Expositor: Rodolfo Vela

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Transcripción de la presentación:

Expositor: Rodolfo Vela Legislación Laboral I El trabajador. Cargos de Confianza. Cargos de Dirección. Derechos y Obligaciones de los trabajadores Expositor: Rodolfo Vela

El Trabajador Es la persona natural que solo dispone de su energía física, llamada fuerza de trabajo o esfuerzo físico, quien careciendo de capital, ofrece esta energía a quien la emplee, a cambio de una retribución económica. En muchos casos, debido a que la necesidad de obtener un empleo es mucho mayor que las probabilidades de obtenerla, será la voluntad única del empleador quien establezca los derechos y obligaciones entre las partes, viéndose entonces en la disyuntiva de aceptar algunas condiciones unilaterales para acceder al puesto de trabajo. De allí surge la “Teoría de la Voluntad Viciada del Trabajador”.

Clases de Trabajadores Trabajadores Manuales Trabajadores Intelectuales Trabajadores Eventuales c.1 Contrato por Inicio o Incremento de Nueva Actividad (Art. 57º). c.2 Contrato por Necesidad de Mercado (Art. 58º). c.3 Contrato por Reconversión Empresarial (Art. 59º). d) Trabajadores Independientes e) Trabajadores Informales. SITUACIONES ESPECIALES.- El personal de dirección Los trabajadores de confianza

Clases de Trabajadores a) Trabajadores Manuales.- Desempeñan labores manuales o mecánicas, se valen de las manos o del esfuerzo físico. Se les denomina obreros y su contraprestación económica se denomina SALARIO. Están afectos a los derechos sociales. b) Trabajadores Intelectuales.- Despliegan actividad mental como parte principal de su prestación laboral. Se les denomina empleados y perciben una remuneración llamada sueldo. Están afectos a todos los derechos sociales. c) Trabajadores Eventuales.- Realizan una labor esporádica, temporal o eventual, no sujetos a permanencia ni estabilidad. El contrato de trabajo, en estos casos, es de naturaleza temporal y reviste 3 modalidades de contratación. d) Trabajadores Independientes.- Trabajan por su propia cuenta y riesgo, sin depender de un patrono o empresario. Pueden acogerse a la seguridad social a través de un seguro facultativo, a efectos de no quedar desprotegidos frente a cualquier contingencia en su salud con motivo del trabajo. e) Trabajadores Informales.- Trabajan al margen de la ley, pues no tributan al Estado y no tienen empleador que los supervigile. Su origen se debe a la falta de puestos de trabajo y antes de caer en el desempleo generan labores informales.

Personal de Dirección Es el personal que ejerce la representación general del empleador frente a otros trabajadores o a terceros o que los sustituye, o que comparte con aquél las funciones de administración y control y de cuya actividad y grado de responsabilidad depende el resultado de la actividad empresarial. Puede cumplir una jornada: A.- Jornada por Tiempo: Sujeto a fiscalización. B.- Jornada por Responsabilidad: No sujeto a fiscalización

Personal de Confianza Son los trabajadores que laboran en contacto personal y directo con el empleador o con el personal de dirección, teniendo acceso a secretos industriales, comerciales o profesionales y, en general, a información de carácter reservado de la empresa. Sus opiniones o informes son presentados directamente al personal de dirección, contribuyendo a la formación de las decisiones empresariales. En la designación o promoción del trabajador, la Ley no ampara el abuso del derecho o la simulación. La ley precisa la forma y requisitos para su calificación y los demás elementos concurrentes.

Efectos del cargo de Dirección o de Confianza 1. Se puede ampliar del periodo de prueba 2. No puede ejercer los derechos sindicales. 3. Están excluidos de la jornada máxima (salvo excepciones) Siempre que reúnan las condiciones siguientes: a. Percibir un sueldo elevado b. Ejercer exclusivamente la función asignada c. Gozar de marcada independencia.

Derechos de los Trabajadores GENERALES.- - Derecho al trabajo. - A la protección en la ley. - A la libertad de trabajo RELACIÓN LABORAL.- - Igualdad de oportunidades sin discriminación - Carácter irrenunciable a los derechos reconocidos - Interpretación favorable en caso de duda INDIVIDUALES.- - Derecho a una Remuneración equitativa y suficiente - Al pago de los beneficios laborales - A una Jornada Laboral limitada - Al Descanso semanal y anual remunerado - A la protección contra el despido arbitrario. - A la Participación en las utilidades COLECTIVOS.- - A la libertad Sindical - A la Negociación Colectiva - A la Huelga.

Obligaciones de los Trabajadores 1. Mostrar lealtad y buena fe laboral 2. Prestación personal del servicio, salvo excepciones. 3. Acatar las órdenes impartidas. 4. Uso adecuado y racional de los bienes de la empresa 5. Proteger las maquinarias, instalaciones, etc. 6. Cumplir la Jornada laboral y el horario establecido. 7. Cumplir el Reglamento Interno 8. Mantener reserva de la información del empleador