S.O.A.T. SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO.

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Transcripción de la presentación:

S.O.A.T. SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO

1.Objetivo 2.Definiciones de Producto 3. Soporte 4. Evaluación Contenido 1.Objetivo 2.Definiciones de Producto 3. Soporte 4. Evaluación

Objetivo 1. Conocer aspectos generales que definen la naturaleza y operación del SOAT.

2. Definiciones de Producto ¿Qué es el S.O.A.T? Es una póliza de seguro que deben portar OBLIGATORIAMENTE todos los vehículos automotores (nacionales o extranjeros) que transiten por el territorio colombiano, la cual ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito, ya sean: peatones, pasajeros o conductores. En los accidentes que hayan participado 2 ó más vehículos asegurados, cada entidad aseguradora correrá con el importe de las indemnizaciones a los ocupantes de aquel que tenga asegurado. En el caso de terceros no ocupantes se podrá formular la reclamación a cualquiera de estas entidades; estando obligada al pago total de la indemnización aquella a quien se dirija la reclamación, sin perjuicio del derecho de repetición, a prorrata, de las compañías entre sí.

2. Definiciones de Producto ¿Qué es un vehículo automotor? Todo aparato provisto de un motor propulsor, destinado a circular por el suelo para el transporte de personas o de bienes, incluyendo cualquier elemento montado sobre ruedas que le sea acoplado. No se consideran dentro de esta definición: a) Los vehículos que circulan sobre rieles; b) Los vehículos agrícolas e industriales, siempre que no circulen por vías o lugares públicos por sus propios medios.

2. Definiciones de Producto ¿Qué es un accidente de tránsito? Suceso ocasionado o en el que haya intervenido al menos un vehículo automotor en movimiento, en una vía pública o privada con acceso al público, destinada al tránsito de vehículos, personas y/o animales, y que como consecuencia de su circulación o tránsito, o que por violación de un precepto legal o reglamentario de tránsito, cause daño en la integridad física de las personas. No se entiende como accidente de tránsito aquel producido por la participación del vehículo en actividades o competencias deportivas.

2. Definiciones de Producto ¿Qué ampara el S.O.A.T? Gastos Médicos: Atención de urgencias, hospitalización, gastos quirúrgicos, farmacéuticos y rehabilitación. Incapacidad Permanente: Necesariamente debe afectar la capacidad laboral. Muerte: Ocurrida a consecuencia del accidente siempre que ocurra dentro del año siguiente a la fecha de éste. Gastos Funerarios: Si cumple lo anterior se reconocerá el valor correspondiente a las exequias y entierro de la víctima. Opera como cobertura del gasto y no como reembolso de auxilios cubiertos por planes funerarios. Gastos de Transporte: Del sitio del accidente al establecimiento hospitalario.

2. Definiciones de Producto Valores Asegurados 2011 – Por Víctima!!! $ 25,708,800 1440 TOTAL $ 178,533 10 GASTOS TRANSPORTE $ 2,678,000 150 GASTOS FUNERARIOS $ 3,213,600 180 INCAPACIDAD PERMANENTE $ 10,712,000 600 MUERTE $ 8,926,667 500 GASTOS MEDICOS 2011 SMDLV TOPE AMPARO (POR VICTIMA)‏ AMPARO Para el amparo de Gastos Médicos el FOSYGA dispone de 300 SMDLV ($5`356.000) en adición a los 500 SMDLV asumidos por la aseguradora SOAT.

2. Definiciones de Producto Principales Características: Es un seguro de accidentes personales. Los asegurados son las víctimas potenciales de accidentes de tránsito. Cubre los daños corporales a las personas en accidentes de tránsito. Es de cubrimiento universal, es decir, cubre a todas las víctimas que resulten en accidentes de tránsito. Parte del sistema general de seguridad social en salud Prelación de la cobertura del SOAT respecto a POS, ARP y Subsidiado. Existe obligatoriedad de expedición (No se puede negar la emisión!!!). Por tanto no se puede hablar de suscripción.

2. Definiciones de Producto Objeto del seguro Garantizar la atención a víctimas de accidentes de tránsito Asegurar el adecuado flujo de recursos a la red de urgencias Canalizar y generar aportes al FOSYGA (Fondo de Solidaridad y Garantía). Obligaciones De comprarlo: Propietarios de todo vehículo automotor que circule en el país. De expedirlo: Las compañías de seguros autorizadas para operar el ramo. Así mismo, las compañías se obligan a pagar siniestros oportunamente (30) y a cumplir con el pago de las contribuciones y transferencias. De atender a las víctimas: Los establecimientos hospitalarios o clínicos y las entidades de seguridad y previsión social de los sub-sectores oficial y privado del sector salud.

2. Definiciones de Producto Vigencia del seguro La póliza SOAT NO podrá expedirse con vigencia inferior a un (1) año. Excepto para vehículos “de tránsito por el país”. La cobertura inicia a las 24 horas de la fecha inscrita como de inicio de vigencia, es decir, al día siguiente. Irrevocabilidad del seguro La póliza SOAT NO podrá ser revocada por ninguna de las partes, permaneciendo vigente por el término que se constituyó. La transferencia de la propiedad del vehículo descrito en la póliza, no produce la terminación del contrato de seguro, el cual continuará vigente hasta su expiración. Esto debido a que para SOAT no aplica el concepto de interés asegurable. El nuevo propietario deberá notificar a la aseguradora, dentro de los diez (10) días siguientes a la transferencia de dominio, para realizar el cambio de la póliza y actualizar los sistemas de información.

2. Definiciones de Producto Implicaciones de NO tener SOAT: Sanción por no portar la póliza SOAT de 30 SMDLV Inmobilización del vehículo. Costos de Grúa y Parqueadero En caso de accidente, asumir el valor de la atención médica y los amparos restantes, los cuales en términos generales deberían estar con cargo al SOAT.

2. Definiciones de Producto Clases de Vehículo Existen 9 clases de vehículo y 34 subcategorias de tarifa. Motos Camperos y Camionetas Carga o Mixto Oficiales, Especiales y Ambulancia Automóviles Familiares Vehículos de 6 ó más Pasajeros Vehículos de Negocio, taxis y microbuses urbanos Servicio Público Urbano, Buses y Busetas Servicio Público Intermunicipal

2. Definiciones de Producto Tarifa del S.O.A.T Definida por la Superintendencia Financiera de Colombia. Es prohibido cobrar cualquier valor adicional. Se define como un número de unidades del SMDLV. Opera un principio de solidaridad, por lo que se aplican subsidios cruzados entre clases. Las variables que se consideran para determinar la tarifa incluyen: clase de vehículo, cilindraje, modelo, radio de operación, capacidad de carga y de pasajeros. Del valor que paga el cliente realmente corresponde a la compañía el 51%. El valor restante tiene como destino el Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA y el Fondo de Prevención Vial FPV, según el siguiente diagrama...

2. Definiciones de Producto Estructura Tarifaria (Nota Técnica) 50% CONTRIBUCION FOSYGA TRANSFERENCIAS FOSYGA Y FPV 23% 25% FACTOR G = GASTOS ADM. + COMISION + UTILIDAD 52% PRIMA NETA 77% PRIMA PURA DE RIESGO SINIESTRALIDAD ESPERADA 150% TOTAL = TARIFA COMERCIAL

2. Definiciones de Producto Contribuciones y Transferencias Contribución del 50% para el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA*), tiene la connotación de impuesto al Tomador. Transferencia del 20% al FONSAT (integrado al FOSYGA) para cubrir lo relacionado con accidentes de vehículos fantasmas, vehículos sin póliza, falsas o vencidas. Transferencia del 3% para el Fondo de Prevención Vial Nacional, con el fin de realizar campañas de prevención vial. Parte de estos fondos recaudados por el FOSYGA sirven para cubrir los gastos de atención a las víctimas por daños corporales causados en accidentes de tránsito de vehículos no asegurados o no identificados.

2. Definiciones de Producto Mercado Objetivo de S.O.A.T Teniendo en cuenta la aplicación de subsidios cruzados en la estructura tarifaria, la siniestralidad esperada por clase de vehículo es: El cliente objetivo va en función de la siniestralidad esperada, la cual no debe superar la del mercado en la misma clase de vehículo. La siniestralidad máxima que tolera el ramo es del 52%

Impresión en alto relieve Color azul, identificable al tacto (Intaglio), con trama de titulo valor. Figura continua Al unir los extremos derecho e izquierdo se forma un dibujo ornamental completo. Impresión en alto relieve Imagen oculta Al colocarlo oblicuo a la altura de los ojos, permite ver la letra "S". 10172441 Leyenda de fondo Leyenda con sensación de relieve que repite la palabra “SOAT”. Microtexto Imperceptible a simple vista, se puede leer con lupa. Papel con marca de agua A trasluz se observan las iniciales del impresor TGS.

2. Definiciones de Producto Características de la Póliza S.O.A.T Tiene una única presentación para el mercado, por acuerdo voluntario entre las compañías. Impreso en papel con marca de agua, a trasluz se observan las iniciales del impresor TGS. Impresión en alto relieve identificable al tacto. Los colores verde y azul con trama de título valor. Imagen oculta, color vinotinto. Permite ver la letra “S” al colocar la póliza oblicua a la altura de los ojos. Leyenda en el fondo con sensación de relieve que repite la palabra SOAT a lo largo del documento. Al unir los extremos derecho e izquierdo de la póliza se forma un dibujo ornamental completo. Código de barras. Líneas de microtexto, imperceptibles a simple vista, se pueden leer con lupa.

3. Expedición: Proceso Operaciones de Producción Expedición pólizas nuevas Anulaciones de pólizas: Las pólizas SOAT son irrevocables, pero se pueden dar anulaciones por tres causas: Operativa: cuando se cometen errores en el momento de la emisión, y debe ser inmediata al momento de la emisión. Por coexistencia de seguros: Cuando hay dos pólizas vigentes para el mismo vehículo. Existinción del objeto: Cuando el vehículo cancela matrícula debido a su destrucción total, es decir, que es irrecuperable. Reemplazos de pólizas: Permite hacer correcciones en pólizas emitidas por pérdida o hurto, por deterioro, por error en la emisión o por cambio en las características del riesgo (cambio de tomador).

3. Soporte Para inquietudes relacionadas con siniestros, contactar la línea de asistencia a clientes las 24 horas del día: Bogotá, Cali y Medellín: 437 88 88 Nacional: 01 8000 518 888 Celular: #888 En la línea se puede consultar: Qué hacer en caso de verse involucrado en un accidente de tránsito Confirmar la autenticidad de la póliza SOAT. Las clínicas y hospitales: Realizar seguimiento a las reclamaciones radicadas.