Estructura Orgánica Es la forma en que están cimentadas y ordenadas las unidades administrativas de una institución y la relación que guarda entre sí.-

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Transcripción de la presentación:

Estructura Orgánica Es la forma en que están cimentadas y ordenadas las unidades administrativas de una institución y la relación que guarda entre sí.- Es la forma en que se dividen, agrupan y coordinan las actividades de la organización en cuanto a las relaciones entre el personal que la integra

En el Capítulo XXX de la Ordenanza 282/92 Estatuto del Personal de la Administración Pública Municipal que comprende desde el artículo 239º al 270º se hace referencia al escalafón del personal permanente de la Municipalidad de Río Cuarto que comprende a las personas que, en virtud de nombramientos emanados de autoridad competente, presten servicios remunerados de carácter permanente en los organismos integrantes de la administración municipal Escalafón

El Escalafón está constituido por: AGRUPAMIENTO. Es el conjunto de categorías, que abarca funciones generales programadas para el logro de un objetivo común, dentro del cual se desarrolla una carrera administrativa. Son siete (7) TRAMO. Es cada una de las partes en que se divide un agrupamiento integradas por un número determinado de categorías. Son Cuatro (4)

Categoría: Es cada uno de los escalones jerárquicos de un agrupamiento. A cada categoría corresponden funciones específicas diferenciadas. Cargo : Es el conjunto de funciones, atribuciones y responsabilidades que, conforme a lo previsto en la respectiva estructura, corresponde a cada agente según su categoría de revista.

Carrera : Es el progreso del agente en las diferentes posiciones escalafonarias dentro del agrupamiento al que pertenece, por aplicación de los sistemas de promoción previstos en el Estatuto. Las promociones de categorías sólo podrán efectuarse cuando existan vacantes financiadas y con sujeción a lo previsto en el régimen de selección determinado en el Estatuto.

La estabilidad laboral implica la permanencia en el Agrupamiento, Tramo y Categoría no así el Cargo Quedan excluidos del régimen previsto por el presente Estatuto El personal político del Concejo Deliberante y de los bloques; el personal de la Defensoría del Pueblo; el personal del Tribunal de Cuentas Municipal; salvo que se los incluya en forma expresa.

AGRUPAMIENTOS ADMINISTRATIVO: Incluye al personal que desempeña funciones de conducción, dirección, coordinación, planeamiento, organización, fiscalización, supervisión, asesoramiento o ejecución de tareas administrativas. Tiene 4 tramos y doce cateorías: Conducción (12, 16 y 17); Superior (10, 9 y 8); Medio (7,6 y 5) y Básico (4, 3 y 2)

PROFESIONAL: Este agrupamiento incluye al personal que posee título Profesional Universitario y desempeña funciones propias de su profesión, no comprendidas en otros agrupamientos. Tiene un único tramo con un total de 4 categorías. Superior (10, 9, 8 y 7). El ingreso del personal se produce con la categoría 7.

TECNICO: Esta comprendido en este agrupamiento el personal que desempeña funciones de organización, planificación, supervisión, fiscalización, asesoramiento o ejecución de tareas técnicas cualquiera fuera su naturaleza, con exclusión de las propias de otros agrupamientos. Comprende 3 tramos con un total de 8 categorías. Superior (9 y 8); Medio (7, 6 y 5) y Básico (4, 3 y 2)

ASISTENCIAL: Este agrupamiento incluye al personal que presta servicios en unidades asistenciales que contribuyen al tratamiento de la salud, y que no estén contemplados en otros agrupamientos. Comprende 3 tramos con un total de 8 categorías. Superior (9 y 8), Medio (7,6 y 5) y Básico (4, 3 y 2)

MANTENIMIENTO PRODUCCIÓN Y MAESTRANZA: Agrupa al personal que tiene a su cargo tareas de producción o conservación de bienes, vigilancia, limpieza de locales y edificios municipales, manejo de equipos y vehículos destinado al servicio y las que impliquen atención a otros agentes y al público. Queda comprendido también en el mismo aquel personal que realiza obras, trabajos y servicios públicos indistintos.

INFORMATICO: Incluye al personal que desempeñe su tareas en el Centro de Cómputos Municipal. Comprende 2 tramos y 7 categorías. Conducción (20, 16 y 11); Básico (7, 9, 18 y 19). El ingreso se efectúa con la categoría 7. Este agrupamiento comprende 3 tramos y 9 categorías. Superior (9 y 8); Medio (7, 6 y 5) y Básico (4, 3, 2 y 1)

SERVICIOS ESPECIALES: Incluye al personal que tiene a su cargo las tareas de patio del cementerio, consistentes entre otras en la realización de sepulturas, exhumaciones, reducciones y mantenimiento del predio. También incluye al personal que tiene a su cargo tareas con un elevado grado de conflictividad por desarrollarse en la vía pública y por consistir en funciones de control y sanción de infracciones de los ciudadanos, tales como los servicios

prestados por los inspectores de tránsito y los Inspectores de espectáculos públicos. Comprende 3 tramos con un total de 10 categorías. Superior (10, 9 y 8); Medio (7, 6 y 5) y Básico (4, 3 y 2)

TRAMOS CONDUCCIÓN : incluye a los agentes que cumplen tareas de Director General, Subdirector General y Jefe de Área, está constituido por las categorías 17, 16 y 12.

SUPERIOR : Incluye a los agentes que cumplen tareas de Dirección, Coordinación, Planeamiento, Organización, Control o Asesoramiento, destinadas a contribuir en la formulación de políticas y planes de conducción y en la preparación, ejecución y control de programas y proyectos destinados a concretar aquellas. Está constituido por las categorías 10, 9 y 8.

MEDIO : Incluye a los agentes municipales que desarrollan funciones de colaboración y apoyo al personal de Dirección, así como la supervisión directa de tareas propias del personal de ejecución. Está constituido por las categorías 7, 6, y 5. BASICO : incluye a los agentes municipales que desarrollan tareas de carácter operativo, auxiliar o elemental. Está constituido por las categorías 4, 3 y 2.