MAESTRIA EN DESARROLLO Y DEFENSA NACIONAL

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Transcripción de la presentación:

MAESTRIA EN DESARROLLO Y DEFENSA NACIONAL TEMA - 2 SEGURIDAD EN EL CONTEXTO INTERNACIONAL (I) ASIGNATURA : SEGURIDAD Y DEFENSA CATEDRATICO: Dr. Andrés V. ACOSTA BURGA ABRIL-2012

B. SEGURIDAD EN EL CONTEXTO INTERNACIONAL (I) 1. SEGURIDAD COLECTIVA: ¿Viejo paradigma? Concepto: Según Cristian Leyton Salas° “La Seguridad Colectiva, se define como un tipo particular de construcción de una estrategia de acción combinada en la cual un grupo de Estados-Naciones se compromete a no atacarse entre ellos y a defenderse cada uno en contra de una agresión hacía cualquiera de ellos”. CRISTIAN LEYTON b. Origen y desarrollo del concepto: Concepto surge en Europa en el SXVII, cuando se consolidan Estados y forman bloques militares para afirmar en conquistas territoriales, su poder alcanzado y en el prestigio a mantener; para favorecer el comercio y otras actividades que ayuden su desarrollo económico. (º) Leytón: “Seguridad Cooperativa y Seguridad Colectiva . ¿Cohabitación de la disuación y la cooperación?”, Serie documentos, Nº 6, Mayo 2008, en observatorio, WWW.orpas,org, pág 6. ANDRES V. ACOSTA BURGA

En América, primer intento de constituir un bloque de naciones, sucedió en Panamá en 1826, que convocó a México, Guatemala, Perú y Colombia; cuando estos países aún no se habían fraccionado y eran una continuidad geográfica. Buscaron oponerse a otros bloques como los EEUU y Europa. El intento duró poco°. Fines SXIX (1889), Primera Conferencia Interamericana (EEUU), fin: lograr acuerdo de cooperación regional y de resolución pacífica de conflictos de Estados Americanos. Iniciativa se materializó en 1901, en la Segunda Conferencia (México), acordándose adherir al sistema de arbitraje internacional (Primera Conferencia Internacional sobre la Paz – La Haya). (º) Josep J. Kuntig: “La idea de la seguridad colectiva en desarrollo panamericano”, Wester Polítical Quarterly, Dic-1953, pág 658-679. ANDRES V. ACOSTA BURGA

En 1920, se forma Liga de Naciones, como bloque para evitar guerras. En 1945, la liga es sustituida por la ONU, que en su Carta (art. 42°) consideró que miembros del Consejo de Seguridad decidirían cuando era permitido tomar “acción colectiva militar” contra una agresión; y en su art. 45° obliga a Estados miembros a “habilitar al Consejo de Seguridad; de FFAA, asistencia y facilidades para mantener la paz y la seguridad internacional”. En 1947, surge el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), como un mecanismo de seguridad colectiva, en el cual Estados signatarios convinieron “que un ataque armado por parte de cualquier Estado contra un Estado americano, será considerado como un ataque contra todos los Estados americanos”. ANDRES V. ACOSTA BURGA

En 1948, Francia, Bélgica, Holanda, Luxemburgo y Reino Unido; firman el Tratado de Bruselas, por el cual creaban una alianza militar: Alianza Atlántica. En 1949, la Alianza Atlántica, con la adhesión de EEUU y otros países se convierte en la Organización del Tratado de Atlántico Norte (OTAN). En 1954, se creó bajo conceptos de seguridad colectiva la Unión Europea Occidental (UEO), para la defensa y seguridad de Europa; compuesta por los mismos países de la Alianza Atlántica más Alemania e Italia. Esta organización estuvo vigente pero no operativa y fue absorbida por la Unión Europea en aplicación del segundo Pilar del Tratado de la Unión Europea (TUE), que se refiere a la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) ANDRES V. ACOSTA BURGA

La UEO tiene 10 miembros natos, 6 asociados, 5 observadores y 7 socios. El 31 de marzo 2010 la UEO anunció su disolución tras entrada en Vigor del Tratado de Lisboa (Dic-2009) y desarrollo de la Política de Defensa en la UE. Las actividades cesaron en junio 2011. El Art. 42.7 del Tratado de Lisboa dice: “Si un estado miembro es objeto de agresión armada en su territorio, los demás Estados miembros deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance, de conformidad con el Art. 51 de la Carta de las Naciones Unidas” Art. 42.7 además rebautizó antigua Política Europea de Seguridad y Defensa (PESD) del Tratado de Ámsterdam, en Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) como vertiente operativa armada de la PESD ANDRES V. ACOSTA BURGA

c. Principios guías de la seguridad colectiva El principio de seguridad colectiva y la arquitectura institucional que lo amparó desde sus inicios, en cierta medida, abrazaron una visión ideal, global y compulsatoria de la seguridad, que presuponía un alto nivel de congruencia de niveles. Los momentos de sus principios fueron expuestos por Kupchan Ch. y Kupchan C.°, de la manera siguiente: 1° Formación de las instituciones y sus limitaciones para responder adecuadamente a las agresiones internacionales. 2° Exploración teórica de asuntos concernientes a la operacionalidad de la seguridad colectiva y su articulación con la noción de balance de poder, así como las condiciones que, bajo este esquema posibilitan la preservación de la paz. 3° Evaluación de la seguridad colectiva en la determinación de si debe o no ser concebida como un medio de preservación de la paz. (º) Kupchan, Charles y Kupchan Clifford: “La promesa de la seguridad colectiva”, International Security, 20:1, 1995, págs 52-61. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Aída Montero° señala que hay un divorcio entre el ideal conceptual y la práctica de la concreción de Seguridad Colectiva, sea por limitaciones impuestas por los Estados (más involucrados en luchas inter-hegemónicas), o por las debilidades estructurales de las organizaciones. Leyton, haciendo referencia a Wesley Fryer, señala que los obstáculos para edificar un sistema de seguridad colectiva en el hemisferio americano son: “no haberse desarrollado una percepción unificada de amenaza para la zona… establecerse como principio básico pero fundamental de la estrategia que un ataque contra uno constituye un ataque contra todos…” Así la respuesta colectiva única, post Guerra Fría, resulta impracticable por los cambios de escenarios internacionales y la falta de una estructura política-militar integrada y orgánica. (º) Montero: “Tratados sobre seguridad colectiva”, Fundación global, democracia y desarrollo, Santo Domingo, ed. FUNGLODE, 2005, introducción xviii. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Aunque la seguridad colectiva puede ser una alianza militar en que las respectivas fuerzas idealmente se preparan permanentemente para actuar de manera conjunta y combinada; esto en la práctica no es forzoso. La seguridad colectiva se basa en el reconocimiento de estructuras formales, jurídicas y políticas para el mantenimiento de la paz internacional; pero cuya respuesta colectiva se expresa más en una postura política-estratégico-disuasiva, que den sustento a un sistema defensivo creíble; que impida al que intenta agredir, evitar su acción, al evaluar los daños que recibiría versus los beneficios que obtendría. ANDRES V. ACOSTA BURGA

2. SEGURIDAD COOPERATIVA: ¿Un nuevo modelo de Seguridad Estratégica? a. Orígenes: David A. Hardy Videla (C d F “Ch”) Sus fundamentos filosóficos datan del SXVII, cuando E. Kant señaló “la ley de las naciones se debe basar en una federación de Estados Libres”. Sus conceptos teóricos se desarrollan durante décadas 70’s y 80’s del SXX, en Europa, hasta fin de Guerra Fría: Modelo se aplicó a comienzos de 1973 en Conferencia para la Seguridad y Cooperación Europea (CSCE), aunque ésta organización se creó como Sistema de Seguridad Colectiva. Buscaba neutralizar cualquier conflicto o agresión que ocurriera entre miembros. En 1994 CSCE deriva en Organización para la Seguridad y Cooperación Europea (OSCE), recogiendo experiencias y se institucionaliza como sistema de seguridad cooperativa. ANDRES V. ACOSTA BURGA

La OTAN desde los 90’s también fue cambiando y desarrollándose como un sistema estratégico de Seguridad Cooperativa y se fueron madurando los conceptos teoréticos sobre la cooperación en seguridad. (4) La idea general que predominaba por esas épocas era cambiar el modelo de seguridad basado en la “confrontación”, por otro basado en la “cooperación”. ANDRES V. ACOSTA BURGA

b. Conceptos Teóricos (1) Definiciones iniciales En 1992, Ashton Carter, William Perry y John Steinbruner desarrollan para The Brooking Institution, trabajo “A new concept of Cooperative Security”. En 1993, Janne E. Nolan esboza concepto: “El empeño corporativo es un principio estratégico que busca alcanzar su propósito a través del consenso institucionalizado en lugar de la amenaza de coerción física o material. Presupone fundamentalmente objetivos de seguridad compatibles y busca establecer relaciones colaborativas en lugar de confrontacionales entre los establecimientos militares nacionales”. En 1994, Nolan edita “Global Engagement: Cooperation and security in the 21st century”, consolidando conceptos. Ashton Carter Janne E. Nolan ANDRES V. ACOSTA BURGA

Trabajos se convirtieron en base teórica para estudios posteriores. En la práctica, la Seguridad Cooperativa busca acuerdos entre Estados sobre base de medidas para prevenir guerra entre ellos. La estrategia de Seguridad Cooperativa cambia de la “preparación para contrarrestar amenazas a la prevención de que ellas surjan”. Establece dos principios para uso legítimo de la fuerza: Defensa del propio territorio, único y exclusivo objetivo militar nacional. Proyección del poder nacional subordinado a restricciones impuestas por consenso internacional. ANDRES V. ACOSTA BURGA

(2) Evolución del concepto La Seguridad Cooperativa supone que objetivos de seguridad de socios han sido identificados como comunes y compatibles, que facilitan cooperación para alcanzarlos. En 1995, Paul Stares del Brookings lo define como: “La creación de un ambiente de seguridad estable y predecible a través de la regulación mutua de las capacidades militares y los ejercicios operativos que generan o pueden generar desconfianza e incertidumbre” (en Revista Militar Nº 732, Buenos Aires, Abr-Jun 1995, Pág. 25). PAUL STARES ANDRES V. ACOSTA BURGA

En 2001, Michael Mihalka, del Centro Europeo para Estudios de Seguridad “George C. Marshall”, define Seguridad Cooperativa como: “Aquellos esfuerzos sostenidos desarrollados entre Estados para reducir la probabilidad de guerra o de sus consecuencias en caso de ocurrir, los cuales no son dirigidos contra un Estado o grupo de Estados específicos” (“Cooperative Security: From Theory to Practice” en “Cooperative Security: New Horizonts for International Order”, Papers Nº 3). Esta tercera definición refleja: que debe ser actividad sostenida en el tiempo; y se abandona la acción unilateral (dilema de la seguridad) reforzando necesidad de cooperar con otros como mejor opción para aumentar propia seguridad. ANDRES V. ACOSTA BURGA

(3). Semejanzas y diferencias entre las Seguridades (3) Semejanzas y diferencias entre las Seguridades Colectivas y Cooperativas Ambas trabajan hacia el interior de la organización, buscando como meta la seguridad entre los miembros de ésta. Diferencia es que la cooperativa actúa antes, previniendo surgimiento de conflictos; y la colectiva actúa neutralizando el conflicto una vez surgido. Ambas estrategias de seguridad no son excluyentes ni opuestas entre sí, son complementarias. Ambas no implican desarmes. ANDRES V. ACOSTA BURGA

(4) La Defensa Colectiva La Defensa Colectiva se preocupa de protección de miembros hacia exterior de organización, defenderlos de agresión proveniente de actor ajeno al sistema. Ejms. de organización de Defensa Colectiva: OTAN y Unión Europea Occidental (UEO). (5) Diplomacia Preventiva: Según Leyton puede definirse como: “la puesta en práctica del llamado arte de la negociación política, que tiene como objetivo principal la gestión pacífica de los conflictos…” ANDRES V. ACOSTA BURGA

(6) Sistemas de Seguridad Comunitarios en las Relaciones Internacionales (los cuatro modelos) ORIENTACION CON RESPECTO A LA AGRESION (MOMENTO) PREVENTIVA (Antes del inicio de la agresión) REACTIVA (Posterior o al inicio de la agresión) ORIENTACION CON RESPECTO AL SISTEMA (AMBITO) HACIA EL INTERIOR SEGURIDAD COOPERATIVA - Colaborativa - Consensual 2) SEGURIDAD COLECTIVA Confrontacional Disuasiva HACIA EL EXTERIOR 3) DIPLOMACIA PREVENTIVA Consensual Consultiva Medios no militares 4) DEFENSA COLECTIVA Medios militares ANDRES V. ACOSTA BURGA

SEGURIDAD COOPERATIVA c. Modelo ampliado de Seguridad Cooperativa (“Los cuatro anillos” de Richard Cohen) PROMOCION DE ESTABILIDAD (4) DEFENSA COLECTIVA (3) SEGURIDAD COLECTIVA (2) SEGURIDAD HUMANA (1) SEGURIDAD COOPERATIVA ANDRES V. ACOSTA BURGA

d. Seguridad Cooperativa y las Naciones Unidas ONU en Cap VIII “Acuerdos Regionales”, promueve conformación de organizaciones o Acuerdos Regionales para lograr arreglos pacíficos de controversias locales, como instancia previa al Consejo de Seguridad. Conforman estrategia preventiva y/o reactiva ante surgimiento de conflictos que atentan contra seguridad internacional. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Arreglo pacífico de controversias. De acuerdo a ONU, la defensa y la seguridad internacional se rigen por criterios: Arreglo pacífico de controversias. Empleo de la fuerza sólo en caso de defensa. Legitimidad de la defensa colectiva. Construcción multilateral de la paz. Conformación de sistemas de seguridad regionales. Principio de “indivisibilidad de la seguridad” (seguridad integral). (4) ONU es un sistema de Seguridad Colectivo que tiende a constituirse como una organización tanto de Seguridad Colectiva como Cooperativa. ANDRES V. ACOSTA BURGA

e. Estructurando el Modelo de Seguridad Cooperativa La seguridad cooperativa plantea que “la guerra es evitable” pero reconoce que “el conflicto entre los Estados es inevitable” (visión liberal-idealista). Disputas entre Estados pueden y deben mantenerse dentro de “límites acordados y procedimientos establecidos”, evitando que conflicto desencadene en guerra. Hay sin embargo otra visión realista sobre la seguridad cooperativa, que señala que aunque posibilidades de cooperación en seguridad no son imposibles, éstas serían estrictamente limitadas, debido a que Estado que la adopte tendría que tener buena posición relativa con respecto a los demás. ANDRES V. ACOSTA BURGA

SEGURIDAD COOPERATIVA (4) Como modelo de Poder (Frederick Hartmann en “las relaciones internacionales”, Instituto de Publicaciones Navales, 3ra Edición, Buenos Aires, 1998, Pág. 13-17) FREDERICK HARTMANN UNILATERISMO BALANCE DE PODER SEGURIDAD COLECTIVA GOBIERNO MUNDIAL IMPERIO MUNDIAL SEGURIDAD COOPERATIVA ANDRES V. ACOSTA BURGA

f. Estructura teórica para un Sistema de Seguridad Cooperativa (criterios) Visión y voluntad de futuro común compartido: * En seguridad y desarrollo. * Intereses comunes por encima de intereses nacionales. (2) Reconocer principios comunes: En seguridad humana, que implica aceptar un grado de intervención en asuntos internos de otro Estado asociado Renuncia a empleo de fuerza militar como estrategia contra Estados asociados, respetando actuales fronteras y compromisos de no modificarlos por la fuerza. Aceptar indivisibilidad de la seguridad (esta es integral). ANDRES V. ACOSTA BURGA

(4) Políticas y estrategias de seguridad comunes y coherentes (3) Identificar y definir amenazas riesgos y oportunidades que sistema enfrentaría: Incluir las que surjan de transformaciones sociales, políticas y económicas de la región. Evaluar posibilidades de derivación de conflictos en periferia a la región. Promover estabilidad. (4) Políticas y estrategias de seguridad comunes y coherentes Elaboradas basándose en consensos internos que den legitimidad y continuidad. Ser integrales y concordantes entre Estados asociados, servir de base jurídica para formular estrategia cooperativa. Identificar compromisos con seguridad regional y paz internacional. Adecuadamente difundidas interna y externamente. ANDRES V. ACOSTA BURGA

(5) Bases técnicas y jurídicas Acuerdos y convenios que den formalidad al régimen establecido. Incluir normas consensuadas para afrontar conflictos que surjan (Medidas de Confianza Mutua, Tratados de no proliferación de armas, inversiones en defensa). Herramientas jurídicas de Conciliación y Arbitraje entre asociados para prevenir conflictos. (6) Institucionalización y permanencia Estructura órganos interestatales permanentes con funciones de planificación, coordinación, ejecución y control de medidas e instrumentos acordados. Órganos deben ser de naturaleza participativa con relación permanente y vinculante. Se aceptarán mecanismos bilaterales entre Estados, como pasos iníciales. Aprovechar estructuras pre existentes. ANDRES V. ACOSTA BURGA

(7) Reestructuración y cooperación de medios de defensa (condiciones) Reconversión de estructuras militares, redefiniendo roles y misiones, desarrollando interoperabilidad entre asociados. Regular capacidades ofensivas residuales para empleo colectivo y orientación defensiva de fuerzas destinadas a protección territorial. Reconversión de estructuras militar-industrial, regulando capacidades y futuros desarrollos hacía empeños comunitarios y comercio internacional de armas. Discusión, análisis y acuerdos de las actividades militares inusuales. Intercambio de información sobre sistemas militares. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Compromiso con la Seguridad Colectiva global (ONU). Conformar componente de Mando y control permanente para operaciones militares combinadas. Centralizar y coordinar actividades vinculadas a control de armamento, desarme y medidas de construcción de confianza. Esfuerzos coordinados en materia de no proliferación de armas prohibidas. Incrementar cooperación militar entre Estados, visando estructurar un posible órgano permanente para el sistema de Defensa/Seguridad Colectiva. Compromiso con la Seguridad Colectiva global (ONU). ANDRES V. ACOSTA BURGA

(8) Reducidas asimetrías de poder Viabilidad de seguridad cooperativa es mayor cuando se organiza en torno a Estados cuyas diferencias en todos los campos son mínimas. Asociación implicará ceder ciertos poderes, de ahí que Estados con superioridad sean mas reticentes a hacerlo. (9) Abarcativa y expansiva Abarcativa dentro de la región y con capacidad de expandirse para incorporar nuevos miembros que acepten normas. Dejar en claro que requisitos existen para incorporarse al sistema cooperativo. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Conclusiones sobre Seguridad Cooperativa Como modelo teórico de seguridad estratégica y de relaciones internacionales, aún no cuenta con definición clara y consensuada. Mutación: desde ser alternativa a seguridad colectiva, complementaria a esta y hasta ser abarcativa. Habrán diferencias entre el concepto teórico con el posible modelo de seguridad estratégica que pudieran adoptar los países para alcanzar sus intereses. Modelo debe adaptarse a cada realidad regional. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Modelo es más viable entre Estados liberales, aunque realismo político será siempre influyente. Materialización del modelo se potencia si se construye sobre estructura organizacional ya existente y que este funcionando con criterios básicos. Asimetrías, diversidad de valores, percepciones e intereses nacionales coincidentes, facilitan que sistema se inicie por bloques regionales. Requiere integrar medidas de Seguridad Colectiva y de Defensa Colectiva. ANDRES V. ACOSTA BURGA

h. Tratado Interamericano de Asistencia Reciproca (TIAR) y la Seguridad Cooperativa El TIAR inicialmente mantuvo concepto de “Estado de Seguridad Nacional”, orientado a la defensa militar y la seguridad interna (militarización de la Política Internacional). Con fin Guerra Fría, multipolaridad económica y política, resurgimiento de nacionalismos y conflictos regionales/locales; se comienza a redefinir concepto: (a) Primero, desmilitarizar la Política internacional. (b) Segundo, pérdida de interés en conformar fuerza interamericana de paz. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Democracia y autodeterminación serán pilares de paz interamericana. Aunque Fuerza Armada será secundaria, continuará siendo necesaria en la medida que intereses nacionales sigan considerándose como necesidad de seguridad (protección). Democracia y autodeterminación serán pilares de paz interamericana. Continúa vigente seguridad colectiva internacional, pero ONU promueve acuerdos regionales cooperativos. En Sudamérica hay bloques regionales débilmente estructurados. Integración económica a través de TLC’s liderará otras integraciones (economías de mercado), aunque integración política pareciera que estuviera liderando (democracias). ANDRES V. ACOSTA BURGA

- Mantenimiento de la paz (OMP) - Desarrollo económico y social (6) Se busca construir un nuevo sistema de seguridad estratégica interamericana, en base a conformar núcleo de intereses comunes y compartidos: - Mantenimiento de la paz (OMP) - Desarrollo económico y social - Consolidación de las democracias - Defensa de los Derechos Humanos. (7) Un proceso de transición se configura desde la Seguridad Nacional a la Seguridad Humana como parte de una Seguridad Integral. ANDRES V. ACOSTA BURGA

(8) Algunas características del nuevo paradigma de seguridad interamericana: Política de Seguridad Integral (más allá de una dimensión militar). Política y medios proporcionales a la amenaza realmente existente. Política de seguridad diseñada para no provocar a ningún País. Viejo paradigma, que generaba carrera armamentista, debe cambiar hacia modelos de defensa con capacidad disuasiva. Entender que seguridad se obtiene por cooperación y no por confrontación/competencia. Propósito de organización de seguridad deberá ser preservar la paz, resolución pacífica de conflictos y prevenir uso de la fuerza (diplomacia preventiva). Empleo de poder militar debe ser último recurso para poner fin a un conflicto. ANDRES V. ACOSTA BURGA

(9) Nueva Seguridad Cooperativa Interamericana (principales elementos): Comenzar con “diplomacia preventiva” para prevenir conflictos. Armonizar Políticas de Defensa Nacional de los Estados con Acuerdos de integración global y regionales. Redefinir roles de Fuerzas Armadas en el marco de seguridad cooperativa. Establecer mecanismos de control del desarrollo bélico garantizando equilibrio entre las Naciones y evitando surgimiento de tensiones. Propiciar la transferencia de tecnología para buscar disminuir asimetrías y minimizar costos en adquisiciones bélicas. Propiciar participación en operaciones para mantenimiento de la paz combinadas. ANDRES V. ACOSTA BURGA

(10) Conclusiones El TIAR y sus intentos de reforma no han funcionado, y no son un instrumento eficaz para la solución pacífica de conflictos, inoperante para afrontar retos del SXXI. Nuevas tendencias de seguridad colectiva en el hemisferio están diversificando mecanismos: aspectos que no implican uso de la fuerza, empleo de canales informales, protección de derechos humanos, asistencia humanitaria, vigilancia de elecciones, administración de procesos de solución de conflictos, entre otros. Se debe pasar de una visión de Seguridad Nacional a otra de Seguridad Integral. La seguridad cooperativa hemisférica debe considerar elementos propuestos. Dejar de lado el TIAR y buscar nuevo instrumento de seguridad estratégica hemisférica orientado a la Seguridad Cooperativa. ANDRES V. ACOSTA BURGA

i. Algunos cuestionamientos a la Seguridad Cooperativa Hemisférica (1) De Alejandro Deustua (Oct. 2003, contexto.org) TIAR es una suerte de antecesor del concepto moderno de “regionalismo abierto”. En materia económica, el regionalismo abierto, es considerado fundamental para el buen funcionamiento del sistema multilateral de comercio. En materia de seguridad, TIAR se complementa con Consejo de Seguridad de ONU, para buen funcionamiento de seguridad colectiva regional y global. A . DEUSTUA ANDRES V. ACOSTA BURGA

TIAR se rige por el principio de solidaridad continental, en cambio el concepto de seguridad cooperativa que propone Comisión de Seguridad Hemisférica de OEA (órgano permanente desde 1995) deja a Estados que evalúen su grado de participación en la respuesta según se perciba la amenaza. Seguridad Cooperativa, así diseñada, no sería aplicable en “agresión indirecta” de la amenaza no convencional o de amenazas globales. ¿Como funcionaría el “principio de no intervención”; si el propio Estado afectado solicita apoyo para enfrentar amenazas internas, contra sistema político por ejemplo?. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Necesidad de redefinir el TIAR, no sustituirlo, a través de: Racionalizar rol del país/países hegemones para disminuir asimetrías. Desarrollar capacidades de seguridad regional Disminuir dependencia de país/es hegemones. Proyectar hacia OMP extracontinentales. Concepto de Seguridad Integral considera tantas variables que por su magnitud, diversidad y volumen; la harán ineficiente o ineficaz en su aplicación. Concepto de Seguridad Humana es reduccionista, asumiendo que individuo es el Centro de Seguridad del Estado (verdad a medias del liberalismo político extremo), no considerando que hay ámbitos (interno y externo) difíciles de conciliar. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Seguridad Colectiva no define cual es el sujeto a proteger: ¿es el individuo, es la sociedad, es el Estado? El estado debe ser el bien público a proteger. En definición de amenazas se es profuso y se incluyen además términos como “preocupaciones” y “desafíos”. Aunque se resguardan soberanías nacionales, en el desarrollo de concepto de Seguridad Cooperativa hemisférica, se deja de lado el principio de solidaridad continental, al estilo europeo de la OSCE en lugar de la OTAN. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Una respuesta tal vez puede estar en desarrollar sistema de seguridad colectiva latinoamericana, con un umbral cooperativo bajo, con implementación de medidas de confianza mutua. Otra respuesta sería ir hacía una alianza hemisférica, con el hegemón liderando la institucionalización de la misma, para el planeamiento combinado-conjunto, despliegue de tropas y Comando Central; así como cesión relativa de soberanía por Estados menores. Una tercera respuesta es mejorar el actual TIAR, fortaleciendo las instituciones vigentes de la OEA, normar o racionalizar trato respecto al principio de no intervención y mayor coordinación con ONU para las opns de Manto de la Paz. ANDRES V. ACOSTA BURGA

Hay desacuerdos en los aspectos siguientes: (2) De Pablo Celi (Resdal, marzo 2004) Hay desacuerdos en los aspectos siguientes: Extensión del concepto de seguridad (multidimensional). Caracterización y alcance de las amenazas (desde militares hasta medioambientales) Dilemas: medios coercitivos o de cooperación, en aras de seguridad. Soberanía nacional limitada en la Seguridad Cooperativa (relativización de riesgos militares). Institucionalidad de cooperación militar y de defensa (con JID o sin ella). ANDRES V. ACOSTA BURGA

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