Pagaré.

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El Cheque.  Definición:  “El cheque es un título crédito de naturaleza no crediticia, pues no constituye un instrumento de crédito, sino un instrumento.
Transcripción de la presentación:

pagaré

Establece una promesa de pago. Título de Crédito. Establece una promesa de pago. En un plazo determinado. Hay interés o rendimiento.

S U J E T O Suscriptor Beneficiario Aval

REQUISITOS DEL DOCUMENTO

Mención de ser pagaré. Es indispensable. Debe estar inserta en el texto del documento.

2. Promesa incondicional de pagar una suma determinada. $ Son indispensables. La cantidad debe estar expresada en número y letra.

3. Nombre del Beneficiario. Es indispensable. Cuidando que el nombre sea completo y sin abreviaturas. Como aparece en su identificación oficial.

4. Fecha y lugar del pago. Tipos de vencimiento. A la vista. CALENDARIO 2009 A la vista. B. A cierto tiempo vista. C. A cierto tiempo fecha. D. A día fijo.

4. Fecha y lugar del pago. Si falta lugar de pago, el documento debe cobrarse en el domicilio del suscriptor.

5. Fecha y lugar de suscripción. Son indispensables. Conocemos desde cuando fue suscrito el pagaré y el lugar donde se suscribió.

*Utilizado para fines de enseñanza. Firma del suscriptor o quien firme en su nombre. Es indispensable. Si falta la firma, carece de valor el documento. * *Utilizado para fines de enseñanza.

7. Monto de los Intereses. No es indispensable. Si no se pactan sólo se podrá cobrar el 6% anual.

Verificar que el nombre sea 8. Datos del Suscriptor. Verificar que el nombre sea completo como aparece en identificación oficial. Señalar domicilio correctamente. Anotar todos los medios posibles para localizarlo.

9. Datos y firma del aval. No es obligatorio agregarlos. Sí es conveniente, pues se garantiza el pago de la deuda, por ser obligado solidario. Verificar que sus datos sean correctos.

FORMAS DEL PAGARÉ

PAGARÉ DOMICILIADO

TIPOS DE DOMICILIACIÓN SIMPLE COMPLETA

DOMICILIACIÓN SIMPLE Se designa un domicilio distinto al del suscriptor. Se escribe en el pagaré.

DOMICILIACIÓN COMPLETA Se señala un nombre y domicilio distinto al del suscriptor. Si el domiciliatario no paga se debe protestar el documento.

S U J E T O SUSCRIPTOR DOMICILIATARIO

PAGARÉ NÚMERO LUGAR DE EXPEDICIÓN DÍA MES AÑO BUENO POR Debo (emos) y pagaré (mos) incondicionalmente sin pretexto este pagaré en el lugar y fechas citadas donde elija el tenedor el día de su vencimiento a la orden de ____________________________________ el día _________de ____________ de 200 __ La cantidad de VALOR RECIBIDO A MI (NUESTRA) ENTERA SATISFACCIÓN. ESTE PAGARE FORMA PARTE DE UNA SERIE NUMERADA DEL _____ AL ______ Y TODOS ESTAN SUJETOS A LA CONDICION DE OUE DE NO PAGARSE CUALQUIERA DE ELLOS A SU VENCIMIENTO. SERAN EXIGIBLES TODOS LOS QUE LE SIGUEN EN NUMERO. ADEMAS DE LOS \A VENCIDOS DE ACUERDO AL ART 79 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS y OPERACIONES DE CREDITO. CAUSARAN INTERESES MORATORIOS DEL ______ % POR CADA MES O FRACCION PAGADERO JUNTAMENTE CON EL PRINCIPAL DICHOS INTERESES SE CAUSARAN SOBRE EL CAPITAL INSOLUTO. CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ART 152 INCISO I. II. III. IV DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO NOMBRE Y DATOS DEL DEUDOR NOMBRE ____________________________________________________ DOMICILIO_____________________________________________________ POBLACIÓN _________________________________________________ AVAL _____________________ FIRMA DEUDOR ______________________

prescripción 3 años. A partir del día siguiente de la fecha de vencimiento.

cheque

Instrumento de pago. Establece una orden de pago.

REQUISITOS INDISPENSABLES PARA LA EMISIÓN DEL CHEQUE

A. CONTRATO DE DEPÓSITO. Tener una suma de dinero en cuenta de cheques. En una Institución de Crédito.

B. FONDO DISPONIBLE. El banco tiene obligación de mantener el fondo a disposición del depositante. El fondo es exigible cuando se presenta a la vista el cheque.

REQUISITOS INDISPENSABLES PARA LA EXPEDICIÓN DEL CHEQUE

Expedido a cargo de una institución de crédito. 2. Por quien tiene fondos. 3. Por quien puede librar el cheque.

S U J E T O LIBRADOR: quien expide el cheque. LIBRADO: Institución de Crédito. BENEFICIARIO: tenedor del documento.

Los cheques pueden ser: AL PORTADOR NOMINATIVOS

REQUISITOS DEL CHEQUE

Mención de ser cheque. Es indispensable. Inserta en el texto del documento. El formato o esqueleto sólo puede proporcionarlo la institución de crédito.

2. El lugar y la fecha en que se expide. No es indispensable señalar el lugar. La fecha si es necesaria señalarla.

Se señala con número y letra. 3. La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero. Es indispensable. Se señala con número y letra.

4. El nombre del librado. Es indispensable. Se debe conocer para saber en donde debo presentar el cheque para cobrarlo.

5. El lugar del pago. No es indispensable. Puede cobrarse en cualquier lugar.

6. La firma del librador. Es indispensable. Si falta la firma, el documento carece de valor.

FORMAS DE PAGO

Siempre será pagadero a la vista. Cualquier inserción en contrario se tendrá por no puesta. * *Utilizado para fines de enseñanza.

Cheque posfechado no existe. Cheque presentado al pago antes de la fecha de expedición es pagadero el día de la presentación.

La presentación de un cheque en cámara de compensación surte los mismos efectos que la hecha directamente al librado.

La falta de pago, sea culpable el librador o el librado, ocasiona pagar daños y perjuicios, no menor al 20% del valor del cheque.

FORMAS ESPECIALES DEL CHEQUE

CHEQUE CRUZADO

El librador o el tenedor cruzan con dos líneas paralelas trazadas en el anverso. Sólo puede ser cobrado por una institución de crédito.

CRUZAMIENTO GENERAL Si entre las líneas del cruzamiento de un cheque no aparece el nombre de la institución que debe cobrarlo.

CRUZAMIENTO ESPECIAL Si entre las líneas se consigna el nombre de una institución determinada.

GENERAL CRUZAMIENTO ESPECIAL * BANAMEX CRUZAMIENTO ESPECIAL * *Utilizado para fines de enseñanza.

PARA ABONO EN CUENTA

El librador o el tenedor prohíben que el cheque sea pagado en efectivo. Sólo se puede depositar en una institución de crédito. No es negociable. PARA ABONO EN CUENTA * *Utilizado para fines de enseñanza

CHEQUE CERTIFICADO

Antes de la emisión del cheque, el librador puede exigir al librado que certifique la existencia de fondos suficientes para pagarlo. Es nominativo. No es negociable.

CHEQUE DE CAJA

Los expiden sólo las instituciones de crédito. Es a cargo de sus propias dependencias. Deben ser nominativos. No negociables.

CHEQUE NO NEGOCIABLE

Sólo pueden ser endosados a una Se inserta en ellos dicha cláusula. O bien la Ley les da ese carácter. Sólo pueden ser endosados a una institución de crédito para su cobro.

CHEQUE DE VIAJERO

Pagaderos por su establecimiento Expedidos por el librador. Pagaderos por su establecimiento principal, sucursales o los corresponsales de la República o en el extranjero. Son nominativos.

LETRA DE CAMBIO. POLIZAS FIANZAS.

ACCIONES Y OBLIGACIONES DE SOCIEDADES.