La Clasificación Mexicana de Delitos y los delitos contra mujeres

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Transcripción de la presentación:

La Clasificación Mexicana de Delitos y los delitos contra mujeres Octubre2008

Antecedentes En el 2006 el INEGI, a solicitud de la Comisión Especial para Conocer y Dar Seguimiento a las Investigaciones Relacionadas con los Feminicidios en la República Mexicana de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, se comprometió a realizar varios proyectos orientados a tener mejores estadísticas sobre las diferentes formas de violencia que afectan a mujeres y niñas. 1 Entre ellos, destaca la realización de una nueva Clasificación Mexicana de Delitos (CMD). Se conformó un grupo de trabajo en el INEGI asesorado por la Mtra. Patricia Olamendi, quién diseñó el esquema jurídico que debía tomar la nueva clasificación. 1 Desarrollo de un registro electrónico de averiguaciones previas; actualización de la Clasificación Mexicana de Delitos; registro electrónico de las estadísticas de suicidios e intentos de suicidios; mejoramiento y mayor explotación de la información disponible de las muertes femeninas por causas violentas; Encuesta Nacional sobre Violencia de Pareja 2006.

Antecedentes Los trabajos se desarrollaron en el marco del Comité Técnico de Estadística e Información Geográfica del sector coordinado por la Secretaría de Seguridad Pública, específicamente en el subgrupo de trabajo “Catálogo de Delitos”.

Clasificación Mexicana de Delitos Revisar, actualizar y organizar los delitos en una nueva clasificación, considerando además la necesidad de visibilizar correctamente todos aquellos relacionados con la violencia contra la mujer Crear una herramienta útil a las diferentes instituciones que generan datos sobre el tema, con el propósito de generar información comparable Sistema Nacional de Información Estadística

Principios rectores Proponer una ordenación de los delitos con base en las distintas formas de la violencia en general y de género en particular. La clasificación debe ser flexible, para satisfacer las diversas necesidades de aplicación e información (esquemas jurídicos y analíticos) y suficientemente detallada para identificar cada uno de los delitos y, al mismo tiempo, permitir agrupaciones útiles y prácticas para la consulta de un amplio número de usuarios. Mantener, en la medida de lo posible, la comparabilidad con el Catálogo Único de Delitos.

Principios rectores Los nombres de las categorías deben responder al requisito de simplicidad y precisión. La clasificación tiene que ser revisada en periodos cortos para dar de alta nuevos delitos y en plazos más largos cuando se requiera revisar su estructura, se proponen dos actualizaciones por año.

Clasificación de delitos El desarrollo de esta clasificación implicó concebir un ordenamiento jerárquico de los delitos, teniendo presente la complejidad de la legislación penal mexicana. Para elaborarla se consideraron los 32 códigos penales del país, el Código Penal Federal y 36 leyes vigentes a julio de 2008. Esta clasificación y la documentación metodológica respectiva puede ser consultada en el Portal INEGI, en la sección “estadística”, en el apartado de clasificadores y catálogos sociodemográficos o a partir de un CD que se ha hecho con el sistema de consulta. http://www.inegi.gob.mx/est/contenidos/espanol/sistemas/pryCMD/defaul t.asp?c=11733&s=est

Base de datos de delitos Adicionalmente a la clasificación se generó una base de datos con la información de los delitos contenida en los códigos penales, ordenada conforme a la estructura de la CMD. Esta versión se puede consultar en la página en internet del INEGI o en un disco compacto. Esta base de datos contiene la descripción (definición, penalidad, agravantes, atenuante, etc.) de cada uno de los delitos contemplados en todos los códigos penales, en el Código Penal Federal y en diversas leyes federales. Lo anterior, hace posible analizar, para cada delito, sus similitudes y diferencias con el mismo delito de otro código penal. Esto muestra omisiones, discrepancias y contrastes, realmente graves. Posibilita la identificación de los códigos penales que consideran o no determinado delito.

Base de datos delitos contra las mujeres Los delitos seleccionados para la base de datos de “delitos contra las mujeres” corresponden a los diferentes tipos de violencia que se ejerce en contra de las mujeres: física, psicológica, sexual, económica y social. Estos se relacionan con privación de la vida, lesiones físicas o psíquicas, privación ilegal de la libertad, delitos sexuales, violencia familiar, incumplimiento de obligaciones familiares, entre otros. Para seleccionar los delitos se adoptaron los principios y derechos expresados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará) y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Heterogeneidad en los códigos El trabajo realizado ha mostrado que: En algunas legislaciones estatales, ciertos comportamientos o conductas no son consideradas delitos y en cambio en otros estados, sí lo son. Frente a una misma conducta delictiva, se observan diferentes penalidades, agravantes o atenuantes y otros elementos circunstanciales. En suma, la definición de cuáles son las conductas delictivas y cuáles son sus sanciones, agravantes, atenuantes y circunstancias, no es homogénea, varía de una entidad federativa a otra.

Contravenir disposiciones de convenciones internacionales La diversidad en el tratamiento y las penalidades de una misma conducta delictiva, llega a contravenir las disposiciones de otras leyes y convenciones internacionales: Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Convención Belém do Pará. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Subestimación en las estadísticas Al no considerar como delitos en los códigos estatales aquellos contemplados como tales en los convenios firmados por México y consignados en distintas leyes de otro orden jerárquico, además de mantener en la impunidad tales hechos y de tornarlos prácticamente inexistentes, no sólo en las entidades sino en todo el sistema de justicia mexicano, no sólo se abona en la ocultación del fenómeno, también se impide conocer la magnitud y la frecuencia de éstos y en consecuencia, los delitos estarán subestimados en las estadísticas nacionales.

Subestimación en las estadísticas Concretamente, en una entidad se reporta la existencia de “X” conducta como delito y en otra no se registra o no se reporta de modo idéntico, no porque la conducta no se presente, sino por su no tipificación en el código respectivo. Esto afecta a las estadísticas nacionales, las comparaciones entre estados y además, repercute directamente en los diagnósticos en que se sustentan diversas políticas públicas y en la toma de decisiones.

Perspectiva estadística Desde la perspectiva estadística, la situación descrita nos obliga a reconocer que la producción de indicadores sobre incidencia delictiva en general -y de delitos contra las mujeres en particular- está seriamente afectada por la falta de homogeneidad de los códigos penales del país, pilares de la Clasificación Mexicana de Delitos. En consecuencia, es importante reflexionar en torno a las medidas legislativas necesarias para que las entidades federativas armonicen sus códigos penales, de tal modo que se pueda avanzar para que las leyes den más garantía a la vida, la integridad y la seguridad de hombres y mujeres.

La publicación “Delitos contra las Mujeres” La publicación “Delitos contra las Mujeres” de Patricia Olamendi, es un producto derivado de la Clasificación Mexicana de Delitos, en la cual se muestra las grandes diferencias que hay entre los códigos penales de las entidades federativas y presenta una gran cantidad de evidencias que dan cuenta de la amplia diversidad de criterios con los que se ha legislado. También aborda las sanciones que le corresponden a cada delito cometido contra las mujeres y pone de manifiesto la omisión para sancionar determinas conductas en los códigos penales de las entidades federativas En el documento se destaca los aspectos más relevantes que contravienen los principios fundamentales de la ley, que están contenidos en los códigos penales de las entidades federativas, como un primer paso para hacer notar la violencia que se ejerce contra las mujeres, debido al incumplimiento de las convenciones.

Homicidio por infidelidad conyugal (Razón de honor)

Privación ilegal de la libertad con propósitos sexuales

Rapto

Violación entre cónyuges

Ejemplo El delito de aprovechamiento sexual sólo lo contemplan dos códigos penales: Guerrero e Hidalgo.

Importancia Con esta propuesta de clasificación el INEGI busca: Fortalecer la infraestructura estadística. Perfeccionar la estadística de delitos con el objeto de satisfacer las necesidades de información de los diferentes sectores de la sociedad. Lograr la comparabilidad de las estadísticas producidas por diversas instituciones en el país. Dar a conocer la diversidad de criterios penales utilizados por los legisladores para establecer las penalidades, las agravantes o atenuantes y otros elementos circunstanciales para un mismo delito. Contribuir en el trabajo que desarrollan los legisladores para alcanzar una armonización jurídica.

Los retos Que las instituciones relacionadas con la seguridad pública en los distintos órdenes de gobierno (la Secretaría de Seguridad Pública, el Poder Judicial de la Federación, la Procuraduría General de la República, las Procuradurías de Justicia de los estados) adopten la nueva versión de la CMD y realicen los ajustes necesarios para la implementación en sus procesos de generación de información y en sus reportes de gestión. Instrumentar la Clasificación Mexicana de Delitos en los diversos sistemas de generación de estadística en materia de seguridad pública e impartición de justicia. Que el Sistema Nacional de Información Estadística genere de manera permanente estadísticas integrales y de calidad que den cuenta sobre todas las formas de violencia, con especial énfasis en las que afectan a mujeres, niñas y niños.