos y Servicios de SIA y de las Sedes Electrónicas están asociadas a un Código de Órgano. El Punto de Acceso General (administracion.gob.es) que permite identificar la oficina más cercana de cualquier administración. La información de los Asientos Registrales está asociada al Código de la Oficina de Registro que los emite, y al Código de Órgano de la Unidad de Tramitación. El Tablón Edictal Único del BOE (www.boe.es/tablon_edictal_unico/) que precisa de unas estructuras orgánicas actualizadas.www.boe.es/tablon_edictal_unico/ Las Facturas Electrónicas necesitan la identificación de la unidad tramitadora, oficina contable y el órgano gestor, identificados con su Código de Órgano. Inclusión en las solicitudes de inicio de procedimiento del Órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige y su correspondiente código de identificación

27 ¿De qué herramientas dispongo para cumplir las obligaciones digitales? Habilit@ Ley 39/2015 conlleva una transformación de las Oficinas de Registro en Oficinas de Asistencia al Ciudadano (art. 16) El interesado puede ser asistido, si lo requiere, por un funcionario habilitado para realizar sus trámites por vía electrónica (art. 12) Esta aplicación soporta el Registro de Funcionarios Habilitados recoge a los funcionarios que pueden ser habilitados para:  expedir copias auténticas  presentar electrónicamente solicitudes de interesados que no estén obligados por el artículo 14 AAPP mantendrán actualizado un registro, u otro sistema equivalente, donde constarán los funcionarios habilitados para la identificación o firma. Estos registros o sistemas deberán ser plenamente interoperables y estar interconectados con los de las restantes Administraciones Públicas, a los efectos de comprobar la validez de las citadas habilitaciones

28 ¿De qué herramientas dispongo para cumplir las obligaciones digitales? Cambio de domicilio Los ciudadanos tienen ahora la oportunidad de comunicar al Principado de Asturias su cambio de domicilio de forma electrónica a través de la página web del Ministerio https://cambiodomicilio.redsara.es/pcd/https://cambiodomicilio.redsara.es/pcd/ El objetivo es permitir que el ciudadano, una vez realizado el empadronamiento, pueda comunicar a distintos organismos de la Administración, como Dirección General de Tráfico, Agencia Tributaria y Seguridad Social entre otros, su cambio de domicilio sin tener que ir presencialmente a cada uno de ellos.

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30 ¿De qué herramientas dispongo para cumplir las obligaciones digitales? Cambio de domicilio También es posible que se comunique el empadronamiento en el mismo momento de producirse a voluntad del ciudadano. Se han establecido acuerdos con distintos ayuntamientos para que sean los funcionarios del Padrón Municipal los que envíen electrónicamente los volantes de empadronamiento en tiempo real y no solo al Principado de Asturias sino a todas las Administraciones que legalmente exigen la comunicación de este dato.

31 Cambio de domicilio en Asturias En el ordenamiento jurídico español existen diversas normas que obligan de comunicarlo a diversas autoridades públicas: Documento Nacional de Identidad. El artículo 9 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana determina que "En el Documento Nacional de Identidad figurarán la fotografía y la firma de su titular, así como los datos personales que se determinen reglamentariamente (…)” Entre ellos, figura como dato el domicilio” 1 Padrón municipal. El artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local ordena que "toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año". En el artículo 16 se establece que los datos relativos al domicilio son de obligatoria inscripción en el Padrón y que "constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo". 2 Domicilio fiscal. El artículo 48 de la Ley 580/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria establece que "el domicilio fiscal será [...] para las personas físicas el lugar donde tengan su residencia habitual";... "Los obligados tributarios deberán comunicar su domicilio fiscal y el cambio del mismo a la Administración tributaria que corresponda". 3 4 Permiso de circulación. El artículo 18 del Reglamento General de Conductores determina que "Cualquier variación de los datos que figuran en el permiso o licencia de conducción deberá ser comunicada por su titular dentro del plazo de quince días, contados desde la fecha en que se produzca, a la Jefatura Provincial de Tráfico la que, previos los trámites oportunos, lo pondrá en conocimiento del Registro de Conductores e Infractores".

32 Cambio de domicilio En la aplicación de Gestión del Padrón Municipal de Habitantes (accede); en la ventana de Gestión de Operaciones, podemos ver un botón que indica 060. Al pulsar en este botón, podrá ver una nueva ventana con tres opciones: a)Imprimir b)060 c)Cancelar

33 Cambio de domicilio


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