REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN HIGIENE Y SEGURIDAD

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Transcripción de la presentación:

REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN HIGIENE Y SEGURIDAD PREVENCION DE RIESGOS

¿ Que es un reglamento interno ? ​ Documento que toda empresa o entidad debe establecer y mantener al día, conforme a la legislación vigente, y cuyo cumplimiento es obligatoria para ambas partes. El Reglamento Interno es el instrumento por medio del cual el empleador regula las obligaciones y prohibiciones a que deben sujetarse los trabajadores, en relación con sus labores, permanencia y vida en la empresa.

¿ Que debe contener este reglamento ? Debe contener a lo menos: las horas en que empieza y termina la jornada de trabajo y las de cada turno, los descansos, los diversos tipos de remuneración; el lugar, día y hora de pago; las personas a quienes los trabajadores deben dirigir sus reclamos, consultas y sugerencias; la forma de comprobación del cumplimiento de las normas previsionales y laborales; las normas e instrucciones de prevención, higiene y seguridad, las sanciones que se puedan aplicar a los trabajadores con indicación de las infracciones y el procedimiento a seguir en estos casos. Hacemos presente que las sanciones que señale el Reglamento Interno sólo pueden consistir en amonestación verbal o escrita.

¿ En que esta basado un reglamento ? Código del Trabajo. Ley Nº 16.744, sobre accidentes y enfermedades del trabajo. Decreto Supremo Nº 40, Aprueba reglamento sobre prevención de riesgos profesionales. Ley Nº 20.001, del peso máximo de carga humana. Ley Nº 20.096, ley ozono. Ley Nº 20.105,regula consumo de tabaco. Ley Nº 20.005, acoso sexual.

NORMAS DE PREVENCION HIGIENE Y SEGURIDAD (LEY,16.744,D.S Nº 40) Llamado a la colaboración: Este reglamento pretende evitar primordialmente los accidentes del trabajo, o al menos reducirlos al mínimo. Lograr este objetivo tan importante para quienes trabajan en la empresa, debe ser preocupación de cada uno, cualquiera sea el cargo que ocupe. Para ello la empresa llama a todos sus trabajadores a colaborar en su cumplimiento; poniendo en practica sus disposiciones, participando en los organismos que establece y sugerir ideas que contribuyan a alcanzar la indicada finalidad.

PRIMERA PARTE Objetivo del reglamento. Disposiciones generales . Del ingreso. Del contrato de trabajo. Del horario de trabajo. Del contrato en horas extraordinarias. Del feriado. De las licencias. De las remuneraciones. De las prohibiciones. De las obligaciones. De las informaciones. De las peticiones y reclamos. Sanciones Del termino del contrato de trabajo.

SEGUNDA PARTE Llamado a la colaboración. Disposiciones generales. De las obligaciones. De las prohibiciones. De las sanciones. Procedimiento de reclamo. De los comités paritarios, organización, elección y funcionamiento. De la obligación de informar los riesgos laborales. De las empresas de servicios transitorios. De los elementos de protección personal.

DEFINICIONES Entidad empleadora: Toda empresa, institución, servicio o persona que proporciones trabajo. Trabajador: Toda persona, empleado u obrero, que trabaje para alguna empresa, institución, servicio o persona. Riesgos profesionales: Los riesgos a los que esta expuesto el trabajador y que pueda provocarle un accidente o una enfermedad profesional.

DEFINICIONES Accidente del trabajo (Art. 5, ley 16.744): Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. Se exceptúan los accidentes debido a fuerza mayor extraña que no tenga relación con el trabajo y los producidos intencionalmente por la victima. Accidentes de trayecto (Art.5, Ley 16.744):Es aquel accidente que ocurre en el trayecto directo, de ida o de regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo.

DEFINICIONES Enfermedad profesional (Art. 6, Ley 16.744): Es aquella enfermedad causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte. “ Se considera necesario y conveniente para evitar los riesgos de accidentes en el trabajo, que todo trabajador mantenga un adecuado control de su salud física y mental. Especialmente necesario es este control tratándose de faenas que se efectúen en condiciones ambientales desfavorables (polvo, ruido, humedad, iluminación inadecuada y/o deficiente, baja o alta temperatura, vibraciones, ambientes tóxicos, etc.)”

DE LAS OBLIGACIONES Los trabajadores estad obligados a acatar lo siguiente: Conocimiento y cumplimiento del reglamento interno. El uso correcto y cuidado de los elementos de protección personal. El uso u operación de todo elemento, aparato o dispositivo destinado a la protección contra riesgos. La conservación y buen trato de los elementos de trabajo entregados para uso del trabajador.

DE LAS OBLIGACIONES La obligatoriedad de cada cual de dar cuenta de todo síntoma de enfermedad profesional que advierta o de todo accidente personal que sufra por leve que sea. La cooperación en la investigación de accidentes. La comunicación en todo medio de trabajo que afecten la seguridad personal. El acatamiento de todas las normas internas sobre todo métodos de trabajo u operaciones, o medidas de higiene y seguridad.

DE LAS OBLIGACIONES La participación en prevención de capataces, jefes de cuadrilla, supervisores, jefes de turno o sección y otras personas responsables. “ Todos los trabajadores de la empresa estarán obligados a tomar cabal conocimiento de este Reglamento y poner en practica todas las normas y medidas contenidas en el.”

DE LAS PROHIBICIONES Se dejara establecido que no se permitirá: Introducir bebidas alcohólicas o trabajar en estado de embriaguez. Retirar o dejar inoperantes elementos o dispositivos de seguridad e higiene instalados por la empresa. Destruir o deteriorar material de propaganda visual o de otro tipo destinado a la promoción de la prevención de riesgos. Operar o intervenir maquinarias o equipo sin autorización.

DE LAS PROHIBICIONES Ingerir alimentos o fumar en ambientes de trabajo en que existan riesgos de intoxicación o enfermedades profesionales. Desentenderse de normas o instrucciones de ejecución o de higiene y seguridad impartidas para un trabajo dado. Deben mencionarse además, todos aquellos actos que sean considerados como faltas graves que constituyan una negligencia inexcusable.

Queda prohibido a todo trabajador de la empresa lo siguiente: Fumar o encender fuego en lugares prohibidos, solo se podrá fumar en aquellos lugares que la empresa en forma explicita lo autorice. Ingresar a recintos o áreas con acceso restringido, no teniendo autorización para ello. Provocar desorden, jugar, empujarse, reñir, discutir o realizar acciones temerarias, dentro del recinto de trabajo. Tratarse por cuenta propia las lesiones que hubiere sufrido en algún accidente.

DE LAS PROHIBICIONES Falsear o negarse a proporcionar información a jefaturas de la empresa, profesionales del IST y organismos fiscalizadores, en relación a las condiciones y acciones en el trabajo, accidentes y aspectos de seguridad general. Romper, rayar, retirar o destruir avisos, carteles, afiches, instrucciones, reglamentos o similares acerca de la seguridad e higiene en general.

Dentro de las prohibiciones, serán consideradas como faltas graves las siguientes: Realizar cualquier acción sin utilizar los procedimientos y elementos existentes para ello, poniendo en riesgo la integridad física de cualquier trabajador incluido el mismo. Ingresar al lugar de trabajo bajo el efecto de drogas o alcohol. Introducir drogas o bebidas alcohólicas al establecimiento, consumirlas o entregarlas para el consumo de otras personas. Alterar, cambiar o accionar instalaciones, equipos, sistemas eléctricos, sistemas de protección maquinas o similares, sin haber sido expresamente autorizado para ello.

Trabajar sin el debido equipo de seguridad o sin la ropa de trabajo que la empresa proporciona. Maniobrar y/o manipular maquinas sin tener los conocimientos y habilidades suficientes y sin autorización.