Los Derechos del Consumidor de Energía Eléctrica.

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Transcripción de la presentación:

Los Derechos del Consumidor de Energía Eléctrica.

1 A la hora de contratar ...

1.1 El Contrato de Acceso a Red.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 1.1 El Contrato de Acceso a Red.- Se celebra con la Empresa Distribuidora de la zona en la que se vaya a realizar el consumo. Es un contrato tipo elaborado por el Ministerio de Industria. Su duración es anual prorrogable, si bien el consumidor puede solicitar la baja en cualquier momento (preaviso de 5 días). Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

1.2 Los costes del contrato.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 1.2 Los costes del contrato.- Cuando existe un punto de suministro, el contrato es gratuito. Si no existe punto de suministro, además de derechos de acceso a red y extensión, el usuario debe pagar los costes de la acometida. Otros gastos del contrato: derechos de verificación y depósito de garantía. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

2 A vueltas con la factura ...

2.1 La factura.- Se emiten con una periodicidad mensual. Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 2.1 La factura.- Se emiten con una periodicidad mensual. Los consumos se calculan conforme a lecturas reales de los equipos de medida. También se usan las lecturas estimadas. El plazo para su abono es de 20 días. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

2.2 La lectura real. La medición.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 2.2 La lectura real. La medición.- La medición de los suministros a tarifa es responsabilidad de la empresa distribuidora. Los equipos de medida (contadores) pueden ser en propiedad o alquilados. En caso de disconformidad con la facturación podemos solicitar la verificación de los equipos de medida. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 2.3 La lectura estimada.- Se aplica en aquellos supuestos en los que no puede practicarse una lectura real. Se calcula sobre la base del histórico del cliente, tomando el consumo real del mismo periodo del año anterior. La lectura estimada debe ser tener un carácter excepcional ya que, de lo contrario, generaría graves desequilibrios en la facturación. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

2.4 El impago de la factura.- Es causa de suspensión del suministro. Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 2.4 El impago de la factura.- Es causa de suspensión del suministro. Deben haber transcurrido más de dos meses desde el requerimiento fehaciente de pago. El requerimiento debe precisar la fecha en la que la suspensión se hará efectiva. Un vez abonada la factura (+ la reconexión) el suministro debe restablecerse en 24 horas. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

3 Cuestión de Calidad ...

3.1 La calidad del servicio.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 3.1 La calidad del servicio.- Continuidad del suministro (número y duración de las interrupciones). Calidad del producto (características de la onda de tensión). Calidad en la atención y relación con el cliente. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

3.2 La continuidad del suministro.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 3.2 La continuidad del suministro.- Viene determinada por el número y la duración de las interrupciones. Los mínimos exigibles de calidad dependen del lugar donde se ubique el suministro y del tipo de interrupción. En caso de incumplimiento, el consumidor tiene derecho a una compensación económica. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

3.3 La calidad del producto.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 3.3 La calidad del producto.- Hace referencia al conjunto de características de la onda de tensión. Puede verse afectada por las variaciones del valor eficaz de la tensión y de la frecuencia, y por las interrupciones de servicio y huecos de tensión de duración inferior a 3 minutos. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

3.4 La calidad de la atención al consumidor.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 3.4 La calidad de la atención al consumidor.- Asesoramiento al consumidor. Se establecen plazos para atender las solicitudes de contratación, instalar equipos y resolver reclamaciones. En caso de incumplimiento, la empresa debe compensar al consumidor con 30,05 € o el 10 % de la primera facturación. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

4 Hacia un Mercado Liberalizado

4.1 El suministro de energía en el Mercado Regulado.- Productor Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 4.1 El suministro de energía en el Mercado Regulado.- Productor Transportista Distribuidor Contrato de Suministro Cliente Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

4.2 Características del suministro en el Mercado Regulado.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 4.2 Características del suministro en el Mercado Regulado.- El servicio técnico y comercial recaen en el DISTRIBUIDOR. Los precios se establecen conforme a tarifas reguladas por el Gobierno. No existe capacidad de negociación. La zona y la red de distribución condicionan la calidad del suministro. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

Contrato de Acceso a la Red Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 4.3 El suministro de energía en el Mercado Libre.- Transportista Distribuidor Contrato de Acceso a la Red Contrato de Acceso a la Red Productor Comercializador Cliente Venta de electricidad Contrato de Suministro Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

4.4 Características del suministro en el Mercado Libre.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 4.4 Características del suministro en el Mercado Libre.- El COMERCIALIZADOR gestiona el servicio comercial y el DISTRIBUIDOR servicio técnico. Mayor flexibilidad en los precios. Sí existe capacidad de negociación. Se mantiene la misma calidad de servicio. El responsable es el DISTRIBUIDOR. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

5 La Tarifa de Último Recurso

5.1 El Suministro de Último Recurso.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 5.1 El Suministro de Último Recurso.- A partir del 1 de julio de 2009 desaparecen las tarifas integrales. Se crea el suministro de último recurso para los consumidores finales con potencia contratada inferior o igual a 10 Kw. Paralelamente, se crea la Tarifa de Último Recurso. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

5.2 Comercializadores de último recurso.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 5.2 Comercializadores de último recurso.- El consumidor podrá optar por una de las siguientes comercializadoras de último recurso: ENDESA, IBERDROLA, UNIÓN FENOSA, HC ENERGÍA y E.ON. Quienes no hayan optado por una empresa comercializadora antes del 1 de julio de 2009, pasarán a ser suministrados por una empresa comercializadora de la distribuidora de la zona. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

5.3 La Tarifa de Último Recurso.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 5.3 La Tarifa de Último Recurso.- La Tarifa de Último Recurso (TUR) es el precio máximo y mínimo que podrán cobrar las comercializadoras de último recurso. Su importe lo determina el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en función de los costes de producción, peajes de acceso y costes comerciales. La TUR se revisará semestralmente. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 5.4 El Bono Social.- El Bono Social compensa la diferencia entre el valor de la TUR y un valor de referencia, denominado tarifa reducida. La tarifa reducida será la tarifa aplicable al consumidor doméstico vigente a la entrada en vigor de la TUR. Lo aplica el comercializador de último recurso directamente en la factura. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

5.5 El Bono Social. Beneficiarios.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 5.5 El Bono Social. Beneficiarios.- Pueden beneficiarse del Bono Social las personas físicas que tengan una potencia contratada inferior a 3 Kw. en su vivienda habitual. También podrán beneficiarse, los pensionistas de 60 o más años que perciban las cuantías mínimas, las familias numerosas y consumidores que acrediten con todos los miembros de su unidad familiar se encuentran en situación de desempleo. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

6 ¿Cómo Reclamar ?

6.1 Las Reclamaciones de los Consumidores.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 6.1 Las Reclamaciones de los Consumidores.- Disconformidad con la facturación. Aplicación de lecturas estimadas. Interrupción del suministro. Daños en bienes por sobretensión. Servicio de Atención al Cliente. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 6.2 ¿Cómo reclamar? Solicitar una Hoja de Reclamaciones en el Servicio de Atención al Cliente de la empresa distribuidora / comercializadora. Presentar en la Consejería de Industria y Empleo del Principado de Asturias. Oficina de Defensa del Consumidor de productos energéticos (CNE). Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

6.3 Contactar con UCE-Asturias.- 901 50 10 50 Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 6.3 Contactar con UCE-Asturias.- Gracias al Convenio de Colaboración firmado entre la Unión de Consumidores de Asturias y la Agencia Regional de Consumo del Principado, los asturianos pueden realizar cualquier consulta de consumo en el teléfono : 901 50 10 50 En horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:00 horas. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

6.3 Contactar con UCE-Asturias.- Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 6.3 Contactar con UCE-Asturias.- Centros de información de UCE-Asturias: Oviedo. C/ General Elorza nº 53, bajo. Gijón. C/ María Bandujo nº 6, bajo. Avilés. C/ Rivero, 95, 2º dcha. Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

6.3 Contactar con UCE-Asturias.- uceasturias@uceasturias.com Los Derechos de los Consumidores de Energía Eléctrica. 6.3 Contactar con UCE-Asturias.- A través de nuestra página web: www.uceasturias.com O en el correo electrónico: uceasturias@uceasturias.com Carmen Mª García Sánchez Responsable del Servicio Jurídico

Los Derechos del Consumidor de Energía Eléctrica.