DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y GESTIÓN PRESUPUESTARIA

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MARCO NORMATIVO

Marco Normativo EL MEFP DEBE PRESENTAR A LA ALP EL PROYECTO DE LEY DEL PGE, 60 DÍAS ANTES DE LA FINALIZACIÓN DE CADA GESTIÓN FISCAL. Art. 321 La determinación del gasto y de la inversión pública tendrá lugar por medio de mecanismos de participación ciudadana y de planificación técnica y ejecutiva estatal. El PGE considera a todas las entidades del Sector Público y es aprobado por Ley de ALP. Art. 114 El proceso presupuestario de las ETAs está sujeto a las disposiciones legales, las directrices y el clasificador presupuestario emitidos por el Nivel Central del Estado.

Proceso de Planificación AGENDA PATRIÓTICA 2025 LARGO PLAZO PGDES PLANES NACIONAL PLANES SECTORIALES MEDIANO PLAZO DEPARTAMENTAL PDDEs MUNICIPAL PDMs ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL CORTO PLAZO POA

Plan de Desarrollo Municipal Proceso que comprende las siguientes etapas: 1. Preparación y organización 2. Diagnóstico 3. Formulación de la estrategia 4. Plan de Desarrollo Municipal y Presupuesto Plurianual 5. Ejecución y administración del POA y Presupuesto Anual Enmarcado en: Sistema de Planificación Integral Estatal Sistema Estatal de Inversión y Financiamiento para el Desarrollo Articulación de la Planificación PDM = 5 POAs

Acciones (Proyectos y Actividades) Planificación Estratégica Medidas de Desempeño Planeamiento Estratégico Misión Visión Impactos Resultados Objetivos Productos Programas Insumos Acciones (Proyectos y Actividades) PEI - Plan Estratégico Institucional

Competencias asignadas Disponibilidad Financiera Plan Operativo Anual Es un instrumento de gestión que permite: Identificar los objetivos y metas de un municipio o institución, Definir las operaciones necesarias para el cumplimiento del Plan Operativo Anual, Determinar los recursos y el tiempo de ejecución para cada operación (proyectos y actividades), Designar responsables para el desarrollo de las operaciones, Establecer indicadores de eficiencia y eficacia. Considerando: Competencias asignadas Disponibilidad Financiera Plan Estratégico Institucional

PRESUPUESTO MUNICIPAL Empresas Municipales Presupuesto del Ejecutivo Municipal Principios de coordinación y sostenibilidad Presupuesto del Concejo Municipal Entidades Descentralizadas y Desconcentradas PRESUPUESTO MUNICIPAL CONSOLIDADO Aprobación por el Concejo Municipal Registro en el Sistema Oficial Presentación al MEFP

Responsabilidades del Órgano Ejecutivo (OE) - Ley Nº 482 Elaborar el Presupuesto del Órgano Ejecutivo, el cual debe incluir el Presupuesto de las Empresas y Entidades de carácter desconcentrado y descentralizado. Consolidar el presupuesto del Concejo Municipal al proyecto de Presupuesto Municipal. Presentar al Concejo Municipal (CM) el POA y Presupuesto Municipal consolidado para su consideración y aprobación mediante LEY MUNICIPAL.

Responsabilidades del Concejo Municipal (CM) - Ley Nº 482 GAM Elaborar su presupuesto bajo los principios de coordinación y sostenibilidad, aprobarlo y remitirlo al Órgano Ejecutivo Municipal para su consolidación. Aprobar dentro de los (15) días hábiles de su presentación el POA y Presupuesto Municipal presentados por el Alcalde. Autorizar la creación de Empresas Públicas y Entidades Descentralizadas Municipales en su jurisdicción.

Modelo de Gestión Municipal Participativa Inicio POA Informes Priorización de la DEMANDA Proyecto de POA y Presupuesto Evaluación de Ejecución del POA (Diagnóstico) Formularios de demanda Disponibilidad de Recursos Priorización y socialización de la demanda Presentación y concertación del proyecto POA y Presupuesto

CUMBRE 1 Informe del avance de la ejecución del POA (Ejecutivo, Concejo, Control Social, Educación y Salud) - Diagnóstico Capacitación sobre la Priorización en el marco del PDM y PEI (Formularios de demanda) CUMBRE 2 Disponibilidad de Recursos (Techos) Priorización de la demanda social (proyectos) para su consideración en el POA Socialización de la oferta municipal y la demanda concertada de Salud y Educación CUMBRE 3 El ejecutivo presenta el proyecto del POA y Presupuesto, el mismo recoge las demandas priorizadas por las OTBs., la oferta municipal concertada, los gastos obligatorios y recurrentes en el marco de las competencias municipales y la visión de desarrollo Concertación del POA y Presupuesto

INGRESOS Y GASTOS MUNICIPALES

Ingresos de los Gobiernos Autónomos Municipales (GAM’s) Coparticipación Tributaria (41-113 IDH (41-119) HIPC (44-115) IPJ (41-120) Transferencias TGN Recursos Específicos Donaciones Crédito Transferencias FPS – FNDR Regalías Mineras Patentes (Petroleras y Forestales) Activos Financieros (Saldos Caja y Bancos, Cuentas por Cobrar y Anticipos Financieros) Otros Ingresos

Porcentaje de distribución Coparticipación Tributaria Transferencias del nivel Central del Estado equivalentes al 20% de la recaudación en efectivo de los siguientes tributos Porcentaje de distribución IVA RC – IVA IRPE (IUE) IT ICE Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) Impuesto a las Salidas al Exterior Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (sucesiones) 75% 20% Distribución de acuerdo al numero de habitantes según el CNPV 5% Art. 115, VII, Ley 031.- Las transferencias estimadas de los ingresos nacionales para las entidades territoriales autónomas en el PGE, no constituyen compromisos o deudas por parte del TGE. DISTRIBUCIÓN AUTOMÁTICA

Impuesto Directo a los Hidrocarburos Transferencias del nivel Central del Estado provenientes del 32% del valor de producción de los hidrocarburos 24,39% Gobiernos Departamentales 66,99% 8,62% Del 100% que recibe cada departamento DS 28421 DISTRIBUCIÓN 12.5% a los deptos. productores (Chuquisaca, Cbba, Sta.Cruz, Tarija) 31.25% a favor de los departamentos NO PRODUCTORES (6.25% cada uno) Nivelación al depto. productor con ingresos menores al no productor. TGN 56.27% (Fondo de Comp., Fondo Indígena, Policía y FFAA y otros)

Diálogo Nacional 2000 HIPC II Desembolsos anuales en forma automática, en cuotas mensuales iguales, calculadas al inicio de cada año, a tres cuentas fiscales. Una vez se apropien los recursos para cubrir los Ítems de Salud y Educación, Infraestructura Productiva y Social (índices de pobreza) Educación (matrícula estudiantil) Salud (percápita) 70% 20% 10% Horizonte de asignación de recursos (Aportes Anuales, Ley Nº 2235 de 31 de julio de 2001) 27.000.000 Sus 5.000.000 Sus 15 años Primer año

Ley Municipal, debe contar con un informe técnico favorable del MEFP Recursos Específicos (Propios) Recursos Específicos generados por los GAMs Propiedad de Inmuebles Propiedad de Vehículos Automotores Transferencias de inmuebles y vehículos Al consumo específico sobre la chicha de maíz. Afectación del medio ambiente por vehículos automotores Impuestos Tributarios Tasas y Patentes Por la prestación de servicios Por la actividad económica Ley Municipal, debe contar con un informe técnico favorable del MEFP Venta de Bienes y Servicios Derechos Multas y Sanciones Otras que resulten de la actividad propia de la municipalidad No Tributarios

Proyectos de Inversión Gastos de los GAMs FUNCIONAMIENTO 25% de CT+RP+HIPC (como base de cálculo) DE CAPITAL Proyectos de Inversión Actividades Recurrentes Elegibles Transferencias Servicio de la Deuda Disposición Transitoria Novena, Ley Nº 031

Gasto de funcionamiento FINANCIAMIENTO . Recursos Específicos Copart. Tributaria Rec. Específicos HIPC II 25% Funcionamiento CÁLCULO NOTA.- No se deben utilizar para el cálculo: Saldos de Caja y Bancos, Cuentas por Cobrar, Anticipos Financieros, ni los recursos provenientes de Patentes Forestales otorgadas por la ABT.

Gastos obligatorios por Norma Específica 30% del IDH (No Compensación) (Ley 3791 y D.S. Nº 29400) Renta dignidad 0,2% del IDH (No Compensación) (D.S. Nº 859) Fondo de Fomento a la Educación Cívico Patriótica =< 50.000 habitantes (Mínimo 5%) > 50.000 habitantes (Mínimo 10%) Previa deducción del 30% de la Renta Dignidad (no se incluye en el cálculo la Compensación del IDH) Seguridad Ciudadana CT, RE, HIPC, IDH (Ley Nº 602) Gestión de Riesgos CT , RE (Ley Nº 341) Participación y Control social CT, RE (Ley Nª 548) Defensa y Protección de la niñez y adolescencia 15,5% CT o su equivalente de IDH(Ley N° 475) Prestaciones de Servicio de Salud Integral CT, RE , IDH 10% de Seguridad Ciudadana (Ley Nº 348 y D.S. Nº 2145) Políticas de Género para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia Apoyo al Deporte 3% CT (Ley Nº 2770)

Gastos recurrentes por competencias Mantenimiento de Agua Potable Mantenimiento de Infraestructura Urbana Apoyo al Funcionamiento Red de Servicios de Salud Mantenimiento Alumbrado Público Mantenimiento caminos vecinales Apoyo Funcionamiento de Educación Mantenimiento y Equip. Unidades Educativas

PRESENTACIÓN DEL POA Y PRESUPUESTO 2016

1 2 3 4 5 Documentos a Presentar Nota de presentación firmada por el Alcalde, en original. 2 Norma de Aprobación (LEY MUNICIPAL) del Concejo Municipal (Original o copia legalizada). 3 Pronunciamiento de la instancia de Participación y Control Social (Original o copia legalizada). 4 El requerimiento de registro de proyectos de inversión debe ser remitido al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE) dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo. EN CASO DE NO PRESENTAR LEY MUNICIPAL 5 Los GAM´s deben registrar su Presupuesto de la Gestión 2016 en el SISTEMA DE GESTIÓN PÚBLICA - SIGEP.

Presentación POA y Presupuesto ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO Resumen Ejecutivo Base Legal Vigente Resumen del Análisis de la Situación y el Entorno Objetivos de Gestión articulados con los Planes de Desarrollo y sus Indicadores Pertinentes Programación de Operaciones para Alcanzar los Objetivos de Gestión. Formulario de Articulación POA – Presupuesto.

Presentación POA y Presupuesto Documentación Complementaria Planilla Presupuestaria Escala Salarial (Aprobada) Estructura Organizativa Vigente (Organigrama) Memorias de Cálculo de las estimaciones de recursos y gastos y cronogramas del servicio de la deuda (acreedores). Convenios y/o normativa legal que respalden créditos y donaciones , incluida la certificación de recursos del VIPFE. Documentación de respaldo de las transferencias por recibir y otorgar. Plan de Inversión con recursos del IDH Los proyectos del Programa Bolivia Cambia deben ser solicitados por la UPRE

RECOMENDACIONES IMPORTANTES

Recomendaciones Generales En la formulación del POA no se distribuyen recursos por habitante, se priorizan obras en el marco de la VISIÓN DE DESARROLLO. No se debe atomizar la inversión. PONER LEY MUNICIPAL Los proyectos deben inscribirse en el VIPFE en función a un perfil mínimo (carpeta), por tanto el presupuesto asignado debe permitir su ejecución.

Recomendaciones Generales Se deben realizar proyecciones de saldos de caja y bancos conservadoras, recordando que no se pueden realizar disminuciones de presupuesto. Los anticipos financieros, deben estar debidamente justificados y contar con sus respectivas proyecciones. DAR FORMATO La compra de vehículos debe contar con la autorización de la Máxima instancia resolutiva y requisitos establecidos en el D.S. N° 2063 de 23/07/2014

Otras Recomendaciones Los rubros 15900 (Otros Ingresos) y 13390 (Otros Impuestos) deben estar debidamente justificados. Las patentes forestales serán registradas de acuerdo a proyección de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierras (ABT) y no deben ser destinadas a financiar gastos de funcionamiento. La escala salarial debe ser aprobada expresamente. Las transferencias público privadas deben ser aprobadas por norma expresa.

Resolución Ministerial Nº 726 de 05/08/2014 Directrices para la Separación Administrativa de Órganos y Clasificación institucional de Entidades y Empresas Municipales Resolución Ministerial Nº 726 de 05/08/2014

Separación Administrativa de Órganos Ámbito de aplicación Obligatoria para GAMs con población mayor a 50.000 habitantes Para los otros GAMs ésta podrá ser de carácter progresivo en función de su capacidad administrativa y financiera. A través de la creación de Direcciones Administrativas (DAs) SIGEP - SIGMA SISTEMA OFICIAL DE GESTIÓN FISCAL La Máxima Autoridad Ejecutiva del Concejo solicitará la habilitación de un gestor de usuarios para la administración de: SICOES SISTEMA INTEGRADO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

Incorporando al CM, de acuerdo al modelo aprobado por el Órgano Rector Reglamentos Específicos Incorporando al CM, de acuerdo al modelo aprobado por el Órgano Rector El GAM elaborará un Reglamento Específico para cada sistema de Administración Gubernamental de la Ley Nº 1178, de acuerdo a los modelos aprobados con Resolución Ministerial Nº 20 de 15 de enero de 2015. Los Reglamentos Específicos serán consolidados y remitidos al Órgano Rector para su compatibilización y posterior revisión, aprobación e implementación. Para los 24 municipios con población mayor a 50.000 habitantes el plazo venció el 14 de abril. En tanto los GAMs no elaboren o aprueben sus Reglamentos Específicos, se utilizarán los vigentes a la fecha.

Características - Entidades Desconcentradas, Descentralizadas y Empresas Municipales No tienen Código Institucional No tienen Personería Jurídica No tienen Directorio No tienen Patrimonio (GAM) Independencia Adm., Fin., legal y Tec. La MAE es el Alcalde Formulan su Ppto. dentro la estructura del GAM mediante DAs diferenciadas. Tienen Código Institucional asignado por el GAM Tienen Personería Jurídica Tienen Directorio Tienen Patrimonio Propio Su independencia, está sujeta a su norma de aprobación La MAE la designa el Alcalde mediante norma de cada GAM Formulan su Ppto. en el mismo sistema del GAM al que pertenece. Se hallan constituidas con capital del GAM Tienen Código Institucional asignado por el GAM Su estructura empresarial estará sujeta a las normas de su creación y el desarrollo de sus actividades al control del GAM Tienen Directorio Deben realizar sus actividades con criterios de eficiencia económica y administrativa, y tener la capacidad de ser autosostenibles. Formulan su Ppto. en el mismo sistema del GAM al que pertenece*. ENTIDADES DESCONCENTRADAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS EMPRESAS PÚBLICAS

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