Normas Oficiales Mexicanas

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Transcripción de la presentación:

Normas Oficiales Mexicanas Octubre - 2007

Marco Jurídico Acuerdo que identifica las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación en las que se clasifican las mercancías sujetas al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas en el punto de su entrada al país y en el de su salida, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de julio de 2007.

Artículo 1 Mercancías sujetas al cumplimiento de NOM´S en términos del Artículo 5. Se deberá declarar el número del certificado cuando la fracción esté comprendida en dicho articulo, conforme a lo establecido en los Boletines P183 y P191, del 04 y 17 de noviembre de 2003, respectivamente. Aplica Artículo 10 del Acuerdo de NOM´s.

Identificadores aplicables para la declaración de las Normas del Artículo 1 (Casos de Excepción) CLAVES COMPLEMENTO EN “U”, Cuando la mercancía no esté comprendida en la acotación. EN “E”, Cuando la mercancía esté comprendida en la acotación. EN ART9, Para aquellas mercancías importadas al amparo del segundo párrafo del Art. 9. EN ART13, Cuando la mercancía éste exceptuada conforme al Art. 13 de las Políticas y Procedimientos. EN Fracción del Artículo 10 del Acuerdo de NOM’s (VI, VII, VIII, IX, XI, XII, XIV, XV, XV y XVI)

Declaración aplicable para el cumplimiento de las NOM´s del Artículo 1 A partir de la liberación de la prueba piloto instalada en las Asociaciones de Guadalajara y Ciudad Juárez (Boletines P183 y P191), la declaración del cumplimiento de las NOM´s se deberá hacer de la siguiente manera: La clave de permiso “NM” se va a declarar en el registro 553 campo 05 El número del certificado que demuestre el cumplimiento de la NOM, cuando así lo requiera, por ejemplo “200701C01190” se deberá declarar en el registro 553 campo 06. El número de la NOM que se esta cumpliendo deberá declararse en el registro 553 campo 07, por ejemplo, “NOM-003-SCFI-2000” Quedando el registro 553 de la siguiente manera: 553|7008049|95051099|1|NM|200301C01190|NOM-003-SCFI-2000|*|*| * En el caso del cumplimiento de Normas, estos campos deben de ir en nulo.

Declaración aplicable para exceptuar el cumplimiento de las NOM´s del Artículo 1 Cuando la mercancía por alguna razón no cumpla con las Normas del Artículo 1, deberán utilizar los identificadores y complementos señalados para tal efecto: La clave de identificador “EN” se va a declarar en el registro 554 campo 05 El complemento número uno será utilizado para indicar el concepto por el cuál la mercancía no está sujeta al cumplimiento de la misma, “VII”, mismo que se deberá declarar en el registro 554 campo 06. El número de la NOM que se esta exceptuando deberá declararse en el registro 554 campo 07, por ejemplo, “NOM-003-SCFI-2000” Quedando el registro 554 de la siguiente manera: 554|7008049|95051099|1|EN|VII|NOM-003-SCFI-2000|

Ejemplos para declarar adecuadamente NOM´s Articulo 1 Fracciones totalmente reguladas Cuando la fracción arancelaria esta sujeta a una sola norma. Fracción: 73211101 NOM aplicable: NOM-019-SEDG-2002 Cumplimiento de NOM 553|701576|73211101|1|NM|02034356|NOM-019-SEDG-2002||| Excepción Artículo 10 del Acuerdo de NOM´s 554|7001576|73211101|1|EN|VIII|NOM-019-SEDG-2002| En este caso NO se podrá exceptuar del cumplimiento aplicando el identificador EN con el complemento “U” o “E” (Boletines P183 y P191). Ejemplos para la declaracion correcta de los identificadores de NOM´s con su complemento respectivo. De no ser así, se enviará el siguiente mensaje de error: "ERROR: LA MERCANCIA ESTA SUJETA A NOM-003-SCFI-2000 O NOM-054-SCFI-1998 NOM-024-SCFI-1998 Y UNICAMENTE FUERON DECLARADOS (3) IDENTIFICADORES RELATIVOS A NOM´S, QUE NO SON SUFICIENTES O NO SON ADECUADOS O EL COMPLEMENTO DECLARADO PARA LOS MISMOS ES INCORRECTO"

Ejemplos para declarar adecuadamente NOM´s Articulo 1 Fracción parcialmente regulada Cuando la fracción arancelaria esta sujeta a una sola norma. Fracción: 40111002 Norma aplicable:NOM-086/1-SCFI-2001 (Únicamente: Utilizados en camionetas, vagonetas y vehículos similares para el transporte de personas). acotación - Cumplimiento de NOM 553|7001576|40111002|1|NM|No.CERTIFICADO|NOM-086/1-SCFI-2001||| - Excepción conforme al Artículo 10 del Acuerdo de NOM´s 554|7001576|40111002|1|EN|VII|NOM-086/1-SCFI-2001 | - Excepción por estar fuera de la acotación que la regula 554|7001576|40111002|1|EN|U| NOM-086/1-SCFI-2001 |

Ejemplos para declarar adecuadamente NOM´s Artículo 1 Fracciones parcialmente reguladas Cuando la fracción arancelaria esta sujeta a dos o más normas. Fracción: 95049004 Normas aplicables: NOM-003-SCFI-2000 (Únicamente con tensión nominal de más de 24 V., en términos del Art. 5 del Acuerdo); NOM-024-SCFI-1998 Excepción Artículo 10 de NOM´s 554|7001576|95049004|1|EN|VII|NOM-003-SCFI-2000| 554|7001576|95049004|1|EN|VII|NOM-024-SCFI-1998| Para el caso en que las dos Normas se exceptúen conforme al Artículo 10 del Acuerdo de NOM´S (equivalente a un identificador “EN” por NOM) CONTINUA

Ejemplos para declarar adecuadamente NOM´s Articulo 1 Fracciones parcialmente reguladas Cuando la fracción arancelaria está sujeta a dos o más normas. Fracción: 95049004 Normas aplicables: NOM-003-SCFI-2000 (Únicamente con tensión nominal de más de 24 V., en términos del Art. 5 del Acuerdo); NOM-024-SCFI-1998. Excepción Artículo 10 de NOM´s 554|7001576|95049004|1|EN|VII|NOM-024-SCFI-1998| Excepción por estar fuera de la acotación que la regula 554|7001576|95049004|1|EN|U|NOM-003-SCFI-2000| Para el caso en que las dos Normas se exceptúen: una conforme al Artículo 10 del Acuerdo de Normas y otra por estar fuera de la acotación (equivalente a un identificador “EN” por NOM) Boletines P183 y 191. CONTINUA

Artículos 1 y 9 ( Mercancías Reconstruidas, usadas, etc.) Las mercancías listadas en este artículo 1 que sean reconstruidas, usadas o de segunda mano, de segunda línea, discontinuadas o fuera de especificaciones podrán importarse siempre que cuenten con un certificado de cumplimiento de la NOM-017-SCFI-1993. A esta NOM no le es aplicable el Art. 10 del acuerdo de NOM´s (Por lo que no podrán declarar el identificador “EN” con el complemento de la fracción del Artículo 10 del Acuerdo de NOM’s).

Artículos 1 y 9 ( Mercancías Reconstruidas, usadas, etc.) Cuando estas mercancías no cuenten con el certificado de cumplimiento con la NOM, podrán importarse como insumos, siempre que se destinen a un proceso de reconstrucción o reacondicionamiento en territorio nacional, para que proceda esto, deberá anotar en el pedimento de importación, ... , la clave que dé a conocer la SHCP para identificar estas mercancías (Clave EN 9PAR2).

Normas del Artículo 2 Mercancías sujetas al cumplimiento de NOM´S en términos del Artículo 5: Se deberá declarar el número del certificado cuando la fracción esté comprendida en dicho Artículo. No les será aplicable lo dispuesto en el Artículo 10 del presente Acuerdo. (Por lo que no podrán declarar el identificador “EN” con el complemento de la fracción del Artículo 10 del Acuerdo de NOM’s)

Identificadores aplicables para la declaración de las Normas del Artículo 2 CLAVES COMPLEMENTO NM CERTIFICADO de la NOM EN Sólo se permitirá la declaración, como complemento uno, de las letras “U” y “E”, para indicar que la mercancía se encuentra fuera de la acotación, “excepto” o “únicamente”, según sea el caso.

Ejemplos para declarar adecuadamente NOM´s Articulo 2 Fracción totalmente regulada CUMPLIMIENTO DE LA NORMA: Para las fracciones citadas en el Artículo 2 requieren sólo del cumplimiento de una norma. Fracción: 01062003 NOM aplicable: NOM-010-PESC-1993 Cumplimiento de la NOM 553|5001576|01062003|1|NM|1533PESC|NOM-010-PESC-1993|||

Ejemplos para declarar adecuadamente NOM´s Articulo 2 Fracción parcialmente regulada CUMPLIMIENTO DE LA NORMA Para las fracciones citadas en el Artículo 2 requieren sólo del cumplimiento de una norma. Fracción: 03071001 NOM aplicable: NOM-010-PESC-1993 (Únicamente: Vivas). acotación. Cumplimiento de NOM 553|5001576|01062003|1|NM|1533PESC|NOM-010-PESC-1993|||

Ejemplos para declarar adecuadamente NOM´s Artículo 2 Fracción parcialmente regulada CUMPLIMIENTO DE LA NORMA: Para las fracciones citadas en el Artículo 2 requieren sólo del cumplimiento de una norma. Fracción: 03071001 NOM aplicable: NOM-010-PESC-1993 (Únicamente: [Ostras] Vivas) acotación Excepción de la NOM 553|3001576|01062003|1|EN|U|NOM-010-PESC-1993|||

Identificadores aplicables para la declaración de las Normas del Artículo 3 Mercancías sujetas al cumplimiento de NOM´S en términos del Artículo 6. Se deberá declarar la clave de la misma, a la que se está dando cumplimiento. Aplica Art. 10 del acuerdo NOM´s.

Identificadores aplicables para el debido cumplimiento del Artículo 3 CLAVES COMPLEMENTO PA Unidad Verificadora PB Unidad Verificadora EN Fracción del Artículo 10 del Acuerdo de NOM’s (VI, VII, VIII, IX, XI, XII, XIV, XV, XVI) EN “U”, Cuando la mercancía no esté comprendida en la acotación. EN “E”, Cuando la mercancía esté comprendida en la acotación.

Ejemplos para declarar adecuadamente NOM´s Articulo 3 Fracciones totalmente reguladas Cuando la fracción arancelaria esta sujeta a una sola norma. Fracción: 42021202 NOM Aplicable:NOM-004-SCFI-2006 Cumplimiento de NOM 553|7001576|42021202|1|NM||NOM-004-SCFI-2006||| Excepción Artículo del Acuerdo de NOM´s 554|7001576|42021202|1|EN|VIII|NOM-004-SCFI-2006| Clave de pedimento “A4” 554|7001576|42021202|1|PA|Unidad Verificadora|NOM-004-SCFI-2006| Cumplimiento en el domicilio del importador 554|7001576|42021202|1|PB|Unidad Verificadora|NOM-004-SCFI-2006|

Ejemplos para declarar adecuadamente NOM´s Articulo 3 Fracciones parcialmente reguladas Cuando la fracción arancelaria esta sujeta a una sola norma. Fracción: 61130001 NOM Aplicable:NOM-004-SCFI-2006 (Excepto: artículos de disfraz) acotación Excepción Artículo 10 del Acuerdo de NOM´s 554|7001576|61130001|1|EN|VII|NOM-004-SCFI-2006| ó Excepción por estar fuera de la acotación que la regula 554|7001576|61130001|1|EN|E|NOM-004-SCFI-2006| ó Cumplimiento de NOM 553|7001576|61130001|1|NM||NOM-004-SCFI-2006||

Norma del Artículo 4 Mercancías sujetas al cumplimiento de NOM´S en términos del Artículo 7 (exportación de Tequila) y Artículo 11 (excepciones). Norma Oficial Mexicana: NOM-006-SCFI-2005. Se deberá declarar el número del certificado cuando la fracción esté comprendida en dicho Artículo.

Identificadores aplicables para el debido cumplimiento del Artículo 4 CLAVES COMPLEMENTO NM CERTIFICADO

Artículo 10 del Acuerdo de NOM´s Para las fracciones VI, VII, VIII, IX, XI, XII, XV, XVI establecidas en el Artículo 10 del Acuerdo de NOM´s, será necesario declarar el identificador “EN” para exceptuarla del cumplimiento. Para las fracciones I, II, III, IV, V, X, XIII, XIV establecidas en el Art. 10 del acuerdo de NOM´s no es necesario declarar el identificador “EN” para exceptuarla del cumplimiento.