REQUISITOS DE ÉTICA RELEVANTES

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Transcripción de la presentación:

REQUISITOS DE ÉTICA RELEVANTES

GENERALIDADES

Generalidades La ISQC 1.20 Establece que la firma debe establecer políticas y procedimientos que otorguen seguridad de que la firma y su personal cumplen con los requisitos de ética relevantes.

Generalidades Integridad; Objetividad; Principios fundamentales de la ética de los contadores profesionales Integridad; Objetividad; Competencia profesional y debido cuidado; Confidencialidad; y Comportamiento profesional.

La ética implica saber: Cuando decir “no” Cuando cortar la relación con un cliente Cuando cortar la relación con un miembro profesional o un socio

Sugerencias Estar pendientes de las actividades de otros socios en relación con la firma y sus clientes Contacto constante durante la jornada y juntas programadas Establecer políticas claras, tratándose de problemas riesgosos o contenciosos Establecer por escrito documentos que contemplen la resolución de disputas y la disolución de la sociedad Establecer proceso para tratar casos de incumplimiento

INDEPENDENCIA

ISQC = Normas Internacionales de Control de Calidad ISQC 1.21 Establecimiento de políticas y procedimientos para darle seguridad razonable. Comunicar requisitos de independencia Identificar y evaluar circunstancias.

ISQC 1.22 Tales políticas y procedimientos exigirán que: Entrega de información relevante El personal avise La información se acumule y se comunique al personal adecuado ISQC 1.23 Aviso de violaciones a los requisitos de independencia ISQC 1.24 Una vez al año la firma deberá obtener confirmaciones por escrito del cumplimiento de sus políticas y procedimientos..

ISQC 1.25 La firma debe establecer políticas y procedimientos: Criterios para determinar la salvaguarda para reducir las amenazas de familiaridad y de interés propio La rotación del socio del compromiso.

INDEPENDENCIA La independencia y la objetividad de los contadores profesionales son condiciones necesarias para poder prestar servicios de atestiguamiento creíbles. Código de la IFAC (Federación Internacional de Contadores) Amenazas: Interés Propio Autor revisión Parcialidad Familiaridad Intimidación Parte B del Código ejemplos detallados de salvaguardas Sección 290 prohibiciones.

En todos los compromisos de atestiguamiento, debe mantenerse la independencia durante todo el período del compromiso, como lo establecen: El Código IFAC, Sección 290. La ISQC 1 La ISA 220

Si con la aplicación de las salvaguardas apropiadas, no es posible eliminar o reducir las amenazas a la independencia a un nivel aceptable, la firma debe de eliminar la actividad, inversión o relación que esté creando la amenaza, o rehusarse a aceptar o continuar el compromiso.

Responsabilidades-La firma La firma debe desarrollar, implantar, vigilar y hacer cumplir políticas y procedimientos que ayuden a todos los socios y personal profesional a reconocer, identificar, documentar y manejar las amenazas a la independencia y a resolver los problemas de independencia que surjan antes o durante los compromisos.

Responsabilidades- Socios y personal Todos los socios y personal profesional deben saber de la existencia y conocer la sección 290. Obtener confirmaciones por escrito de todos los socios y personal profesional.

CONFLICTO DE INTERESES

DEFINICIÓN: Se refiere a inversiones, influencias o relaciones con respecto a los asuntos del cliente que dañen el juicio profesional o la objetividad de la firma de prestadores de servicios profesionales.

Delegación de actividad: Dentro de la firma existe una persona encargada directamente de vigilar el cumplimiento de la ética. Por lo que esta persona debe tener autoridad definitiva para la resolución de posibles conflictos de intereses.

Actividades Desempeñadas: Iniciar y participar en medidas preventivas para ayudar a evitar situaciones de conflicto de intereses Determinar y exigir medidas y procedimientos especificados que aborden debidamente el conflicto, Documentar debidamente el proceso Rehusar el servicio, el compromiso o la acción, Aplicar procedimientos disciplinarios y sanciones por incumplimiento a socios y personal profesional.

IMPORTANTE Cuando se identifique un conflicto o posible conflicto, Los socios o el personal profesional no deben actuar ni asesorar, Ni hacer comentarios hasta que se haya revisado la situación en su totalidad y la persona encargada de la ética en la firma esté de acuerdo

Se avisa al cliente sobre los intereses comerciales o actividades de la firma que puedan representar un conflicto de intereses, de tal manera que el cliente al estar en conocimiento de la situación decida su continuidad o no, independientemente de la resolución interna de la firma.

A fin de asegurar la seguridad interna, pueden tomarse medidas como la restricción del acceso a información, teniendo usuarios con necesidades definidas de la misma a través de firewalls para PC’S Seguridad física, personal, de archivos convenios específicos de no revelación; o segregación y confinamiento de los archivos y prohibición del acceso a los mismos

CONFIDENCIALIDAD

CONFIDENCIALIDAD CONCEPTO Confidencialidad es la propiedad de la información, por la que se garantiza que está sea accesible únicamente a personal autorizado PUNTO DE VISTA DE LA CALIDAD La confidencialidad ha sido definido por la Organización Internacional de Estandarización (ISO) en la norma ISO-17799 como "garantizar que la información es accesible sólo para aquellos autorizados a tener acceso” PUNTO DE VISTA TECNOLÓGICO En el ámbito de la seguridad, No divulgar claves de usuario ni contraseñas como protección de datos y de información frente a terceros.

CONFIDENCIALIDAD Este concepto ético de la confidencialidad se encuentra dentro: De la guía de control de calidad para prácticas pequeñas y medianas Del manual de control de calidad del propietario único sin personal profesional Del manual de control de calidad de las firmas de 2 a 5 socios

CONFIDENCIALIDAD El principio de confidencialidad impone al contador profesional la obligación de abstenerse de: Divulgar fuera de la firma u organización la información confidencial obtenida como resultado de sus relaciones profesionales y de negocios a menos que exista un derecho legal o profesional o deber de revelarla Usar la información confidencial para su beneficio o para el beneficio de terceros.

PUNTOS IMPORTANTES DE CONFIDENCIALIDAD QUE DEBE MANTENER UN CONTADOR PROFESIONAL: En el ambiente social, con un socio o un miembro inmediato de la familia (140.2)   Sobre la información revelada por un cliente o empleador potencial. (140.3) Dentro de la firma o de la organización empleadora. (140.4) Tomar medidas necesarias para asegurar que el equipo bajo su control y las personas de las cuales se obtiene asesoría y ayuda respetan la confidencialidad del contador (140.5) La confidencialidad continua hasta después de finalizada la relación contador - cliente (140.6)

Cuando es autorizado por el cliente Cuando es requerido legalmente CIRCUNSTANCIAS EN LAS QUE UN CONTADOR PODRÁ SER REQUERIDO PARA REVELAR INFORMACIÓN QUE ES CONFIDENCIAL: Cuando es autorizado por el cliente Cuando es requerido legalmente Hay un deber o derecho profesional de revelar como ejemplo: responder a una consulta o investigación Proteger los intereses profesionales en un proceso legal

LOS CONTADORES DEBERÁN DE CONSIDERAR ANTES DE DIVULGAR LA INFORMACIÓN LO SIGUIENTE: Si los intereses de todas las partes, incluyendo terceros podrían ser afectados Si toda la información relevante es ya conocida y ha sido verificada Que la información que se solicita vaya dirigida a los destinatarios apropiados.

_ Nombrar a una persona como responsable SE RECOMIENDA QUE LAS FIRMAS ESTABLEZCAN POLÍTICAS PARA LA CONFIDENCIALIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN DEL CLIENTE Diseñar procedimientos para mantener la confidencialidad, custodia, integridad, accesibilidad y facilidad de recuperación de la documentación _ Nombrar a una persona como responsable _ Elaborar manuales de control de calidad y conservación de la confidencialidad _ Contar con tecnología para almacenar datos, para su conservación _ La firma puede ordenar que todo el personal firme una declaratoria de confidencialidad

Archivar la documentación por el tiempo necesario para satisfacer requisitos reglamentarios o legales, Art 67 del CFF (facultades de la autoridad). Contar con un área contra el acceso no autorizado, guardando papeles de trabajo, informes y documentos que elabore la firma Conservar un registro permanente de todos los archivos almacenados y por tipo de archivos (permanentes, de impuestos y declaraciones, de estados financieros e informes y correspondencia) No entregar documentación del cliente a menos que lo autorice En un litigio, no entregar documentación del cliente a menos de haber obtenido el consentimiento del abogado de la firma y el cliente.

DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD [Membrete de la firma] (Es una buena práctica que los miembros del personal profesional firmen una Declaración de Confidencialidad al momento de su contratación y que vuelvan a firmarla cada año, como recordatorio del requisito.) [Fecha] Estimado [ ]: Para asegurarnos de que se cumpla constantemente la Sección 140 del Código de la IFAC, relativa a nuestras responsabilidades profesionales y la protección de nuestros clientes, es esencial mantener la confidencialidad de los asuntos de nuestros clientes. “Información Confidencial” es toda información acerca de nuestros clientes de la que tenga conocimiento cualquier persona como resultado de su relación con la firma, a menos que dicha información sea del dominio público. He leído, entiendo y cumplo el señalamiento de política sobre confidencialidad de la firma, en relación con los asuntos de los clientes de la firma. Nombre: [Firma]