Observaciones recurrentes durante el proceso de Auditoría y la Verificación de Obra en materia de Obra Pública. DGECO Junio 2019.

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Observaciones recurrentes durante el proceso de Auditoría y la Verificación de Obra en materia de Obra Pública. DGECO Junio 2019

2. Observaciones Recurrentes en Auditorías Índice: Introducción 1.1 Marco Normativo 1.2 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 1.3 Órgano Interno de Control 1.4 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo 1.5 Reglamento Interior de la STRC 1.6 Dirección General de Evaluación y Control de Obras 1.7 Auditoría y Verificación de Obra 2. Observaciones Recurrentes en Auditorías 2.1 Proceso de Auditoría 2.2 Gráfica de Datos de Observaciones 3. Observaciones Recurrentes en la Verificación de Obra 3.1 Proceso de verificación de Obra 3.2 Gráfica de Datos de Observaciones 4. Acciones a implementar para evitar su recurrencia

Introducción 1.1- Marco Normativo Constitución Política Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Reglamento Interior de la STRC

Introducción 1.2- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Art. 134.- “Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.” (Párrafo reformado DOF 07-05-2008, 29-01-2016)

Introducción “…Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la Federación, y las entidades federativas, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos…” (Párrafo adicionado DOF 07-05-2008. Reformado DOF 29-01-2016)

1.3- Órgano Interno de Control Introducción 1.3- Órgano Interno de Control Los órganos de control son entidades de la administración pública cuya finalidad es prevenir, detectar y abatir posibles actos de corrupción. Asimismo, promueven la transparencia y el apego a la legalidad de los servidores públicos, mediante la realización de auditorías y revisiones a los diferentes procesos de las instituciones gubernamentales; así como la atención de quejas, denuncias, peticiones ciudadanas, resoluciones de procedimientos administrativos de responsabilidades y de inconformidades. Por tanto, constituye el primer elemento en la salvaguarda de los recursos públicos, el buen actuar de los servidores públicos y prevenir actos de corrupción.

1.4- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Introducción 1.4- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo En su artículo 32 fracción I, en materia de control interno y fiscalización, incisos c), e) y m), faculta a la STRC para realizar auditorías al ejercicio de los recursos públicos estatales y federales, en los cuales se establece lo siguiente: c) Supervisar el sistema de control interno, establecer las bases generales para la realización de auditorías internas, transversales y externas; …. e) Fiscalizar directamente o a través de los órganos internos de control, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal cumplan con las normas y disposiciones;…. m) Ejercer las facultades que la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y la legislación aplicable le otorga a los órganos internos de control para revisar, mediante las auditorías a que se refieren el presente artículo, el ingreso, manejo, custodia y ejercicio de recursos públicos de las dependencias y entidades de la Administración pública estatal; y …..

1.5- Reglamento Interior de la STRC Introducción 1.5- Reglamento Interior de la STRC Artículo 6. Establece que son facultades no delegables del Titular de la Secretaría: ….XVII. Verificar la correcta realización de auditorías, evaluaciones y demás procedimientos ejecutados por la Secretaría;… Artículo 27. La Subsecretaría de Evaluación Gubernamental tiene las siguientes facultades: I. Vigilar y comprobar la ejecución de acciones, programas y proyectos que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, verificando que las etapas de planeación, programación, presupuestación y ejecución se apeguen al marco legal. En el caso de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, tiene esta atribución, tratándose de recursos transferidos por el Estado y la Federación; II. Prevenir, verificar y evaluar el uso de los recursos públicos aplicados en los programas y proyectos de trabajo a que se refiere la fracción anterior, mediante las estrategias que considere necesarias; así como dar seguimiento a los programas, obras y acciones que de ellos deriven; REGLAMENTO

Adjudicación-Contratación Introducción 1.6- Dirección General de Evaluación y Control de Obras Artículo 37, fracciones I y II faculta a la DGECO para : Planeación Programación Presupuestación Adjudicación-Contratación Ejecución Entrega Recepción Vigilar y, en su caso, comprobar , Verificar y Evaluar los Recursos Obra Pública y Servicios Marco Normativo

1.6- Dirección General de Evaluación y Control de Obras Introducción 1.6- Dirección General de Evaluación y Control de Obras Artículo 37 fracciones V, XI y XII, faculta a la DGECO para: … la práctica de evaluaciones, revisiones, fiscalizaciones y auditorías. V Solicitar estrategias para el Seguimiento / Solventación de Observaciones XI Presentar denuncias por faltas administrativas. Dirección General de Asuntos Jurídicos. XII Inicio de la Investigación. Dirección de Investigación de Evaluación y Control de Programas de Obra Pública

1.7- Auditoría y Verificación de Obra Introducción 1.7- Auditoría y Verificación de Obra En cumplimiento a las atribuciones conferidas a esta Secretaría en materia de evaluación y control de los recursos públicos y en concordancia con el Sistema Nacional Anticorrupción y el Sistema Estatal Anticorrupción, así como el Sistema Nacional de Fiscalización y el Sistema Estatal de Fiscalización, para la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción; La Dirección General de Evaluación y Control de Obras, adscrita a la Subsecretaria de Evaluación Gubernamental, conforme a los programas de inversión en materia de Obra Pública, realiza las actividades siguientes: DGECO Auditoría Verificación de obra Líneas de Acción Licitación E-R Órganos de Gob. BESOP COMPRANET

2.- Observaciones Recurrentes en Auditorías Programa Anual de Trabajo 2018

Auditorías realizadas en el periodo ENERO A DICIEMBRE DE 2018

2.1- Proceso de Auditoría LA AUDITORÍA, 1 2 3 4 5 6 Planeación. Objetivo, Alcances y Estrategias 1 Orden de Auditoría y requerimiento de información 2 LA AUDITORÍA, es la revisión que se efectúa a las dependencias y entidades del sector público para comprobar que la planeación, adjudicación, ejecución, comprobación del gasto y destino de las obras públicas, y demás inversiones físicas se hayan ajustado a la legislación y normatividad aplicables. A través de ella se verifica el cumplimiento de los programas de obra pública; la correcta aplicación del presupuesto asignado, en términos de eficacia, eficiencia, economía y honradez; la observancia de la normatividad aplicable en la materia; la comprobación del cumplimiento de los programas de obra establecidos en los contratos; la revisión de que las obras contratadas se inicien y concluyan en las fechas pactadas; y que se supervisen en todas las fases conforme a las normas y procedimientos que al efecto se establezcan, entre otros aspectos. Ejecución 3 Acta de inicio Revisión Financiera Revisión del Expediente de obra Verificación física Aclaraciones Acta de cierre y observaciones Informe de Auditoría 4 Fed.< 45 D.H. Est. > 5 D.H. Seguimiento a observaciones 5 Informe de Cierre de Auditoría 6 Turno al área de Investigación

63 Auditorías 186 0 proceso 63 concluidas 2.95 2.2- Gráfica de Datos de Observaciones 63 Auditorías 63 concluidas 39 En Investigación 7 En Seguimiento 17 Archivadas 0 proceso Índice de detección 2.95 Observaciones por auditoría 49% 186 Observaciones 51% Observaciones Recurrentes

IMPORTE OBSERVADO $ 560,679,161.28 IMPORTE SOLVENTADO $ 261,489,597.70

3.- Observaciones Recurrentes en la Verificación de Obra periodo ENERO A DICIEMBRE DE 2018

Verificación de Obra Proceso mediante el cual se realiza la revisión y evaluación documental y física de las actividades que llevan a cabo las ejecutoras para el desarrollo de las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas en sus diferentes etapas secuenciales, llevada a cabo en forma paralela al desarrollo de las obras o servicios relacionados. Objetivo Coadyuvar de manera preventiva con las instancias ejecutoras de obra pública de la administración estatal y municipal, a que se cumpla con la normatividad legal y técnica, evaluando la correcta aplicación de los recursos; y que las obras se concluyan y cumplan con su objetivo. Dicho procedimiento se puede realizar en cualquier etapa del proceso secuencial de la obra pública o servicio relacionado.

3.1- Proceso de Verificación de Obra 1. PLANEACIÓN. 2. INICIO. 3. EJECUCIÓN 4. INFORME. 5. SEGUIMIENTO. 6. CIERRE.

575 Verificaciones efectuadas 3.2- Gráfica de Datos de Observaciones 350 Dependencias 319 Observaciones 575 Verificaciones efectuadas 225 Municipios

4.- Acciones a Implementar para Evitar la Recurrencia Observaciones Las entidades ejecutoras deberán asegurar que la totalidad de los trabajos convenidos sean ejecutados, conforme a las especificaciones y plazos contratados; y que los volúmenes ejecutados correspondan con los volúmenes pagados, sin que haya diferencias entre los mismos ° Conceptos de obra pagados no ejecutados. Considerando los montos máximos autorizados, las entidades ejecutoras deberán adjudicar la ejecución de obras mediante Licitación Pública, en caso contrario, para la contratación de obra pública, para la modalidad de invitación a cuando menos 3 personas, y/o adjudicación directa, deberán presentar el dictamen que funde y motive la excepción a la licitación pública. ° Asignación de obra que no cumple con la normatividad

4.- Acciones a Implementar para Evitar la Recurrencia Observaciones Las entidades administradoras y ejecutoras, durante el proceso documental de la auditoría, deberán atender la totalidad de los requerimientos efectuados por el Órgano Estatal de Control, presentando con oportunidad la evidencia documental que acredite el cumplimiento a la normatividad aplicable. ° Incumplimiento a los requerimientos de información y/o documentación Las entidades ejecutoras, implementarán la Bitácora, en la cual se registrarán los aspectos relevantes relacionados con la ejecución de la obra, entre otros, la solicitud de aprobación y autorización de estimaciones, ajuste de costos, conceptos no previstos en el catálogo original y cantidades adicionales, terminación de trabajos, entre otras. ° Incumplimiento en la elaboración, uso y requisitado de bitácora.

4.- Acciones a Implementar para Evitar la Recurrencia Observaciones Las entidades administradoras y ejecutoras deberán iniciar oportunamente las gestiones para la autorización y suscripción de los instrumentos jurídicos de transferencia de recursos públicos de los fondos y programas, con la finalidad de dar cumplimiento a que los recursos se comprometan, devenguen, ejerzan y se paguen de conformidad con la normatividad aplicable. ° Recursos no reintegrados al cierre de ejercicio o que no fueron devengados Mejorar los procesos de revisión física por parte de los residentes de obra de las ejecutoras para garantizar que se cumpla con la calidad de trabajos de acuerdo a las especificaciones contratadas, en caso de requerir ajustes, volúmenes adicionales, o trabajos adicionales que brinden una mejora a la obra, realizar el proceso administrativo que sustente los cambios a realizar de acuerdo a la normatividad aplicable y fortalecer la elaboración de documentos relacionados a la ejecución de obra en los tiempos establecidos en la legislación aplicable. ° Deficiencias físicas en los trabajos revisados

4.- Acciones a Implementar para Evitar la Recurrencia Observaciones Las entidades administradoras y ejecutoras, previo a la ejecución de la OPSRM, deberán asegurar el cumplimiento de las condiciones previas a la realización de las mismas, como lo es: contar con la solvencia presupuestal, estudios de factibilidad, licencias y permisos necesarios, estudio de mecánica de suelos, proyecto ejecutivo, entre otros. ° No se generaron los trámites administrativos ante instancias normativas previo a la ejecución de la obra. Las entidades ejecutoras deberán asegurar que la totalidad de los trabajos contratados sean ejecutados, y que tales volúmenes correspondan con los volúmenes pagados, sin que haya diferencias entre los mismos. ° Se autorizan y pagan volúmenes en exceso que no son ejecutados

4.- Acciones a Implementar para Evitar la Recurrencia Observaciones Las entidades pagadoras, deberá mantener integrada, durante el ejercicio del gasto, la documentación comprobatoria de los pagos efectuados, que deberá entregar al organismo auditor con la oportunidad requerida, con los estados de la cuenta bancaria específica y los registros contables. ° Las estimaciones no cuentan con los requisitos mínimos que estipula la normatividad aplicable Las entidades administradoras y ejecutoras deberán dar cabal cumplimiento a las obligaciones y compromisos contractuales, evitando realizar acciones no previstas en los mismos, de igual manera, deberán asegurar que la ejecución de las OPSRM sean concluidas en el plazo de ejecución establecido y de ser el caso aplicar las sanciones y/o penas convencionales correspondientes. ° Falta de retenciones en estimaciones por sanciones o penas convencionales.

¡Gracias por su atención! DGECO