EL DICTAMEN FISCAL EN MÉXICO COADYUVANTE EN LA FISCALIZACIÓN.

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Transcripción de la presentación:

EL DICTAMEN FISCAL EN MÉXICO COADYUVANTE EN LA FISCALIZACIÓN

2 Breve referencia al IMCP Se fundó en Agrupa a poco más de 21 mil Contadores Públicos en México, a través de 60 Colegios Federados en toda la República. Forma parte del IFAC (International Federation of Accountants), organización que agrupa a la Contaduría Pública a nivel mundial. Durante sus 90 años de existencia el IMCP ha sido un factor importante de desarrollo para los negocios en México y para la recaudación tributaria. Desde hace más de 30 años estableció un Programa de Educación Profesional Continua que ha servido como base para la Certificación Profesional del Contador Público, requisito para quienes dictaminan para efectos fiscales. Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

3 Antecedentes del Dictamen Fiscal El Dictamen Fiscal ha sido utilizado por más de 50 años. Ha sido considerado por las diversas administraciones anteriores como un importante y efectivo apoyo a la fiscalización en nuestro país. Se presentaban 90,000 Dictámenes Fiscales aproximadamente todos los años (2013). Durante muchos años la presentación de los Dictámenes Fiscales fue obligatoria (con ciertos requisitos Art. 32-A CFF). A partir de 2010 es optativo para la mayoría de las empresas. El número de dictámenes que se presenta sobre esta base es similar al que se venía presentando (hasta 2013) y a partir de 2014 es voluntario para empresas con ingresos de más de 100 millones de pesos. Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

4 Desventajas para la autoridad de la limitación en la presentación del dictamen fiscal Posibilidad de que los contribuyentes no realicen los pagos de diferencias por créditos fiscales que la autoridad deja de recaudar y que a la fecha han sido detectadas en los dictámenes fiscales por contador público. La parte fundamental de las empresas que soportan al país obtienen ingresos en el ejercicio entre 40 y 100 millones, y estos se quedaron sin la opción de acceder al dictamen fiscal, por tal motivo la autoridad deja de recaudar las diferencias detectadas en los dictámenes fiscales elaborados por Contador Público. Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

5 Desventajas para la autoridad de la limitación en la presentación del dictamen fiscal Existe la posibilidad de que los contribuyentes empiecen a generar planeaciones fiscales agresivas. Se tiene conocimiento de que la estructura del personal de la autoridad fiscal no tiene la capacidad para realizar revisiones a los casi 85 mil contribuyentes promedio que se auditaban anualmente. Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

6 Beneficios del dictamen fiscal para el contribuyente Revisión secuencial. Complementaria por dictamen (no cuenta para el límite de declaraciones presentadas). Cumplimiento de pago de impuestos espontáneo, (10 días posteriores a la presentación del dictamen). Reducción del plazo de devolución de saldos a favor (40 a 25 días). Devolución de saldos a favor del IVA con declaratoria del CPR. Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

7 Beneficios del dictamen fiscal para el contribuyente Los contribuyentes consideran el dictamen fiscal como una herramienta muy valiosa, ya que genera seguridad jurídica a sus accionistas y/o dueños, más ahora con la Ley Federal para la prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, (Ley Anti lavado de Dinero). Es un requisito del Gobierno Federal y de los Estatales para auditar a los entes públicos. Se incluirán a las donatarias autorizadas, Instituciones de Asistencia Privada, así como a las Universidades del país, que recurrieron al dictamen fiscal para emitir recibos deducibles. Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

8 Conclusiones La información y los datos señalados en el dictamen fiscal demuestran que es una herramienta valiosa que ayuda a la autoridad fiscalizadora y al contribuyente a tener certeza y confianza de que un profesional Independiente. El dictamen fiscal constituye una poderosa herramienta de fiscalización indirecta para el fisco, ya que uno de los beneficios materiales que recibe este es el incremento de fiscalización y la recaudación. Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

9 Conclusiones Datos relevantes de la limitante del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación que entró en vigor en el ejercicio 2014, fueron señalados por el SAT, reflejando lo siguiente: El padrón de contadores públicos registrados ante esa dependencia a agosto de 2015, disminuyó de 5, 304 a 3,308. Los dictámenes presentados por el ejercicio 2013 fueron superiores a los 89,000 y con las restricciones marcadas para el 2014 fueron escasamente 20,000 los dictámenes presentados, lo que significa un decremento del más del 77%. Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

10 Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

11 Propuesta Regreso del Dictamen Fiscal como una importante herramienta de fiscalización que brinda confianza tanto al empresario como a la propia autoridad, sobre el adecuado cumplimiento de sus obligaciones fiscales, privilegiando en todo momento el beneficio para la ciudadanía y la economía de nuestro país, en un esquema voluntario y sin límite de ingresos, importe de activos o número de empleados para optar por su presentación. Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL

12 Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL DICEDEBE DECIRJUSTIFICACIÓN Artículo 32-A. Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales, que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $100,000,000.00, que el valor de su activo determinado en los términos de las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, sea superior a $79,000, o que por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior, podrán optar por dictaminar, en los términos del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado. No podrán ejercer la opción a que se refiere este artículo las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal. Los contribuyentes que opten por hacer dictaminar sus estados financieros a que se refiere el párrafo anterior, lo manifestarán al presentar la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta que corresponda al ejercicio por el que se ejerza la opción. Esta opción deberá ejercerse dentro del plazo que las disposiciones legales establezcan para la presentación de la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta. No se dará efecto legal alguno al ejercicio de la opción fuera del plazo mencionado. Artículo 32-A. Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales, podrán optar por dictaminar, en los términos del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado. No podrán ejercer la opción a que se refiere este artículo las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal. Los contribuyentes que opten por hacer dictaminar sus estados financieros a que se refiere el párrafo anterior, lo manifestarán al presentar la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta que corresponda al ejercicio por el que se ejerza la opción. Esta opción deberá ejercerse dentro del plazo que las disposiciones legales establezcan para la presentación de la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta. No se dará efecto legal alguno al ejercicio de la opción fuera del plazo mencionado. Considerando los beneficios que conlleva el dictaminar los estados financieros por contador público autorizado, tanto para las autoridades fiscales, como para los contribuyentes que ejerzan la opción en términos del artículo 32-A, no debe limitarse a un grupo de contribuyentes que se definan por los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio anterior o por el valor de los activos que posean o por el número trabajadores que les hayan prestado servicio en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior, así como también debe considerarse el Principio de Equidad en materia fiscal establecido en nuestra Carta Magna. Se propone, que la opción de dictaminar los estados financieros por contador público autorizado en los términos del artículo 32-A, sea igual para todos los contribuyentes con las mismas condiciones establecidas en dicho artículo sin distinción alguna. Cabe señalar que las limitantes establecidas en el artículo 32-A beneficia solamente a los contribuyentes con mayor capacidad económica, dejando fuera de este beneficio a los contribuyentes con menor capacidad económica, pero con las mismas obligaciones fiscales para ambos contribuyentes, razón por lo cual hace que la disposición sea inequitativa.

13 Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL DICEDEBE DECIRJUSTIFICACIÓN Los contribuyentes que hayan optado por presentar el dictamen de los estados financieros formulado por contador público registrado deberán presentarlo dentro de los plazos autorizados, incluyendo la información y documentación, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de este Código y las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, a más tardar el 15 de julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate. En el caso de que en el dictamen se determinen diferencias de impuestos a pagar, éstas deberán enterarse mediante declaración complementaria en las oficinas autorizadas dentro de los diez días posteriores a la presentación del dictamen. Los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere este artículo, tendrán por cumplida la obligación de presentar la declaración informativa sobre su situación fiscal a que se refiere el artículo 32-H de este Código. Los contribuyentes que hayan optado por presentar el dictamen de los estados financieros formulado por contador público registrado deberán presentarlo dentro de los plazos autorizados, incluyendo la información y documentación, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de este Código y las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, a más tardar el 15 de julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate. En el caso de que en el dictamen se determinen diferencias de impuestos a pagar, éstas deberán enterarse mediante declaración complementaria en las oficinas autorizadas dentro de los diez días posteriores a la presentación del dictamen. Los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere este artículo, tendrán por cumplida la obligación de presentar la declaración informativa sobre su situación fiscal a que se refiere el artículo 32-H de este Código. Los beneficios que representa esta adecuación al art. 32-A serían los siguientes: Beneficios para el contribuyente: 1.Seguridad jurídica a sus accionistas y/o dueños sobre el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales 2.Contar con la Revisión secuencial que permite revisar en primera instancia al Contador Público y después al contribuyente. 3.La Complementaria por dictamen (no cuenta para el límite de declaraciones presentadas). 4.El Cumplimiento de pago de impuestos espontáneo, (10 días posteriores a la presentación del dictamen). 5.Reducción del plazo de devolución de saldos a favor (40 a 25 días) y la Devolución de saldos a favor del IVA con declaratoria del CPR.

14 Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL DICEDEBE DECIRJUSTIFICACIÓN Beneficios para la Autoridad 1.Obtener el pago de diferencias por créditos fiscales que la autoridad deja de recaudar y que a la fecha han sido detectadas por dictamen efectuado por Contador Público Registrado 2.Sumar al trabajo de fiscalización que realizan las autoridades hacendarias, el esfuerzo y trabajo de la contaduría organizada, a través de la fiscalización por dictamen fiscal de CPR, sin que le genere ningún costo adicional. Adicionalmente como dato de referencia los dictámenes presentados por el ejercicio 2013 fueron superiores a los 89,000 y con las restricciones marcadas para el 2014 fueron escasamente 20,000 los dictámenes presentados, lo que significa un decremento del más del 77% en un año en la fiscalización vía dictamen fiscal. Cabe hacer mención que la adecuación propuesta por el IMCP, al art. 32-A del CFF, no contraviene lo dispuesto por el Acuerdo de Certidumbre Tributaria, en virtud de que no se trata de una carga fiscal adicional para el contribuyente, al contrario, representa un beneficio optativo aquel que decida implementarlo y también un beneficio para la autoridad al contar con una fiscalización adicional realizada por contadores públicos certificados y debidamente registrados ante el Servicio de Administración Tributaria.

15 GRACIAS Plan Estratégico Objetivo 3: Ser una entidad sustentable DICTAMEN FISCAL