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ENTES AUTARQUICOS Clasificación Institucionales

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Presentación del tema: "ENTES AUTARQUICOS Clasificación Institucionales"— Transcripción de la presentación:

1 “ENTES AUTARQUICOS” Alumno: Santucci Alejandro Sede: Centro Turno: Mañana

2 ENTES AUTARQUICOS Clasificación Institucionales
En función al distinto carácter que presenta el sustrato de la entidad Educación, Cultura, ciencia y tecnología. Ej. Univ. Nacionales, Consejo Nacional de Educación. Salud publica. Ej. Instituto nacional de salud mental, Servicio nacional de rehabilitación. Vivienda. Ej. Banco hipotecario nacional. Economía en general. Ej. Banco central, Banco de la Nación argentina. Corporaciones Instituciones Los destinatarios de la actividad se desempañan y participan en la entidad, en su constitución, en su funcionamiento Los destinatarios no cumplen funciones dentro de la entidad, limitándose a gozar de los beneficios que se derivan de la acción por ellas cumplida

3 Régimen jurídico Procedimientos y recursos
Normas de la ley y Decreto reg. 1883/91, Art. 1 Actos unilaterales y contratos Mismos principios que para la administración publica. Todos sus actos son administrativos. Excepción de objeto mixto, reglados parcialmente por el D. Privado. Personal La relación es de empleo o función publica. Bienes Pueden ser titulares de bienes de dominio publico, por su carácter estatal. Arbitraje Jurisprudencia = Admite el arbitraje con relación a los contratos de objeto privado, negando este proceder cuando actúa dentro del campo del derecho publico, no admitiendo por ello los contratos administrativos

4 Controlador de la entidades
Control Administrativo En control preventivo Se efectiviza mediante la autorización, la aprobación o el visto bueno, este es automático ya que la decisión del órgano descentralizado no puede dictarse o no puede producir los efectos sin que medie este control El control represivo Suspensión del acto - Art 12 de la ley 19549 Revocación – Art 17 de la ley 19549 Intervención – cuando la autoridad controlante se subroga a los órganos ordinarios del ente con el objeto de suplir una carencia o la mala voluntad. Requisitos: Obligación de obrar del órgano a intervenir. Rehusarse a obrar, no cumplir con las oblig. Autorización formal para el procedimiento. El Presidente de la Nación puede actuar de oficio. Medida extraordinaria y de excepción por ello es temporal.

5 RESPONSABILIDAD DIRECTA EN CUANTO TERCEROS – las obligaciones contractuales contraídas , como los daños extracontractuales arrogados, se les aplican los principios a los que imperan para responsabilizar al Estado. (Dromi, Roberto) PATRIMONIO – hace frente a sus responsabilidades utilizando los fondos o bienes de que dispone. (Marienhoff, Miguel) RESPONSABILIDAD INDIRECTA DEL ESTADO – solo en caso de insuficiencia o falta de activo, la doctrina ha entendido que responde el Estado como creador del ente aplicando el principio de responsabilidad indirecta. (Marienhoff, Miguel)

6 ORGANO COMPETENTE PARA LA CREACION DE LAS ENTIDADES AUTARTICAS
Miguel S. Marienhoff La entidad siempre es creada por el Estado y su creación depende de un acto de poder J. C. Cassagne Congreso Nacional. Atribución del Art. 75 Inc 20. NUESTRO PAIS Entidades creadas por ley formal o decreto Para este tienen base constitucional esos actos normativos pero creados por decreto

7 MODIFICACION DE SU STATUS
Solo puede ser modificado únicamente y exclusivamente por la autoridad que la creo, conforme a la teoría de la creación que postula que este puede ser, el Poder Legislativo o el Poder Ejecutivo. EXTINCION No pueden ser dispuestas por la propia entidad, salvo que exista una norma expresa de permisión. La extinción solo se dispone por la autoridad que le dio origen y luego los bienes pasan al Estado quien dispondrá de ellos en la forma establecida por la legislación.


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