Marco Legal El Art 3º, letra b), de Ley establece como requisito de acceso al Sistema de Pensiones Solidarias: Integrar un grupo familiar perteneciente.

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Transcripción de la presentación:

Instrumento Técnico de Focalización del Sistema de Pensiones Solidarias

Marco Legal El Art 3º, letra b), de Ley 20.255 establece como requisito de acceso al Sistema de Pensiones Solidarias: Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población de Chile. La Ley 20.255 estableció, en el artículo primero de las disposiciones transitorias, que durante los dos primeros años (2008-2009), de la entrega en vigencia del Sistema de Pensiones Solidarias, se utilizaría como instrumento para focalizar los beneficios de este sistema, el puntaje Ficha de Protección Social. El artículo 32º de la misma ley 20.255 establece que el Ministerio del Trabajo y Previsión Social deberá dictar un reglamento, suscrito por el Ministro de Hacienda, que establezca el nuevo Instrumento de focalización y procedimientos para determinar quien integra un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población (ingreso percápita del grupo familiar).

En el artículo 4º se define la composición del grupo familiar como: el eventual beneficiario; a) Su cónyuge b) Hijos menores de 18 años de edad c) Hijos mayores de 18 pero menores de veinticuatro años, que sean estudiantes. (grupo familiar base). Además la ley permite al eventual beneficiario solicitar que sean considerados en su grupo familiar, otros familiares especificados en la ley siempre que compartan con este el presupuesto familiar y de conformidad a lo establecido en la ley: a) La madre o el Padre de sus hijos (de filiación no matrimonial) b) Los hijos inválidos mayores de 18 años y menores de 65 c) Padres mayores de 65 años cuando no puedan acceder a los beneficios del sistema solidario por no cumplir con el requisito de residencia A contar del 1 de julio de 2010 debe comenzó a regir el nuevo instrumento de focalización que reemplaza a la FPS.

Construcción del ITF: Trabajo conjunto de la Subsecretaría de Previsión Social, la Dirección de Presupuesto, el Ministerio de Planificación y Cooperación, la Superintendencia de Pensiones y el Instituto de Previsión Social

Instrumento Técnico de Focalización (ITF) El Instrumento Técnico de Focalización permitirá: Determinar si los potenciales beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias cumplen con el requisito establecido en la letra b) del artículo 3º de la ley Nº 20.255. Evaluar el nivel de pobreza de la población para los efectos de asignar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias de la Ley Nº 20.255, Determinar el umbral. Como resultado de la aplicación del Instrumento Técnico de Focalización se obtiene el “puntaje de focalización previsional”.

Instrumento Técnico de Focalización (ITF) Las modificaciones optimizan la focalización, bajo los criterios establecido en la Ley. El Instrumento de Focalización Previsional (ITF) considera: La modificación de la unidad de análisis desde el hogar al grupo familiar definido en el artículo 4 de la ley Nº 20.255. Una adecuada consideración del ingreso percápita del grupo familiar los que implica, respecto del cálculo del puntaje en la FPS, una modificación en las ponderaciones del ingreso laboral y de la capacidad de generar ingresos. La verificación de los ingresos del grupo familiar a través de los registros administrativos del SII y de otras fuentes disponibles.

Conceptos: CGI = Capacidad Generadora de Ingresos IN = Índice de Necesidades Pi,g = Ponderador de Ingresos Laborales Yi,g = Ingresos laborales de individuo o el grupo familiar YPi,g = Ingresos permanentes y otros ingresos provenientes de bienes de capital físico y financiero de individuo o el grupo familiar. INg = Indice necesidades del grupo familiar F = Factor de transformación del instrumento

La formula a través de la ficha de protección social no reflejaba el ingreso real de la persona. Listado de excepciones con CGI igual a cero: 1. Personas con edad igual o menor a 15 años 2. Mujeres con edad igual o mayor a 60 años 3. Hombres con edad igual o mayor a 65 años 4. Embarazadas 5. Personas que presentan dependencia severa, leve o moderada (autoreporte) 6. Estudiantes hasta los 24 años de edad

Ponderador de los Ingresos Laborales

Índice de necesidades Grupo Familiar Además, en la contabilización de los miembros del grupo familiar se toma en cuenta el grado de dependencia de cada uno de ellos.

4 Personas: 1 Jefe de Hogar 65 años E j e m p l o 4 Personas: 1 Jefe de Hogar 65 años 2 Cónyuge 56 años (Dependiente leve 0,4706) 3 Hijo 18 años 1. CCI x (1- Pond. Ing. Lab.) + Ingreso declarado x Pond. Ing. Lab. + Otros Ingresos x F = 300 2. CCI x (1- 0.6 Pond. Ing. Lab.) + Ingreso declarado x 0.6 Pond. Ing. Lab. + Otros Ingresos x F = 200 3. CCI x (1- 0.1 Pond. Ing. Lab.) + Ingreso declarado x 0.1 Pond. Ing. Lab. + Otros Ingresos x F = 100 _________ TOTAL 600 600 / 3 = 200 puntaje ITF 600 / 3,4706 = 172 Umbral 1.100 en consecuencia califica para postular a pilar solidario.

FPS SP Puntaje IPS ITF SII Ej. 300 55% Umbral (-1.100)

Umbral de Focalización e ITF Hasta ahora se consideraba que una persona pertenecía al 55% mas vulnerable de la población si tenía un puntaje igual o inferior a 13.181 puntos en la Ficha de Protección Social. El cambio del Instrumento Técnico de Focalización implica un cambio en los puntajes que se utilizarán para evaluar el nivel de pobreza de la población con el objeto de asignar los beneficios del Pilar Solidario. Con el nuevo instrumento de focalización se entenderá que si una persona obtiene un puntaje menor o igual a 1.100 integra un grupo familiar perteneciente al 55% de la población más pobre de la población de Chile.