CAMINOS POSIBLES PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES EL PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN CONTEMPLADO EN EL PROTOCOLO DE LA CEDAW.

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Transcripción de la presentación:

CAMINOS POSIBLES PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES EL PROCEDIMIENTO DE COMUNICACIÓN CONTEMPLADO EN EL PROTOCOLO DE LA CEDAW

INDICE: 1.Comité de la CEDAW 2.Protocolo Facultativo 3.Procedimiento de Comunicación

VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHO HUMANOS Vigilancia de parte de los Comités de vigilancia de los tratados:  Los seis más importantes instrumentos internacionales de derechos humanos elaborados por las Naciones Unidas contienen en sus textos disposiciones para el establecimiento de comités cuyo objetivo es vigilar su aplicación.  Estos comités creados en virtud de tratados están compuestos de personas expertas independientes que son nombradas por los gobiernos pero de los cuales se espera que actúen independientemente.  El procedimiento principal empleado por estos comités se realiza a petición de los Estados Partes a quienes se les entregan informes periódicos. Los Comités vigilan el cumplimiento de los derechos contenidos en los Instrumentos internacionales LOS COMITÉS:

VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHO HUMANOS LOS COMITÉS: INSTRUMENTOCOMITÉ DE VIGILANCIA REQUISITOS INFORMATIVOS Pacto Internacional de Derechos Civiles y Humanos Políticos Comité de DerechosEl primer informe se hará durante el primer año de la entrada en vigor del pacto; los siguientes informes se harán a partir de entonces cada cinco años Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales El primer informe se realizará durante los dos primeros años de la entrada en vigor del Pacto; los siguientes informes se harán a partir de entonces cada cinco año Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial Comité sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial El primer informe se realizará durante el primer año de su entrada en vigor; los siguientes informes cada dos años y cuando el Comité lo solicite Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer Comité sobre la Eliminación de Discriminación contra la Mujer El primer informe se realizará durante el primer año de su entrada en vigor; los siguientes informes se harán cada cuatro años y cuando el Comité lo solicite Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Comité contra la TorturaEl primer informe se realizará durante el primer año de su entrada en vigor; los siguientes informes cada cuatro años Convención sobre los Derechos del Niño Comité sobre los Derechos del Niño El primer informe se realizará durante los dos primeros años de su entrada en vigor; los siguientes informes cada cinco años

VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHO HUMANOS Artículo 17 de la Convención, crea el Comité. Lo conforman 23 expertos “que gozan de una alta reputación moral y capacidad en él ámbito tratado por la Convención”. A pesar de que estos son elegidos por los Estados Partes, los expertos sirven en su capacidad personal, y no como representantes de los gobiernos. En la elección de los mismos, se toma en cuenta la distribución geográfica equitativa, así como la representación de distintas civilizaciones y sistemas legales. A diferencia de otros organismos de monitoreo del cumplimiento de los tratados de la ONU, compuestos por equipos de expertos donde la abrumadora mayoría de miembros son hombres, el Comité de la CEDAW está integrado casi en su totalidad por mujeres. Los Comités vigilan el cumplimiento de los derechos contenidos en los Instrumentos internacionales LOS COMITÉS:

INDICE: 1.Comité de la CEDAW 2.Protocolo Facultativo 3.Procedimiento de Comunicación

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW El último gran paso normativo para salvaguardar los derechos de las mujeres, ocurre en 1999 cuando se adopta el Protocolo Facultativo a la CEDAW. Este Protocolo viene a apoyar la implementación de la CEDAW y promover la ampliación de la interpretación y aplicación práctica de la CEDAW. Permite además la reparación en casos individuales, crear mayor conciencia pública sobre los derechos humanos de las mujeres y será finalmente un mecanismo que ayudará a cerrar la brecha entre lo que señala la Convención y la vida de las mujeres Pretende cerrar la brecha entre la Convención y la vida de las mujeres Mecanismo de exigibilidad:

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW En el año 2000, después de la décima ratificación entró en vigor y actualmente cuenta con 80 A diferencia de la CEDAW, el número de ratificaciones de este Protocolo es reducido, lo que hace notar que si bien los Estados tienen la intención o al menos parecen reconocer la necesidad de acabar con la discriminación contra las mujeres, su voluntad y buena fe se detiene ante la posibilidad de ser sometido al escrutinio público a través de comunicaciones individuales Pretende cerrar la brecha entre la Convención y la vida de las mujeres Mecanismo de exigibilidad:

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW Este nuevo Protocolo faculta al Comité de la CEDAW a dos nuevos procedimientos: 1) Procedimiento de comunicaciones de casos individuales y 2) Procedimiento de investigación, no aplicable en Colombia Pretende cerrar la brecha entre la Convención y la vida de las mujeres Mecanismo de exigibilidad:

INDICE: 1.Comité de la CEDAW 2.Protocolo Facultativo 3.Procedimiento de Comunicación

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW La víctima debe: 1.Haber sufrido un daño violación de uno o más derechos contemplados en la CEDAW 2.Estar bajo la jursidicción de un Estado parte en el momento del daño Legitimación Activa, quién puede interponer la comunicación: –Víctima o grupo de víctimas individuales –Representante designado por la víctima –Otras personas, con o sin consentimiento de la víctima Se abre la legitimación activa Procedimiento de comunicación REQUISITOS:

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW Causas de inadmisibilidad:  No haber agotado los recursos de la jurisdicción interna, salvo que los recursos se “prolonguen injustificadamente”.  Que el asunto haya sido o esté siendo examinado por el Comité o por otro procedimiento internacional  Que sea incompatible con las disposiciones de la Convención  Que sea manifiestamente infundada o esté insuficientemente sustanciada  Que constituya un abuso del derecho presentar la comunicación  Que los hechos ocurrieran antes de la entrada en vigor del Protocolo para el Estado Parte, salvo que los hechos sigan ocurriendo después de la fecha.  Si se da como inadmisible: Las comunicaciones podrían ser reconsideradas si hay información adicional que las haga admisibles Se abre la legitimación activa Procedimiento de comunicación CAUSAS DE INADMISIBILIDAD:

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW Si se encuentra que ha habido una violación, el Comité debería recomendar al Estado que provea una solución general o específica:  La restitución, compensación, rehabilitación u otros cuidados para las víctimas  Medidas para terminar con las violaciones que están sucediendo a las víctimas  Revisión o cambio de legislación y prácticas que violan la Convención  Medidas preventivas para evitar que se repita la violación Recomendación al Estado Procedimiento de comunicación EN CASO DE RESULTAR ADMISIBLE:

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW Se dirige una comunicación al Estado, y este tiene que responder en el plazo de 6 meses, con información sobre la medida adoptada; y argumentos legales y fácticos sobre la comunicación, incluyendo la información sobre admisibilidad. Con ello el Comité considera la Comunicación Recomendación al Estado Procedimiento de comunicación EN CASO DE RESULTAR ADMISIBLE:

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW Reexamina la admisibilidad a la luz de toda la información –Si es inadmisible, la deshecha –Si es admisible Se nutre de otras fuentes de información: (Informes de ONG’S, Informes de la ONU, análisis de las leyes nacionales e internacionales, pruebas documentales.... Recomendación al Estado Procedimiento de comunicación EN CASO DE RESULTAR ADMISIBLE:

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW Hace llegar las Opiniones y Recomendaciones de la Comunicación a la parte interesada: Las opiniones determinan cuando ha habido una violación Las recomendaciones: 1.Restitución, compensación, rehabilitación u otros remedios para las víctimas 2.Medidas para terminar con las violaciones que están sucediendo a las víctimas 3.Revisión o cambio de legislación y prácticas que violan la convención 4.Medidas para prevenir que se repita la violación Recomendación al Estado Procedimiento de comunicación EN CASO DE RESULTAR ADMISIBLE:

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW DEBERES DEL ESTADO:  Considerar las opiniones y recomendaciones del Comité  Respuesta escrita dentro de los 6 meses plazo sobre las acciones y medidas a tomadas  Obligación de buena fe, aunque no sea legalmente obligatorio Recomendación al Estado Procedimiento de comunicación EN CASO DE RESULTAR ADMISIBLE:

PROTOCOLO FALCUTATIVO DE LA CEDAW Respecto a lo actuado por el Estado el Comité puede solicitar el seguimiento de la información: En cualquier momento En los informes periódicos del art. 18 de la Convención Víctimas y ONGs, pueden enviar información al Comité sobre las acciones adoptadas por el Estado Recomendación al Estado Procedimiento de comunicación EN CASO DE RESULTAR ADMISIBLE:

GRACIAS!! Proyecto financiado por la UE