Módulo 6 – Introducción a la aeronavegabilidad

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Transcripción de la presentación:

Módulo 6 – Introducción a la aeronavegabilidad

Objetivo Estar familiarizado con el concepto de aeronavegabilidad y las áreas involucradas que deben de regularse

¿Qué significa que la aeronave este aeronavegable? 21.160 Diseño de tipo El diseño de tipo consiste en: Planos y especificaciones, incluyendo una lista de aquellos necesarios para definir la configuración del producto y las caracteres-ticas del diseño que deben demostrar el cumplimiento de los requisitos del LAR aplicables al producto de que se trate; información sobre dimensiones, materiales y procesos necesarios para definir la resistencia estructural del producto; la sección de “Limitaciones de aeronavegabilidad” de las “Instrucciones de la Aeronavegabilidad continua”, conforme lo exigido por el LAR 23, 25, 27, 29, 31, 33 y 35, o conforme a otra forma requerida por la AAC del Estado, y como esta especificado en los estándares de aeronavegabilidad aplicables para las aeronaves de clasificación especial de acuerdo a la sección 21.120(b); y cualquier otro dato necesario para permitir, por comparación, la determinación de la aeronavegabilidad y las características de ruido, drenaje de combustible y emisión de gases de escape (cuando sea requerido) de productos posteriores del mismo tipo. Significa que la aeronave esta fabricada conforme a su diseño tipo y se encuentra en condiciones de operar con seguridad.

¿Qué significa que la aeronave este aeronavegable? Se cambio contrucción por fabricación. Referenci en “slide” siguiente, = lenguaje Diseño. Calidad de Fabricación. Mantenimiento (aeronavegabilidad continuada).

Áreas que deben reglamentarse Diseño. Fabricación. Componentes. Mantenimiento. Personal. Operaciones de líneas aéreas. Organizaciones de mantenimiento Se cambio contrucción por fabricación. Referenci en “slide” siguiente, = lenguaje

Introducción a la aeronavegabilidad 21.120 Base de Certificación de Tipo Excepto como esta previsto en las secciones 23.2, 25.2, 27.2 e 29.2 de los LAR 23, 25, 27 e 29 respectivamente, y los LAR 34 y 36, un solicitante de un certificado de tipo debe demostrar que la aeronave, motor de aeronave o hélice satisface: Los requisitos aplicables de los LARs que son efectivos en la fecha en que la solicitud fue presentada, a menos que: Sea determinada de otra forma por la AAC del Estado; o (ii) de conformidad con enmiendas posteriores a la seleccionada o requerida por esta sección; y cualquier condición especial establecida de acuerdo con la sección 21.115. Aeronavegabilidad continuada Regulación de los estándares para el mantenimiento de las aeronaves de aviación general y comercial Certificación de aeronaves Certificación de ingeniería, producción y aeronavegabilidad

Cuando una aeronave en particular está conforme a su diseño tipo, fue fabricada de acuerdo con un sistema de producción aprobado y en condiciones de operar con seguridad, puede obtener un certificado de aeronavegabilidad.

LAR 21, Capítulo B: Certificado de tipo Se refiere al estado de diseño o donde se efectuó su diseño original, no confundir con el estado de matricula que es donde la aeronave se encuentra operando La certificación de tipo es un elemento importante que debe cumplir un Estado de diseño para garantizar la seguridad de las operaciones aéreas. La certificación de tipo significa aprobar un diseño, ya sea un modelo específico o un tipo de aeronave.

El certificado de tipo es una certificación que realiza un Estado cuando un tipo de aeronave ha sido diseñado de acuerdo con los estándares de aeronavegabilidad apropiados.

Cuando una aeronave en particular está conforme a su diseño tipo, fue fabricada de acuerdo con un sistema de producción aprobado y en condiciones de operar con seguridad, puede obtener un certificado de aeronavegabilidad.

Art. 31 al Convenio de Chicago El Estado de Matrícula es responsable de registrar toda aeronave que se emplee en la navegación internacional y asegurar que todo su equipamiento cumpla las condiciones mínimas de aeronavegabilidad y en tal caso proveerle su Certificado de Aeronavegabilidad.

Introducción a la aeronavegabilidad El Certificado de aeronavegabilidad estándar se emite para aeronaves de categoría normal, utilitaria, acrobática, commuter, transporte, globo libre tripulado y aeronaves de categoría especial.

El diseño de tipo consiste en: LAR 21 - Certificación de aeronaves y componentes de aeronaves Emisión de certificado tipo. Emisión del certificado tipo suplementario. Emisión de certificados de producción. Aprobación de fabricación de partes. Autorización de orden técnica estándar (AOTE). Aprobación de diseños de reparaciones. 21.160 Diseño de tipo El diseño de tipo consiste en: Planos y especificaciones, incluyendo una lista de aquellos necesarios para definir la configuración del producto y las características del diseño que deben demostrar el cumplimiento de los requisitos del LAR aplicables al producto de que se trate; información sobre dimensiones, materiales y procesos necesarios para definir la resistencia estructural del producto; la sección de “Limitaciones de aeronavegabilidad” de las “Instrucciones de la Aeronavegabilidad continua”, conforme lo exigido por el LAR 23, 25, 27, 29, 31, 33 y 35, o conforme a otra forma requerida por la AAC del Estado, y como esta especificado en los estándares de aeronavegabilidad aplicables para las aeronaves de clasificación especial de acuerdo a la sección 21.120(b); y cualquier otro dato necesario para permitir, por comparación, la determinación de la aeronavegabilidad y las características de ruido, drenaje de combustible y emisión de gases de escape (cuando sea requerido) de productos posteriores del mismo diseño de tipo.

Estándares de aeronavegabilidad http://www1.lima.icao.int/srvsop/document/lar

MEI 91.1105 Responsabilidad de la aeronavegabilidad (Ver párrafo 91.1110 (a) (1) del LAR 91)   El reglamento LAR 91 en su capítulo “H” establece claramente que el explotador es el responsable de mantener la condición de aeronavegabilidad de las aeronaves que opera. Para ello la aeronave tiene que encontrarse en condiciones seguras de volar, con todos sus sistemas en condición operativa, con su mantenimiento al día y ser operada por alguien con licencia apropiada al tipo de operación que se va a realizar. Las instrucciones de aeronavegabilidad continuada son un conjunto de datos descriptivos, plan de mantenimiento y cumplimiento de instrucciones desarrolladas por el organismo de diseño de acuerdo a las bases de certificación de la aeronave o componente de aeronave (motor y hélice), que se le proveen al explotador con la finalidad que cumplir las instrucciones de su programa de mantenimiento. Por condición de aeronavegabilidad se entiende que es el estado de una aeronave o componente de aeronave que se ajusta al diseño aprobado correspondiente y está en condiciones de operar de manera segura. Para mantener la condición de aeronavegabilidad se requiere que el explotador establezca un conjunto de procesos tal que permita asegurar que sus aeronaves cumplen con los requisitos aplicables de aeronavegabilidad y se mantienen en condiciones de operar de modo seguro durante su vida útil. MAC 91.1105 Responsabilidad de la aeronavegabilidad (Ver párrafo 91.1105(a) (1) del LAR 91) El explotador debe definir qué mantenimiento va a aplicar a su aeronave, de acuerdo a lo que establezca el organismo de diseño y los manuales de mantenimiento de la aeronave. Al respecto, debe considerar que en el manual de mantenimiento de la aeronave, el organismo de diseño puede haber definido distintas alternativas de programas de inspecciones. El explotador debe siempre intentar definir la cantidad de horas que presume volar en un año, de manera de escoger el programa de inspecciones apropiado para su aeronave. Lo que determine realizar respecto al mantenimiento para su aeronave, debe presentarlo a la AAC del Estado de matrícula para su aceptación y cualquier cambio que requiera realizar, en el sentido de que por ejemplo, su programa de horas a volar en un año va a variar y por lo tanto necesita cambiar a otra alternativa indicada por el organismo de diseño y aprobado por la AAC del Estado de diseño, esto debe previamente a su aplicación obtener la aceptación de la AAC del Estado de matrícula. LAR 91 Sección 91.1105 El explotador de una aeronave es el responsable de mantener esa aeronave y sus componentes de aeronave en condiciones de aeronavegabilidad, y mantener la validez y vigencia del certificado de aeronavegabilidad de cada una de sus aeronaves.

Introducción a la aeronavegabilidad El LAR 91 Capítulo H, LAR 121 Capítulo I y LAR 135 Capítulo J, establecen los requisitos de mantenimiento y control de la aeronavegabilidad que un explotador debe cumplir para garantizar el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves bajo su control.

Introducción a la aeronavegabilidad LAR Parte 43 – Mantenimiento LAR 21 Capítulo N - Reparaciones

Introducción a la aeronavegabilidad LAR 145 - Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas Certificación de organizaciones de mantenimiento. Sistema de gestión de seguridad operacional (SMS). Reglas de operación.

Introducción a la aeronavegabilidad LAR 43.300(a) - Realización de mantenimiento Las personas u organizaciones que realicen mantenimiento deben usar métodos, técnicas y prácticas especificadas en los datos de mantenimiento de la aeronave y componentes de aeronave o, equivalentes que sean aceptables para AAC del Estado de matrícula.

Partes de remplazo LAR 21 - Certificación de Aeronaves y Componentes de Aeronaves Las partes para reemplazo o modificación tienen que ser producidas de acuerdo con: Un certificado tipo o certificado de producción de aeronaves, motores de aeronaves o hélices, Una orden técnica estándar (OTE), Una aprobación de fabricación de partes (AFP), Por un propietario u operador para mantener o alterar su propio producto, o Partes estándares (bulones, tuercas, pernos, remaches, etc.)

Registro de aeronaves Cuando una aeronave se incorpora a la aviación civil debe ser registrada como un bien mueble y matriculada en el Registro Nacional de Aeronaves

PREGUNTAS?