SOLUCION DE CONROVERSIAS EN LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO

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Transcripción de la presentación:

SOLUCION DE CONROVERSIAS EN LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Expositor: Abogado Luis Alberto Isuhuaylas Castillo

Solución de Controversias durante el Proceso de Selección

Solución de Controversias En el Proceso de En la Ejecución Selección: Contractual: * Procedimiento *Conciliación de Impugnación (opcional) *Arbitraje

Recurso de Apelación Es un recurso administrativo por el cual se puede impugnar todos los actos administrativos dictados en el proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

Recurso de Apelación Los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato. TRIBUNAL Licitación Pública Concurso Público Adjudicación Directa Publica Adjudicación de Menor Cuantía Derivada Otros actos del Titular de la Entidad distintos de la Resolución de Apelación que afecte la continuidad del proceso. ENTIDAD Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía Titular de la Entidad Facultad delegable.

Actos Impugnables Actos dictados por el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, durante el proceso. Actos expedidos luego de haberse otorgado la Buena Pro y hasta antes de la celebración del contrato. Actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuación del proceso, distintos de aquellos que resuelven recursos de apelación, tales como nulidad de oficio, cancelación u otros.

Actos no impugnables Actuaciones y actos preparatorios de la Entidad convocante, destinadas a organizar la realización de procesos de selección. Bases del proceso y/o su integración. Actuaciones materiales relativas a la programación de los procesos de selección en el SEACE y las referidas a la inscripción de participantes. Actos que aprueban la exoneración del proceso de selección, así como los que generen para la suscripción del contrato respectivo.

Plazo para interponer el recurso Buena Pro y actos anteriores LP y CP: 8 días siguientes de otorgada la Buena Pro. ADP, ADS y AMC: 5 días Posteriores a Buena Pro LP y CP: 8 días de haber tomado conocimiento del acto. ADP, ADS y AMC: 5 días.

Efectos de la interposición La interposición del recurso de apelación suspende el proceso de selección o, el ítem, etapa, lote, paquete o tramo impugnado, según corresponda. Son NULOS los actos posteriores a su interposición. Obligación de la Entidad y el Tribunal de registrar en la FICHA SEACE la interposición del recurso ese mismo día.

Admisibilidad del recurso Rechazo del recurso Antes de otorgada B. Pro. 1º escrito sin firma del Impugnante o su representante. No Presentado No subsana observaciones: 2 días, contado desde el día siguiente de la presentación del recurso de apelación. No subsana en el plazo máx. 2 días hábiles otorgado por la ENTIDAD, cuando advirtió alguna omisión dentro de 3 días hábiles de admitido.

Garantía Representa el 3% del Valor Referencial del proceso de selección o del ítem que se desea impugnar. En ningún caso será menor al 50% de una UIT. Puede ser carta fianza, póliza de caución y depósito en cuenta. Plazo mínimo de vigencia: 20 días calendario si el recurso se interpone ante la Entidad o 30 días si se presenta ante el Tribunal. Si no se renueva la garantía, será ejecutada para constituir un depósito en al cuenta bancaria de la Entidad o del OSCE, según corresponda, el cual se mantendrá hasta el agotamiento de la vía administrativa.

Trámite del recurso PROCEDIMIENTO ENTIDAD TRIBUNAL ACUMULACIÓN facultativa 2 ó + recursos = proceso o ítem. Plazo de resolución es el del último recurso TRASLADO : dentro de 3 días hábiles A postores afectados luego de presentado A la Entidad luego de admitido ABSOLUCIÓN del Traslado: Dentro de 3 días De 3ºs a la Entidad Exp. Completo + Inf. Téc. Legal + cargo notificación Pedido de USO DE LA PALABRA Hasta 3 días sgtes. de vencido plazo de Absolución de traslado. No suspende plazos La solicitud del Uso de la Palabra, se plantea con el recurso o con la absolución.

Trámite del recurso PROCEDIMIENTO ENTIDAD TRIBUNAL INFORMACIÓN ADICIONAL Si se puede solicitar pero no suspende plazos 1 vez y en una sola oportunidad. Prorroga el plazo de evaluación máx. 15 días háb. DESISTIMIENTO. Excepto interés público Ejecuta 100% Garantía Notario o Juez de Paz. Fin del Procedimiento. Notario o Secr. Trib. Sólo hasta antes que se declare listo para resolver. RESOLUCIÓN SEACE 12 días hab. de presentado o subsanado 5 días desde que se declara expediente listo para resolver

Contenido de la Resolución 1) Acto cuestionado conforme norma o Bases = INFUNDADO 2) Acto cuestionado NO es conforme norma = FUNDADO 3)Acto cuestionado directamente vinculado a evaluación de propuestas y/o a la B. Pro = ANÁLISIS y B. PRO 4) Vicios (Órg. Incompetente, contra normas, prescinde procedimiento o forma) = NULIDAD 5) Ausencia Requisitos 111º = IMPROCEDENTE Ejemplo: interpuesto por el ganador

Precedentes de Observancia Obligatoria Son los Acuerdos de Sala Plena que interpretan de modo expreso y general las normas de la Ley. Deben publicarse en portal OSCE y en El Peruano. Acción Contencioso Administrativa Resolución. Denegatoria Ficta.