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PROPUESTA DE REGULACIÓN Francisco Javier Leiva Santiago, 14 de agosto de 2013.

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1 PROPUESTA DE REGULACIÓN Francisco Javier Leiva Santiago, 14 de agosto de 2013

2 ¿POR QUÉ REGULAR? Para disponer de reglas claras y permanentes que permitan el desarrollo y consolidación de la industria. ¿QUÉ REGULACIÓN? Una regulación que defina las condiciones para que operen máquinas recreativas de premio programado, ya sea en salas de juego o bien dispuestos en diversos puntos de venta. Una regulación específica para las máquinas de premio programado, diferente a los casinos de juego.

3 CARACTERÍSTICAS DE LAS MAQUINAS o Ser máquina de premio programado (y no de azar neto, como las utilizadas por los casinos). o Tener definido el monto máximo de la apuesta y del premio máximo que puede entregar. o Tener un porcentaje mínimo de retorno de 80% en un ciclo de jugadas. o Disponer de contadores que permitan su lectura por la Autoridad Competente. o Información de las reglas del juego; de la descripción de las combinaciones ganadoras, del monto del premio correspondiente a cada una de ellas y el porcentaje mínimo de devolución en premios.

4 Los gabinetes de las máquinas deberán cumplir con las normas nacionales que garanticen su seguridad: o poseer la resistencia mecánica apropiada para soportar intentos no autorizados de acceso o estar diseñado para proteger los componentes internos del abuso externo o no deberá poseer bordes o protuberancias cortantes que puedan representar un peligro para los jugadores o cualquier otra persona que utilice la máquina. CARACTERÍSTICAS DE LOS GABINETES

5 CONDICIONES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS MAQUINAS o Deben tener autorización de la autoridad competente. o Deben estar inscritas en el Registro de Homologación, para lo cual deberán contar con la certificación que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos, los que deberán ser aprobados por los organismos que señale la autoridad

6 SISTEMA DE GESTIÓN Y MONITOREO Las máquinas deberán estar conectadas a un sistema de monitoreo en línea, a objeto de proporcionar el registro, búsqueda e información de los sucesos acaecidos en las máquinas. ¿Por qué? Para que la autoridad competente tenga la capacidad de fiscalizar y, en consecuencia, esté dispuesto a respaldar una regulación como la que se propone.

7 AUTORIDAD REGULADORA Y FISCALIZADORA o Otorga las licencias para las salas y puntos de venta o Controla el registro de homologación de las máquinas y programas de juego. o Controla el registro de operadores o Fiscaliza el funcionamiento de las salas y puntos de venta. ¿Quién? Actual Superintendencia de Casinos de Juego que adecúa sus facultades y responsabilidades.

8 IMPUESTOS o Máquinas gravadas con un impuesto específico al juego equivalente al 5% sobre el ingreso bruto del juego (total apostado menos premios pagados). o El impuesto se incorpora al patrimonio de la municipalidad correspondiente a la comuna donde se ubican las máquinas.

9 REQUISITOS PARA LAS SALAS Y LOS PUNTOS DE VENTA SALAS o Máximo 80 máquinas. o Metraje mínimo asociado al número de máquinas o Disponer de baños para público. o Cumplimiento de normas de ruidos, protección contra incendios y seguridad. o Cumplimiento del código laboral y prohibición de ingreso de menores de edad. o Horario de funcionamiento dependerá de las ordenanzas municipales aplicables a la zona de ubicación del local.

10 REQUISITOS PARA LAS SALAS Y LOS PUNTOS DE VENTA PUNTOS DE VENTA o Debe ser contribuyente del sector comercio. o Máximo 10 máquinas por punto de venta. o Podrán destinar al uso de máquinas un máximo equivalente al 40% de la superficie comercial.

11 PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS o Las solicitudes de licencias deben presentarse ante la Superintendencia. o Las máquinas y programas de juego deben estar inscritas en el Registro de Homologación de la Superintendencia. o Las inscripciones en el Registro tendrán una validez de diez años y podrán ser renovables por períodos sucesivos de igual duración.

12 PROCEDIMIENTO DE HOMOLOGACIÓN La homologación constituye el procedimiento destinado a certificar la idoneidad y calidad de las máquinas y demás implementos para el desarrollo de los juegos. ¿Qué significa? Que el material de juego ha cumplido válidamente con las pruebas, ensayos y certificaciones de idoneidad y calidad pertinentes, de conformidad a las especificaciones que contemple la Superintendencia.

13 OTROS o Definir un período de transición (18 meses) para que los operadores actuales puedan realizar las adecuaciones necesarias. o Protección al emprendimiento actual: inclusión de norma legal que proteja el emprendimiento de los miles de pequeños y medianos comerciantes.

14 PROPUESTA DE REGULACIÓN Francisco Javier Leiva Santiago, 14 de agosto de 2013


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