LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS ABOGADOS

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Transcripción de la presentación:

LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS ABOGADOS Pedro-José Vela Torres Magistrado

INTRODUCCIÓN Incremento de las reclamaciones de responsabilidad civil contra abogados. Posibles causas: *Crisis de la “inmunidad” de las profesiones liberales. * Consideración del cliente como un consumidor. * Importación de sistemas foráneos. * No se llega todavía a los extremos de otros países. En todo caso, no debe verse como una “agresión exterior”: las demandas contra abogados las firman otros abogados.

ACTUACIONES PROFESIONALES GENERADORAS DE RESPONSABILIDAD Los casos más frecuentes son los ligados a la actividad procesal. Actuaciones previas al proceso: interposición de demandas o querellas con la acción prescrita o caducada, o prescrito el delito, por inactividad del abogado. Actuaciones una vez iniciado el proceso: falta de contestación a la demanda, inasistencia a juicio, falta de aportación de medios probatorios. Actuaciones posteriores al juicio: presentación extemporánea de recursos. En todo caso, la jurisprudencia siempre exige que se trate de errores patentes y palmarios. Actuaciones procesales: asesoramiento, redacción de contratos. Deberes accesorios: información, secreto.

NATURALEZA JURÍDICA DE LA PRESTACIÓN PRINCIPAL DEL ABOGADO Con carácter general, arrendamiento de servicios. En algunos casos, comisión. Conceptuación jurisprudencial: contrato de gestión que se construye con elementos tomados del arrendamiento de servicios y del mandato (SSTS de 28 de enero de 1998, 23 de mayo y 27 de junio de 2006, 26 de febrero y 18 de octubre de 2007, 22 de octubre de 2008 y 28 de junio de 2012). En algunos casos, arrendamiento de obra (se exige resultado): dictámenes, redacción de estatutos, contratos, etc. Deberes generales: informar de la gravedad de la situación, de la conveniencia o no de acudir a los tribunales, de los costes del proceso y de las posibilidades de éxito o fracaso; cumplir con los deberes deontológicos de lealtad y honestidad en el desempeño del encargo; observar las leyes procesales; y aplicar al problema los indispensables conocimientos jurídicos (SSTS de 14 de julio de 2005 y 14 de octubre de 2013).

LAS PRESTACIONES ACCESORIAS DEL ABOGADO Implícitas, pero no contratadas específicamente. Jurisprudencia: naturaleza extracontractual. Plazo prescripción de un año (STS 10- 6-91). Deber de información: que tras el archivo de las diligencias penales puede ejercitarse la acción civil (STS 14-5-99); que la información sea incorrecta (STS 25- 5-98). Basta con ofrecer la información, no se puede exigir que el cliente la comprenda. Es un deber formal, equivalente al consentimiento informado de los profesionales sanitarios. Deber de secreto: no hay ninguna STS. No existe deber de seguir las instrucciones del cliente sobre la estrategia procesal (STS 13-10-03). Sí sobre la continuidad del procedimiento. Entrega de documentos y papeles: custodia, aportación y devolución.

DAÑOS DERIVADOS DE LA ACTUACIÓN DEL ABOGADO Tratándose de una responsabilidad subjetiva de carácter contractual, la carga de la prueba de la falta de diligencia en la prestación profesional del abogado, del nexo de causalidad con el daño producido, y de la existencia y del alcance de éste corresponde a la parte que demanda la indemnización por incumplimiento contractual (SSTS de 14 de julio de 2005 y 21 de junio de 2007). Daño patrimonial: daño cierto/daño hipotético. Nexo de causalidad entre la actuación negligente y el daño. Juicio de imputabilidad: no hay obligación de resultado (SSTS de 14 de julio de 2005, 14 de diciembre de 2005, 30 de marzo de 2006, 30 de marzo de 2006 y 26 de febrero de 2007, entre otras). Interferencia de elementos ajenos (SSTS 23 de julio de 2008 y 22 abril 2013). Certeza objetiva: falta de ejercicio de la pretensión (SSTS de 14 de diciembre de 2005 y 22 abril 2013).

LA PÉRDIDA DE OPORTUNIDAD PROCESAL Será necesario que concurran ciertos requisitos: que el resultado sea definitivo (esto es, que la situación no pueda ser solucionada con otros remedios procesales, v. gr., recursos) y que antes de la defectuosa actuación u omisión del letrado existiera alguna oportunidad de que la pretensión fallida fuera estimada (lo que no sucederá con las pretensiones totalmente infundadas o carentes de base jurídica). Prosperabilidad de la pretensión: método estadístico. El juicio dentro del juicio: STS 29-5-03. Ventajas e inconvenientes de este método. Problemas de valoración en las reclamaciones sin contenido patrimonial. Daño moral por la imposibilidad de acceso a la jurisdicción.

PRONUNCIAMIENTOS AP CÓRDOBA SAP (3ª) 30-9-04: Tras la notificación de la insolvencia en la jurisdicción laboral, no se reclama al FOGASA. Indemnización: lo que hubiera abonado este organismo. SAP (2ª) 24-1-07: Presentación extemporánea demanda despido. Moderación de la indemnización. SAP (3ª) 21-11-08: No hay negligencia en escoger una de las vías legales posibles. SAP (1ª) 25-2-10: Caso jurídicamente dudoso.