Sistema Chileno de Pensiones DL 3500/1980

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Transcripción de la presentación:

Sistema Chileno de Pensiones DL 3500/1980 Alejandro Charme Fiscal Superintendencia de AFP Superintendencia de AFP

CONDICIONES DEL SISTEMA Superintendencia de AFP

Condiciones del Sistema Condiciones para implementar el Sistema Participación del Estado Rol Fiscalizador (SAFP) Garantías Estatales Existencia de Mercado de Capitales Instrumentos financieros Banco Central, SVS, DCV Industria clasificadora de riesgo, bolsas de valores, etc. Existencia de una Industria aseguradora Seguro Invalidez y Sobrevivencia Renta Vitalicia Superintendencia de AFP

CARACTERISTICAS DEL SISTEMA Superintendencia de AFP

Características del Sistema Características del Sistema de Capitalización Capitalización individual Administración privada de los fondos Libre elección de la administradora y del fondo Rol del Estado Separación patrimonial entre AFP y Fondo Cobertura legal Aportes definidos Sistema de Multifondos Sistema legal subsidiario de asignación de fondo Superintendencia de AFP

Características del Sistema Capitalización Individual Cada afiliado posee una cuenta individual  cotizaciones previsionales  rentabilidad  pensión Administración privada de los fondos Administradoras de Fondos de Pensiones Sociedad Anónima Giro único  Administrar los Fondos de Pensiones y otorgar y administrar las prestaciones y beneficios establecidos en el DL 3500 Retribución (comisiones)  se fijan libremente y uniformes Superintendencia de AFP

Características del Sistema Libre elección de la Administradora y del Fondo AFP propiamente tal, pudiendo cambiarse cuando lo estime conveniente. Regla default: AFP con más trabajadores en esa empresa Fondos (A, B, C, D, y E), siendo el A voluntario. Rol del Estado Beneficios Garantizados Pensión mínima garantizada por el Estado Rentabilidad mínima garantizada Otros conceptos garantizados en caso de cesación de pagos o quiebra: Aporte adicional en caso de invalidez o fallecimiento de un afiliado no pensionado; pensión de invalidez originada en primer dictámen, cuota mortuoria, rentas vitalicias (100% pensión mínima y 75% del exceso hasta UF45 mensual) Superintendencia de AFP

Características del Sistema Motivos para fiscalizar Velar por la seguridad de los fondos  satisfacer necesidades de trabajadores en situaciones de vejez, invalidez o muerte Eventualmente se comprometen futuros recursos fiscales Fondos de pensiones  fuente de financiamiento de las inversiones en los diversos sectores económicos del país Organismo Contralor  Superintendencia de AFP Organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio relacionado con el Gobierno a través del Ministerio Trabajo y Previsión Social por intermedio de Subsecretaria de Previsión Social. Superintendencia de AFP

Características del Sistema Funciones Aprobar o rechazar el prospecto de creación de una AFP, aprobar sus estatutos y autorizar su existencia Fiscalizar las AFP en sus aspectos jurídicos, administrativos y financieros Velar por el cumplimiento del requisito de capital mínimo y encaje Proponer reformas legales y reglamentarias para perfeccionar el sistema Interpretar la legislación y reglamentación vigente e impartir normas generales obligatorias Imponer multas y disponer, cuando corresponda, la disolución de la AFP de acuerdo a la ley Supervigilar, controlar, fiscalizar y sancionar a la Administradora del Fondo de Cesantía (AFC) Superintendencia de AFP

Características del Sistema Cobertura Legal Obligatorio  trabajadores dependientes Voluntario Trabajadores independientes Trabajadores del sistema antiguo Separación Patrimonial entre AFP y Fondo de Pensiones Superintendencia de AFP

Características del Sistema Sistema de Aportes Definidos Aporte Obligatorio Tasa del 10% con tope de UF 60  Fondo de Pensiones Tasa del 7% con tope de UF 60  Salud Cotización adicional de 2% ó 4% por trabajo pesado Comisión AFP: % remuneración (cotización adicional) Suma fija por operación Ambas UNIFORMES para todos los afiliados, salvo COTIZACION DIFERENCIADA Destino: Financiamiento administradora, administración del fondo, CCI, sistema de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, sistema beneficios garantizados por el Estado, pago prima seguro y demás prestaciones. Deducción: CCI Retiros (Cuenta 2, afecta a comisión sólo los retiros, entendiéndose por tal también el traspaso a otra AFP) Superintendencia de AFP

Características del Sistema Aporte Voluntario Cotizaciones Voluntarias (APV) Excede el 10% del salario Exención tributaria hasta UF50 mensuales Depósitos Convenidos Se convienen con el Empleador y se deposita en la cuenta de capitalización individual Objetivo: aumentar el capital para financiar una pensión anticipada o aumentar el monto de la pensión Pueden ser mensuales (% o monto fijo) o por una vez No constituyen renta ni están afectas a impuesto Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta Dos) Fuente de ahorro adicional, independiente de la cuenta de capitalización individual (4 giros al año) Superintendencia de AFP

Características del Sistema Sistema Multifondos Renta Variable Renta Fija Fondo A 80% 20% Fondo B 60% 40% Fondo C 40% 60% Fondo D 20% 80% Fondo E ------ 100% Inversión máxima permitida en cada tipo de fondo Superintendencia de AFP

Características del Sistema Asignación Subsidiaria de Fondo por Ley Fondo B: Hombres y mujeres hasta 35 años Fondo C: Hombres: 36 a 55 años Mujeres: 36 a 50 años Fondo D: Hombres: desde 56 años Mujeres: desde 51 años Afiliados declarados inválidos por primer dictamen Pensionados de retiro programado o renta temporal Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP INVERSIONES Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Los recursos de los Fondos de Pensiones sólo pueden invertirse en “INSTRUMENTOS ELEGIBLES”, vale decir, aquéllos que están expresamente autorizados por ley. Instrumentos Nacionales: Títulos estatales del BCCH y Tesorería General de la República Bonos de Reconocimiento Instrumentos emitidos por instituciones financieras (depósitos a plazo, pagarés, letras hipotecarias, etc.) Bonos de empresas públicas y privadas Acciones de S.A. abiertas y de S.A. inmobiliarias abiertas Cuotas de fondos de inversión y fondos mutuos Efectos de comercio emitidos por empresas Otros Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Instrumentos Extranjeros Títulos de crédito emitidos o garantizados por Estados extranjeros, bancos centrales extranjeros, entidades bancarias extranjeras o internacionales Bonos y acciones de empresas extranjeras Certificados negociables emitidos por bancos depositarios en el extranjero Títulos representativos de índices accionarios Depósitos de corto plazo Otros Instrumentos: En el mercado nacional y extranjero los instrumentos derivados para cobertura de riesgo financiero y contratos de préstamos de activos Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Clasificación de Riesgo Comisión Clasificadora de Riesgo Personalidad jurídica y patrimonio propio Integrada por Superintendentes de AFP, Valores y Bancos y 4 representantes de las AFP Objetivo: Disponer de una medida de riesgo para distinguir entre instrumentos elegibles y no elegibles Hacer operativos los límites en función de la categoría de riesgo de los títulos Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Categorías de Riesgo Elegibles Instrumentos de deuda de Corto Plazo: N-1 a N-3 Instrumentos de deuda de Largo Plazo: AAA hasta BBB Acciones: Sometidas a aprobación en razón del cumplimiento de requisitos mínimos sobre la base de información pública histórica del emisor entregada a la entidad fiscalizada que corresponda. Cuotas de fondos de inversión y fondos mutuos: Sometidas a aprobación en función a objetivos de inversión y políticas destinadas a cumplirlos. Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Límites de Inversión Fijados por el BCCH, previo informe de la SAFP, dentro de los rangos fijados por la ley. Objetivo: Asegurar una adecuada rentabilidad, y Seguridad de los fondos de pensiones Tipos de límites: Por instrumento  diversificar la cartera Por emisor  acotar la concentración de las inversiones y evitar que el Fondo de Pensiones adquiera un peso significativo en las decisiones del emisor. Existen 94 límites por tipo de fondo. Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Mercados Autorizados Mercado Secundario Formal Concurrencia simultánea de compradores y vendedores de instrumentos para la determinación de los precios Información pública disponible Mecanismos de negociación de instrumentos Infraestructura necesaria Reglamentación interna TRANSPARENCIA Y EQUIDAD Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Mercado Primario Formal: Instrumentos de deuda y capital, ofrecidos al público por primera vez, en mercados primarios cuando se cumplan las condiciones establecidas en el Reglamento de Mercado Primario Formal (MPF). Se considera MPF el BCCH y TGR Instrumentos únicos emitidos por instituciones financieras nacionales, que no se hayan transado anteriormente, se pueden realizar directamente en la entidad emisora Cuotas de fondos mutuos pueden ser compradas y vendidas directamente a la sociedad administradora del fondo Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Otros Operaciones o contratos que tengan por objeto el préstamo o mutuo de instrumentos financieros de emisores nacionales Operaciones de cobertura de riesgos financieros realizadas con bancos locales que cumplan los requisitos establecidos por la CCR Custodia de Títulos Banco Central de Chile Instituciones extranjeras que el BCCH autorice Empresas privadas de depósito de valores Depósito Central de Valores (DCV) Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Rentabilidad Mínima AFP es responsable de la rentabilidad real anualizada (RRA) de los últimos 36 meses de cada uno de los fondos que administra no sea menor a la que resulte inferior entre: RRA de los últimos 36 meses promedio de todos los fondos del mismo tipo, menos 4 puntos porcentuales para los Fondos A y B, y menos 2 puntos porcentuales para los C, D y E RRA de los últimos 36 meses promedio de todos los fondos del mismo tipo, menos el valor absoluto del 50% de dicha rentabilidad Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Inversiones Mecanismos de Resguardos de la Rentabilidad Mínima Reserva de Fluctuación de Rentabilidad :Excesos de rentabilidad real anualizada de un fondo que sobrepase en los últimos 36 meses la rentabilidad real promedio de todos los fondos del mismo tipo para ese período en más del 50% o en más de 4 ó 2 puntos porcentuales según sea el caso Encaje: Activo del 1% del valor del Fondo de Pensiones, enterado con recursos de la AFP Garantía del Estado: Si aplicada la Reserva de Fluctuacíón de Rentabilidad, en subsidio el encaje y la AFP no dispone el uso de recursos financieros adicionales, el Estado completa la diferencia y procede a liquidar la AFP Superintendencia de AFP

BENEFICIOS DEL SISTEMA Superintendencia de AFP

Beneficios del Sistema de Pensiones Pensión de Vejez Pensión de Vejez Anticipada Pensión de Invalidez Pensión de Sobrevivencia Cuota Mortuoria Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Pensión de Vejez Hombre 65 años Mujer 60 años Pensión de Vejez Anticipada Pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones de los últimos 10 años 150% de la pensión mínima de vejez vigente Nota: Art. 7° Transitorio Ley N° 19.934 aplica gradualmente los requisitos para pensionarse por vejez anticipada. Superintendencia de AFP

Beneficios del Sistema de Pensiones Pensión de Invalidez Enfermedad o debilitamiento de fuerzas físicas o intelectuales Menoscabo permanente de la capacidad de trabajo Invalidez total: al menos 2/3 Invalidez parcial: igual o superior a 50% y menos de 2/3 Comisiones Médicas Regionales y Comisión Médica Central Pensión de Sobrevivencia Cónyuge sobreviviente del causante Cónyuge mujer: matrimonio 6 meses antes del fallecimiento o 3 años si el causante era pensionado de vejez o invalidez Cónyuge varón: invalido y exigencias precedentes a menos que quedaren hijos comunes Superintendencia de AFP

Beneficios del Sistema de Pensiones Hijos de filiación matrimonial, no matrimonial o adoptivos Solteros Requisito edad: Menor de 18 años, o Mayor de 18 y menor de 24 si es estudiante (a la fecha de fallecimiento o a los 18 años de edad) de curso regular (básica, media, técnica o superior). Invalido cualquiera sea su edad Padres del causante Madres de hijos de filiación no matrimonial Soltera o viuda Vivir a expensas del causante Superintendencia de AFP

Beneficios del Sistema de Pensiones Cuota Mortuoria Objetivo: Costear gasto de funeral Monto: 15 UF para cónyuge, hijos o padre del afiliado Monto efectivo de gastos con tope de 15 UF para el resto Fuente: CCI Cía. de Seguros en caso de renta vitalicia. Superintendencia de AFP

FINANCIAMIENTO DE PENSIONES Superintendencia de AFP

Financiamiento de Pensiones Bono de Reconocimiento Concepto: Instrumento que reconoce cotizaciones en el antiguo sistema. Exigibilidad: Exigible al momento de cumplir la edad legal, fallecimiento, fecha en que afiliado se acoge a pensión de invalidez por 2° dictamen Antes de edad legal: Transarlo en mercado secundario formal Endosarlo a una Cía. de Seguros para financiar prima de RV Solicitar a AFP valorización del bono para calcular pensión sin ceder derechos sobre el bono de reconocimiento Superintendencia de AFP

Financiamiento de Pensiones Características del Bono de Reconocimiento: Reajustabilidad: IPC, entre el último día del mes anterior a la fecha de incorporación del afiliado y el último día del mes anterior a la fecha de su pago efectivo. Interés: 4% anual que se capitaliza cada año Reclamo: Solicitud ante AFP, pero resuelve INP. Plazo: 2 años siguientes a la notificación del antecedente bono de reconocimiento. Superintendencia de AFP

Financiamiento de Pensiones Pensión de Vejez y Vejez Anticipada CCI + APV + DC + AV + BR Pensión de Invalidez Transitoria Afiliado cubierto Cía. de Seguros Afiliado no cubierto CCI + APV + AV + BR Pensión de Invalidez Definitiva y Sobrevivencia Aporte adicional Superintendencia de AFP

MODALIDADES DE PENSIONES Superintendencia de AFP

Modalidades de Pensión Retiro Programado Renta Vitalicia Inmediata Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado Superintendencia de AFP

Modalidades de Pensión Retiro Programado Cargo a la CCI Monto corresponde a la cantidad que resulte de dividir el saldo de la CCI por el capital necesario para pagar una unidad de pensión al afiliado y, fallecido éste, a sus beneficiarios Se paga en 12 mensualidades al año Afiliado mantiene propiedad de los fondos Los fondos forman parte de la herencia Afiliado asume riesgo de inversión y sobrevida Revocable Superintendencia de AFP

Modalidades de Pensión Renta Vitalicia Inmediata Contrato con Compañía de Seguros Renta mensual al afiliado y, fallecido éste, a sus beneficiarios Los fondos se transfieren a la Cía. de Seguros Cía. de Seguros asume riesgo financiero y de sobrevida del afiliado y grupo familiar Irrevocable Superintendencia de AFP

Modalidades de Pensión Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida Afiliado contrata con Cía. de Seguros una renta vitalicia futura Afiliado retiene en su CCI fondos suficientes para una Renta Temporal durante el período de diferimiento. Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado Renta Vitalicia de un valor no inferior a la pensión mínima vigente Retiro Programado con el saldo Nota: Pensión será la suma de ambas Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP GARANTIA ESTATAL Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Garantía Estatal Garantía que otorga el Estado en su rol asistencial ¿Cuándo Opera? Pensión Mínima El afiliado no alcanza a cubrir con sus propios recursos la pensión mínima vigente Saldo cero en la CCI Renta vitalicia es menor que la pensión mínima Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Garantía Estatal Requisito de mínimo de cotizaciones: Acumular por un período de tiempo cotizaciones en algún sistema previsional Pensión de Vejez: 20 años Pensión de Invalidez y sobrevivencia: 10 años 2 años durante los últimos 5 años Cotizando en el momento del accidente 16 meses de cotizaciones si tiene menos de 2 años de inicio de labores por primera vez Pensión de Vejez Anticipada: Tener la edad legal mínima cumplida Nota: No hay derecho a pensión mínima si la suma de todas las pensiones, rentas y remuneraciones imponibles son iguales o superiores a la pensión mínima. Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Garantía Estatal Quiebra o Cesación de Pagos Compañía de Seguros 100% de la pensión mínima más un 75% sobre el exceso de la mínima con un tope de UF 45. 100% de la cuota mortuoria AFP 100% del aporte adicional 100% de la contribución 100% de pensión de invalidez en primer dictamen Nota: Cuando no lo paga la Cía. de Seguros Superintendencia de AFP

EXCEDENTE DE LIBRE DISPOSICION Superintendencia de AFP

Excedente de Libre Disposición Concepto: Corresponde al saldo que queda en la CCI después de hacer efectiva una pensión igual o superior al: 70% del promedio de rentas de los últimos 10 años 150% de la pensión mínima vigente Retiro libre de impuesto UTM 200 mensual con tope de UTM 1200 UTM 800 durante un año Se excluyen los depósitos convenidos Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP TRAMITES DE PENSION Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Trámite de Pensión Suscripción de Solicitud de Pensión y Anexo (declaración de beneficiarios) Emisión de Certificado de Saldo (vigencia de 35 días desde su emisión) Remisión al SCOMP el certificado electrónico de saldo Suscripción de Solicitud de Ofertas AFP (no necesariamente la de afiliación) Cía. de Seguros Corredor autorizado Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Trámite de Pensión Envío de consulta al sistema a más tardar el día hábil siguiente a la suscripción de ofertas Comunicación de rechazo o aceptación de solicitud Remisión al consultante y al partícipe que ingresó la consulta Emisión de certificado de ofertas Comisión base de 2.5% Vigencia de 15 días Superintendencia de AFP

Superintendencia de AFP Trámite de Pensión Alternativas del Consultante Solicitar nueva consulta Solicitar ofertas externas Optar por cualquiera de las modalidades de pensión Solicitar remate Al menos 3 Cías. de Seguro que formularon oferta vigente en el Sistema para un mismo tipo de renta vitalicia y condiciones de cobertura Postura mínima: No inferior a la mayor de las ofertas seleccionadas Vinculante Desistirse Superintendencia de AFP

DESAFILIACION AL SISTEMA Superintendencia de AFP

Desafiliación al Sistema Requisitos Afiliados del antiguo sistema Sin derecho al Bono de Reconocimiento por no registrar, a lo menos, 12 cotizaciones durante el período comprendido entre noviembre 1975 y octubre 1980 Con derecho al Bono de Reconocimiento: Sólo por remuneraciones imponibles entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de opción por el nuevo sistema Tener a lo menos 60 meses de cotizaciones anteriores a julio de 1979 Superintendencia de AFP

Alejandro Charme Fiscal Superintendencia de AFP F I N Alejandro Charme Fiscal Superintendencia de AFP Superintendencia de AFP