VALOR PROBATORIO DEL DOCUMENTO ELECTROMAGNETICO

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Transcripción de la presentación:

VALOR PROBATORIO DEL DOCUMENTO ELECTROMAGNETICO

INTRODUCCION Es aceptable que el derecho a la prueba va unido al derecho fundamental a la defensa. Aquel que tiene un derecho, necesariamente tiene el deber de probarlo ante un juez y mediante un procedimiento determinado, si no se puede probar un derecho, consecuentemente no existirá tal.

Problemática de la prueba. Reside en el hecho de que generalmente es asimilada a una prueba escrita. Por eso es preciso distinguir el concepto de documento, por que no debemos restringir el documento escrito como único elemento material.

Documento escrito y documento informático. El documento escrito se caracteriza por que es confiable, es complicado de falsificar y no se puede modificar muy fácil, tiene una base material y es tangible. Por otro lado el documento informático se caracteriza por su desmaterialización o inmaterializacion, aunque por ello no deja de ser concreto, visible, perceptible, pues siempre habrá un soporte material (disco magnético, disco óptico numérico etc.)

Problemas de identificación en las partes que se están comunicando. Existen 3 mecanismos que permiten a partir de la apertura de una conexión y en el transcurso de ella, conocer la identidad de las partes: Código secreto: consiste en la combinación de números y/o letras que el sujeto digita sobre el teclado del sistema que utiliza; Ejemplo, los números de identificación personal.

La criptografía: consiste en la codificación del texto que se va a transmitir (incluyendo elemento de identificación) con la ayuda de claves el algoritmos, realmente incomprensible para el que no posee la clave. Sistema biométrico: Toma como elementos identificatorios los rasgos y características físicas del ser humano.

A partir de la unión de la informática con otras tecnologías de telecomunicación, surge la transferencia electrónica de datos informatizados (TEDI) que permite reemplazar el documento papel en las transacciones comerciales a nivel internacional. Consecuencia: ésta radica en la desmaterialización de los documentos. A partir del (TEDI) se suprimen documentos que podrían servir de prueba en caso de litigio o controversia.

Conclusiones. Hoy en día las nuevas tecnologías de la información se basan en el peritaje como medio de búsqueda atribuible al juez, con la duda de su eficacia, puesto que no siempre el juez tendrá habilidades en materia informática.

En algunas legislaciones no se valora el poder probatorio de la informática y solo se toman en cuenta los registros escritos en papel. La jurisprudencia en algunos países de la comunidad europea, ha constatado en el caso del TEDI la imposibilidad de construir un escrito y considera los registros y documentos de naturaleza informática como un principio de prueba por escrito.

A pesar de lo anterior algunos países les reconocen igual valor probatorio que los documentos escritos; otros hacen depender dicho valor con base en la convención entre las partes, y en su mayoría se inclinan por permitir al juez amplia libertad para decidir su valor o no.