El Consultor Ambiental y el marco legal

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Transcripción de la presentación:

El Consultor Ambiental y el marco legal Módulo VIII.- Permisos Ambientales Objetivo.- los participantes serán capaces de tramitar y adquirir permisos ambientales y licencias ambientales Contenido mínimo: Control de Calidad Ambiental; Evaluación Impacto Ambiental; Procedimientos en el CCA y en el EIA; Inspección y Vigilancia Ambiental; Licencias de Funcionamiento y Ambiental en el RASIM; documentos, tramites y inscripción en el RENCA

Dinámica practica de la Gestión Ambiental Consultor ambiental.- Registro, oferta de Servicios y gestión R. L. y la AOP.- Contratación, gestión y adecuación. Unidad. Ambiental.- HAM o OSC, análisis, evaluación, Obs. Informe. AAC.- Evaluar, observar, complementar, categorizar, aprobar y emitir. Adecuación Ambiental de la AOP.- Monitoreo, control ambiental, infracciones administrativas.

Control de Calidad Ambiental C. P. E.- Art. 7 Derechos fundamentales de las personas Inc. a) derecho a la vida, la salud y la seguridad Objetivo de la ley 1333.- protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales regulando la acción del hombre con relación a la naturales y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población. Art. 17.- Es deber del estado y la sociedad, garantizar el derecho que tiene toda persona y ser viviente a disfrutar de un ambiente sano y agradable en el desarrollo y ejercicio de sus actividades. Art. 18.- El control de la calidad ambiental es de necesidad y utilidad pública e intereses social. La Secretaria Nacional y Departamental del Medio Ambiente promoverán y ejecutarán acciones para hacer cumplir con los objetivos del control de calidad ambiental.

Objetivos del Control de Calidad Ambiental Preservar, conservar, mejorar y restaurar el medio ambiente y los recursos naturales a fin de elevar la calidad de vida de la población. Normar y regular la utilización del medio ambiente y los recursos naturales en beneficio de la sociedad en su conjunto. Prevenir, controlar, restringir y evitar actividades que conlleven efectos nocivos o peligrosos para la salud y/o deterioren el medio ambiente y los recursos naturales. Normar y orientar las actividades del Estado y la sociedad en lo referente a la protección del medio ambiente y al aprovechamiento de los recursos naturales a objeto de garantizar la satisfacción de las necesidades de la presente y futuras generaciones.

Documentos ambientales del CCA Manifiesto Ambiental.- Plan de Adecuación Ambiental.- Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental.- Análisis de Riesgo y Plan de contingencias. Declaración de Adecuación Ambiental.- Auditorias Ambientales.-

Procedimiento en el Control de Calidad Ambiental Elaboración del Manifiesto Ambiental y presentación en 5 ejemplares. OSC o GM- revisa y elabora informe en 30 días. Si requiere enmiendas y complementaciones 15 días adicionales (por una sola vez). En caso de incumplimiento de los plazos, pierde competencia, y a solicitud de R. L. la AAC revisa directamente(30 días). Repercusiones transectoriales – en 2 días solicitará a la AAC (3) la conformación de grupo de trabajo con plazo establecido. Remite informe en 15 días, vencido este plazo ya no podrá emitir informe.

Procedimientos de CCA ante la AAC Revisa, evalúa (30) el informe del MA Si requiere complementaciones o enmiendas (30 corre a partir de la recepción de las enmiendas) por una sola vez. Aprueba o rechaza el MA, si aprueba emite la Licencia Ambiental. Si incumple los plazos, el R. L. solicitará la DAA sin mas trámite y la AAC emitirá en 3 días. Homologación.- 20 días MDSP, caso contrario quedará homologada.

Instrumento normativos de la gestión ambiental De regulación directa de alcance general: RGGA, RPCA, RMCA, RMCH, RASP, RGRS, RASIM, RAAM, RASH y otros. De regulación de alcance particular: preventivos.- FA, PMM, PASA, EEIA, DIA, CD. Normas de calidad ambiental, descargas de efluentes y emisiones a la atmósfera. Correctivos.- MA, PAA, PASA, PMM, DAA. De control.- Permisos, inspecciones y auditorias Económicos de regulación ambiental.- Cargos de emisiones, al producto y por servicios públicos, permisos negociables, seguros ambientales.

Evaluación de Impacto Ambiental Art. 24.- Conjunto de procedimiento administrativos, estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de una AOP, puede causar sobre el medio ambiente. Art. 25.- Toda AOP con carácter previo a su fase de inversión debe contar obligatoriamente con la identificación de la categoría de EIA Niveles de categoría.- I, II, III y IV. I.- EEIA analítico integral-todos los factores del sistema ambiental.(físico, biológico, socio-eco, cultural, jurídico-inst.) II.- EEIA analítica específica-estudio detallado en uno o más factores del sistema ambiental. III.- PASA. IV.- C. D. Art. 17 final

Objetivos del EIA Identificar y predecir los impactos que una AOP pueda ocasionar cobre el medio ambiente y la población. Establecer mediadas necesarias para evitar o mitigar los impactos negativos e incentivar los positivos. Aplicar los instrumento preventivos a través de los procedimientos administrativos, estudios y sistemas técnicos establecidos en reglamentos.

Documentos ambientales de EIA FA.- Documento Técnico Inicio del proceso del EIA, constituye el instrumento técnico de la categorización. EEIA.- Estudio destinado a identificar y evaluar los potenciales impactos que puede causar una AOP, con el fin de establecer mediadas para evitar , mitigar y controlar. PPM.- PASA.- 32 rpca DIA CD

Contenido del EEIA Descripción de la AOP, sus objetivos, justificación del sitio y alternativos; diagnostico del estado inicial del ambiente; identificación y predicción de los impactos (participación ciudadana). Análisis de riesgo y plan de contingencias; evaluación de los impactos considerando los factores ambientales. Programa de prevención y mitigación; estimación de costos de medidas de prevención y mitigación; análisis de los impactos socio-económicos y costo beneficio de la AOP. PASA; programa de cierre de operaciones y restauración del área

Procedimiento en la EIA Elaboración de la Ficha Ambiental y presentación en 5 ejemplares. OSC o GM- revisa y elabora informe de categorización en 10 días. Si requiere enmiendas y complementaciones 10 días adicionales (por una sola vez). En caso de incumplimiento de los plazos, pierde competencia, y a solicitud de R. L. la AAC revisa directamente(10 días). Repercusiones transectoriales – en 2 días solicitará a la AAC (3) la conformación de grupo de trabajo con plazo establecido. Remite informe en 10 días, vencido este plazo ya no podrá emitir informe.

Procedimientos de la EIA ante la AAC Revisa el informe, aprueba o modifica la categoría (10), y avisa al R. L. o Consultor Si requiere complementaciones o enmiendas, notificará al R. L., con todas las observaciones por una sola vez., aclarada o completada las observaciones tiene 5 días categorizar. Si incumple los plazos, la categoría quedará automáticamente aprobada, la consignada en el informe Si rechaza la categorización otorgará otra categoría con la debida fundamentación técnica legal.

Procedimiento de la EIA para el EEIA El R. L. debe presentar el EEIA en 12 meses; si es categoría III deberá presentar el PMM y PASA en 6 meses e iniciar la implementación del proyecto. Tiempo adicional.- solicitara por escrito ante la AAC, presentando el EEIA actualizado y si es Categoría III deberá reiniciar el llenado de la FA. Toda persona que se creyere afectada con la categorización, rechazo del EEIA o MA podrá apelar en 5 días ante el superior jerárquico

Procedimiento en la PPM y PASA Presentará las medidas de mitigación y el PASA en 4 ejemplares. OSC o GM- revisa en 15 días y remite dos ejemplares a la AAC. Si requiere enmiendas y complementaciones 15 días adicionales (por una sola vez). En caso de incumplimiento de los plazos, pierde competencia, y a solicitud de R. L. la AAC revisa directamente(15 días). Repercusiones transectoriales – en 2 días solicitará a la AAC (3) la conformación de grupo de trabajo con plazo establecido. La AAC aprueba el PMM y PASA y otorga el Certificado de Dispensación en 15 días .

Aprobación del EEIA El RL presentará el EEIA 5 ejemplares. Si es analítico integral 30 días y si es especifico 20 días OSC o GM- revisa en 15 días y remite dos ejemplares a la AAC. Si requiere enmiendas y complementaciones 20 días adicionales (por una sola vez). En caso de incumplimiento de los plazos, pierde competencia, y a solicitud de R. L. la AAC revisa directamente(30 días). Repercusiones transectoriales – en 2 días solicitará a la AAC (3) la conformación de grupo de trabajo con plazo establecido. La AAC aprueba el 30 días y otorga la licencia ambiental. apelación,.- toda persona que se considera afectada con la categorización o rechazo.5 días para apelar,10 días termino de prueba,10 días para resolución

RENCA Testimonio, poder del RL, certificado de inscripción al RUC, certificado del RNC, título provisión nacional y curriculum equipo multidisciplinario, experiencia certificada de la formación en medio ambiente, logotipo y boleta de deposito. Título en provisión nacional, curriculum certificada de la formación y experiencia en medio ambiente, Certificado del registro del colegio, áreas en que el consultor trabaja, 3 fotografías y boleta de deposito. Depósito Bco. de la Unión, Cta. BID 629/OC-BO-DNCCA No. 1-294582, consultoras $us. 80, consultores $us. 30, nota dirigida al DNCCA, emisión del certificado en 20 días