PUBLICACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA ASAMBLEA PARROQUIAL POR COMISIONES DE FECHA 11 DE MAYO DEL 2012.

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Transcripción de la presentación:

PUBLICACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA ASAMBLEA PARROQUIAL POR COMISIONES DE FECHA 11 DE MAYO DEL 2012

PRESUPUESTO DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS Artículo 215 Presupuesto.-El presupuesto de los gobiernos autónomos descentralizados se ajustará a los planes regionales, provinciales, cantonales y parroquiales respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, si menoscabo de sus competencias y autonomía. El presupuesto de los gobiernos autónomos descentralizados deberá ser elaborado participativamente, de acuerdo con lo prescrito por la Constitución y la ley. Las inversiones presupuestarias se ajustarán a los planes de desarrollo de cada circunscripción, los mismos que serán territorializados para garantizar la equidad a su interior. Todo programa o proyecto financiado con recursos públicos tendrá objetivos, metas y plazos, al término del cual serán evaluados. En el caso de los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales se regirán por lo previsto en este capítulo, en todo lo que les sea aplicable y no se oponga a su estructura y fines.

DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL Artículo 42.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado provincial.- Los gobiernos autónomos descentralizados provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que se determinen:

a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, en el ámbito de sus competencias, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; b) Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas;

c) Ejecutar, en coordinación con el gobierno regional y los demás gobiernos autónomos descentralizados, obras en cuencas y micro cuencas; d) La gestión ambiental provincial; e) Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego de acuerdo con la Constitución y la ley; f) Fomentar las actividades productivas provinciales, especialmente las agropecuarias; y, g) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.

Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Artículo 55.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado municipal.- Los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley:

a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; c) Planificar, construir y mantener la vialidad urbana;

d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley; e) Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras; f) Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal; g) Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley; h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines;

i) Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales; j) Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley; k) Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas; l) Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras; m) Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios; y, n) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.

Del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural

En coordinación con los gobiernos Artículo 65.- COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias exclusivas. a) Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad El desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial En coordinación con los gobiernos Cantonal Provincial En el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad

c) Planificar y mantener Los equipamientos y los espacios públicos de la parroquia b) Planificar, construir y mantener la infraestructura física Contenidos en los planes de desarrollo Incluidos en los presupuestos participativos anuales La vialidad parroquial En coordinación con los Gobiernos Provinciales c) Planificar y mantener

d) Incentivar el desarrollo de actividades Productivas comunitarias La preservación de la biodiversidad La protección del ambiente Gestionar, coordinar y administrar e) Por otros niveles de gobierno Los servicios públicos Que le sean delegados o descentralizados

Con el carácter de organizaciones territoriales de base f) Promover la organización de los ciudadanos De las comunas De los recintos y demás asentamientos rurales Con el carácter de organizaciones territoriales de base

g) Gestionar h) Vigilar La ejecución de obras Para el cumplimiento de sus competencias g) Gestionar La cooperación internacional h) Vigilar   La ejecución de obras   y la calidad de los servicios públicos

POA DEL GAD PROVINCIAL DE COTOPAXI 2011-2012 Obras Ejecutándose Asfalto de la vía Panamericana La Libertad Luto Asfalto de la vía 4 Esquinas, Ortuño, Pasto Alto Tenería

POA DEL GAD MUNICIPAL DE LATACUNGA 2012

POA DEL GAD MUNICIPAL 2012

POA 2012 DE SANJUAN DE PASTOCALLE AÑO 2012 Obras Ejecutandose

G. CORRIENTE 78436.45 261454 BARRIOS BENEFICIADOS EJECUCIÓN (ALIADOS) GASTO INVERSIÓN 183018.39 G. CORRIENTE 78436.45 261454   % Presupuesto MONTO PROGRAMAS O PROYECTOS BARRIOS BENEFICIADOS EJECUCIÓN (ALIADOS) CUATRIMESTRE META 50% 91.509.20 FONDO AGRICOLA: PEQUEÑO EMPRENDIMIENTOS, ECOTURISMO: TURISMO COMUNITARIO, RECUPERACION DE QUEBRADAS Y QUEBRADILLAS; PROYECTOS PRODUCTIVOS: CONTINUIDAD DE LOS PROYECTOS INICIADOS 15% 27.452.76 PLANIFICAR,CONSTRUIR, MANTENER LA INFRAESTRUCTURA PARROQUIAL 5% 9.150.92 MANTENIMIENTO VIAL Y PEQUEÑOS ESTUDIOS ASOCIACIONES: BLOQUEROS, ESCOBEROS, CARPINTEROS, CERRAJEROS Y COMERCIANTES 10% 18.301.84 CONVENIOS: CHILDFUND, MAP INTERNACIONAL, FEDICE ( EDUCACIÓN, SALUD, FOMENTO PRODUCTIVO, ETC. FOMENTO CULTURAL Y DEPORTIVO RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL INTANGIBLE