MONTE DE PIEDAD Y CAJA DE AHORROS DE CÓRDOBA. Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas Profesor: Alfonso. C. Morales Alumno : Antonio Castro.

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Transcripción de la presentación:

MONTE DE PIEDAD Y CAJA DE AHORROS DE CÓRDOBA

Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas Profesor: Alfonso. C. Morales Alumno : Antonio Castro Medina

ENTIDAD FINANCIERA Andalucía, Extremadura, Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia, Castilla La Mancha. Sede social Ronda de los tejares nº Córdoba

La Caja de Ahorros y monte de Piedad de Córdoba fue fundada por el Excelentísimo Cabildo de Córdoba, como Monte de Piedad, el día 1 de septiembre de 1864, siendo clasificada como institución benéfico-social, y como Caja de Ahorros fue fundada por el mismo Cabildo Eclesiástico el día 2 de octubre de La entidad figura inscrita en el Registro Especial de Cajas Generales de ahorro del Banco de España con el número 41, y en el Registro Mercantil de la Provincia de Córdoba. Tiene registrado y ostenta adicionalmente el nombre comercial de “Cajasur”. Es miembro de la Federación de Cajas de Ahorro de Andalucía, de la Confederación española de Cajas de Ahorro y del Instituto Internacional de Ahorro. Empresa modelo en la Seguridad Social y Medalla de oro de la ciudad de Córdoba. La caja cuenta con una importante obra social y cultural, centrada fundamentalmente en la provincia de Córdoba, otorgando becas a estudiantes, ayudas a personas con discapacidad o subvencionando la conservación del patrimonio histórico-artístico y el medio ambiente.

Grupo al que pertenecen Consejeros generales % del total CORPORACIONES MUNICIPALES 3320,755 IMPOSITORES 4025,157 PERSONAS O ENTIDADES FUNDADORAS 4830,189 EMPLEADOS 85,031 DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA 85,031 JUNTA DE ANDALUCÍA 1610,063 PATRONOS 63,774 Total159100

DIRECCIÓN GENERAL DIRECCIÓN SERVICIOS JURÍDICOS RELACIONES INSTITUCIONAL ES GABINETE COMUNICACIÓ N RELACIONES PÚBLICAS ASESORÍA JURÍDICA DIRECCIÓN COMERCIAL GESTIÓN DE PATRIMONIOS ÁREA MERCADOS RED COMERCIAL CANALES ALTERNATIVOS DIRECCIÓN DIVISIÓN DE RIESGOS ÁREA INVERSIONES ÁREA CONTROL DE RIESGOS RECURSOS HUMANOS DIRECCIÓN TÉCNICA DE SOPORTE ÁREA DE ORGANIZACIÓ N ÁREA DE SISTEMAS ÁREA DE ADMÓN. Y OBRAS ÁREA DE INMOVILIZADO CONSEJO DE ADMINISTRACIÓ N COMISIÓN INVERSIONES COMITÉ AUDITORÍA COMISIÓN RETRIBUCIONE S ASAMBLEA GENERAL

Dentro de sus funciones de administración y gestión financiera de la Entidad y de su Obra Benéfico Social, competen al Consejo de Administración las siguientes facultades, cuya enumeración no es limitativa sino enunciativa: 1º. Vigilar la fiel observancia de los Estatutos, proponiendo a la Asamblea General las modificaciones que juzgue convenientes en los mismos. 2º. Ejecutar y hacer ejecutar los acuerdos de la Asamblea General. 3º. Ostentar, a través del Presidente, la representación de la Entidad, en juicio y fuera de él, para todo lo concerniente al giro y tráfico de la misma, y sin perjuicio de las delegaciones previstas en estos Estatutos o expresamente acordadas por el propio Consejo de Administración. 4º. Determinar y modificar la estructura interna y organización administrativa de la Institución. 5º. Determinar y realizar las operaciones, tanto activas como pasivas y complementarias, que haya de practicar la Entidad dentro del objeto y fines de la misma. 6º. Estimular y proteger el ahorro con premios u otros medios análogos que mejor contribuyan a tal fin. 7º. Delegar en la Comisión Ejecutiva, en el Presidente, Vicepresidentes, en los Directores Generales, en su caso, las facultades que considere procedentes, con excepción de las relativas a la elevación de propuestas a la Asamblea o cuando se trate de facultades que le hubieran sido delegadas, salvo que, en este caso, fuese expresamente autorizado para ello. 8º. Elevar a la Asamblea General las propuestas expresamente previstas en estos Estatutos o cualesquiera otras necesarias para el buen gobierno y administración de la Entidad. 9º.

9º. Aprobar el ingreso de empleados y modificar la plantilla, crear y suprimir cargos, fijar sus facultades y atribuciones y señalar sus sueldos, emolumentos y gratificaciones. 10º. Acordar la inversión de los fondos de la Institución y toda clase de actos de disposición y administración necesarios para la gestión de las actividades de la Entidad 11º. Aprobar los préstamos, créditos y descuentos financiero y comercial con garantía personal, hipotecaria, pignoraticia, de aval bancario etc. 12º. Autorizar avales, garantizando a los solicitantes ante todo tipo de personas públicas y privadas, con la misma posibilidad de delegación establecida en el apartado precedente. 14º. Abrir, movilizar y cancelar cuentas de ahorro, cuentas corrientes y de crédito a nombre de la Institución, en el Banco de España, en la banca oficial y privada, y en la Confederación Española de Cajas de Ahorros, y pignorar valores u otra clase de bienes. 15º. Elevar a la Asamblea General el informe de gestión y las cuentas anuales comprensivas de la Memoria, Balance Anual, Cuenta de Resultados y la propuesta de aplicación de éstos a los fines propios de la Institución, así como elaborar y aprobar el Informe de Gobierno Corporativo de la Entidad. 16º. Poner a disposición de la Comisión de Control los documentos antecedentes y datos necesarios para el cumplimiento de su función. 17º. Ejercer todas las acciones administrativas, económico administrativas, laborales, civiles y criminales, judiciales y extrajudiciales que competen a la Entidad y representarla cuando sea demandada. 18º. Nombrar cuantas comisiones o ponencias estime conveniente para el mejor estudio de temas concretos de su competencia. 19º. Nombrar, ascender, recompensar, suspender, sancionar, separar y despedir a los Directores Adjuntos, Subdirectores, Jefes de las diversas dependencias u Oficinas y restante personal. 20º. Contratar la prestación por personas físicas o jurídicas, de servicios profesionales, técnicos o de otra índole, con carácter circunstancial o temporal. 21º. Nombrar y remover a los Directores Generales en los términos establecidos en las disposiciones legales aplicables y en estos Estatutos. 22º. Proponer a la Asamblea General, para su aprobación, las obras sociales y culturales que habrán de ser efectuadas y los presupuestos de las ya existentes.