IMPUESTO SOBRE LA RENTA PERSONAS NATURALES.

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Transcripción de la presentación:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA PERSONAS NATURALES

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Empleado Trabajador por Cuenta Propia Las demás personas Naturales y Asimiladas a estas residentes Clasificación de las personas naturales Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Empleado Ley 1607 Se entiende por empleado, toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan, en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%), de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica por cuenta y riesgo del empleador o contratante, mediante una vinculación laboral o legal y reglamentaria o de cualquier otra naturaleza, independientemente de su denominación. Clasificación de las Personas Naturales Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Empleado (Ley 1607) Los trabajadores que presten servicios personales mediante el ejercicio de profesiones liberales o que presten servicios técnicos que no requieran la utilización de materiales o insumos especializados o de maquinaria o equipo especializado, serán considerados dentro de la categoría de empleados, siempre que sus ingresos correspondan en un porcentaje igual o superior a (80%) al ejercicio de dichas actividades. Clasificación de las Personas Naturales Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Decreto 3032 de 2013 Empleado Conjunto 1 Sus ingresos brutos provienen, en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%), de una vinculación laboral o legal y reglamentaria, independientemente de su denominación. Clasificación de las personas naturales Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Decreto 3032 de 2013 Empleado Conjunto 2 Sus ingresos brutos provienen en un porcentaje igual o superior a (80%) de la prestación de servicios de manera personal, o de la realización de una actividad económica, mediante una vinculación de cualquier naturaleza, independientemente de su denominación, y No presta el respectivo servicio, o no realiza la actividad económica, por su cuenta y riesgo. Clasificación de las personas naturales Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Empleado Conjunto 3 Sus ingresos correspondan en un porcentaje igual o superior a (80%) de la prestación de servicios de manera personal. Presta el respectivo servicio, o realiza la actividad económica, por su cuenta y riesgo. No presta servicios técnicos que requieran la utilización de materiales o insumos especializados o de maquinaria o equipo especializado, El desarrollo alguna de las actividades señaladas en el artículo 340 del Estatuto Tributario le genera menos del veinte por ciento (20%) de sus ingresos brutos No deriva más del veinte por ciento (20%) de sus ingresos del expendio, compraventa o distribución de bienes y mercancías, al por mayor o al por menor; ni de la producción, extracción, fabricación, confección, preparación, transformación, manufactura y ensamblaje de cualquier clase de materiales o bienes. Clasificación de las personas naturales Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Clasificación de las personas naturales (Decreto 3032) Se considera servicio personal toda actividad, labor o trabajo prestado directamente por una persona natural, que se concreta en, una obligación de hacer, sin importar que en la misma predomine el factor material o intelectual, y que genera una contraprestación en dinero o en especie, independientemente de su denominación o forma de remuneración. Servicios Personales Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Clasificación de las personas naturales (Decreto 3032) Se entiende por profesión liberal, toda actividad personal en la cual predomina el ejercicio del intelecto, reconocida por el Estado y para cuyo ejercicio se requiere: Habilitación mediante título académico de estudios y grado de educación superior; o habilitación Estatal para las personas que, sin título profesional fueron autorizadas para ejercer. Profesiones Liberales: Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Clasificación de las personas naturales (Decreto 3032) Inscripción en el registro nacional que las autoridades estatales de vigilancia, control y disciplinarias lleven conforme con la ley que regula la profesión liberal de que se trate, cuando la misma esté oficialmente reglada. Se entiende que una persona ejerce una profesión liberal cuando realiza labores propias de tal profesión,. independientemente de si tiene las habilitaciones o registros establecidos en las normas vigentes. Profesiones Liberales: Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Clasificación de las personas naturales (Decreto 3032) Se considera servicio técnico la actividad, labor o trabajo prestado directamente por una persona natural mediante contrato de prestación de servicios personales, para la utilización de conocimientos aplicados por medio del ejercicio de un arte, oficio o técnica, sin transferencia de dicho conocimiento. Los servicios prestados en ejercicio de una profesión liberal no se consideran servicios técnicos. Servicios Técnicos: Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Clasificación de las personas naturales (Decreto 3032) Aquellos elementos tangibles y consumibles, adquiridos y utilizados únicamente para la prestación del servicio o la realización de la actividad económica que es fuente principal de su ingreso, y no con otros fines personales, comerciales o de otra índole, y para cuya utilización, manipulación o aplicación se requiere un específico conocimiento técnico o tecnológico. Insumos o materiales especializados Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA El conjunto de instrumentos, aparatos o dispositivos tangibles, adquiridos y utilizados únicamente para el desempeño del servicio o la realización de la actividad económica qué es fuente principal de su ingreso, y no con otros fines personales, comerciales o de otra índole, y para cuya utilización, manipulación o aplicación se requiere un específico conocimiento técnico o tecnológico. Maquinaria o equipo especializado Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Trabajador por Cuenta Propia Toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior a un ochenta por ciento (80%) de la realización de una de las actividades económicas señaladas en el artículo 340 del Estatuto Tributario. Presta sus servicios por cuenta y riesgo Ingreso inferiores a 27,000 UVT El patrimonio líquido declarado en el periodo gravable anterior es inferior a doce mil (12.000) UVT. Clasificación de las personas naturales Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Cuenta y riesgo propio: Una persona natural presta servicios personales por cuenta y riesgo propio si cumple la totalidad de las siguientes condiciones: Asume las pérdidas monetarias que resulten de la prestación del servicio; Asume la responsabilidad ante terceros por errores o fallas en la prestación del servicio; Sus ingresos por concepto dé esos servicios provienen de más de un contratante o pagador, cuyos contratos deben ser simultáneos al menos durante un mes del periodo gravable, y Incurre en costos y gastos fijos y necesarios para la prestación de tales servicios, no relacionados directamente con algún contrato específico, que representaría al menos el veinticinco por ciento (25%) del total de los ingresos por servicios percibidos por la persona en el respectivo año gravable. Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Cuenta y riesgo propio: Una persona natural realiza actividades económicas por cuenta y riesgo propio si cumple la totalidad de las siguientes condiciones: Asume las pérdidas monetarias que resulten de la prestación del servicio; Asume la responsabilidad ante terceros por errores o fallas en la prestación del servicio; Sus ingresos por concepto dé esos servicios provienen de más de un contratante o pagador, cuyos contratos deben ser simultáneos al menos durante un mes del periodo gravable, y Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA No Declarantes de Impuesto Sobre la Renta Los empleados Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2013 no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($120.785.000). Que los ingresos brutos sean inferiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($37.577:000). Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de dos mil ochocientas (2.800) UVT ($75.155.000). Que el valor total de compras y consumos no supere las dos mil ochocientas (2.800) UVT ($75.155.000). Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($120.785.000). Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA No Declarantes de Impuesto Sobre la Renta Los Trabajadores por cuenta propia, residentes en el país, que no sean responsables del impuesto a las ventas del régimen común Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2013 no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($120.785.000). Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable no sean superiores a mil cuatrocientas UVT (1.400) ($37.577.000). Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de dos mil ochocientas (2.800) UVT ($75.155.000). Que el valor total de compras y consumos no supere las dos mil ochocientas (2.800) UVT ($75.155.000). Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($120.785.000). Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA No Declarantes de Impuesto Sobre la Renta Las demás personas naturales y asimiladas á estas residentes, que no sean responsables del impuesto a las ventas del régimen común Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2013 no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($120.785.000). Que los ingresos brutos sean inferiores a mil cuatrocientas (1.400) UVT ($37.577:000). Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de dos mil ochocientas (2.800) UVT ($75.155.000). Que el valor total de compras y consumos no supere las dos mil ochocientas (2.800) UVT ($75.155.000). Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no exceda de cuatro mil quinientas (4.500) UVT ($120.785.000). Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Obligaciones de las personas Naturales Declarantes Inscripción RUT, incluyendo la obligación 05 www.dian.gov.co Inscripción RUT Persona Natural Actualizar el RUT, incluyendo la obligación 05 Usuarios Registrados Ingreso a nombre propio Registro Único Tributario Actualizar RUT Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Obligaciones de las personas Naturales Declarantes Diligenciar Declaración www.dian.gov.co Usuarios Registrados Ingreso a nombre propio Diligenciar Presentar Formulario 210 Diligencia Borrador Definitivo PDF Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista IMPUESTO SOBRE LA RENTA Obligaciones de las personas Naturales Declarantes Decreto 214 DE 2014 - ART. 14 DECLARACION DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS DE PERSONAS NATURALES (EMPLÉADOS, TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA Y DEMÁS PERSONAS NATURALES Y ASIMILADAS RESIDENTES) Y SUCESIONES ILÍQUIDAS. El plazo para presentar la declaración y cancelar, en una sola cuota, el valor a pagar por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios y del anticipo, se inicia el 1°de marzo de 2014 y vence en las fechas del mismo año que se indican a continuación: Cesar I. Hernández - Contador Público Tributarista

IMPUESTO SOBRE LA RENTA Obligaciones de las personas Naturales Declarantes PERSONAS NATURALES, SUCESIONES ILÍQUIDAS Y PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN EL EXTERIOR ÚLTIMOS DÍGITOS DECLARACIÓN Y PAGO  - ULTIMO DIGITO NIT O C.C. - ULTIMO DIGITO NIT O C.C. 01 y 02 12 de agosto de 2014  51 y 52 17 de septiembre de 2014 03 y 04 13 de agosto de 2014  53 y 54 18 de septiembre de 2014 05 y 06 14 de agosto de 2014  55 y 56 19 de septiembre de 2014 07 y 08 15 de agosto de 2014 57 y 58 22 de septiembre de 2014 09 y 10 19 de agosto de 2014  59 y 60 23 de septiembre de 2014 11 y 12 20 de agosto de 2014 61 y 62 24 de septiembre de 2014 13 y 14 21 de agosto de 2014  63 y 64 25 de septiembre de 2014 15 y 16 22 de agosto de 2014 65 y 66 26 de septiembre de 2014 17 y 18 25 de agosto de 2014 67 y 68 29 de septiembre de 2014 19 y 20 26 de agosto de 2014 69 y 70 30 de septiembre de 2014 21 y 22 27 de agosto de 2014 71 y 72 01 de octubre de 2014 23 y 24 28 de agosto de 2014 73 y 74 02 de octubre de 2014 25 y 26 29 de agosto de 2014 75 y 76 03 de octubre de 2014 27 y 28 01 de septiembre de 2014 77 y 78 06 de octubre de 2014 29 y 30 02 de septiembre de 2014 79 y 80 07 de octubre de 2014 31 y 32 03 de septiembre de 2014 81 y 82 08 de octubre de 2014 33 y 34 04 de septiembre de 2014 83 y 84 09 de octubre de 2014 35 y 36 05 de septiembre de 2014 85 y 86 10 de octubre de 2014 37 y 38 08 de septiembre de 2014 87 y 88 14 de octubre de 2014 39 y 40 09 de septiembre de 2014 89 y 90 15 de octubre de 2014 41 y 42 10 de septiembre de 2014 91 y 92 16 de octubre de 2014 43 y 44 11 de septiembre de 2014 93 y 94 17 de octubre de 2014 45 y 46 12 de septiembre de 2014 95 y 96 20 de octubre de 2014 47 y 48 15 de septiembre de 2014 97 y 98 21 de octubre de 2014 49 y 50 16 de septiembre de 2014 99 y 00 22 de octubre de 2014

Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista CATEGORÍA EMPLEADO Vinculación laboral Ingresos provengan igual o superior a los 80% Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Profesiones Liberales Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista CATEGORÍA EMPLEADO TRABAJADORES QUE PRESTEN SERVICIOS Profesiones Liberales Servicios Técnicos No requieran la utilización o insumos, maquinaria o equipo especializado Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista CATEGORÍA EMPLEADO EMPLEADOS Sus ingresos provienen en una proporción igual o superior a un 80%, de una vinculación laboral o legal y reglamentaria independiente de su denominación. Sus ingresos provienen en una proporción igual o superior a un 80%, de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica, mediante una vinculación de cualquier naturaleza, independiente de su denominación. Presta el servicio, o realiza la actividad económica por su cuenta y riesgo. No presta servicios técnicos que requieren de materiales o insumos especializados, o maquinaria o equipo especializado. El desarrollo de ninguna de las actividades señaladas en el art. 340 E.T. le genera más del 20% de sus ingresos brutos. Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista OTRAS DISPOSICIONES Para establecer el monto del 80% de la categoría empleado, deben sumarse los ingresos provenientes de la relación laboral, por el ejercicio de profesiones liberales, los ingresos por prestación de servicios técnicos y por pensiones. Para considerar la clasificación de las tres categorías, no se tendrán en cuenta los ingresos por ganancias ocasionales ni los de la venta de activos fijos poseídos por menos de dos años Los ingresos provenientes de pensiones no se incluyen en la determinación de la R.G.A. del IMAN e IMAS, solo se tendrá en cuenta únicamente para efectos de calcular los límites porcentuales establecidos en el art. 329 E.T. Los ingresos provenientes de pensiones de jubilación, invalidez, vejez y sobre riesgos laborales, seguirán sujetas al régimen ordinario de determinación del impuesto sobre la renta, solo si sus ingresos corresponden por este concepto. Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Laborales 20,000,000 53% Honorarios 18,000,000 47% Total 38,000,000 Los ingresos laborales y por honorarios se consideran una sola renta de trabajo EMPLEADO DECLARANTE Laborales 20,000,000 53% Honorarios 18,000,000 47% Total 38,000,000 100% Los ingresos laborales no son iguales ni superan el 80% OTROS DECLARANTE Laborales 20,000,000 33% Arrendamientos 40,000,000 67% Total 60,000,000 100% Los ingresos laborales superan el 80% EMPLEADO DECLARANTE Laborales 60,000,000 86% Arrendamientos 10,000,000 14% Total 70,000,000 100% Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Laborales 25,000,000 20% Venta de activos fijos 100,000,000 80% Total Los ingresos laborales son el 100% de los ingresos gravados EMPLEADO DECLARANTE Laborales 25,000,000 20% Venta de activos fijos 100,000,000 80% Total 125,000,000 100% Los ingresos laborales ni por servicio de transporte individualmente considerados ninguno supera el 80% OTROS DECLARANTE Laborales 35,000,000 28% Taxi 38,000,000 31% Herencia 50,000,000 41% Total 123,000,000 100% Los ingresos por concepto de rentas de trabajo no superan el 80% OTROS DECLARANTE Pensión 30,000,000 55% Taxi 25,000,000 45% Total 55,000,000 100% Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Venta aporte y/o acciones con permanencia de más de 2 años Los ingresos por concepto de rentas de trabajo son iguales al 80% OTRO DECLARANTE Pensión 39,000,000 80% Arrendamiento 10,000,000 20% Total 49,000,000 100% Los ingresos por rentas de trabajo superan el 80% EMPLEADO DECLARANTE Honorarios 80,000,000 89% Chance 10,000,000 11% Total 90,000,000 100% Los ingresos laborales son el 100%. EMPLEADO DECLARANTE Ingresos laborales 66.875,000 61% Venta aporte y/o acciones con permanencia de más de 2 años 41.925.000 39% Total 108.800,000 100% Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Determinación de la Renta P.N. Categoría “Empleados” Sistema Ordinario Sistema IMAN Sistema IMAS Depuración normal. Ingresos menos costos, deducciones, compensaciones y rentas exentas Depuración establecida en el art. 332 E.T. y tabla de determinación art. 333 E.T. Se toma la RGA determinada por el sistema IMAN para aplicación del IMAS. Tabla impuesto art. 334 E.T. Comparación Firmeza de 6 meses. Los contribuyentes que opten por este sistema no están obligados al sistema ordinario ni a hacer comparación alguna. Se toma como impuesto a cargo el mayor de los dos Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Sistema Ordinario Sistema IMAN Sistema IMAS Empleados Sistema IMAN Es una comparación exclusiva para los de la categoría empleados Sistema IMAS (Excepcional) Empleados con ingresos brutos <4.700 UVT ($126.153.000) Empleados con RGA <4.700 UVT. (334 E.T.) Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista DETERMINACIÓN DE LA RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA PARA EMPLEADOS ART. 332 E.T. TOTAL INGRESOS BRUTOS DEL PERIODO GRAVABLE XXXXXXX Menos: Dividendos y participaciones no gravados Indemnizaciones en dinero o en especie por daño emergente Aportes al sistema general de seguridad social a cargo del empleado Gastos de representación considerados como exentos numeral 7 art. 206 E.T. Pagos catastróficos en salud siempre que supere el 30% del ingreso bruto, limitada al menor vr. Entre el 60% del ingreso bruto o 2.300 UVT ($61.734.000) Monto de las perdidas sufridas por desastres o calamidades públicas Aportes al sistema de seguridad social cancelados en el año a un empleado o empleada del servicio domestico (art. 12 D.R. 721/2013) Costo fiscal, de los bienes enajenados Indemnización por seguros de vida Los retiros de los fondos de cesantías que efectúen los beneficiarios o partícipes XXXXXXXX TOTAL RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

RENTA PERSONA NATURAL CATEGORIA EMPLEADOS CONCEPTO DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAN INGRESOS POR SALARIO Y DEMÁS PAGOS LABOR. 278,956,000 INGRESOS POR HONORARIOS 154,987,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS 11,600,000 INTERESES Y RENDIMIENTOS 3,476,000 TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 449,019,000 I.N.C.R. 11.600.000 11,600,000 TOTAL INGRESOS NETOS 437.419.000 437,419,000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES 143,160,000 12,074,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 294.259.000 425,345,000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA 3,482,000 RENTA LÍQUIDA 290.777.000 425,345,000 RENTA PRESUNTIVA 25,800,000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) 131.145,000 RENTA LÍQUIDA GRAVABLE y R.G.A. 159.632.000 425,345,000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 5.947 15,847 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 37.513.000   IMPUESTO IMAN (TABLA ART. 333 E.T.)   71.307.000 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

DEPURACIÓN S. ORDINARIO Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista CONCEPTO DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAN INGRESOS POR SALARIO 132,400,000 INGRESOS POR HONORARIOS 12,800,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS 9,800,000 INTERESES Y RENDIMIENTOS 2,800,000 TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 157,800,000 I.N.C.R. 9.800.000 9,800,000 TOTAL INGRESOS NETOS 148,000,000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES 33,813,000 6.824,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 114,187,000 141,176,000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA 4,096,400 RENTA LÍQUIDA 110,091,000 141,176,000 RENTA PRESUNTIVA 11,900,000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) 54,902,000 RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 55.189.000 141,176,000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 2,056 5,260 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 5,790.000   IMPUESTO IMAN (TABLA ART. 333 E.T.)   7,677,000 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

DEPURACIÓN S. ORDINARIO Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista CONCEPTO DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAN INGRESOS POR SALARIO 103,020,000 INGRESOS POR HONORARIOS 12,000,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS 9,800,000 TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 124,820,000 I.N.C.R. TOTAL INGRESOS NETOS 115,020,000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES 30,165,000 5,080,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 84,855,000 109,940,000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA RENTA LÍQUIDA RENTA PRESUNTIVA 8,900,000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) 39,233,000 RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 45,622,000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 1,700 4,096 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 3.109.000   IMPUESTO IMAN (TABLA ART. 333 E.T.) 4,095,000 IMPUESTO IMAS (TABLA ART. 334 E.T.) 7,235,000 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

“TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA” Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA Para efectos del cálculo del impuesto IMAS, según lo dispuesto en los artículos 336 a 341 del E.T. una persona natural residente se considera T.C.P. si en el respectivo año grabable cumple la totalidad de las siguientes condiciones: (art. 3 Decreto 3032 de 2013) Sus ingresos provienen en una proporción igual o superior a un 80%, de la realización de solo una de las actividades económicas señaladas en el art. 340 E.T. Presta el servicio por cuenta y riesgo. Su R.G.A. es inferior a 27.000 UVT ($724.707.000) El patrimonio líquido declarado en el periodo gravable anterior es inferior 12.000 UVT ($322.092.000) Sus ingresos brutos fueron inferiores a 27.000 UVT ($724.707.00) art. 339 E.T. Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista OTRAS DISPOSICIONES Para establecer el monto del 80% o más, los ingresos deben provenir de solo una actividad. Para considerar la clasificación en esta categoría, no se tendrán en cuenta los ingresos por ganancias ocasionales ni los de la venta de activos fijos poseídos por menos de dos años Para la determinación del impuesto por el sistema IMAS TCP, si la actividad que supero el 80% corresponde a una de las señaladas en el art. 340 E.T. y además un 15% fue por salarios; los salarios se van al reglón de otros ingresos pero no tendrá derecho a la renta exenta. Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista ACTIVIDADES TCP ART. 340 E.T. 1. Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento 2. Agropecuario, silvicultura y pesca 3. Comercio al por mayor 4. Comercio al por menor 5. Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos 6. Construcción 7. Electricidad, gas y vapor 8. Fabricación de productos minerales y otros 9. Fabricación de sustancias químicas 10. Industria de madera, corcho y papel 11. Manufactura de alimentos 12. Manufactura de textiles, prendas de vestir y cuero 13. Minería 14. Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones 15. Servicio de hoteles, restaurantes y similares 16. Servicios financieros Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

Comercio al x menor 25,000,000 83% Arrendamiento 5,000,000 17% Total Los ingresos de la actividad comercial superan el 80% TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA NO DECLARANTE Comercio al x menor 25,000,000 83% Arrendamiento 5,000,000 17% Total 30,000,000 100% Los ingresos de la actividad comercial superan el 80% TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA DECLARANTE Comercio al x mayor 120,000,000 92% Dividendos Grav 10,000,000 8% Total 130,000,000 100% Los ingresos de la actividad comercial superan el 80% TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA DECLARANTE Agricultor 600,000,000 86% Arrendamiento 100,000,000 14% Total 700,000,000 100% Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

Construcción VIS 700,000,000 96% Intereses 5,000,000 1% Los ingresos por VIS es mayor al 80% TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA DECLARANTE Construcción VIS 700,000,000 96% Intereses 5,000,000 1% Participaciones 20,000,000 3% Total 725,000,000 100% Los ingresos por casa de cambio superan el 80%, pero P.L. superior a 12.000 UVT OTROS DECLARANTE Casa de cambio 200,000,000 83% Honorarios 40,000,000 17% Total 240.000.000 100% Patrimonio Liq. 340,000,000 Los ingresos por actividad de transporte público son iguales al 80% TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA DECLARANTE Ingresos laborales 12,000,000 20% Producido taxi 48.000.000 80% Total 60,000,000 100% Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

Ingresos agricultor 400.000,000 80% Servicio restaurante 103.000.000 Los ingresos como agricultor superan el 80%, pero el total de ingresos superan las 27.000 UVT OTROS DECLARANTE Agricultor 730,000,000 99% Intereses 3.000.000 1% Total 733,000,000 100% Ingresos agricultor 400.000,000 80% Servicio restaurante 103.000.000 20% Total 503.000,000 100% Los ingresos como agricultor son iguales al 80%. TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA DECLARANTE Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

Determinación de la Renta P.N. Categoría “TCP” Sistema Ordinario Sistema IMAS Depuración normal. Ingresos menos costos, deducciones, compensaciones y rentas exentas Se toma la RGA determinada por el sistema IMAS para aplicación de la Tabla art. 340 E.T. Si su R.G.A. está por debajo de los rangos establecidos en la tabla para cada actividad, su impuesto será cero. Firmeza de 6 meses. Los contribuyentes que opten por este sistema no están obligados al sistema ordinario ni a hacer comparación alguna. Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

DETERMINACIÓN DE LA RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA PARA TCP ART. 339 E.T. TOTAL INGRESOS BRUTOS DEL PERIODO GRAVABLE XXXXXXX Menos: Dividendos y participaciones no gravados Indemnizaciones en dinero o en especie por daño emergente Aportes al sistema general de seguridad social a cargo del empleado Pagos catastróficos en salud siempre que supere el 30% del ingreso bruto del contribuyente. Limitada al menor entre 60% del ingreso bruto y 2.300 UVT ($61.734.000) Monto de las perdidas sufridas por desastres o calamidades públicas Aportes al sistema de seguridad social cancelados en el año a un empleado o empleada del servicio domestico (art. 12 D.R. 721/2013) Costo fiscal, de los bienes enajenados Los retiros de los fondos de cesantías. XXXXXXXX TOTAL RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

T.C.P. AGRICULTOR DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS 715,000,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS 5,000,000 DEVOLUCIONES RABAJAS Y DESCUENTOS 20,000,000 TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 700,000,000 I.N.C.R. 5,000,000 TOTAL INGRESOS NETOS 695,000,000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES (82%) 586,300,000 22,800,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 108,700,000 672,200,000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA RENTA LÍQUIDA 108,700,000 672,200,000 RENTA PRESUNTIVA (patrimonio líquido $320.000.000) 9,600,000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 108,700,000 672,200,000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 4,050 25,044 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 20,706,000   IMPUESTO IMAS (TABLA ART. 340 E.T.)   5,910,000 Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

T.C.P COMERCIANTE AL POR MENOR DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS 703.000.000 703,000,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS 5.000.000 DEVOLUCIONES RABAJAS Y DESCUENTOS 7.720,000 7,720,000 TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 700,280,000 700.280,000 I.N.C.R. 5,000,000 TOTAL INGRESOS NETOS 695,280,000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES (80%) 556,224,000 10,000,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 139,056,000 685,280,000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA RENTA LÍQUIDA 139,056,000 685,280,000 RENTA PRESUNTIVA (patrimonio líquido $250.000.000) 7.500.000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 139.056,000 685.280,000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 5.181 25,531 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 30,723,000   IMPUESTO IMAS (TABLA ART. 340 E.T.)   4,429,000 Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

T.C.P COMERCIANTE AL POR MAYOR DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS 703.000.000 703,000,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS 5.000.000 DEVOLUCIONES RABAJAS Y DESCUENTOS 7.720,000 7,720,000 TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 700,280,000 700.280,000 I.N.C.R. 5,000,000 TOTAL INGRESOS NETOS 695,280,000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES (80%) 556,224,000 10,000,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 139,056,000 685,280,000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA RENTA LÍQUIDA 139,056,000 685,280,000 RENTA PRESUNTIVA (patrimonio líquido $250.000.000) 7.500.000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 139.056,000 685.280,000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 5.181 25,531 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 30.723,000   IMPUESTO IMAS (TABLA ART. 340 E.T.)   4,726,000 Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

T.C.P CONSTRUCTOR DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS 280.000.000 280,000,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS DEVOLUCIONES RABAJAS Y DESCUENTOS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 280,000,000 280,000.000 I.N.C.R. TOTAL INGRESOS NETOS 280,000.000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES (70%) 196,000,000 7,000,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 84,000,000 273.000.000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA RENTA LÍQUIDA 84.000.000 273.000.000 RENTA PRESUNTIVA (patrimonio líquido $180.000.000) 5.400.000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 84.000,000 273.000.000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 3.130 10.171 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 13.857.000   IMPUESTO IMAS (TABLA ART. 340 E.T.)   4,707.000 Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

T.C.P SERVICIOS FINANCIEROS (CASA CAMBIO) DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS 610.000.000 610,000,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS DEVOLUCIONES RABAJAS Y DESCUENTOS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 610,000,000 610,000.000 I.N.C.R. TOTAL INGRESOS NETOS 610,000.000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES (65%) 396.500,000 5.500,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 213.500,000 604.500.000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA RENTA LÍQUIDA 213.500.000 604.500.000 RENTA PRESUNTIVA (patrimonio líquido $290.000.000) 8.700.000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 213.500,000 604.500.000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 7.954 22.522 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 55.290,000   IMPUESTO IMAS (TABLA ART. 340 E.T.)   35,520.000 Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

T.C.P SERVICIOS FINANCIEROS (CASA CAMBIO) DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS 724.000.000 724,000,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS DEVOLUCIONES RABAJAS Y DESCUENTOS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 724,000,000 724,000.000 I.N.C.R. TOTAL INGRESOS NETOS 724,000.000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES (80%) 579.200,000 5.500,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 144.800,000 718.500.000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA RENTA LÍQUIDA 144.800.000 718.500.000 RENTA PRESUNTIVA (patrimonio líquido $290.000.000) 8.700.000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 144.800,000 718.500.000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 5.395 26.769 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 32.619.000   IMPUESTO IMAS (TABLA ART. 340 E.T.)   42.816.000 Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

T.C.P SERVICIOS RESTAURANTE DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS 107.300.000 107.300,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS DEVOLUCIONES RABAJAS Y DESCUENTOS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 107.300,000 107.300.000 I.N.C.R. TOTAL INGRESOS NETOS 107.300.000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES (60%) 64.380,000 4.500,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 42.920,000 102.800.000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA RENTA LÍQUIDA 42.920.000 102.800.000 RENTA PRESUNTIVA (patrimonio líquido $210.000.000) 6.300.000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 42.920.000 102.800.000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 1.559 3.830 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 2.596.000   IMPUESTO IMAS (TABLA ART. 340 E.T.)   Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

T.C.P MANUFACTURERO (PRENDAS DE VESTIR, CUERO) DEPURACIÓN S. ORDINARIO DEPURACIÓN IMAS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS 520.000.000 520.000,000 DIVIDENDOS NO GRAVADOS DEVOLUCIONES RABAJAS Y DESCUENTOS TOTAL INGRESOS RECIBIDOS POR CONCEPTO DE RENTA 520.000,000 I.N.C.R. TOTAL INGRESOS NETOS 520.000,000 TOTAL COSTOS Y DEDUCCIONES (90%) 468.000,000 6.500,000 RENTA LÍQUIDA ORDINARIA 52.000,000 513.500.000 COMPENSACIÓN POR EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA RENTA LÍQUIDA 52.000,000 513.500.000 RENTA PRESUNTIVA (patrimonio líquido $250.000.000) 7.500.000 RENTAS EXENTAS (LABORALES) RENTA LÍQUIDA GRAVABLE 52.000,000 513.500.000 R.L.G. y R.G.A. EXPRESADA EN UVT 1.937 19.131 IMPUESTO S.O. (TABLA ART. 241 E.T.) 4.897.000   IMPUESTO IMAS (TABLA ART. 340 E.T.)   11.661.000 Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

CLASIFICACIÓN PERSONAS NATURALES OTROS CONTRIBUYENTES Carlos Jair Acosta Plazas – Contador Público Javeriano; Especialista en Finanzas y Tributación

PERSONAS NATURALES RESIDENTES RÉGIMEN ORDINARIO PERSONAS NATURALES RESIDENTES Que presten servicios técnicos que requieran la utilización de materiales o insumos especializados o de maquinaria o equipo especializado Que desarrollen actividades diferentes a la categoría de trabajador por cuenta propia Las que clasifiquen en la categoría de trabajadores por cuenta propia pero con ingresos brutos superiores a 27.000 UVT ($ 727,391,000) Carlos Jair Acosta Plazas – Contador Público Javeriano; Especialista en Finanzas y Tributación

Las sucesiones ilíquidas de causantes nacionales o extranjeros. Los siguientes contribuyentes se regirán únicamente por el sistema ordinario de determinación del impuesto sobre la renta. Los notarios, los cuales deben llevar cuentas separadas de los ingresos de la prestación de servicios notariales y los ingresos de orígenes distintos. Las personas naturales nacionales o extranjeros residentes cuyos ingresos correspondan únicamente a pensiones de jubilación, invalidez, vejez o riesgos laborales. Los servidores públicos diplomáticos consulares y administrativos del M.R.E. Las sucesiones ilíquidas de causantes nacionales o extranjeros. Las demás personas naturales nacionales o extranjeras residentes, que no clasifiquen dentro de las categorías de empleado o trabajador por cuenta propia; por ejemplo: rentistas de capital. Carlos Jair Acosta Plazas – Contador Público Javeriano; Especialista en Finanzas y Tributación

Los ingresos laborales no son iguales ni superan el 80% OTROS DECLARANTE Laborales 20,000,000 33% Arrendamientos 40,000,000 67% Total 60,000,000 100% Los ingresos por hotel y restaurante superan el 80%, pero exceden de los 27.000 UVT OTROS CONTRIBUYENTES DECLARANTE Hotel -restaurante 730,000,000 94% Comisiones 50,000,000 6% Total 780,000,000 100% Carlos Jair Acosta Plazas – Contador Público Javeriano; Especialista en Finanzas y Tributación

Los ingresos por concepto de rentas de trabajo no superan el 80% Los ingresos laborales ni por servicio de transporte individualmente considerados ninguno supera el 80% OTROS DECLARANTE Laborales 35,000,000 28% Taxi 38,000,000 31% Herencia 50,000,000 41% Total 123,000,000 100% Los ingresos por concepto de rentas de trabajo no superan el 80% OTROS DECLARANTE Pensión 30,000,000 55% Taxi 25,000,000 45% Total 55,000,000 100% Carlos Jair Acosta Plazas – Contador Público Javeriano; Especialista en Finanzas y Tributación

Pensión 39,000,000 80% Arrendamiento 10,000,000 20% Total 49,000,000 Los ingresos por concepto de rentas de trabajo son iguales al 80% OTRO DECLARANTE Pensión 39,000,000 80% Arrendamiento 10,000,000 20% Total 49,000,000 100% Los ingresos por rentas de trabajo no superan el 80% OTROS DECLARANTE Honorarios 40,000,000 62% Taxi 25,000,000 38% Total 65,000,000 100% Carlos Jair Acosta Plazas – Contador Público Javeriano; Especialista en Finanzas y Tributación

Participaciones Ltda N.C.R.N.G.O. 10.100,000 23% Ingresos laborales 30,000,000 69% Ingresos presuntos 3.200.000 7% Participaciones Ltda N.C.R.N.G.O. 10.100,000 23% Patrimonio 125.000.000 Total 43,300,000 100% Los ingresos laborales no superan el 80% OTROS DECLARANTE Carlos Jair Acosta Plazas – Contador Público Javeriano; Especialista en Finanzas y Tributación

Las Sucesiones de Causantes Residentes y Bienes Destinados a Fines Especiales (donaciones o asignaciones modales) Sistema Ordinario Renta Presuntiva Carlos Jair Acosta Plazas – Contador Público Javeriano; Especialista en Finanzas y Tributación

GRACIAS POR SU ASISTENCIA

Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista ACTIVIDAD Para RGA desde IMAS Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento 4.057 UVT 1,77% * (RGA en UVT 4.057) , silvicultura y pesca 7.143 UVT 1,23% * (RGA en UVT 7.143) Comercio al por mayor 0,82% * (RGA en UVT 4.057) Comercio al por menor 5.409 UVT 0,82% * (RGA en UVT 5.409) Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos 4.549 UVT 0,95% * (RGA en UVT 4.549) Construcción 2.090 UVT 2,17% * (RGA en UVT 2.090) Electricidad, gas y vapor 3.934 UVT 2,97% * (RGA en UVT 3.934) Fabricación de productos minerales y otros 4.795 UVT 2,18%* (RGA en UVT - 4.795) Fabricación de sustancias químicas 2,77% * (RGA en UVT - 4.549) Industria de la madera, corcho y papel 2,3% * (RGA en UVT - 4.549) Manufactura alimentos 1,13% * (RGA en UVT - 4.549) Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero 4.303 UVT 2,93% * (RGA en UVT - 4.303) Minería 4,96% * (RGA en UVT - 4.057) Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones 2,79% * (RGA en UVT 4.795) Servicios de hoteles, restaurantes y similares 1,55% * (RGA en UVT 3.934) Servicios financieros 1.844 UVT 6,4% * (RGA en UVT -1.844) Rafael Antonio Duarte Nieto - Contador Público Tributarista

Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista DEDUCCIONES CONCEPTO S. ORDINARIO S. IMAN Intereses de vivienda 16,600,000 Medicina prepagada 4,200,000 Aportes obligatorios a salud 12,074,000 Deducción por dependientes 10,306,000 Salarios y prestaciones sociales secretaria 22,140,000 Seguridad social secretaria 4,140,000 Honorarios 25,000,000 Arriendo oficinas 30,000,000 Servicios públicos 6,800,000 Otros gastos con expensas necesarias 11,900,000 TOTAL DEDUCCIONES 143,160,000 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista DEDUCCIONES CONCEPTO S. ORDINARIO S. IMAN Intereses de vivienda 9,600,000 Medicina prepagada 2,400,000 Aportes obligatorios a salud 6.824.000 Deducción por dependientes 8,589,120 Deducciones relacionadas con los honorarios 6,400,000 TOTAL DEDUCCIONES 33,813.000 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA DEL AÑO GRAVABLE 2012 CONCEPTO VALOR COMPONENTE DE REAJUSTE FISCAL REAJUSTE FISCAL S. ORDINARIO EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA 3,400,000 2.40% 81,600 3,481,600 TOTAL RENTA PRESUNTIVA REAJUSTADA AÑO GRAVABLE 2013 3,482,000 EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA DEL AÑO GRAVABLE 2012 CONCEPTO VALOR COMPONENTE DE REAJUSTE FISCAL REAJUSTE FISCAL S. ORDINARIO EXCESO DE RENTA PRESUNTIVA 4,000,000 2.40% 96,000 4,096,000 TOTAL RENTA PRESUNTIVA REAJUSTADA AÑO GRAVABLE 2013 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

RENTA EXENTA LABORAL ART. 206 E.T. INGRESOS LABORALES   Salario y demás pagos laborales 276,456,000 Intereses de cesantías recibidos 2,500,000 Honorarios 154.987.000 Información Adicional Aportes obligatorios a fondo de pensiones 16.842,500 Aportes voluntarios a fondo de pensiones 22,000,000 Ahorro en cuenta AFC 15,000,000 Promedio salario últimos 6 meses 23,038,000 Total ingresos por rentas de trabajo 433.943,000 (-) Ingresos no constitutivos de rentas Total ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional Rentas Exentas Directas Aportes obligatorios a pensiones Aportes voluntarios a pensiones Gastos de entierro Cesantías - Limitadas ( %) Intereses sobre Cesantías - Limitados ( %) Total rentas exentas directas 53.843,000 Sub Total Ingresos laborales gravables 380.100,000 (-) Renta exenta Numeral 10 Art. 206 E.T. 25% 77,302,000 TOTAL RENTAS EXENTAS LABORALES 131.145.000 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista RENTA EXENTA LABORAL ART. 206 E.T. INGRESOS LABORALES   Salario y demás pagos laborales 130,600,000 Intereses de cesantías recibidos 1,800,000 Honorarios 12.800.000 Información Adicional Aportes obligatorios a fondo de pensiones 6,529,800 Aportes voluntarios a fondo de pensiones 8,600,000 Ahorro en cuenta AFC 7,140,000 Promedio salario últimos 6 meses (405 UVT) 10,883,000 Total ingresos por rentas de trabajo 145,200,000 (-) Ingresos no constitutivos de rentas Total ingresos no costitutivos de renta ni ganancia ocasional Rentas Exentas Directas Aportes obligatorios a pensiones 7.442,987 Aportes voluntarios a pensiones Gastos de entierro Cesantías - Limitadas ( %) Inter. sobre Cesantías 350 - 410 - Límite ( 90%) 1,620,000 Total rentas exentas directas 24,802,987 Sub Total Ingresos laborales gravables 120.397.013 (-) Renta exenta Numeral 10 Art. 206 E.T. 25% (limitada a $77.302.000) 30.099,253 TOTAL RENTAS EXENTAS LABORALES 54,902,000 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

IMPUESTO MÍNIMO ALTERNATIVO NACIONAL - IMAN UVT 2013 26,841   RGA Total Anual desde (en UVT) IMAN EN UVT IMAN EN PESOS MENOS DE 1.548 3,339 95.51 2,563,584 1,548 1.05 28,183 3,421 101.98 2,737,245 1,588 1.08 28,988 3,502 108.64 2,916,006 1,629 1.11 29,794 3,584 115.49 3,099,867 1,670 1.14 30,599 3,665 122.54 3,289,096 1,710 1.16 31,136 3,747 129.76 3,482,888 1,751 2.38 63,882 3,828 137.18 3,682,048 1,792 2.43 65,224 3,910 144.78 3,886,040 1,833 2.49 66,834 3,991 152.58 4,095,400 1,873 4.76 127,763 4,072 168.71 4,528,345 1,914 4.86 130,447 4,276 189.92 5,097,643 1,955 4.96 133,131 4,480 212.27 5,697,539 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

IMPUESTO MÍNIMO ALTERNATIVO NACIONAL - IMAN UVT 2013 26,841   RGA Total Anual desde (en UVT) IMAN EN UVT IMAN EN PESOS 1,996 8.43 226,270 4,683 235.75 6,327,766 2,036 8.71 233,785 4,887 260.34 6,987,786 2,118 13.74 368,795 5,091 286.03 7,677,331 2,199 14.26 382,753 5,294 312.81 8,396,133 2,281 19.81 531,720 5,498 340.66 9,143,655 2,362 25.7 689,814 5,701 369.57 9,919,628 2,443 26.57 713,165 5,905 399.52 10,723,516 2,525 35.56 954,466 6,109 430.49 11,554,782 2,606 45.05 1,209,187 6,312 462.46 12,412,889 2,688 46.43 1,246,228 6,516 495.43 13,297,837 2,769 55.58 1,491,823 6,720 529.36 14,208,552 2,851 60.7 1,629,249 6,923 564.23 15,144,497 2,932 66.02 1,772,043 7,127 600.04 16,105,674 3,014 71.54 1,920,205 7,330 636.75 17,091,007 3,095 77.24 2,073,199 7,534 674.35 18,100,228 3,177 83.14 2,231,561 7,738 712.8 19,132,265 3,258 89.23 2,395,022 7,941 752.1 20,187,116 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

IMPUESTO MÍNIMO ALTERNATIVO NACIONAL - IMAN RGA Total Anual desde (en UVT) IMAN EN UVT IMAN EN PESOS   8,145 792.22 21,263,977 8,349 833.12 22,361,774 8,552 874.79 23,480,238 8,756 917.21 24,618,834 8,959 960.34 25,776,486 9,163 1,004.16 26,952,659 9,367 1,048.64 28,146,546 9,570 1,093.75 29,357,344 9,774 1,139.48 30,584,783 9,978 1,185.78 31,827,521 10,181 1,232.62 33,084,753 10,385 1,279.99 34,356,212 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

IMPUESTO MÍNIMO ALTERNATIVO NACIONAL - IMAN RGA Total Anual desde (en UVT) IMAN EN UVT IMAN EN PESOS 10,588 1,327.85 35,640,822 10,792 1,376.16 36,937,511 10,996 1,424.90 38,245,741 11,199 1,474.04 39,564,708 11,403 1,523.54 40,893,337 11,607 1,573.37 42,230,824 11,810 1,623.49 43,576,095 12,014 1,673.89 44,928,881 12,217 1,724.51 46,287,573 12,421 1,775.33 47,651,633 12,625 1,826.31 49,019,987 12,828 1,877.42 50,391,830 13,032 1,928.63 51,766,358 13,236 1,979.89 53,142,227 13,439 2,031.18 54,518,902 Mas de 13.643 27%*RGA-1.622 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

CÁLCULO IMPUESTO IMAN ÚLTIMO RANGO DE LA TABLA ART. 333 E.T. R.G.A. en UVT IMPUESTO en UVT % DE TRIBUTACION IMPUESTO en $$$ 12,421.00 1,775.33 14.29% 47,651,633 12,625.00 1,826.31 14.47% 49,019,987 12,828.00 1,877.42 14.64% 50,391,830 13,032.00 1,928.63 14.80% 51,766,358 13,236.00 1,979.89 14.96% 53,142,227 13,439.00 2,031.18 15.11% 54,518,902 13,800.00 2,104.00 15.25% 56,473,464 3,288.06 23.83% 88,254,818 27% * RGA - 1.622 = VR IMPUESTO EN UVT (27% * RGA) - 1.622 = VR IMPUESTO EN UVT 27% * (RGA - 1.622) = VR IMPUESTO EN UVT * Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

TABLA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS ART. 241 E.T. RANGOS EN UVT TARIFA MARGINAL IMPUESTO DESDE HASTA De 0 a 1.090 0% > 1.090 1.700 19% (Renta Gravable o Ganancia Ocasional Gravable expresada en UVT menos 1.090 UVT) * 19% > 1.700 4.100 28% (Renta Gravable o Ganancia Ocasional Gravable expresada en UVT menos 1.700 UVT) * 28% más 116 UVT > 4.100 En adelante 33% (Renta Gravable o Ganancia Ocasional Gravable expresada en UVT menos 4.100 UVT) * 33% más 788 UVT Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista

Tabla del IMAS (Artículo 334 del E.T.) Renta liquida en UVT Impuesto en UVT Desde Hasta 1,548 2,688 2,769 75.24 1,588 1.08 2,851 84.3 1,629 1.1 2,932 93.35 1,670 1.13 3,014 102.4 1,710 1.16 3,095 111.46 1,751 1.19 3,177 122.79 1,792 2.43 3,258 136.13 1,833 2.48 3,339 149.47 1,873 2.54 3,421 162.82 1,914 4.85 3,502 176.16 1,955 4.96 3,584 189.5 1,996 5.06 3,665 202.84 2,036 8.6 3,747 216.18 2,118 8.89 3,828 229.52 2,199 14.02 3,910 242.86 2,281 20.92 3,991 256.21 2,362 29.98 4,072 269.55 2,443 39.03 4,276 282.89 2,525 48.08 4,480 316.24 2,606 57.14 4,683 349.6 66.19 4,700 382.95 Cesar E.Anzola - Contador Público Tributarista