Acción jurisdiccional.

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Cheque. Tal vez no hayas utilizado nunca una letra de cambio o un pagaré, pero seguramente has utilizado el cheque: DEFINICIÓN. Título de crédito en virtud.
Acción jurisdiccional.
Transcripción de la presentación:

Acción jurisdiccional. Acción cambiaria Acción jurisdiccional. Es un derecho, facultad que tenemos las personas para solicitar a los órganos jurisdiccionales (jueces) que determinen quien tiene la razón en un litigio o reafirmar un derecho cuando no existe litigio, es la acción de acudir ante esos órganos a pedir que se aplique el derecho: Por ejemplo: Cuando una pareja se divorcia una de las partes puede solicitar al juez que se le otorgue una pensión alimentaria, ejercitando una acción ante el juez correspondiente.

Acción cambiaria Es la acción ejecutiva derivada de un título de crédito. Esto es que los pagarés, cheques, letras de cambio, traen aparejada ejecución, lo que significa que dan lugar a que se embargue al deudor en un juicio sumario (más rápido que el ordinario) para garantizar el pago de lo adeudado a través del remate de los bienes embargados, por tanto al acreedor le proporciona seguridad en el cobro del título de crédito. La acción cambiaria es directa o de regreso. Directa: Cuando vamos a cobrarle al deudor principal. de regreso: Cuando el cobro es de un deudor solidario en contra del deudor principal o de otros deudores solidarios.

Acción cambiaria ¿Entiendes lo que acabas de leer?

Acción cambiaria Vamos a ponerlo en “monitos” Acción cambiaria Directa. Deudor principal Acción cambiaria de regreso Acreedor Acción cambiaria Directa. Deudor solidario. Avalista.

Acción cambiaria Vamos a ponerlo en “monitos” Acción cambiaria Directa. Deudor principal Acción cambiaria de regreso Acreedor Acción cambiaria Directa. Deudor solidario Avalista. El acreedor tiene en contra de los deudores acción cambiaria directa. Pero si no le cobra al deudor principal sino al deudor solidario (avalista) y como éste último no es el que recibió el beneficio en principio, al avalista le queda contra el deudor principal la acción cambiaria de regreso.