Contratación Directa mediante el Artículo 10 Nº 7 Letra K
Procedimientos de Contratación Convenios Marco Licitación Pública Licitación Privada Trato o Contratación Directa. Compras menores a 3 UTM.
Requisitos de la Letra K Compra de bienes y contratación de servicios. Destinados a la ejecución de proyectos específicos o singulares Que los proyectos sean de docencia, investigación o extensión
Requisitos de la Letra K Que el uso de la licitación pública pueda poner en riesgo el objeto o la eficacia del proyecto. Dictar una resolución que asegure la corrección del procedimiento respetando principios y derechos de los eventuales oferentes.
Regulación de funcionamiento de la letra K. Se debe acompañar todos los antecedentes que sirvan de fundamento a la solicitud. La Vicerrectoría de Asuntos Económicos autoriza o deniega la contratación vía trato de directo, indicando además: a) Condiciones en que debe procederse a la contratación (cotizaciones, criterios de evaluación, garantías etc. b) Exigencias que estime necesarias para resguardar la eficiencia, transparencia, igualdad, publicidad y no discriminación arbitraria.
Regulación de funcionamiento de la letra K. El proceso debe realizarse a través del Portal Mercado Público. Los antecedentes que funden la resolución deben archivarse.
Regulación de funcionamiento de la letra K. Se regula en el Decreto Universitario Nº126 de 11 de enero de 2010 La unidad académica o administrativa debe hacer el requerimiento a los departamentos de Servicios Generales y Patrimonio o Bienes y Servicios según corresponda. Debe justificar que contratar vía licitación pública puede poner el riesgo el objeto o eficacia del proyecto.