1.- Los recursos humanos en la Administración. A- Personal político.

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Transcripción de la presentación:

1.- Los recursos humanos en la Administración. A- Personal político. EL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. ÍNDICE: 1.- Los recursos humanos en la Administración. A- Personal político. B- Personal funcionario. C- Personal estatutario. D- Personal contratado. 2.- Cuerpos y escalas de funcionarios de carrera. A) Cuerpos generales. B) Cuerpos especiales. 3.- Acceso a la función pública. 4.- Selección de personal. 5.- Requisitos mínimos para participar en las pruebas selectivas.

6.- Contenido de las convocatorias. 7.- Fase de prácticas. 8.- Adquisición de la condición de funcionario. 9.- Pérdida de la condición de funcionario.

1.- Los recursos humanos en la Administración. La Ley de Funcionarios Civiles del Estado define a los funcionarios como las personas incorporadas a la misma por una relación de servicios profesionales y retribuidos, regulada por el Derecho administrativo. Los recursos humanos con los que cuenta la Administración pública, también denominados empleados públicos, pueden ser personal político, funcionario, estatutario y contratado.

PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN Político Funcionario Estatutario Contratado De carrera De empleo Administrativo Laboral Eventual Interino

Personal político El personal político es el que ocupa la cúspide de la jerarquía administrativa. En el ESTADO: Son el presidente del Gobierno, el vicepresidente, los ministros, los secretarios generales y los directores generales. También corresponden los órganos periféricos: los delegados del Gobierno y los subdelegados del Gobierno. En las CCAA: Presidentes, vicepresidentes, consejeros y asimilados, directores generales. En las Corporaciones locales: Alcaldes, tenientes de alcalde y concejales.

B) Personal funcionario. Funcionarios de la Administración pública SON Las personas incorporadas a la administración por una relación de servicios profesionales y retribuidos, regulada por el derecho Administrativo Pueden ser De carrera De empleo

Funcionarios de carrera Reciben un nombramiento legal. Desempeñan servicios de carácter permanente. Figuran en las correspondientes plantillas. Perciben sueldos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Funcionarios de empleo Eventuales Interinos Desempeñan trabajos de confianza o asesoramiento especial no reservados a funcionarios de carrera. Cesan automáticamente cuando cesa la autoridad a la que presta su función. Son nombrados por los ministros, secretarios de Estado, consejeros de las CCAA y presidentes de las corporaciones locales. Son aquellos que por razón de necesidad o urgencia ocupan plazas de plantilla hasta que se provean por funcionarios de carrera.

C) Personal estatutario Se conoce por personal estatutario al personal funcionario con estatuto específico propio, diferente del genérico, para el resto de funcionarios del Estado, como por ejemplo, el personal de correos.

D) Personal contratado Es aquel que está regulado por un contrato o acuerdo bilateral con la administración, que puede ser laboral o administrativo. Personal laboral son los trabajadores al servicio de la administración contratados por esta con dicho carácter. Esta situación está regulada por el Derecho laboral, igual que los trabajadores de la empresa privada, y puede ser de carácter fijo o temporal. LABORAL Solo se admite EL CONTRATO ADMINISTRATIVO para trabajadores específicos y su régimen jurídico es el propio de la contratación administrativa. Se rige por las reglas generales, tanto el personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado como el personal al servicio de las CCAA y de la Administración local. ADMINISTRATIVO

2.- Cuerpos y escalas de funcionarios de carrera. Los funcionarios de carrera se clasifican en dos grandes grupos: cuerpos generales y cuerpos especiales. A) CUERPOS GENERALES. Son Son los encargados de desempeñar funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa. Se agrupan de acuerdo con la titulación exigida para el acceso, en Grupos A,B,C,D y E. Se agrupan En cuerpos: Si los funcionarios de carrera pertenecen a la Administración del Estado Se integran En escalas: Si los funcionarios de carrera pertenecen a los organismos autónomos de Estado.

Arquitectos de la Hacienda pública. Diplomáticos. B) CUERPOS ESPECIALES Hay infinidad de ellos en la Administración española y no están normalizados; por ejemplo: Arquitectos de la Hacienda pública. Diplomáticos. Archiveros. Bibliotecarios. Ingenieros aeronáuticos, de caminos, de minas. Geógrafos. Profesores. Inspectores de finanzas, inspectores de trabajo. Traductores e interpretes. Estadísticos. Facultativos, etc.

Agrupación de los cuerpos generales del Estado. Grupo Titulaciones Cuerpo Funciones A Doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente. Superior de administradores civiles del Estado Gestión, estudio y propuestas superiores. B Ingeniero técnico, diplomado universitario, arquitecto técnico con F.P. de tercer grado o equivalente. Gestión Gestión, estudio y propuestas a nivel intermedio. C Bachiller, F.P. 2. º grado o equivalente. Administrativo Trámite y colaboración D Graduado escolar, F.P. 1.er grado o equivalente. Auxiliar Manejo de procesadores de texto, operaciones de cálculo sencillo, secretaría, archivo. E Certificado de escolaridad Subalterno Vigilancia, custodia, etc.

Niveles de los puestos de trabajo e intervalos de niveles Los puestos de trabajo correspondientes a los grupos o escalas A, B, C, D y E se clasifican en 30 niveles. Estos niveles se agrupan en intervalos de niveles de puestos de trabajo que corresponden a cada grupo o escala, de acuerdo con el grupo en el que figuren clasificados. Cuerpos o escalas Nivel mínimo Nivel máximo Grupo A 20 30 Grupo B 16 26 Grupo C 11 22 Grupo D 9 18 Grupo E 7 14

3.- El acceso a la función pública. Cuando la Administración pública precisa recursos humanos procede a seleccionar al personal de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través de sistemas en los que se garanticen los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad. Los pasos que sigue una oferta de selección de personal son los siguientes: 1º Se publica la Ley de Presupuestos del Estado (finales de diciembre). 2º Anualmente se debe publicar en el Boletín oficial que corresponda la oferta de empleo del personal al servicio de la Administración del Estado, dentro del primer trimestre de cada año natural. 3º A partir de aquí se irán, sucesivamente, publicando las convocatorias de las distintas pruebas selectivas de acceso para las plazas vacantes, indicando el calendario para la realización de las pruebas.

4.- Selección de personal. Todos los procedimientos de selección y acceso de personal, funcionario o laboral, se realizan mediante convocatoria pública a través de los siguientes sistemas: OPOSICIÓN Sistemas de selección de personal CONCURSO CONCURSO-OPOSICIÓN

CONSISTE en la celebración de una o más pruebas eliminatorias de capacidad para determinar la aptitud de los aspirantes y fijar el orden de los mismos en la selección. LA OPOSICIÓN CONCURSO CONSISTE en la calificación de los méritos aportados por los aspirantes, en relación con los exigidos en la correspondiente convocatoria. CONCURSO-OPOSICIÓN CONSISTE en la celebración, como fases de un mismo proceso selectivo, de un concurso y de una oposición. La selección del personal laboral fijo se realizará por el sistema de concurso, salvo cuando por la naturaleza de las tareas a realizar , o por el número de aspirantes, resulte más adecuado el de concurso-oposición o el de oposición.

5.- Requisitos mínimos para participar en las pruebas selectivas. Ser español. Los ciudadanos de la Unión Europea pueden acceder con excepciones. Tener cumplidos 18 años. Estar en posesión del título exigible o en condiciones de obtenerlo. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

6.- Contenido de las convocatorias Las convocatorias se publican en el BOE (o en el de la CCAA si es de este ámbito). Todos los requisitos que necesitemos saber figuran en la orden de la convocatoria (nº de plazas, solicitudes, méritos, orden de actuación, tribunal calificador, sistema de calificación, etc.) Las convocatorias podrán tener hasta tres turnos distintos: libre, promoción interna y especial. Convocatoria libre para cualquier ciudadano. Existe una reserva de plazas del 3% para personas discapacitadas. Si las plazas de discapacitados no se cubren pasan a ser libres sin reserva. Promoción interna. Consiste en el ascenso desde cuerpos o escalas de un grupo de titulación a otros de rango inmediato superior. Las plazas no cubiertas pasan a ser libres. Especial para el personal laboral fijo en determinadas casos.

Con resultado satisfactorio 7.- Fase de prácticas Una vez superadas las pruebas selectivas los candidatos serán nombrados funcionarios en prácticas. Durante este periodo de práctica administrativa, los candidatos deberán seguir: NOMBRAMIENTO FASE DE PRÁCTICAS o un periodo de práctica administrativa Un curso selectivo Con resultado satisfactorio SI NO SE SUPERA LA FASE DE PRÁCTICAS SE PIERDE EL DERECHO A SER NOMBRADO FUNCIONARIO DE CARRERA.

8.- Adquisición de la condición de funcionario Superación de la prueba de selección y de la fase de prácticas. Nombramiento legal por la autoridad competente. FUNCIONARIO Juramento o promesa del cargo, con lealtad al rey y a la Constitución Toma de posesión dentro del plazo de un mes.

9.- Pérdida de la condición de funcionario. La condición de funcionario se pierde por diversas causas: Pérdida de algunos de los requisitos exigidos para ser admitido en las pruebas de selección, ejemplo: la nacionalidad española. Sanción disciplinaria de separación del servicio y pena de inhabilitación para cargo público. Renuncia. Jubilación No solicitar el reingreso después de la excedencia. Fallecimiento. ETC. FIN