LEY DE TRANSPARENCIA 1712 DE 2014

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Transcripción de la presentación:

LEY DE TRANSPARENCIA 1712 DE 2014 ASESORIA DE CONTROL INTERNO Elaborado y proyectado: Flor E. Gómez Castro Ap-Control Interno Aprobado: Hernándo Díaz Hernández Asesor de Control Interno

LEY DE TRANSPARENCIA 1712 DE 2014 El 07 de marzo de 2014 el Presidente de la República sancionó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La Estrategia de Gobierno en Línea del MINTIC es base para el cumplimiento de esta norma que establece que todas las entidades del Estado deben hacer máxima publicidad y poner a disposición información pública para los ciudadanos, que sea útil en cuanto a contenido, oportunidad, veracidad, lenguaje y medios de acceso.

Esta ley busca promover la transparencia en la gestión pública empezó a regir 6 meses para las entidades públicas de todas las ramas públicas del orden nacional y en un año para las territoriales. Cabe destacar que todas las entidades del Estado están obligadas a tener en cuenta lo establecido por la estrategia de Gobierno en Línea para la publicación y divulgación de información pública. Con estos principios de transparencia y máxima publicidad, Colombia se alinea con países latinoamericanos que están promoviendo legislaciones sobre el derecho de acceso a la información pública como México, Chile y Brasil

PRINCIPIOS DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA MARCO NORMATIVO PRINCIPIOS DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA PUBLICIDAD TRANSPARENCIA CONSTITUCION POLITICA ESTATUTO ANTICORRUPCION CODIGO DEL PROCEDIMIENTO ADMINSITRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINTRATIVO

SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN MARCO NORMATIVO USO Y APROVECHAMIENTO DE LAS TIC DATOS ABIERTOS ESTRATEGIA DE GOVVIERNO EN LINEA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN LEY 1341 DE 2009 DECRETO 2573 DE 2014 MANUAL DE GOBIERNO EN LINEA

MARCO NORMATIVO LEY 594 DE 2000 DECRETO 2609 DE 2012 GESTION DOCUMENTAL LEY DE ARCHIVOS LEY 594 DE 2000 DECRETO 2609 DE 2012

MARCO NORMATIVO DERECHO DE PETICION LEY DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICION Y SE SUSTITUYE UN TITULO DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LEY 1755 DE 2015 PROTECCION DE DATOS – LEY 1581 DE 2012 ACCESIBILIDAD AL MEDIO FISICO Y A LA WEB

LEY DE TRANSPARENCIA 1712 DE 2014 El derecho de acceso a la información pública implica que las entidades no solamente deben responder a las solicitudes expresas de información de los ciudadanos, sino también divulgarla proactivamente y responder a los requerimientos de forma rutinaria, proactiva, actualizada, accesible y comprensible.

CONCEPTO DEL DERECHO - LEY 1712 DE 2014 GESTION DOCUMENTAL TRANSPARENCIA ACTIVA TRANSPARENCIA PASIVA DIVULGACION PROACTIVA DE LA INFORMACION RESPUESTA A SOLICITUDES DE ACCESO DERECHO A LA INFORMACION PUBLICA

CONCEPTO DEL DERECHO - LEY 1712 DE 2014 TRANSPARENCIA ACTIVA • Estructura y ubicación de sedes • Presupuesto y planes de gasto público • Directorio de empleados • Normas generales y reglamentarias • Servicios y Trámites • Todos los Informes de Gestión, Evaluación y Auditoría • Mecanismos de presentación de PQR • Mecanismos de participación • Instrumentos de gestión de información Información mínima obligatoria

CONCEPTO DEL DERECHO - LEY 1712 DE 2014 TRANSPARENCIA ACTIVA CONCEPTO DEL DERECHO - LEY 1712 DE 2014 Publicidad de la Contratación Plan anual de adquisiciones • Contrataciones adjudicadas • Los plazos de cumplimiento de los contratos • Procedimientos, lineamientos, políticas en materia de adquisiciones y compras • Todos los datos de adjudicación y ejecución de contratos, incluidos concursos y licitaciones

Transparencia pasiva Es el deber de responder a las solicitudes de información de las personas, a menos que exista excepción estipulada por la Ley Información de las personas, a menos que exista excepción estipulada por la Ley Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier sujeto obligado, en la forma y condiciones que establece esta Ley y la Constitución (Art.24). Solicitud de acceso a la Información Pública: Es aquella que, de forma oral o escrita, incluida la vía electrónica, puede hacer cualquier persona para acceder a la información pública (Art. 25). TRANSPARENCIA PASIVA– DECRETO 1081 DE 2015 GRATUIDAD CONTENIDO DE LA RESPUESTA MEDIOS IDONEOS

Transparencia pasiva Solicitud de acceso a la Información Pública: Es aquella que, de forma oral o escrita, incluida la vía electrónica, puede hacer cualquier persona para acceder a la información pública (Art. 25)

OBLIGACIONES DEL DECRETO 1081 de 2015 (103 DE 2015) GRATUIDAD COSTOS DE REPRODUCCION MEDIOS IDONEOS PARA LAS SOLICITUDES SEGUIMIENTO CONTENIDO DE LA RESPUESTA El acceso a la Información es gratuito Ajustados a los valores del mercado Personalmente (escrito u oral) Telefónicamente Correo físico o postal Correo electrónico Formulario electrónico Indicar un número o código que permita hacer seguimiento al estado de la solicitud Por escrito (físico o electrónico) Objetivo, veraz, completo, motivado y actualizado No se cobrarán por valores distintos a la reproducción y el envío Consignados en un documento de motivación Oportuno Incluyendo los recursos administrativos y judiciales

Partidos o movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos A quien aplica ? A todas las entidades públicas A organismos y entidades estatales independientes o autónomos de control Personas naturales y jurídicas que presten función pública y servicios públicos, respecto de la información directamente relacionada con la prestación de estos servicios Las empresas publicas creadas por la ley, las empresas del estado y sociedades en que tenga participación Partidos o movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos Entidades que administren instituciones parafiscales o recursos de naturaleza u origen publico Personas naturales o jurídicas que reciban o intermedien fondos o beneficios públicos territoriales y nacionales, sólo en relación con fondos públicos que reciban o intermedien.

. 1- Registros (inventario) de Activos de Información 2- Índice de Información Clasificada y Reservada 3- Esquema de publicación de información 4- Programa de gestión documental

. 1 •Registros (inventario) de Activos de Información El inventario de la información publica que el sujeto obligado genere, obtenga, adquiera, transforme o controle. Contener como mínimo los siguientes componentes: 1- todas las categorías de información del sujeto obligado. 2- todo registro público 3- todo registro disponible para ser solicitado por el público Aprobado y publicado

2 •Índice de Información Clasificada y Reservada El índice de información clasificada y reservada es el inventario de información pública generada, obtenida, adquirida o controlada por el sujeto obligado, en calidad de tal, que ha sido calificada como clasificada o reservada. **Objetivo legitimo de la reserva **Fundamento constitucional **Tiempo de reserva Contenidos decreto 1081 de 2015 Aprobado y publicado

EXEPCIONES DE ACCESO A LA INFORMACION LEY 1712 DE 2014 DERECHO A LA INTIMIDAD (LIMITADO PARA SERVIDORES PUBLICOS). DERECHO A LA VIDA, SALUD O SEGURIDAD SECRETOS COMERCIALES INDUSTRIALES Y PROFESIONALES INFORMACIÓN EXEPTUADA POR DAÑOS DE DERECHOS A PERSONAS NATURALES O JURIDICAS CLASIFICADO DURACION LIMITADA

EXEPCIONES DE ACCESO A LA INFORMACION LEY 1712 DE 2014 DEFENSA Y SEGURIDAD NACIONAL. SEGURIDAD PUBLICA RELACIONES INTERNACIONALES INVESTIGACION Y PERSECUSION DE DELITOS Y LAS FALTAS DISCIPLINARIAS, MIENTRAS NO EXISTA MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO O SE FORMULE PLIEGO DE CARGOS mientras no exista medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos. • Administración efectiva de justicia • Derechos de la infancia y adolescencia • Estabilidad macroeconómica y financiera del país • Salud pública RESERVADO INFORMACIÓN EXEPTUADA POR DAÑO A LOS INTERESES PUBLICOS Hasta quince (15) años de reserva

3- Esquema de publicación de información Contenidos del esquema de publicación: Lista de información mínima publicada (art 9,10,11) Lista de información sitio web oficial, sujeto obligado, adicional Información de interés para la ciudadanía aprobado y publicado “Transparencia y acceso a información pública” Procedimiento participativo para la adopción y actualización del esquema de publicación

1. Sensibilización de la Ley 2. Transparencia activa 3. Transparencia pasiva 4.Instrumentos de gestión de información 5. Monitoreo y seguimiento Implementación

Política Pública Plan Anticorrupción Servicio al Ciudadano Estrategia Anti trámites Gestión de Calidad Estrategia de Gobierno en línea Sistema electrónico de Contratación Pública Iniciativa de Datos Abiertos Sistema de Gestión del Empleo Público Ley de Archivos Modelo Integrado de Planeación y Gestión Política Pública

QUÉ SE REQUIERE PARA AVANZAR EN CADA ENTIDAD? Definir nuevos protocolos y lineamientos Ajustar planes internos, manuales, lineamientos y sistemas ya existentes Definir estrategia de formación, capacitación y acompañamiento interna y a ciudadanía. Fortalecer mecanismos de monitoreo y evaluación de la política

GRACIAS