DEVOLUCION Y COMPENSACION ARTICULOS

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Transcripción de la presentación:

DEVOLUCION Y COMPENSACION ARTICULOS

Devolución o compensación de saldos a favor en impuestos Cuando un contribuyente presente una declaración tributaria con un saldo a favor, podrá solicitar su devolución o compensación a la Dian.

La devolución de impuestos Es en principio, un derecho de todos los contribuyentes. Esta devolución de impuestos permite que los contribuyentes recuperen los saldos a su favor, o en algunos casos dinero que han pagado de más por algún error al calcular los impuestos

Saldo a favor en los impuestos. El saldo a favor en un impuesto como el de renta el del IVA, se genera cuando al liquidar el impuesto en lugar de arrojar un saldo a pagar por impuestos se determina un saldo a favor del contribuyente. Dependiendo del tipo de impuesto el saldo a favor se puede generar por distintas causas, como puede ser las retenciones en la fuente, anticipos, beneficios tributarios, etc.

Compensación y devolución. La compensación hace referencia al hecho de compensar un saldo a favor que tiene el contribuyente con una deuda que tiene con la Dian. Es como cruzar cuentas entre la Dian y el contribuyente, donde el contribuyente le debe a la Dian y esta le debe al contribuyente, y mediante la compensación se saldan las obligaciones mutuas. Una vez compensada la deuda que tenga el contribuyente con el saldo a favor, si queda un excedente se solicita en devolución.

Plazo para solicitar la devolución de los saldos a favor. El artículo 850 del estatuto tributario otorga un plazo dos años para presentar la solicitud de devolución de los saldos a favor. Los dos años de plazo para solicitar la devolución del saldo a favor se cuentan desde la fecha en que vencía el plazo para presentar la declaración que arrojó el saldo a favor. Este término está regulado por el artículo 854 del estatuto tributario colombiano:

Termino para solicitar la devolución de saldos a favor. «Termino para solicitar la devolución de saldos a favor. La solicitud de devolución de impuestos deberá presentarse a más tardar dos años después de la fecha de vencimiento del término para declarar. Cuando el saldo a favor de las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios o sobre las ventas, haya sido modificado mediante una liquidación oficial y no se hubiere efectuado la devolución, la parte rechazada no podrá solicitarse aunque dicha liquidación haya sido impugnada, hasta tanto se resuelva definitivamente sobre la procedencia del saldo.»

Termino para solicitar la devolución de saldos a favor. Si el contribuyente no presenta la solicitud de devolución en el plazo que tiene, naturalmente pierde el derecho a la devolución, y tendrá como opción la imputación en la siguiente declaración, alternativa útil para cuando la declaración se presenta extemporáneamente.

Procedimiento para solicitar devolución o compensación de saldos a favor. La solicitud de devolución o compensación de saldos a favor se hace desde la plataforma de la Dian, y el procedimiento a seguir está contenido en la resolución de la Dian número 115 del 30 de noviembre de 2012 modificada por la resolución 57 del Si el contribuyente no tiene firma electrónica la solicitud de devolución o compensación se de hacer de forma presencia en las seccionales de la Dian.

La devolución se hace previa compensación de las deudas. Un contribuyente puede tener un saldo a favor y al mismo tiempo tener deudas pendientes de pago con la Dian, como pueden ser impuestos, intereses y sanciones, lo que no impide que se realice la devolución, pero en este caso, no hasta que se compensen los valores adeudados. Así lo dispone el artículo 861 del estatuto tributario:

«Compensación de los saldos cuando no se indica la obligación a cargo. Cuando el solicitante de la devolución y/o compensación, no indique el período fiscal e impuesto al cual han de compensarse los saldos solicitados, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales la efectuará a la deuda más antigua, en el orden de imputación establecido en el artículo 804 del Estatuto Tributario y normas concordantes.»

Término para solicitar devolución de saldos a favor cuando se inadmite la solicitud de devolución. Supongamos que el contribuyente tiene hasta el 20 de marzo de 2019 para presentar la solicitud de devolución y la presenta el 10 de marzo de 2019, pero resulta que la Dian, el día 15 de marzo de 2019 inadmite la solicitud en los términos del 857 del estatuto tributario, caso en el cual el contribuyente dispone de un mes para presentar nuevamente la solicitud de devolución con los ajustes pertinentes, por lo que tendrá hasta el 15 de abril de 2019 para presentar nuevamente la solicitud.

Término para solicitar devolución de saldos a favor cuando se inadmite la solicitud de devolución. Nótese que el plazo general del artículo 854 es hasta el 20 de marzo, pero por esa circunstancia el plazo se extiende hasta el 15 de abril de 2019 gracias al parágrafo primero del artículo 857 del estatuto tributario.

Devolución de saldos a favor en Iva. La devolución de saldos a favor en IVA tiene un tratamiento especial por cuanto no siempre los esos saldos a favor son susceptibles de devolución. Los parágrafos 1 y 2 del artículo 850 del estatuto tributario señalan lo siguiente respecto a la devolución de los saldos a favor en el impuesto a las ventas.

Devolución de saldos a favor en IVA. Básicamente la devolución del IVA solo es posible para los responsables que venden bienes exentos, y venden productos o prestan servicios a la tarifa del 5%. (Artículos y 468-3).

IMPUTACION Cuando una declaración tributaria arroja un saldo a favor, el contribuyente tiene la opción de imputar dicho saldo a favor en la siguiente declaración, decisión que es optativa, no obligatoria. ● Los formularios para las distintas declaraciones tributarias tienen un renglón para colocar el saldo a favor de la declaración anterior, pero ello no significa que si hay un saldo a favor en la declaración anterior deba incluirse allí. ● Algunos contribuyentes han interpretado que es obligatoria la imputación del saldo a favor en la declaración, interpretación a la que se ha llegado después de leer las instrucciones que trae por ejemplo el formulario para la declaración de renta. ● En efecto, los formularios 110 y 210 dispone del renglón 76, en el cual se ha de imputar el saldo a favor de la declaración anterior.

Plazo o término para imputar un saldo a favor Cuando en una declaración de renta, por ejemplo, se determina un saldo a favor del contribuyente, este puede hacer tres cosas con ese saldo a favor: Solicitar que se compense con una deuda suya con la Dian, solicitar su devolución, o imputarlo en la siguiente declaración de renta. En caso de elegir esta última opción, ¿con qué término cuenta el contribuyente para imputar es saldo a favor?

¿Qué es la imputación? imputar un saldo a favor significa que se consigna en la declaración siguiente con el fin de disminuir el impuesto a pagar que resulte en esa declaración, que incluso puede derivar en un nuevo o mayor saldo a favor. Respecto a los saldos a favor, dice el literal a del artículo 815 del estatuto tributario que el contribuyente puede «Imputarlos dentro de su liquidación privada del mismo impuesto, correspondiente al siguiente período gravable.»

¿Se puede corregir la declaración del periodo siguiente para imputar el saldo a favor? La ley dice que el saldo a favor se puede imputar en la siguiente declaración, de manera que el saldo a favor que surja en la declaración del año gravable 2017 se imputa en la declaración del año gravable

EXPLICACION DE LAS EVIDENCIAS 5 – 6- 7

EVIDENCIA 5: Cuadro comparativo “Devoluciones Vs Compensaciones”

EVIDENCIA 6 “Proceso Aduanero en Colombia” (Infografía.)

EVIDENCIA 7 “Informe Obligaciones Fiscales” Explique el Procedimiento Tributario

EVIDENCIA 7 “Informe Obligaciones Fiscales” Describa y Explique los diferentes Errores y sus respectivas Sanciones.