IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 1 Débito Fiscal Jueves, 03 de Marzo de 2016.

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1 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. 2 DEBITO FISCAL ARTICULO 21º.- Del impuesto determinado, o débito fiscal, se deducirán los impuestos de este Título correspondiente.
Transcripción de la presentación:

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 1 Débito Fiscal Jueves, 03 de Marzo de 2016

2 DÉBITO FISCAL CONCEPTO Representa el tributo de las operaciones de ventas y servicios realizados por el contribuyente. DEBITO FISCAL MENSUAL (inc. 1° del art. 20) Es la suma de los impuestos recargados en las ventas y servicios efectuados en el período tributario respectivo. Jueves, 03 de Marzo de 2016

3 DÉBITO FISCAL DETERMINACIÓN DEL DÉBITO FISCAL MENSUAL PERSONAS OBLIGADAS A EMITIR FACTURAS (art. 53 letra a) La determinación se hace sumando el total del impuesto recargado separadamente en las operaciones afectadas en el período tributario respectivo. PERSONAS OBLIGADAS A EMITIR BOLETAS (art. 53 letra b) Se determina sumando el total de las ventas y o servicios afectos realizados en el período tributario respectivo y aplicando a dicho valor la operación aritmética que corresponda. Jueves, 03 de Marzo de 2016

4 DÉBITO FISCAL DETERMINACIÓN DEL DÉBITO FISCAL MENSUAL Recordar que el impuesto, en este caso, el Débito Fiscal, se devenga al emitirse la Boleta o Factura o, cuando se hace entrega real o simbólica de las especies – en el caso de las ventas o asimilaciones a venta y, en el caso de los servicios, también al emitirse la boleta o factura o cuando se percibe la remuneración, lo que ocurra primero. De acuerdo a lo anterior, al determinarse el Débito Fiscal, hay que tener presente su devengamiento. Jueves, 03 de Marzo de 2016

5 DÉBITO FISCAL AGREGADOS AL DEBITO FISCAL (art. 36 del reglamento) + Partidas incluidas en Notas de Débito, que accedan o correspondan a operaciones gravadas. + Partidas que accedan o correspondan a operaciones gravadas por las cuales se emitió boleta. Jueves, 03 de Marzo de 2016

6 DÉBITO FISCAL DEDUCCIONES AL DÉBITO FISCAL (art. 21 de la ley y 37 del reg.) -Bonificaciones y descuentos otorgados con posterioridad a la facturación. -Cantidades restituidas por bienes devueltos, siempre que se hubiesen producido dentro del plazo de 3 meses contados desde la entrega de los mismos (art. 70 de la ley) -Cantidades restituidas por ventas o promesas de ventas de BCI, por resciliaciones, resolución, nulidad u otra causa. -Cantidades devueltas por depósitos constituidos para devolución de envases. Jueves, 03 de Marzo de 2016

7 DÉBITO FISCAL DEDUCCIONES AL DÉBITO FISCAL (art. 22 de la ley y 38 del reglamento.) También pueden rebajarse las sumas a favor de los adquirentes o beneficiarios del servicio provenientes de facturaciones indebidas siempre que este error sea subsanado dentro del mismo período tributario en que la facturación indebida se efectuó. AJUSTE AL DÉBITO FISCAL Para efectuar los agregados y deducciones se debe cumplir con los siguientes requisitos: Emitir las Nota de Débito o de Crédito (art.57 de la ley) Registrar estos documentos en los auxiliares (art. 59 de la ley y 37 del Reglamento) Jueves, 03 de Marzo de 2016

Profesor Víctor Hugo Ruiz Rojas 8 DÉBITO FISCAL Jueves, 03 de Marzo de 2016 DEBEHABER Notas de Crédito (emitidas) Facturas por Ventas (emitidas) Boletas de Ventas (emitidas) Entregas reales o simbólicas de especies – antes de emitir factura o boleta. Recepción de remuneración antes de emitir factura o boleta. Notas de Débito (emitidas) Boletas Nominativas Nota: IVA retenido a 3ros.