“Programa de Actualización en Derecho del Turismo”

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Transcripción de la presentación:

“Programa de Actualización en Derecho del Turismo” “Pasajeros de cruceros. Casos de responsabilidad del transportista”

Estadísticas transporte pasajeros Inmigración Argentina 1857- 1930 (80 años) 6.300.000 pasajeros Demanda mundial de cruceros Año 2005 (prevista) (1 año) 12.000.000 pasajeros

Demanda Mundial de Cruceros 1991 4,92 1993 5,61 1995 5,70 1997 6,81 1999 8,74 2001 9,86 2005 12,48 (millones)

Origen de la demanda de Cruceros América del Norte 8,00 55,20% Europa 3,38 23,30% Gran Bretaña 1,16 8,00 % Alemania 0,82 6,00 % Resto del Mundo 1,10 7,50 %

Llegada a puertos de la República Argentina ESC Pax Buenos Aires 47 69.253 Puerto Madryn 35 48.773 Tierra del Fuego 175 56.812 TOTAL 257 174.838

Algunos problemas que afectan a cruceros Drogas ilegales (pasajeros/tripulantes/cocaína) Ataques sexuales (Carnival 108 s/ 6.500.000 pasajeros) Polizones (mayor control embarque/desembarque/re..) Piratería (residual: costas Asia, Brasil, costa este África) y además el...

Casos más recientes “Aurora”, 11/03/06: virus Norfolk a los pasajeros “Fascination”, 12/03/06: 200 pasajeros, gastroenteritis “Bocaccio 98”: 02/2006, incendio, 1000 muertos, Mar Rojo (ferry) “Nordkapp”: 02/2007 encalló en la Antártida, evacuaron 270 pasajeros

Otros casos recientes “Aliscafo Flecha del Litoral”: 11/86, incendio/naufragio, 10 muertos, 60 heridos “Cacciola IV” abordaje con “C de Paraná”: 9 muertos, 2 desparecidos “Eladia Isabel”: 01/06, abordaje con un pesquero, sin herdidos, Río de la Plata “Atlantic III”: 7/06, choque c/ muelle, 20 heridos, Colonia

Contrato de crucero marítimo; algunas características 1. Contrato de adhesión no legislado (modalidad de contrato de pasaje) y mixto 2. Otras obligaciones esenciales (esparcimiento) 3. Navegabilidad: poner y mantener buque 4. Período de responsabilidad: a bordo/tierra 5. Caracteres responsabilidad en el transporte

Casos generadores de responsabilidad del transportista (1) Obligaciones propias del transporte: viaje 1. Contrato mixto Otras obligaciones: esparcimiento

Casos generadores de responsabilidad del transportista (2) 2. Otras obligaciones esenciales (además del transporte): alojamiento alimentación esparcimiento Interno Externo

Casos generadores de responsabilidad del transportista (3) 3. Obligación de navegabilidad (art. 317 LN): a. Poner y mantener buque en condiciones navegabilidad b. Obligación medio: ejercer debida diligencia c. Contrapone concepto obligación seguridad e integridad del pasajero

Casos generadores de responsabilidad del transportista (3 cont.) Navegabilidad genérica: flotabilidad, gobierno, propulsión, suministro tripulación. Navegabilidad concreta alimentación, alojamiento, piscina, deportes, juegos, casino, gimnasio, shows, etc.

Casos generadores de responsabilidad del transportista (4) A bordo del buque: desde embarco hasta desembarco pasajero 4. Período de responsabilidad En tierra: después del desembarco pasajero

Casos generadores de responsabilidad del transportista (4 cont.) A bordo Régimen de responsabilidad del transporte de pasajeros por mar En tierra Otro régimen de responsabilidad

Caracteres de la responsabilidad del transportista marítimo (5) Contractual Imperativa (mínimo de orden público art. 339 LN) Limitada (artículos 331 y 337 LN) Obligatoriamente asegurable Culpa presunta? Culpa probada? Responsabilidad objetiva?

Culpa presunta? Culpa probada? “Queen Mary 2” Eslora 345 m (Suipacha desde Avda Santa Fe a Avda Córdoba) Altura 72 metros (edificio 20 pisos) Pasajeros 2620 Tripulantes 1253 Total 3.873 (pueblo 4000 habitantes) Velocidad 30 nudos

Convenios 1. Convenio de Bruselas de 1961 -Pasajeros- 2. Convenio de Bruselas de 1967 -Equipajes- (no vigente) 3. Convenio de Atenas de 1974 4. Protocolo de 1976 5.Protocolo de 1990 (no vigente) 6. Convenio de Atenas 2002 (no vigente)

“Programa de Actualización en Derecho del Turismo” “TRABAJO PRACTICO”

Responsabilidad del transportador Culpa presunta?Culpa probada? Relacionados con la navegación Sucesos No relacionados con la navegación

Sucesos vinculados navegación 1. Naufragio 2. Zozobra (2002) 3. Abordaje 4. Varadura (1974) 5. Explosión 6. Incendio 7. Deficiencia buque (1974) Se presume culpa transportador marítimo

1. Naufragio Sea Diamond 5 abril 2007 Isla griega Santorini / Mar Egeo Evacuación 1154 pasaj/391 trip Desaparecen 2 turistas franceses

7. Deficiencia del buque Deficiencia Instalaciones hotelería No se presume culpa Deficiencia Equipos de navegación Se presume culpa

Carga de la prueba Suceso Límites Carga prueba DEG Relacionado navegación 250.000 Transportador puede probar: Guerra/civil, hostilidades, insurrección, fenómeno natural, dolo tercero (terrorismo) Relacionado navegación 400.000 Transportador puede probar: su falta de culpa No relacionado navegación 400.000 Pasajero debe probar: culpa del transportista (intoxicación a bordo…) Siempre Transportador puede probar: dolo o culpa del pasajero

Naturaleza de la responsabilidad PRIMER TRAMO Hasta 250.000 DEG No se exonera falta culpa Responsabilidad Objetiva SEGUNDO TRAMO De 250 a 400.000 DEG Se exonera falta culpa Responsabilidad Subjetiva

Caso: abordaje por culpa buque no transportador Primer tramo 250.000: responde Abordaje Segundo tramo 400.000: no responde (prueba culpa otro buque = su falta culpa)

Promedio valores reclamos International Group of P & I Clubs 1992/2002 83% - u$s 10.000.- 14% u$s 10.001/100.000. 3% u$s 100.000

Límites de responsabilidad por pasajero Bruselas 1961 250.000 FP Atenas 1974 700.000 FP Protocolo 1976 46.666 DEG Protocolo 1990 175.000 DEG Atenas 2002 250.000 DEG 400.000 DEG Opt out

Límites de responsabilidad por pasajero (detalle) Atenas 1974/Prot 76 46.666= u$s 70.932 Ley Navegación 1.500= u$s 45.456 Atenas 2002 250.000 DEG (u$s 1,52) u$s 380.000 400.000 DEG (u$s 1,52) u$s 608.000 Opt out

Límites de responsabilidad: ruptura del límite (cont.) Dolo o hecho temerario a sabiendas del probable daño, del transportador. Art. 13 Atenas y art. 340 LN

Novedades: seguro obligatorio Para buques registrados en Estados parte, transporten +12 pasajeros: monto cobertura: 250.000 DEG + seguro obligatorio + acción directa contra la compañía seguros !!!

Contrato “Cruisevoy” BIMCO regula relacion contractual del: Propietario de buque como transportista efectivo Operador turístico como transportista contractual

Obligaciones Propietario 1.poner a disposición buque 2. diligencia navegabilidad 3. paga combustible, agua, lub.,gastos puerto, salarios, 4. comidas, ropa cama/baño, 5. peluquería, bar, tiendas, fotos, tintorería, tel, casino. 6. contrata excursiones tierra por cuenta operador 7. contrata seguros P & I Operador 1. paga flete fijo 2. paga flete x pasajero 3. asume publicidad 4. contrata con pasajeros 5.toma seguro r.c. charterer 6. asume pago serv. tierra 7. mantiene indemne propietario reclamos pas. 8. asume resp. daños buque su culpa o pasajeros

Deficiencia del buque Art. 3.5.c) Atenas 2002 “cualquier funcionamiento defectuoso o fallo o incumplimiento de las reglas de seguridad aplicables con respecto a cualquier parte del buque o de su equipo que se utilice para...”

Deficiencia del buque Art. 3.5.c) Atenas 2002 “... el escape, la evacuación el embarco y el desembarco de los pasajeros; o que se utiliza para la propulsión, el gobierno, la seguridad de la navegación, el amarre, el fondeo, la llegada o la salida de un puesto de atraque o fondeadero, o la contención de la avería después de inundación; o que se utilice para la puesta a flote de los dispositivos de salvamento”.

Precedente Convenio Montreal 1999 Transporte Aéreo Internacional Primer tramo Límite: 100.000 DEG Eximentes: Culpa o dolo pasajero Resp. Objetiva Segundo tramo Sin límite cuantitativo!!! Eximentes: Falta culpa transportador Culpa o dolo tercero Resp. Subjetiva

Novedades: seguro obligatorio Propuesta Australia y Noruega: Eliminar defensa: dolo transportador Posición Argentina: admitir defensa dolo transportador y no de sus dependientes NO PROSPERO la propuesta de Australia y Noruega

Recapitulación Inmigración/industria cruceros Algunos problemas industria cruceros Características contrato de crucero marítimo Contrato mixto: esparcimiento esencial Navegabilidad: obligación de medio Régimen responsabilidad: en tierra/a bordo Casos culpa presunta Contrato Cruisevoy de BIMCO

“Programa de Actualización en Derecho del Turismo” “Pasajeros de cruceros. Casos de responsabilidad del transportista”