Subdirección de Subsidio Familiar 2015 SEMINARIO DE ACTUALIZACIÓN NORMATIVA PARA CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR – CASANARE 2015.

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Transcripción de la presentación:

Subdirección de Subsidio Familiar 2015 SEMINARIO DE ACTUALIZACIÓN NORMATIVA PARA CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR – CASANARE 2015

Definición Subsidio Monetario DECRETO 682 DE 2014 Art 1. Establecer los mecanismos para que los colombianos residentes en el exterior y los miembros de sus familias domiciliadas en Colombia, que no estén obligados a cotizar al Sistema de Seguridad Social puedan acceder a las prestaciones del Sistema General de Pensiones ya los servicios sociales que otorga el Sistema de Subsidio Familiar. POR EL CUAL SE ESTABLECEN MECANISMOS DE PROTECCIÓN SOCIAL PARA LOS COLOMBIANOS MIGRANTES Y SUS FAMILIAS EN COLOMBIA

Afiliación  Voluntario- Bajo la Categoría de Facultativos  Mínimo 2 SMMLV 2% sobre el IBC  Afiliado y miembros de su grupo familiar en Colombia totalidad de prestaciones y servicios sociales ( no cuota monetaria y MPC)  El pago de los colombianos en el exterior se hará a través de PILA  Beneficios- Acceso a Servicios Sociales

Programas especiales Art. 7. Las Cajas de Compensación Familiar promoverán la ejecución de programas y servicios sociales para las familias de los colombianos residentes en el exterior Art. 9. Las Cajas de Compensación Familiar diseñarán y ejecutarán servicios de acogida en Colombia, para afiliados residentes en el exterior que decidan regresar al país, entre los cuales figurarán programas de reinserción laboral y capacitación

DECRETO 867 DE 2014 POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL ACCESO DE LOS PENSIONADOS A LOS SERVICIOS DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR Art 1. Señalar los términos y condiciones del acceso de los pensionados a los servicios sociales ofrecidos por las CCF, para ampliar su cobertura y la de los adultos mayores

OBJETIVOS Dar a conocer a la población pensionada qué hoy tienen acceso a los servicios de las Cajas, sin necesidad de afiliación (ver condiciones) Promover la protección de los Adultos Mayores a través de la vinculación al sistema de compensación familiar. Generar mejores condiciones de vida y acompañar al pensionado en distintas actividades relacionadas con su bienestar.

CREDITOS DE SERVICIOS SOCIALES - A DICIEMBRE DE BENEFICIOS PENSIONADOS MENOR A 1.5 SMMLV Afiliación sobre el valor de la mesada Servicios 0%Recreación, Deporte y Cultura 0.6%Recreación, Deporte, Cultura, capacitación y turismo 2%Todos los servicios excepto, cuota monetaria.

CREDITOS DE SERVICIOS SOCIALES - A DICIEMBRE DE BENEFICIOS PENSIONADOS MAYOR A 1.5 SMMLV AFILIACIÓN SOBRE EL VALOR DE LA MESADA SERVICIOS 0.6%Recreación, Deporte, Cultura, capacitación y turismo 2%Todos los servicios excepto, cuota monetaria.

CREDITOS DE SERVICIOS SOCIALES - A DICIEMBRE DE REGLAS PARA LA AFILIACIÓN < 1,5 SMMLV Caja que estuvieron afiliados en su última vinculación laboral. 1,5 SMMLV (aportes voluntarios ) Cualquier Caja de Compensación Familiar. Los pensionados que no hayan estado afiliados anteriormente podrán escoger la Caja. Grupo Familiar: Cónyuge o compañero permanente que no ostente la calidad de trabajador activo e hijos menores de 18 años.

REGLAS PARA LA AFILIACIÓN Documentación para acreditar la condición de pensionado: certificación expedida por la entidad encargada del pago de la pensión, desprendible de pago o acto de reconocimiento del derecho pensional. Los pensionados con mesadas de hasta 1,5 SMMLV, pagarán la tarifa más baja. Los pensionados con mesada superior a 1,5 SMMLV, pagarán la tarifa que le corresponda según su mesada.

DECRETO 721 DE 2013 POR EL CUAL SE REGULA LA AFILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES DE SERVICIO DOMÉSTICO AL SISTEMA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR Es trabajador de servicio doméstico toda persona natural, que presta sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado de niños, jardinería, conductor de familia y demás labores

COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL TIEMPO COMPLETO

COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL TIEMPO POR SEMANAS – DECRETO 2616 DE 2013  Se deberá estar afiliado al régimen subsidiado en salud  En riesgos laborales se deberá pagar por la totalidad del mes  En cuanto a pensiones y cajas de compensación la cotización se hace parcialmente de la siguiente forma: Días laborados en el mes Monto mínimo de cotización en pensiones y CCF Entre 1 y 7 díasEquivalente a ¼ del SMMLV Entre 8 y 14 díasEquivalente a ½ del SMMLV Entre 15 y 21 díasEquivalente a ¾ del SMMLV

BENEFICIOS SALUD:  Prestaciones asistenciales  Prestaciones económicas  Afiliar a su familia sin costo adicional PENSIONES:  Pensión de vejez  Pensión por invalidez por riesgo común  Sustitución pensional  Indemnización sustitutiva/devolución de saldos  Auxilio funerario RIEGOS LABORALES :  Prestaciones económicas y asistenciales de salud  Pensión e invalidez por accidente laboral o enfermedad de origen laboral  Pensión de sobrevivientes  Incapacidades e indemnizaciones CAJAS DE COMPENSACIÓN :  Cuota monetaria  Subsidio en especie  Atención a la niñez y jornada com plementaria  Educación, capacitación y bibliote ca  Subsidio de vivienda  Recreación, turismo y deporte  Protección al cesante

LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR JUEGAN UN ROL FUNDAMENTAL EN EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS RELACIONES DEMOCRÁTICAS DENTRO DE LAS FAMILIAS, EN ESPECIAL POR EL COMPROMISO QUE TIENEN EN DESPLEGAR PROGRAMAS Y ACTIVIDADES CON UNA PERSPECTIVA ORIENTADA A FORTALECER LA ARMONÍA FAMILIAR Y LA COHESIÓN SOCIAL.