“Programas del Área Técnica Operativa”

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La inscripción del aspirante está sujeta a la presentación de original y copia simple de la siguiente documentación: a) Ficha de solicitud de ingreso.
Transcripción de la presentación:

“Programas del Área Técnica Operativa” Q.F.B. Beddy E.Sosa Altamira Técnico Operativo DGETI-Yucatán Octubre, 2010

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR OBJETIVO.- Establecer las Normas de carácter Técnico Operativo de Servicios Escolares de los planteles de Educación Media Superior. NORMAS GENERALES.- Las presentes normas son de observancia obligatoria para las personas involucradas en los procesos de Servicios Escolares. El responsable del Área de Servicios Escolares de la Unidad Administrativa y de Planteles son los encargados de COORDINAR y SUPERVISAR la aplicación y operación de estas normas. Es responsabilidad del DIRECTOR y del RESPONSABLE DEL ÁREA DE SERVICIOS ESCOLARES de los planteles la aplicación y operación de estas normas.

Normas de CONTROL ESCOLAR Es obligación del DIRECTOR DEL PLANTEL entregar en tiempo y forma la documentación correspondiente a cada proceso, así como vigilar el pleno derecho a la Educación. El plan de estudios de la modalidad escolarizada en los planteles está estructurado en 6 semestres aunque el tiempo para cubrirlo puede variar: como mínimo 2 años y como máximo 5 años. Estas normas entran en vigor a partir del inicio escolar 2010-2011. INSCRIPCIÓN.- En la inscripción del aspirante que cursó educación secundaria en un subsistema diferente a los que imparte el sistema educativo nacional, es requisito indispensable que presente RESOLUCIÓN DE EQUIVALENCIA (Aspirantes Nacionales) o REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS (Para Extranjeros)

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR Los alumnos extranjeros deberán presentar el comprobante de estancia legal en el país expedido por la Secretaría de Gobernación. REINSCRIPCIÓN: La reinscripción es semestral en los planteles públicos de la modalidad escolarizada, de acuerdo al siguiente cuadro:

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR RESOLUCIÓN/CONDICIÓN ACADÉMICA EN EL BT NO ACREDITADO (AS) TOTAL ASIGNATURAS MÓDULOS Se reinscribe 1 2 No se reinscribe * 3 * No se reinscribe a cursos semestrales o recursamiento semestral, sin embargo puede inscribirse en las opciones estipuladas para regularizar la situación académica, como evaluaciones extraordinarias o cursos intersemestrales.

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR El área de servicios escolares deberá verificar antes de realizar la inscripción, el tiempo para regularizar la situación académica del alumno con adeudo de UAC, (UNIDADES DE APRENDIZAJE CURRICULAR) el cual no deberá exceder los cinco años que son el tiempo máximo para cubrir el plan de estudios de la modalidad escolarizada. El tiempo transcurrido para la baja temporal no deberá exceder de cuatro semestres. En todos los casos se contabiliza dentro del plazo máximo de diez semestres. El alumno de los planteles del Bachillerato Tecnológico, pueden solicitar reinscripción a cursos intersemestrales hasta de 2 asignaturas, 2 submódulos o la combinación de una asignatura y un submódulo (si el alumno reprobó más de 2 submódulos deberá cursar el módulo completo.

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PORTABILIDAD DE ESTUDIOS Y TRÁNSITO DE ALUMNOS. Cambio de Servicio Educativo.- Cuando el alumno proviene de planteles con otra estructura curricular incluyendo planteles no pertenecientes a los servicios educativos del SNB. Cambio del plantel dentro del mismo servicio educativo.- Cuando los alumnos provienen de planteles con la misma estructura curricular. Cambio de carrera de componente de formación profesional.- A los alumnos provenientes de planteles con formación profesional que otorguen el título de técnico. En todos los casos el alumno deberá presentar antes de que concluya el período de reinscripción, el historia Académico signado por el director del plantel de origen con la solicitud de portabilidad de estudios.

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR El plantel destino responderá al alumno con el formato de resolución (portabilidad de estudios) a fin de autorizar o negar su inscripción, en un plazo no mayor de 10 días hábiles. Los criterios para reinscribir a un alumno con UAC no acreditadas de formación básica o propedéutica en el plantel receptor son: En el semestre inmediato superior al del plantel de procedencia cuando adeude una o dos UAC, en el mismo semestre del plantel de procedencia para cursar todo el semestre cuando adeude de 3 a 7 UAC.

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR El alumno de bachillerato tecnológico que se inscriba y acredite el programa IMPÚLSATE, se le tomará en cuenta como formación válida para no cursar las asignaturas de INGLÉS. El alumno deberá presentar antes de la reinscripción al siguiente semestre el documento oficial que certifique haber aprobado los módulos de impúlsate. FORMACIÓN PROFESIONAL.- El alumno que ingrese al bachillerato tecnológico debe acreditar los 5 módulos de formación profesional de acuerdo a las siguientes opciones: Para obtener el título de técnico en alguna carrera. En los casos en que no sea coincidente la formación profesional , tiene la opción de cursar los módulos de una carrera distinta, pero no obtendrá el título de técnico.

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR En los casos de que el alumno no tenga formación profesional, deberá acreditar la totalidad de las UAC de formación profesional. El alumno del bachillerato tecnológico que no encuentre la carrera común de su interés en el plantel donde esta inscrito podrá cursarla en el CECATI. Debiendo estar inscrito en el plantel de educación media superior para cursar la formación básica y propedéutica. ACREDITACIÓN.- Las opciones de acreditación en el bachillerato tecnológico son: Período Semestral: cursos semestrales y recursamientos semestrales

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR Período Extraordinario: Evaluación extraordinaria: para regularizar la no acreditación de asignaturas, el alumno puede presentar máximo de 3, en cada uno de los períodos. Cursos Intersemestrales: Para regularizar la NO ACREDITACIÓN de asignaturas y submódulos, durante el período extraordinario inmediato. El alumno que no cumpla con el 80% de asistencia durante el semestre no tiene derecho a la primera evaluación extraordinaria y únicamente podrá acreditar la asignatura en cursos intersemestrales o recursamiento semestral, si se trata de un módulo necesariamente tiene que realizar el recursamiento semestral.

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR En el bachillerato tecnológico cuando el alumno no acredita un submódulo, el módulo está reprobado, podrá regularizar el submódulo en curso intersemestral antes de la reinscripción, de lo contrario el módulo estará reprobado y deberá recursar en período semestral todo el módulo para acreditarlo. Se ratifica la renuncia de calificaciones aprobatorias a finales del semestre con la inscripción de asignaturas a cursos intersemestrales, de módulos únicamente con la inscripción a recursamientos semestrales. El número de asignaturas a las que se puede renunciar durante toda la trayectoria del bachillerato es un máximo de 6, ya sea al final de cada semestre o antes de la certificación.

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR Y el número de módulos a los que puede renunciar durante toda su trayectoria es un máximo de 2. CERTIFICACIÓN. Los documentos de certificación que no sean recogidos por los interesados se archivan en el plantel hasta por 3 meses, después de este período de entrega se remiten al área de servicios escolares donde se procede la cancelación. Cuando el alumno acredite más de un área propedéutica antes del egreso del bachillerato éstas se registrarán en el documento de certificación. En el caso de que un alumno solicite reinscripción a cursos semestrales para acreditar una segunda área propedéutica antes de su egreso y se ha expedido su

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR certificado y no se le ha entregado, éste se cancelará para extender un nuevo certificado cuando acredite el área propedéutica adicional. El certificado de terminación de estudios de un alumno que terminó su formación básica y propedéutica de tipo medio superior en un plantel del bachillerato tecnológico y que acreditó además una de las carreras comunes o parte de ella en un CECATI lo emitirá el plantel de bachillerato tecnológico donde egresa. En el certificado registrará después de la UAC de formación básica y propedéutica en los semestres que corresponda, la leyenda de portabilidad de estudios, la unidad administrativa (DGCFT y el CECATI, así como el número, nombre, calificación y créditos de módulo- curso acreditado.

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR En el caso del bachillerato tecnológico, el área de servicios escolares del plantel entrega a la unidad administrativa o institución educativa correspondiente la estadística de egreso en las fechas establecidas. Las constancias de competencias de los módulos del bachillerato tecnológico, se expiden en forma obligatoria a todos los alumnos, cuando acrediten el módulo con una calificación de 8, 9 ó 10.

G r a c i a s