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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR TEMA:ANALISIS DE LOS CONSEJOS NACIONALES DE IGUADAD INTEGRANTES: Alexis Mena Carla Quinto, Lady Guevara Jonathan Gualoto,Jorge.

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1 UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR TEMA:ANALISIS DE LOS CONSEJOS NACIONALES DE IGUADAD INTEGRANTES: Alexis Mena Carla Quinto, Lady Guevara Jonathan Gualoto,Jorge Solís,Karla Ayala Edgar Bustamante. FACULTAD DE ECONOMIA

2 La ley crea cinco Consejos Nacionales para la Igualdad:

3 JUSTIFICACIÓN Los consejos de la igualdad se encargan de asegurar la plena vigencia y el ejercicio de los derechos consagrados en la constitución y en los instrumentos internacionales de Derechos humanos. Los Consejos Nacionales para la Igualdad se regirán por los siguientes principios rectores:  Igualdad  Alternabilidad  Participación democrática  Inclusión  Interculturalidad  Pluralismo.

4 El objeto de la ley es establecer el marco institucional y normativo, regular la integración, designación, funciones, fines y funcionamiento de los Consejos Nacionales de la Igualdad. Promueven, impulsan, protegen y garantizan el respeto al derecho de la igualdad y no discriminación de las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos; en el marco de sus atribuciones y en el ámbito de sus competencias También fomentarán medidas de acción afirmativa que favorezcan la igualdad entre las personas

5 Para ejercer atribuciones en la formulación, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas, relacionadas con las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, discapacidades y movilidad humana, los Consejos Nacionales para la Igualdad tendrán las siguientes funciones: 1. Participar en el proceso de formulación y evaluación del Plan Nacional del Buen Vivir 2. Conformar y convocar en el ámbito de sus competencias, Consejos Consultivos para el cumplimento de sus fines. 3. Poner en conocimiento de las instituciones competentes casos de amenaza o violación de derechos y dar seguimiento de las denuncias

6 4. Crear e institucionalizar un sistema de gestión de información de igualdad y no discriminación 5. Desarrollar mecanismos de coordinación con las entidades rectoras y ejecutoras de la política pública 6. Elaborar los informes de Estado, en coordinación con las demás instancias responsables ante los organismos que realizan seguimiento de la aplicación de las recomendaciones de los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos 7. Los Consejos Nacionales para la Igualdad, establecerán y harán el seguimiento y la evaluación de las políticas de acción afirmativa. Para ello desarrollarán indicadores y otros instrumentos de seguimiento

7 CONSEJO DE LA IGUALDAD DE DISCAPACIDADES

8 Misión Formular, transversalizar, observar, realizar el seguimiento y la evaluación de las políticas públicas en discapacidades, en todo el territorio nacional, en todos los niveles de gobierno y en los ámbitos público y privado Visión Ser la Institución que lidera las políticas públicas de discapacidades en el Ecuador, para asegurar la plena vigencia de los derechos humanos de las personas con discapacidad y sus familias; constituyéndose en el referente nacional e internacional

9 Funciones 1. Tomar todas las medidas pertinentes para proponer la creación, modificación o derogatoria de leyes. 2. Participar en la formulación y evaluación del Plan Nacional del Buen Vivir. 3. Elaborar, aprobar, evaluar y reformular en caso necesario, la Agenda Nacional para la Igualdad en Discapacidades. 4. Conocer y dar seguimiento a denuncias por violación de derechos en el ámbito de discapacidades. 5. Dar seguimiento y realizar la evaluación al cumplimiento de las medidas de acción afirmativa

10 Para el cumplimiento de sus funciones está organizado por:  Un Directorio Presidente de la República 5 Ministros o sus subsecretarios 4 Presidentes de las Federaciones de Personas con Discapacidad Federación de ONGs que trabajan en discapacidad Presidenta del INNFA o su delegado.  La Dirección Ejecutiva  La Comisión Técnica Directores o delegados permanentes del área técnica administrativa Representante del INNFA R. Asociaciones Municipalidades R. Corporación Aduanera Nacional R. Consejo Nacional de Educación CONESUP R. Organismos no gubernamentales R. Institutos de Seguridad Social del ISSPOL, ISSFA e IESS.

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12 CONSEJO DE LA IGUALDAD DE GÉNERO La igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades de las mujeres y los hombres, y las niñas y los niños.

13 MISIÓN Diseñar la estructura Institucional pública…

14 OBJETIVOS  Transversalizar..  Observar..  Transformar..

15 PLENO DE LA COMISIÓN  Representante del Presidente de la República  Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social  Ministro del Interior  Secretaría General de la Administración Pública y Comunicación  Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo Social - SENPLADES  Foro Nacional Permanente de la Mujer Ecuatoriana  Coordinadora Política de Mujeres Ecuatorianas-CPME

16 PUBLICACIONES Femicidio. Análisis Penológico 2014-2015 El Ecuador en el marco de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, tipificó el femicidio en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente desde agosto de 2014. Este nuevo delito permite al Estado investigar, juzgar y sancionar la muerte de las mujeres en razón de su género. Contando con la norma penal, corresponde a la Fiscalía titular de la acción pública, aplicar la norma y poner en movimiento la administración de justicia, como en efecto lo ha hecho. Rendición de Cuentas 2015 El Consejo Nacional para la Igualdad de Género ha guiado su gestión hacia la superación de la desigualdad y la discriminación, trabajando en conjunto con las instituciones del Estado, para asegurar que sus intervenciones a nivel central y local, aporten positivamente a superar las brechas de inequidad y desigualdad, avanzando hacia un desarrollo social incluyente, que apuntala el proceso de la Revolución Ciudadana. Con esta mirada integral de participación coordinada del Estado, para el diseño e implementación de políticas para el adelanto de la mujer, el Consejo ha consolidado su imagen como mecanismo especializado en género y ha aportado positivamente en la construcción de un Ecuador solidario.

17 CONSEJO NACIONAL PARA LA IGUALDAD INTERGENERACIONAL Es la entidad responsable de garantizar el pleno ejercicio de derechos, igualdad y no discriminación de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas mayores.

18 VISION Una sociedad en la cual niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos mayores, conocen y ejercen sus derechos, disfrutan de la vida, se relacionan de forma solidaria, equitativa, corresponsable y en armonía con la naturaleza.

19 MISION Incidir en la sociedad y el Estado a través de políticas públicas para la igualdad intergeneracional que aseguren los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores.

20 INTEGRANTES Cada Consejo Nacional para la Igualdad se integrará por diez (10) consejeros en total, cada uno con su correspondiente suplente, de acuerdo con lo que determine el Reglamento de la presente Ley, durarán cuatro años en sus funciones podrán ser reelegidos por una sola vez, estarán presididos por el representante que la o el Presidente de la República designe para el efecto, quien tendrá voto dirimente

21 PROCESO DE SELECCIÓN. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social convocará a concurso público de méritos - requiere ser sujeto destinatario de la política pública conforme a las temáticas

22 FUNCIONES - Asegurar los derechos consagrados en la Constitución y los Derechos Humanos. - Promover, impulsar, proteger y garantizar el respeto al derecho de igualdad y no discriminación de las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos - Participar en la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas a favor de personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, dentro del ámbito de sus competencias

23 Consejo Nacional de Movilidad Humana

24 Antecedentes  En el año 2007 se crea la Secretaría Nacional del Migrante (SENAMI)  Registro Oficial No. 22 de 25 de junio del 2013, se transforma la SENAMI en Viceministerio de Movilidad Humana y se incorpora a la estructura administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores

25 CONSEJOS DE PRATICIPACION  Está conformado por un máximo de 15 miembros, entre ecuatorianos y extranjeros.  Propone las actividades a lo largo del año y los temas a tratarse en los cursos y conferencias, siempre apegados a la temática del Buen Vivir.

26 Objetivo  Busca impulsar el buen vivir mediante la universalidad cultural, con armonía con a naturaleza, el respeto de los derechos de as personas y comunidades, sin importar su residencia u origen.

27 Busca  Brindar a los migrante que en su país de destino sean acogidos con derecho y respeto, de igual manera prepara al país para el regreso de nuestros migrantes.


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