SUCESIÓN UNIVERSAL MORTIS CAUSA.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Concepto y Clases Orden Sucesorio Legítima
Advertisements

Testamentos y sucesiones
La mayor Comunidad de difusión del conocimiento SUCESIONES
Los Oficios Eclesiásticos Bibliografía: Manual de Derecho Canónico
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ZACATECAS. U.A.C.A.
SOY UN CIUDADANO.
La sucesión intestada.
Universidad Alas Peruanas Facultad de Derecho
Es el reconocimiento de la calidad de heredero.
Confusión de derechos Teoría del Derecho.
Derecho Romano Temas: * Derechos Reales Pretorianos
EFECTOS GENERALES DE LOS CONTRATOS
UNIDAD XI LA RELACIÓN JURÍDICA..
CÓDIGO CIVIL PARA EL D.F. Integrado por cuatro libros: LIBRO PRIMERO DE LAS PERSONAS LIBRO SEGUNDO DE LOS BIENES LIBRO TERCERO DE LAS SUCESIONES LIBRO.
PATRIMONIO Raquel Sánchez PATRIMONIO.
LA PROPIEDAD.
Sucesión testamentaria
Sucesión legítima o intestamentaria
LA RESPONSABILIDADDE LOS SUJETOS DEL CREDITO FISCAL.
SUCESIONES Unidad N° 11.
ACTOS JURÍDICOS ELEMENTOS DE EXISTENCIA Y ELEMENTOS DE VALIDEZ
PRÁCTICA Nº 8 Junio SUPUESTO DE HECHO Anastasio, viudo desde 1990, fallece habiendo otorgado testamento notarial abierto en 1995 En el testamento.
BOLILLA 18 POSESIÓN HEREDITARIA.
ROMANO II UNIDAD IX UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION
PERSONA.
NULIDAD E INEXISTENCIA DEL ACTO JURÍDICO
Derecho Sucesorio o Hereditario
Fideicomiso Testamentario y Financiero Agrario Prof. Juan José Fernández Bussy.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION Facultad de Derecho y Ciencias Sociales ROMANO II UNIDAD II.
CICLO DE VIDA DE LOS DERECHOS REALES
AUTONOMIA DEL DERECHO TRIBUTARIO Teleológica ( fines) Estructural ( Instituciones) Dogmática ( conceptos)
Propiedad Ius utendi Ius fruendi Ius sabutendi Derecho sobre una cosa.
LA QUIEBRA (PROCESOS CONCURSALES) Artículos Código de Comercio
Tema 3 La autonomía privada
Abg. WILVER CABALLERO CONDORI DOCENTE DE DERECHO CIVIL: UAC-UAP
UNIDAD XVII DERECHO HEREDITARIO.
CONTRATOS CC 1137 Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común destinada a reglar sus derechos.
S U C E S I O N E S La sucesión es la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones, que constituye la herencia, los cuales son heredados a los.
Latín 1º Bachillerato Derecho romano.
UNIDAD 2: OBJETO DE LA RELACIÓN JURÍDICA.
Elementos de los contratos
Asignatarios a titulo universal y singular
DERECHO DE SUCESIONES 2015-I Material de referencia
Propiedad.
LA REPRESENTACION BASE LEGAL: ARTICULOS 145 AL 167 DEL CODIGO CIVIL.
Obligaciones con pluralidad de sujeto
EL DERECHO SUCESORIO EN EL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
DERECHO DE SUCESIONES Disciplina jurídica autónoma que trata de la sucesión - como la transmisión patrimonial por causa de muerte. Parte del derecho privado.
Licenciatura en Derecho Derecho Sucesorio
MODOS DE ADQUIRIR EL DOMINIO
RESPONSABILIDAD PARENTAL
Unilaterales Bilaterales Onerosos Gratuitos Inter Vivos Mortis Causa Interviene la voluntad sólo de una de las partes. Es obligatorio para ambas partes.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
LOS HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS. EL HECHO Es toda acción material de las personas pero además son aquellos sucesos independientes de las mismas, como pueden.
Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES
HERENCIA YACENTE Art CC Si dentro de quince días de abrirse la sucesión no se hubiere presentado ninguna persona aceptando la herencia o una cuota.
VOCACION SUCESORIA, ¿ Qué significa ? Art. 962 CC Significa Estar en posibilidad de suceder a determinada persona, y este derecho a heredar solo puede.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
En el acto jurídico que se llama TRANSMISION se distinguen TRES MOMENTOS O FASES perfectamente diferenciados : 1.La apertura de la sucesión 2.La delación.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.

Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
Tema XXIX Etapas en la adquisición de la herencia
Tema XXXVII Enajenación y defensa del derecho del heredero
Derecho Sucesorio o Hereditario Conceptos Fundamentales.
V1. Sucesión testamentaria en el derecho antiguo
Sucesión testamentaria. Testamento: Caractéres De Derecho Civil FormalPersonalísimoUnilateralRevocable Mortis causa Art. 665 del CC: Acto por el cual.
Transcripción de la presentación:

SUCESIÓN UNIVERSAL MORTIS CAUSA. CONCEPTO  Cuando a la muerte de una persona (causante, de cuius) otra (heres) se subsume en su posición, asumiendo la totalidad del relaciones jurídicas del difunto, con excepción de las intransmisibles. CARACTERES  Transmisión de derechos, cargas y obligaciones.  Responsabilidad ultra vires hereditatis.  Identidad de relaciones jcas. en la transmisión.  Transmisión patrimonio en bloque.  Designación heres en testamento o por ley.  Distinción entre heres sui y extranei.  Aceptación ipso iure o mediante acto especial REQUISITOS  Subjetivos  Capacidad activa y pasiva.  Objetivos  Delatio  Aditio

OTROS CONCEPTOS HERENCIA Conjunto de bienes y derechos que el difunto dejaba a su muerte. HEREDITAS  Sucesión mortis causa regulada por el ius civile. HERES Heredero civil. Persona que sucedía al de cuius en su patrimonio y sacra privata. Testamenti factio pasiva. Ius capiendi. Ausencia de indignitas. BONORUM POSSESSIO Sucesión mortis causa regulada por el Pretor en su edicto otorgando la posesión de los bienes hereditarios a personas que no siempre eran los herederos civiles.

CLASES DE BONORUM POSSESSIO B.P. EDICTALIS y B.P. DECRETALIS B.P. CUM REEl y B.P. SINE REl B. P. SECUNDUM TABULAS B.P. CONTRA TABULAS B.P. ABINTESTATO

LA DELACION DE LA HERENCIA Delación Llamada a heredar. No transmisible. Voluntaria. Necesaria.

LA ADICION DE LA HERENCIA. Aditio Manifestación expresa o tácita del heredero de adquirir el título y las consecuencias jurídicas. Heres sui et necesarii No necesitan Heres necesarii aditio. Heres voluntarii Cretio Pro herede gestio Aditio nuda voluntate

ADQUISICION DE LA HERENCIA. ADQUISICIÓN IPSO IURE  Esclavos y heres sui.  Independiente de su voluntad.  Sólo por la delación.  Principio de responsabilidad ultra vires hereditatis.  IUS ABSTINENDI. ACEPTACIÓN DE LA HERENCIA  Resto de herederos.  Acto voluntario.  Capacidad del ceptante.  Formas  Expresa.  Tácita.  Plazo IUS CIVILE Inexistencia de plazo PRETOR Interrogationes in iure DERECHO JUSTINIANEO 9 meses

Remedios  Beneficium abstinendi y separatio bonorum. FASE INTERMEDIA  Periodo entre delación y aceptación.  Carencia de titular de la herencia.  HEREDITAS IACET Sustracción no USUCAPIO PRO HEREDE constitutiva de delito EFECTOS DE LA ACEPTACION SUCCESSIO Responsabilidad por las obligaciones del difunto con el propio patrimonio. Remedios  Beneficium abstinendi y separatio bonorum. Derecho justinianeo  Beneficium inventarii. PLURALIDAD DE HEREDEROS Derecho de acrecer. Actio familiae erciscundae. Emancipati Collatio Dotis Descendentium