MANEJO DE INSTRUMENTOS JURIDICOS LABORALES

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
De los contratos Laborales
Advertisements

INTRODUCCIÓN AL DERECHO DEL TRABAJO
CONTRATO DE TRABAJO.
CONTRATO DE TRABAJO.
Unidad 1 “La Relación Laboral”
Facultad Regional Multidisciplinaria
TEMA 1 EL CONTRATO DE TRABAJO
ESCUELA SINDICAL Escuela de Derecho Universidad de Valparaíso 2011
MANEJO DE INSTRUMENTOS JURIDICOS LABORALES
RESUMEN DEL CODIGO LABORAL PARTE No. 1
Gestión de Recursos Humanos
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE BABAHOYO
Comentarios Al Contrato de Trabajo.
Orígenes Derecho Laboral
CONTRATO DE TRABAJO.
LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL CONTRATO DE TRABAJO
Trabajador Según la Ley Federal del Trabajo…
CONTRATO DE TRABAJO TITA ARANGUIZ ZUÑIGA. PROFESORA FACULTAD DE DERECHO. UNIVERSIDAD DE CHILE.
DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO
II UNIDAD: LEGISLACION TRIBUTARIA
Derechos Humanos ¿qué son? Derechos Humanos ¿qué son?
LOS DERECHOS LABORALES
Efectos de la inclusión de derechos laborales en la Constitución.  1.- Al ser normas constitucionales todo el sistema legal de acopla a las mismas. No.
Libertad Sindical y Negociación Colectiva: Convenios 87 y 98 1.¿Cuáles son los principios y derechos expresados en los Convenios 87 y 98? 2.¿En qué medida.
DERECHO LABORAL.
TIPOS DE CONTRATOS REMUNERACION.
UNIVERSIDAD MANUELA BELTRAN ESPECIALIZACION EN GERENCIA DEL TALENTO HUMANO NORMATIVIDAD LABORAL TUTORA: BETTY GÓNGORA PEDRAZA 2011 TUTORA: BETTY GÓNGORA.
Estado de Derecho Estado Derecho
Instituto de Capacitación Profesional y Tecnológica de F.A.T.F.A.
La libertad de asociación en materia laboral
convergencia tecnologica
Puebla Presentación LA DEFENSA DE LOS TRABAJADORES Y LA DEMANDA POR DESPIDO Diciembre 2008.
Convenios internacionales
DERECHO LABORAL El trabajo que es objeto del derecho laboral, debe ser: 1) Personal (sólo lo realizan personas físicas); 2) Voluntario (el trabajador es.
PRINCIPIOS LABORALES.
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA OTEIMA
NOMINA PRESENTADO A: Carmen Elisa Barbosa PRESENTADO POR:
Taller Gestión de la Empresa Tema II
Curso de Derecho Laboral II (Colectivo) PRIMERA CLASE Fines y Objetivos del Derecho Colectivo de Trabajo, Diferencias entre el Derecho Individual.
 ¿QUÉ SON? «Aquellos derechos y libertades que toda persona posee por el solo hecho de ser tal, y que se encuentran reconocidos y garantizados por el.
Capítulo 16 Marisol Arias IEI/Fackspråk El Derecho Laboral.
PREVENCION Y PROTECCION DE RIESGOS LABORALES
DERECHOS FUNDAMENTALES
NUEVA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO EN EL MARCO DE LA TRANSICIÓN DEL CAPITALISMO HACIA EL SOCIALISMO Esta nueva Ley debe tener como objetivo fundamental el.
Derecho Individual del Trabajo
Relación Laboral y Relación Civil
EL DERECHO LABORAL.
TESIS II: RELACION LABORAL EN EL SECTOR PRIVADO
EXPRESION LEGAL DE ORDEN PUBLICO Art. 8º Título Preliminar del Código Civil Art. 8º Título Preliminar del Código Civil “Es nulo el acto jurídico contrario.
Expositor: Rodolfo Vela
PROCESO DE CONTRATACION SALARIO y CONTRATOS
Profesor: CECILIA VERGARA BARRERA 2011
DEFINICIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO
ÍNDICE El trabajo y el Derecho Laboral
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Contrato de Trabajo.
LA SEGURIDAD SOCIAL.
LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO DEL TRABAJO
Consuelo Moreno RED MAYOR Puntos a tratar ¿Qué son los Derechos Humanos? Persona Mayor como sujeto de DDHH Necesidad de una Convención Convención Interamericana.
El contrato de trabajo. Relación de trabajo. Art. 19 CT El contrato de trabajo puede ser verbal o escrita entre el empleador o trabajador Existe una relación.
1 En un Estado de Derecho la aplicación de la ley es imperante, el Estado está obligado a ayudar a aquellos ciudadanos que se encuentren en minusvalía.
No Jurídico Simple Jurídico Legítimo Difuso o Colectivo
Convenio OIT N o. 189 Recomendación OIT N o. 201 TRABAJO DECENTE PARA LOS TRABAJADORES DOMÉSTICOS.
WILLIAMS RINCON V República Bolivariana de Venezuela.
EL CONTRATO DE TRABAJO Y SUS MODALIDADES
Articulo 125 Para el cumplimiento de sus atribuciones, la Asamblea Nacional integrará comisiones especializadas permanentes, en las que participarán todos.
INNOVACIÓN Y CREATIVIDAD EMPRESARIAL. EXPOSICIÓN: IMPLICACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL DEL OUTSOURCING.
Convenio OIT N o. 189 Recomendación OIT N o. 201 TRABAJO DECENTE PARA LOS TRABAJADORES DOMÉSTICOS.
Actos y Procedimientos Administrativos
Transcripción de la presentación:

MANEJO DE INSTRUMENTOS JURIDICOS LABORALES Ab. Anita Labre Salazar

DERECHO LABORAL DEFINICIÓN.- Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones contractuales entre empleadores (persona natural o jurídica, de derecho público o privado, nacional o extranjera) y trabajadores (personas naturales). DEFINICIÓN como contrato.- Convenio mediante el cual dos partes se comprometen, la una a realizar un trabajo o labor lícita (trabajador), y la otra a pagar una remuneración por ello (empleador).

DERECHO PROCESAL LABORAL “Es el conjunto de normas y principios que regulan los procedimientos de las normas y derechos laborales, en la administración de justicia y ante autoridades administrativas.”

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL 1 PROTECCIÓN Y TUTELA PARA EL TRABAJADOR; 2 NORMAS IMPERATIVAS Y DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA LAS PARTES; 3 INTERPRETACIÓN FAVORABLE PARA EL TRABAJADOR; 4 ESTABILIDAD Y CONTINUIDAD EN LA RELACIÓN LABORAL; 5 INTANGIBILIDAD; 6 OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL 1 PROTECCIÓN Y TUTELA PARA EL TRABAJADOR.- Involucra principios de equidad, protección en el trabajo como un derecho y deber social; se establece normas especiales por desigualdad de condiciones entre capital y trabajo. Estos principios se encuentran reconocidos por la Constitución.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL 2 NORMAS IMPERATIVAS Y DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA LAS PARTES.- Conlleva la obligación forzada que los contratantes deben cumplir y respetar sus disposiciones y normas fijadas legalmente, por lo tanto deben ser acatadas y observadas por las partes de la relación laboral. Dentro de esta característica encontramos el principio de irrenunciabilidad de derechos del trabajador, en caso contrario será nula toda estipulación.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL 3 INTERPRETACIÓN FAVORABLE PARA EL TRABAJADOR.- Se conoce como el principio de “In dubio pro operario” que establece en caso de duda se aplicará en el sentido más favorable para el trabajador. Los funcionarios judiciales y administrativos tienen expresa obligación legal de aplicar este principio.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL 4 ESTABILIDAD Y CONTINUIDAD EN LA RELACIÓN LABORAL.- Principio que reconoce al trabajador el derecho de permanecer en su trabajo luego del período de prueba, posterior queda prorrogada hasta completar un año de estabilidad o el plazo pactado si es superior y luego de lo cual es indefinido.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL 5 INTANGIBILIDAD.- Lo intangible se entiende como lo que no se puede tocar físicamente, por lo tanto se establece lo que no se puede “tocar ni desmejorar” las condiciones, derechos y beneficios del trabajador, caso contrario se estaría actuando contra la ley. Los derechos de los trabajadores no pueden ser disminuidos, desconocidos o tocados.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL 6 OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO.- El trabajo es un derecho y un deber social, que obliga a los ciudadanos y ciudadanas a laborar en forma positiva, y productiva para el bien de la sociedad.

OTRAS CARACTERISTICAS DEL DERECHO DEL TRABAJO Se considera como: a.- DERECHO ESPECIAL.- Diferente al derecho común, rige para determinados grupos de personas. b.- DERECHO MIXTO (público y privado).- El D. privado - Estado. c.- DERECHO AUTÓNOMO.- Su materia esta perfectamente delimitada en la realidad social.

FUENTES DEL DERECHO LABORAL Constitución de la República del Ecuador Código del Trabajo. Convenios y Acuerdos Internacionales Costumbre Doctrina Jurisprudencia Contratos y Convenios privados y Colectivos

LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR SEGURIDAD SOCIAL.- Es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. TRABAJO.- El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía.

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL TRABAJO.- El Estado garantizará para las personas trabajadoras; el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas. SEGURIDAD SOCIAL.- Garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, incluyendo a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo.

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL SEGURIDAD SOCIAL.- Se regirá por los principios de: solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación, para la atención de necesidades individuales y colectivas. TRABAJO.- Desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.

DECLARACIÓN UNIVERSAL 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

DECLARACIÓN UNIVERSAL 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

DECLARACIÓN UNIVERSAL * Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DEFINICION: convenio mediante el cual el trabajador se obliga a prestar servicios lícitos y personales, bajo relación de dependencia, a órdenes del empleador, percibiendo una remuneración determinada por la ley, el convenio o la costumbre.

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO 1 Acuerdo de Voluntades ( Trabajador – Empleador). 2 Ejecución de una obra o la prestación de servicios lícitos y personales. 3 Ejecución bajo subordinación o dependencia. 4 Retribución económica (remuneración). * No existe contrato de trabajo si falta alguna de sus elementos, es decir no hay relación laboral.

TRABAJADOR Persona que se obliga a la prestación del servicio lícito o a la ejecución de la obra se denomina trabajador y puede ser empleado u obrero.

EMPLEADOR . La persona o entidad, de cualquier clase que fuere, por cuenta u orden de la cual se ejecuta la obra o a quien se presta el servicio, se denomina empresario o empleador.

REMUNERACIÓN Es la retribución económica; igual trabajo corresponde igual remuneración. SUELDO Y SALARIO SUELDO.- El pago mensual correspondiente al empleado. SALARIO.- El pago semanal- diario o jornal correspondiente al obrero.

LA CAPACIDAD Y EL CONSENTIMIENTO CAPACIDAD.- Para que una persona se obligue por un acto o declaración de voluntad se requiere que sea legalmente capaz. CONSENTIMIENTO.- acuerdo de dos o más voluntades sobre el mismo objeto o asunto jurídico.

NULIDAD DEL CONTRATO DE TRABAJO Falta de: Capacidad y Consentimiento. En materia laboral solo el trabajador tiene la potestad para alegar la nulidad. (Art. 40 C. T.) Art. 301 Código de Trabajo

CLASIFICACIÓN DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Se clasifica por las siguientes formas: 1) De celebración 2) De remuneración 3) De duración 4) Por la relación laboral 5) Por la índole del trabajo