EVALUACIÓN Y REGISTRO DE RIESGOS
EVALUACIÓN Y REGISTRO DE RIESGOS
Implementar recomendaciones Mejora Continua Mejora continua Verificar Acciones correctivas Identificar Peligros CENTRO DE TRABAJO Implementar recomendaciones (AC) Evaluar Riesgos Explorar opciones Plan intervención
Identificación de Peligros Tener presente… Qué se hace Cómo se hace Quién lo hace Condiciones ambientales Qué equipos se utilizan Qué sustancias se utilizan Primeros auxilios
Por ejemplo…
Evaluación de Riesgos y Plan de Intervención ?
Cuadro de Criterios de Probabilidad y Consecuencia
Cuadro de Criterios de Probabilidad y Consecuencia
Evaluación de Riesgos y Plan de Intervención
Matriz para la Estimación del Nivel de Riesgo
Evaluación de Riesgos y Plan de Intervención
Requerimientos de Actuación
Evaluación de Riesgos y Plan de Intervención F I N
"Yo soy responsable por algo que ocurrirá en el futuro que no ocurrirá en ausencia de mi compromiso" James Selman
ACTIVIDADES RUTINARIAS ACTIVIDAD NO RUTINARIAS Conjunto de operaciones o tareas propias de una persona o servicio ACTIVIDADES RUTINARIAS Etapas en el proceso de producción o en el suministro de un servicio. Trabajos planificados y de mantenimiento. Tareas definidas. Actividades de todo el personal que tenga acceso al sitio de trabajo (incluyendo proveedores, subcontratistas, público y visitantes). Actividades realizadas en áreas externas a las instalaciones de la unidad ACTIVIDAD NO RUTINARIAS Actividades no planificadas de los trabajadores. Actividades no contempladas del personal que tenga acceso al sitio de trabajo (incluyendo proveedores, subcontratistas, público y visitantes). Actividades realizadas en áreas externas a las instalaciones de la unidad
Posibilidad de ocurrencia de un riesgo PROBABILIDAD Grado de certeza de que la secuencia de sucesos se complete y materialicen las consecuencias. Posibilidad de ocurrencia de un riesgo CONSECUENCIA (Severidad del daño e impacto) Se define como el resultado más probable de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, debido al peligro que se considera, incluyendo lesiones personales y daños materiales
INCAPACIDAD TEMPORAL: La constituida por la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilitan al trabajador para desempeñar el trabajo por algún tiempo. (art. 223 ley 6727). Transformación de incapacidad temporal a permanente: si transcurrido un plazo de 2 años a partir de la ocurrencia del riesgo, no hubiere cesado la incapacidad temporal del trabajador, se procederá a establecer el porcentaje de incapacidad permanente. INCAPACIDAD MENOR PERMANENTE: Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistente en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, que va del 0.5% al 50% inclusive. INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE: Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistente en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, igual o mayor al 50% pero inferior 67%. INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE: Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistente en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, igual o superior al 67%. INCAPACIDAD GRAN INVALIDEZ: Ocurre cuando el trabajador a quedado con incapacidad total permanente y además requiere de la asistencia de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida: caminar, vestirse, y comer. Art. 223 ley 6727