Marco Jurídico TEMARIO Organización del Estado.

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Transcripción de la presentación:

Marco Jurídico TEMARIO Organización del Estado. Norma jurídica, fuentes del derecho, jerarquía normativa. Mecanismos de solución de conflictos. Principios fundamentales del régimen económico actual. El régimen de la actividad empresarial del Estado.

1. Organización del Estado

1. Organización del Estado Artículo 43°.- La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.

1. Organización del Estado Artículo 45°.- El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen. Artículo 138°.- La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes.

1. Organización del Estado Poder Ejecutivo: - Presidente: Representa al Estado, dentro y fuera de la República. Dirige la política general del Gobierno. - Consejo de Ministros Poder Legislativo: 130 congresistas Poder Judicial: - Jueces de Paz - Jueces de Primera Instancia - Cortes Superiores - Corte Suprema de la República - Tribunal Constitucional

1. Organización del Estado Corresponde al Presidente de la República (118°): Velar por el orden interno y la seguridad exterior. Convocar a elecciones para Presidente , congresistas, alcaldes. Reglamentar las leyes, dictar decretos y resoluciones. Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales. Dirigir la política exterior, celebrar y ratificar tratados. Nombrar embajadores y ministros. Presidir el Sistema de Defensa Nacional; organizar y disponer el empleo de las FFAA y de la PNP. Adoptar las medidas para la defensa territorial y de la soberanía del Estado. Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Congreso. Administrar la hacienda pública, negociar los empréstitos. Dictar decretos de urgencia con fuerza de ley. Regular las tarifas arancelarias. Conceder indultos.

1. Organización del Estado Poder Legislativo Artículo 90°.- El Poder Legislativo reside en el Congreso de la República, el cual consta de cámara única. El número de congresistas es de 130. El Congreso de la República se elige por un período de cinco años mediante un proceso electoral organizado conforme a ley. Los candidatos a la Presidencia de la República no pueden integrar las listas de candidatos a congresistas. Los candidatos a vicepresidentes pueden ser simultáneamente candidatos a una representación en el Congreso. Para ser elegido congresista, se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido 25 años y gozar del derecho de sufragio.

1. Organización del Estado Atribuciones del Congreso (Art. 102°): 1. Dar leyes, así como interpretar, modificar o derogar las existentes. 2. Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes. 3. Aprobar los tratados. 4. Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General. 5. Autorizar empréstitos. 6. Ejercer el derecho de amnistía. 8. Autorizar al Presidente de la República para salir del país.

2. Norma jurídica, fuentes del derecho, jerarquía normativa FUENTE DEL DERECHO Procedimiento a través del cual se produce, válidamente, normas jurídicas que pueden ser legítimamente impuestas mediante los instrumentos de coacción del Estado.

2. Norma jurídica, fuentes del derecho, jerarquía normativa Legislación Declaración de voluntad (contratos) Jurisprudencia Doctrina Costumbre

En todo proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal, los jueces prefieren la primera. Igualmente, prefieren la norma legal sobre toda otra norma de rango inferior.

2. Norma jurídica, fuentes del derecho, jerarquía normativa Estructura de las normas jurídicas: S C Código Civil Artículo 1: El nacimiento determina la personalidad. Al que está por nacer se le reputa nacido para todo lo que le favorece, a condición de que nazca vivo.

3. Mecanismos de solución de conflictos Origen de los conflictos

NO interviene un tercero Las PARTES NO adversarial Intervención de un tercero ¿Quién resuelve? Grado de formalismo Fuerza de la Resolución Negociación Mediación Conciliación Arbitraje Juicio ACUERDO obligatorio Se ejecuta como un contrato NO interviene un tercero Las PARTES NO adversarial INFORMAL ACUERDO obligatorio. Se ejecuta como un contrato NO adversarial Tercero Neutral Mediador Las PARTES INFORMAL pero con estructura ACUERDO obligatorio. Se ejecuta como un contrato Tercero Neutral Conciliador Informal Generalmente desetructurado NO adversarial Las PARTES Tercero Neutral Arbitro Libertad de las partes para acordar las formalidades Laudo arbitral (misma validez sentencia) Adversarial Arbitro Autoridad Poder Judicial Sentencia Obligatoria Adversarial Juez Altamente formal

4. Principios fundamentales del régimen económico actual EL SISTEMA ECONOMICO: ¿Qué se va a producir y en qué cantidad? ¿Cómo se va a producir? ¿Para quién se va a producir? (Como se asignan los bienes y servicios disponibles).

4. Principios fundamentales del régimen económico actual ¿ Cuando el Estado debe intervenir en la economía ? 1. Cuando existan imperfecciones en el mercado: Posiciones monopólicas (organismos reguladores) Practicas restrictivas (normas anti trust) Asimetría informativa (defensa del consumidor) Competencia desleal. 2. Subsidiariamente, cuando sea necesario.

4. Principios fundamentales del régimen económico actual Artículo 58°.- La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura. Artículo 59°.- El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad públicas. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades.

4. Principios fundamentales del régimen económico actual El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa (60°) El Estado facilita y vigila la libre competencia (61°) Combate el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios. Libertad de contratar. (62°) Igualdad de condiciones para la inversión nacional y extranjera (63°). La producción de bienes y servicios y el comercio exterior son libres. El Estado garantiza la libre tenencia y disposición de moneda extranjera (64°). El Estado defiende el interés de los consumidores. (65°)

5. El régimen de la actividad empresarial del Estado

5. El régimen de la actividad empresarial del Estado Artículo 60.- El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Solo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal.  

5. El régimen de la actividad empresarial del Estado a. Ley expresa.   b. Carácter subsidiario: La actividad sólo debe desarrollarse cuando no exista iniciativa privada capaz de atender determinada demanda. Es decir, debe evitarse que el Estado sustituya al sector privado en la provisión de bienes o servicios que pueden ser ofrecidos por los particulares. - Subsidiariedad vertical: Es intergubernativa. el Estado central no debe interferir en competencias de los gobiernos regionales y locales. - Subsidiariedad horizontal: Vincula al Estado con la sociedad, específicamente con los actores económicos particulares. El Estado reduce su intervención al mínimo esencial, dejando libertad a las empresas para actuar en la vida económica. c. Objetivo de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional

5. El régimen de la actividad empresarial del Estado EGEMSA S.A. EGASA S.A. EGESUR S.A. SAN GABAN S.A. ELECTROPERU S.A. ECTROPUNO  ELECTROSUR  ELECTRO SUR ESTE ELECTRO UCAYALI  SOCIEDAD ELÉCTRICA DE AREQUIPA – SEAL   ELECTRO ORIENTE ELECTROCENTRO ELECTRONOROESTE ELECTRONORTE HIDRANDINA  • CORPAC S.A. • ENAPU S.A. • SEDAPAL • SERPOST AGROBANCO COFIDE FONDO MI VIVIENDA BANCO DE LA NACIÓN EDITORA PERU S.A. ENACO S.A PERUPETRO S.A. SIMA PERU S.A.