LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

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Transcripción de la presentación:

LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

APROXIMACIÓN AL CONCEPTO DE PRESUPUESTO PÚBLICO Técnica de gestión eficaz de los recursos públicos. Método de previsión de gastos (autorización en el caso estatal) e ingresos =>ámbito público, s. XIX (regímenes parlamentarios y división de poderes). Concepto macroeconómico de doble dimensión política y legal: Competencia del ejecutivo (política económico-social del Gobierno), pero debe respetar la legalidad y someterse a aprobación y control parlamentarios. “Acto legislativo mediante el cual se autoriza el montante máximo de los gastos que el Gobierno puede realizar durante un período de tiempo determinado, en las atenciones que detalladamente se especifican, y se prevén los ingresos necesarios para cubrirlos”1. 1http://www.uam.es/centros/derecho/publico/tributo/Documentos/fin.1.2006.2007/traspas.2007.2008/FIN.1.LEC.3.pdf

LOS PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS Escuela Económica Clásica, liberalismo. A pesar de las transformaciones, base de la configuración de los presupuestos.

Principios políticos Principio de competencia CE: “Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación (…). Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación”. Principio de universalidad Principio de unidad

Principio de especialidad Especialidad cuantitativa Especialidad cualitativa Especialidad temporal o anualidad Principio de publicidad

Principios económicos Principios contables Principio de presupuesto bruto Principio de unidad de caja Principio de especificación Principio de ejercicio cerrado Principios económicos Principio de limitación del gasto o del gasto mínimo Principio de equilibrio presupuestario Principio de neutralidad impositiva Principio de autoliquidación de la deuda

CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LOS PGE. EL CICLO PRESUPUESTARIO CE (1978): “Los Presupuestos Generales del Estado incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado”.

Ámbito objetivo de los PGE (desglose en la LGP) Las obligaciones económicas que, como máximo, pueden reconocer los órganos con dotación diferenciada y sujetos que integran el sector público administrativo. Los derechos a reconocer durante el correspondiente ejercicio por los entes mencionados más arriba. Los gastos e ingresos y las operaciones de inversión y financieras a realizar por las entidades del sector público empresarial y del sector público fundacional. Los objetivos a alcanzar en el ejercic8io por cada uno de los gestores responsables de los programas con los recursos que el respectivo presupuesto les asigna. La estimación de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado. Las operaciones financieras de los fondos sin personalidad jurídica a los que se refiere el artículo 2.2 LGP. Aportación de la CE: expresión “sector público estatal”.

LGP la retoma: “ Los Presupuestos Generales del Estado constituyen la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones a liquidar durante el ejercicio por cada uno de los órganos y entidades que forman parte del sector público estatal". Concreta qué incluye el sector público estatal (ámbito subjetivo de los PGE):

-La Administración General del Estado (AGE). -Los organismos autónomos de carácter administrativo. -Los órganos constitucionales o de relevancia constitucional. -La Seguridad Social. -Los fondos carentes de personalidad jurídica, tales como la Deuda Pública. -Las entidades estatales de derecho público con régimen jurídico diferenciado. -Las entidades públicas empresariales. -Las sociedades mercantiles estatales. -Las fundaciones del sector público estatal. -Los consorcios con otras administraciones.

El Presupuesto del Estado: paradigmático del modelo administrativo. En este conjunto orgánico se distinguen dos modelos presupuestarios (en función del estado de gastos, pues el estado de ingresos es siempre orientativo): Presupuestos administrativos (Presupuesto del Estado, organismos autónomos, Seguridad Social): autorización parlamentaria (límite de cantidad y respeto a las finalidades aprobadas). Presupuestos de explotación y capital: empresas y fundaciones públicas; sin restricción en el reconocimiento de obligaciones. El Presupuesto del Estado: paradigmático del modelo administrativo.

La estructura del Presupuesto del Estado Una única previsión de ingresos, clasificada orgánica y económicamente. Diversas previsiones de gastos, con arreglo a las secciones. Triple clasificación orgánica, funcional y económica. La previsión de ingresos Principio de no afectación. Criterio orgánico (AGE, organismos autónomos y Tesorería General de la Seguridad Social). Criterio económico: ingresos corrientes, ingresos de capital y operaciones financieras.

Capítulos>artículos>conceptos>subconceptos? Ingresos corrientes: -Capítulo 1: Impuestos directos -Capítulo 2: Impuestos indirectos -Capítulo 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos -Capítulo 4: Trasferencias corrientes -Capítulo 5: Ingresos patrimoniales Ingresos de capital: -Capítulo 6: Enajenación de inversiones reales -Capítulo 7: Transferencias de capital Operaciones financieras: -Capítulo 8: Activos financieros -Capítulo 9: Pasivos financieros Capítulos>artículos>conceptos>subconceptos?

Las previsiones de gastos Criterio orgánico Secciones=centros gestores Órganos constitucionales o con relevancia constitucional (el Rey, las Cortes Generales, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Estado y el Defensor del Pueblo). Resto de la AGE: -Secciones departamentales -Secciones no departamentales Cada sección> varios servicios Criterio funcional: desglose de cada sección por programas

Por área de gasto: -Servicios públicos básicos -Actuaciones de protección y promoción social -Producción de bienes públicos de carácter preferente -Actuaciones de carácter preferente -Actuaciones de carácter general Por política de gasto Por grupo de programas 4. Por programa de gasto

Criterio económico: Créditos para operaciones corrientes Capítulo 1: Gastos de personal Capítulo 2: Gastos corrientes en bienes y servicios Capítulo 3: Gastos financieros Capítulo 4: Transferencias corrientes El Fondo de Contingencia (capítulo 5)=> necesidades imprevistas y modificaciones presupuestarias.

Criterio económico: Créditos para operaciones de capital Capítulo 6: Inversiones reales Capítulo 7: Transferencias de capital Créditos para operaciones financieras Capítulo 8: Activos financieros Capítulo 9: Pasivos financieros Cada capítulo> artículos>conceptos>subconceptos?

Ejemplo articulación conjunta1: 1. Clasificación orgánica Sección 17, Ministerio de Fomento Servicio 32, Dirección General de la Marina Mercante 2. Clasificación por programas Área 4, Actuaciones de carácter preferente. Política de gasto 44, Subvenciones al transporte. Grupo de Programa 441, Subvenciones al transporte. Programa 441N, Subvenciones y apoyo al transporte marítimo. 3. Clasificación Económica Capítulo 1: Gastos de Personal Artículo 12: Funcionarios. Concepto 120: Retribuciones básicas. Subconcepto 120.01: Sueldos del grupo B. 2Fuente: http://www.inap.map.es/NR/rdonlyres/BF6DE5D4-4E52-47EB-98C7-DAA929260F1B/0/adm_ec2.pdf

CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LOS PGE. EL CICLO PRESUPUESTARIO 4 grandes etapas. Reparto de competencias entre el ejecutivo (elaboración y ejecución) y el legislativo (aprobación y supervisión). Observaciones: También control administrativo y judicial. Modificaciones presupuestarias durante la ejecución: iniciativa del Gobierno, pero reserva de ley.

PREPARACIÓN Y ELABORACIÓN Elaboración: competencia obligada del Gobierno. Plazos: Antes del 1 de mayo: remisión al Ministerio de Hacienda de los anteproyectos presupuestarios. Ministro de Hacienda redacta anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado y lo eleva al Gobierno (con documentación adicional y detalle funcional y territorial). Gobierno, encargado de aprobarlo y llevarlo al Parlamento antes del 1 de octubre. Prohibición de la Constitución de crear nuevos tributos, y delegación de la competencia de su modificación a una ley tributaria sustantiva.

APROBACIÓN Tramitación prioritaria Previsión de prórroga automática (a 1 de enero). Congreso de los diputados: Supuestos: Devolución (enmiendas a la totalidad del articulado). Enmiendas a determinadas secciones. Requisitos: conformidad del Gobiernos para minoración de ingresos o incremento de gastos (baja de créditos por igual cuantía, evitar el déficit). Debate en el pleno a partir del informe sobre las enmiendas de la Comisión de Presupuestos. 2 partes diferenciadas: “debate de la totalidad” y examen sección por sección. Aprobación => elevación a la Cámara alta

Congreso de los diputados: Tramitación similar. Enmiendas que impugnen una sección, valor de propuesta de veto => mayoría absoluta. Si el texto se modifica en el Senado, debe volver al Congreso: Se incluirán en la Ley de Presupuestos Generales del Estado las enmiendas respaldadas por una mayoría simple. La ley aprobada de forma definitiva es sancionada por el Rey y se publica en el BOE.

EJECUCIÓN Ordenación del gasto (adquisición del compromiso de pago por parte de los centros gestores): Aprobación del gasto Disposición y compromiso de gasto (concreción) Reconocimiento de la obligación de pago (vinculación de la Admón. con terceros) Ordenación del pago (materialización de las obligaciones): Propuesta de pago (centro gestor al Tesoro Público) Orden de pago (Director General del Tesoro Público): Transferencia bancaria Talón al portador Por formalización (aquel pago que se realiza sin salida material de fondo, sólo mediante compensación contable2) 3 http://www.daypo.com/epgca-i.html

CONTROL DE LA EJECUCIÓN Supervisión previa, simultánea y posterior a la ejecución. Objetivos Evitar irregularidades. Depurar responsabilidades en caso de que se produzcan. Garantizar la legalidad y las máximas de eficacia, eficiencia y economía. Control interno Órgano de la Admón. pero independiente. Intervención General del Estado: supervisión de documentos, intervención de las cuentas, formulación de reparos, recursos o reclamaciones.

Control externo: Las Cortes: El Tribunal de Cuentas: En colaboración: Aprobación de los presupuestos Aprobación de las modificaciones durante la ejecución. Ruegos y preguntas e interpelaciones al Gobierno Comisiones de encuesta El Tribunal de Cuentas: CE: “El supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado”. Funciones: Velar por una correcta ejecución. Juzgar la responsabilidad contable. En colaboración: Aprobación de la Cuenta General del Estado: Elaboración sobre la base del informe del Tribunal del Cuentas. Votación de la ley en el Parlamento antes del 31 de agosto.

EL CASO FRANCÉS La LOLF (sustituye a la Ordenanza de 1959): nuevo escenario presupuestario Primer presupuesto según la LOLF: 2006 Directrices generales: Remodelación de la arquitectura presupuestaria: Antes, en títulos según la naturaleza del gasto, asignados de forma independiente a diferentes ministerios.

Aumento de la responsabilidad gestora Ahora, en grandes políticas públicas o misiones que pueden ser interministeriales> Programas con créditos fungibles, redistribuibles. Responsable ministerial de cada programa: -Define las estrategias plurianuales, que se materializan en acciones mensurables de acuerdo a determinados indicadores de rendimiento. Aumento de la responsabilidad gestora Indicadores de rendimiento Proyectos Anuales de Rendimiento sobre acciones, costes asociados, objetivos fijados, resultados conseguidos y esperados en los próximos ejercicios. Refuerzo del papel del Parlamento más información y más transparente Mayores prerrogativas en la enmienda, la aprobación y el control.