Las Relaciones Laborales en el Deporte más allá del deporte profesional Incidencia del Estudio del Ministerio de Empleo y Seguridad Social sobre la actividad.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
M. Eugènia Bailach i Aspa
Advertisements

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
MANEJO DE INSTRUMENTOS JURIDICOS LABORALES
Unidad 1 “La Relación Laboral”
Empresa: Concepto Jurídico
Curriculum Vitae Datos personales y fotografía. Formación académica.
Las empresas de Trabajo Temporal
TEMA 1 EL CONTRATO DE TRABAJO
La negociación colectiva es una muestra de la existencia de imperfecciones en el mercado de trabajo. EN QUE CONSISTE: Consiste en la fijación de las condiciones.
El contrato de trabajo: generalidades
INCAPACIDAD TEMPORAL Y DESEMPLEO.
EL CONTRATO DE TRABAJO.
Orígenes Derecho Laboral
Puede considerarse desde dos puntos de vista, uno amplio referido al Estado en general, y otro limitado referido a la Administración Publica en particular.
RESIDENCIASPROFESIONALES. PERIODO DE RESIDENCIAS AGOSTO-DICIEMBRE 2011.
I. Nos hemos aproximado a un concepto en común, para definir la desigualdad salarial entre hombres y mujeres (cualitativa y cuantitativamente). se ha.
DOCUMENTOS LABORALES.
CICLO DE NÓMINA Y PERSONAL
3 - Enfermedades profesionales con y sin baja
CAPITULO V PROCESO DE COMPENSACION Y RELACIONES DE PERSONAS
UNA SOFOM SOCIALMENTE RESPONSABLE CREDINÓMINA. “CRÉDITOS PERSONALES VIA NÓMINA” Ahora con.
REMUNERACIÓN DEL TRABAJADOR
AUTÓNOMOS.
ANTEPROYECTO DE LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL CONSEJO DE MINISTROS 23 ENERO de enero
TIPOS DE CONTRATOS REMUNERACION.
CONTRATO DE TRABAJO.
Proyecto Ley orgánica igualdad. Aspectos laborales.
EL SALARIO Y LA NÓMINA.
DIPLOMADO EN CONTRATACION ESTATAL
La nómina El salario La nómina Percepciones sujetas a cotización
convergencia tecnologica
SOCIEDADES DE PERSONAS
Gestión de recursos humanos Administración y finanzas
TRABAJO En economía, es la medida del esfuerzo hecho por seres humanos. Según la visión de la economía neoclásica, uno de los tres factores de producción,
Unidad 7 El salario y el recibo de salarios
CONTRATO DE TRABAJO Y NOMINA
PRINCIPIOS LABORALES.
Taller Gestión de la Empresa Tema II
Capítulo 16 Marisol Arias IEI/Fackspråk El Derecho Laboral.
Asociaciones de mujeres. Asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Bizkaia, siempre que cumplan los requisitos siguientes:
ENCUESTA DE MICROESTABLECIMIENTOS FORMULARIO FORMULARIO.
Test UD 8.
CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO. VIII Universidad Técnica de Verano COCEMFE 7,8,9,10 de Octubre de 2008 Los contratos con la Administración Pública y los.
CONTRATO DE TRABAJO.
CÓMO INTERPRETAR UNA NÓMINA. Aproximación a los conceptos salariales.
El Derecho del Trabajo regula el trabajo…
Lilybeth Gallardo Priscila Salazar
Test UD 8.
1 TRABAJO: ACEPCIONES relación jurídica entre dos personas Su objeto es el trabajo de una de ellas.
Incentivos de Apoyo a la Inserción Laboral Secretaria de Empleo Dirección Nacional de Promoción del Empleo.
EL DERECHO LABORAL.
TESIS II: RELACION LABORAL EN EL SECTOR PRIVADO
Paulino Fernández Calles
TESIS II: RELACION LABORAL EN EL SECTOR PRIVADO
Legislación Laboral Nomina Que es nomina Inicio Aportes pensión y salud.
Bloque temático: el contrato de trabajo.
Expositor: Rodolfo Vela
DIRECCIÓN DEL TALENTO HUMANO Aspectos Básicos de Legislación laboral NORMATIVIDAD VIGENTE C P C Código Sustantivo del Trabajo Reforma al Código laboral:
REFORMA DE LAS PENSIONES
Las Relaciones Laborales en el Deporte más allá del deporte profesional Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB.
Plan de Asistencia a Clubes PLAN DE ASISTENCIA A CLUBES.
MATERIA: TRABAJO Y CIUDADANÍA UNIDAD 2 CLASE N°7.
Febrero 2014 NOVEDADES LABORALES DEL PERIODO NOTA LEGAL: La normativa legal que facilita la sociedad es a título meramente informativo, puede contener.
Cristina Bonilla Molina Paula Castaño López. Se denomina empresa de trabajo temporal a aquella cuya actividad fundamental consiste en poner a disposición.
EmpleoEmpleo Una apuesta de futuro Directrices generales Evolución de la plantilla: Propuestas Condiciones de acceso a la jubilación Políticas de reclutamiento.
AFILIACIÓN AL SGSSS.
EL TRABAJO POR CUENTA AJENA.. DERECHO DEL TRABAJO. DERECHO DEL TRABAJO. Derecho: tiene como finalidad regular la conducta del hombre para solucionar los.
DANIELA FORERO MARLON PINEDA ALEJANDRA SUÁREZ JORGE BASTO VIVIANA ÁNGEL ENCUESTA SALARIAL.
2015 Ayudas del IDEPA para apoyar la contratación de técnicos especializados en comercio exterior.
Transcripción de la presentación:

Las Relaciones Laborales en el Deporte más allá del deporte profesional Incidencia del Estudio del Ministerio de Empleo y Seguridad Social sobre la actividad desarrollada en los clubs y entidades deportivas sin ánimo de lucro de 27 de agosto de Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

Introducción Derecho y Deporte. Relación conflictiva. Pasión y negocio Derecho del Trabajo y Deporte: Huida y Fagocitosis Objetivos: Derecho del Trabajo y: Jugadores Entrenadores/Técnicos Árbitros Personal de apoyo no deportista Junta Directiva Clubes/Federaciones. Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

Aclaraciones previas I Empresario: quien recibe los servicios de una persona que se defina como trabajador. Trabajador: quien preste servicios retribuidos, personal y voluntariamente, en régimen de SUBORDINACIÓN y por CUENTA AJENA. Principio de realidad. No hace falta que se firme contrato ni que la empresa tenga ánimo de lucro ni se defina como tal. Relación laboral: Despido y alta y cotización en Seguridad Social. Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

Aclaraciones Previas II Relaciones Laborales especiales Deportistas profesionales : Dedicación REGULAR a la práctica del deporte dentro del ámbito de organización y dirección de una entidad deportiva Retribuidos por ello. Excluida compensación por gastos Personal de alta dirección : Representa y actua en nombre de la empresa con plena autonomía (poderes generales) Y sólo responde frente a ella Principio de realidad Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

Aclaraciones Previas III Prestación de servicios no laborales Autónomos: autonomía y asunción de riesgos TRADE: autonomía matizada y asunción de riesgos Voluntarios: No hay contrato ni ánimo de lucro Becarios: Elemento formativo prioritario Prestaciones personales obligatorias: No hay vínculo contractual (Deportistas prof y Federaciones) Consejeros de Sociedades: Autonomía y cierta asunción de riesgos. Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

1. JUGADORES/DEPORTISTAS EN SENTIDO ESTRICTO ALTERNATIVA: Ser deportista profesional o no ser trabajador PRINCIPIO DE REALIDAD: Irrelevancia de la calificación de las partes, de la calificación del deporte como profesional y de la correspondiente licencia federativa REGULARIDAD: Práctica del Deporte. No es sinónimo de exclusividad. Interpretado como HABITUALIDAD pero debería ser sinónimo de una DEDICACIÓN RELEVANTE EN TÉRMINOS CUANTITATIVOS Y… Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

1. JUGADORES/DEPORTISTAS EN SENTIDO ESTRICTO RETRIBUCIÓN ¿Cómo diferenciar salario y compensación por gastos? No tiene que ver con la cuantía (SMI), porque no tiene que haber exclusividad y cabe dedicación parcial. NOTA PROBLEMÁTICA. Tampoco con la calificación de las partes Carga de la prueba/presunción de salario Necesidad de ACREDITAR que se trata de gastos: dietas, manutención, viajes, transporte, material deportivo Periodicidad y fijeza, indicios de salario Primas e incentivos: salario Y si se define la transferencia como “nómina”, “salario” “sueldo” “paga mensual”… Y si hay cláusulas de rescisión o junto a la cantidad mensual se añaden gastos… Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

2. ENTRENADORES/TÉCNIC OS Diferencia: Federaciones: relación laboral común (Conflictiva aplicación del Derecho del Trabajo por las particularidades del servicio). Clubes: relación laboral especial de los deportistas profesionales. Para la calificación de la relación se utilizan los mismos elementos vistos respecto de los jugadores: retribución. Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

ALTERNATIVAS: VOLUNTARIOS Y BECAS. Voluntarios: Subordinación, altruista y solidario, compensación por gastos, entidades sin ánimo de lucro, Interés General: Deporte. Compromiso y acreditación Beca: Prima la formación. Intercambio retribución y formación. Los frutos del trabajo del becario no deben redundar únicamente en beneficio de la empresa. Problema trabajo encubierto tanto en voluntarios como becas Monitores Becarios? STSJ Galicia de Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

PROBLEMAS DERIVADOS DEL ESTUDIO DEL MEYSS (Trabajo marginal en Clubs/Entid. sin lucro) No repara en la relación laboral especial de deportistas profesionales. Se fija únicamente en notas de laboralidad comunes. Paradójico seguidismo de jurisprudencia y doctrina judicial sobre deportistas profesionales No da relevancia a la ausencia de ánimo de lucro No da relevancia a la regularidad de la práctica deportiva Desconocimiento de la realidad en la que se funda el estudio No da relevancia a la figura del voluntario. Fagocitosis del Derecho del Trabajo. Propuestas desde el Derecho del trabajo: trabajo por horas. Necesidad de re-interpretación de “regularidad” Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

3. ÁRBITROS/JUECES/CRONOMETR ADORES/ANOTADORES… ÁRBITROS: tradicional exclusión de laboralidad respecto de federaciones. Discutible. ¿Posibilidad de un cambio jurisprudencial? Otras figuras (no hay ladoralidad): cronometradores: se designa de común acuerdo entre el colectivo, es libre de acudir o no a las pruebas, según circunstancias de trabajo o estudios…(STSJ Andalucía/Granada ) Anotadores de mesa: labores esporádicas de colaboración (STSJ Aragón ) Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

4. PERSONAL DE ENTIDADES DEPORTIVAS PERSONAL DE APOYO Relación laboral común, autónomo, TRADE, voluntario, becario MASAJISTAS. Importancia de medios utilizados, quién determina los precios, los horarios, si se paga una parte al club de las ganancias... PERSONAL ADMINISTRATIVO/GESTIÓN Relación laboral común, voluntario Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

5. JUNTA DIRECTIVA/PERSONAL DIRECTIVO Miembros de junta directiva: equivalente a consejeros: no laborales (aunque haya retribución) Personal de Alta Dirección: Si concurren las notas y nunca miembros de la Junta u órgano rector. Si realizan tareas administrativas, respecto de estas son trabajadores. Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB

MUCHAS GRACIAS Margarita Tarabini-Castellani Aznar. UIB