IV Reunión Hemisférica - Inclusión, Estabilidad y Transparencia de los Mercados Financieros República Dominicana, Agosto 2012 Diálogo Público-Privado de.

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Transcripción de la presentación:

IV Reunión Hemisférica - Inclusión, Estabilidad y Transparencia de los Mercados Financieros República Dominicana, Agosto 2012 Diálogo Público-Privado de la Red de Regulación de Instituciones Financieras

Joaquín Bernal * - Subgerente de Sistemas de Pago y OB – Banco de la Republica (Colombia) Diálogo público-privado- BID - República Dominicana, Agosto /2012 * Las opiniones aquí expresadas son responsabilidad exclusiva del autor y no comprometen al BR ni a la JD del BR Innovación, regulación e inclusión en el desarrollo de los sistemas de pago

1.Algunos hechos estilizados. 2.Innovación, inclusión y competencia 3. Algunas experiencias internacional en materia de regulación 4.Fundamentos generales de un marco regulatorio 5Equidad y neutralidad regulatoria 6Regulación de la competencia y cooperación entre autoridades públicas Agenda de la Presentación

Las autoridades de regulación de varios países de la región LAC han hecho esfuerzos significativos en promover la inclusión financiera y la innovación con miras a fomentar el acceso de población en la base de la pirámide a servicios financieros básicos, en especial transaccionales (sistemas de pago) Algunos ejemplos: (i) expandir los canales bancarios a través de corresponsales no bancarios(CNB), operadores postales, telefonía celular, etc; ii) simplificar los procedimientos para apertura de cuentas (kyc/aml); (iii) subsidiar la apertura de cuentas para beneficiarios de programas de apoyo públicos. Los indicadores de penetración bancaria han mejorado. En el caso de Colombia, por ejemplo, la población adulta con acceso a algún producto bancario ha aumentado de 55% a 65% en los últimos tres años, el 97% de los municipios del país tienen oficinas bancarias o CNB ( éstos últimos son casi 20 mil a dic. 2012) Sin embargo, los bancos no han sabido aprovechar todas las facilidades que el marco regulatorio más flexible les ha ofrecido pues aunque hay indicadores formales que han mejorado, la realidad es que el uso efectivo de los servicios bancarios sigue siendo demasiado bajo (en Colombia el 40% de las cuentas permanecen inactivas; alrededor de las 2/3 partes de los CNB manejan menos de 5 transacciones al día y solo canalizan pagos de facturas de servicios públicos, etc). Los clientes siguen considerando que los servicios bancarios son demasiado costosos. 1. Algunos hechos estilizados

Gracias a los avances de la tecnología de comunicaciones, la provisión de servicios de transferencia de fondos y pagos se ha convertido prácticamente en un commodity. Si de manera simplista, ésta se considerara tan solo un intercambio de mensajes de texto, podría visualizarse una larga lista de potenciales proveedores que compitieran con los bancos a menores costos. Ello fomentaría la innovación y la inclusión financiera. La larga lista de money transmitters que podrían competir con los bancos abarca a los operadores de telefonía móvil, remesadores, operadores de servicios postales de pago y de otras modalidades de pago de facturas y de transferencias, entre muchos otros. Pero no deben dejarse de lado imprescindibles consideraciones de protección al consumidor, confianza pública en el dinero como medio de pago y depósito de valor, asimetrías de información, estabilidad financiera, etc En consideración a lo anterior, varios países han intentado desarrollar diversos esquemas regulatorios del dinero electrónico y prestadores de servicios de pago. Se pueden citar los casos del Reino Unido (que retoma lecciones aprendidas del esquema de la Comunidad Europea), Kenia, Filipinas y Perú, entre otros (algunos aún apenas en discusión). 2. innovación, inclusión y competencia

Hay coincidencia entre los países antes enumerados en que el dinero electrónico es un valor almacenado en un dispositivo (instrumento) electrónico o plástico, aceptado como medio de pago por terceros, exigible y redimible por efectivo a la vista. Las aproximaciones difieren respecto a si es o no un depósito, su remuneración, si está protegido por el seguro de depósito, si el emisor no bancario lo debiera mantener en cuentas fiduciarias líquidas segregadas, etc. Pero predomina la concepción de que no es un depósito y que no se beneficia del seguro público de depósito…lo cual genera inquietudes frente a objetivos de regulación pública. También predomina la tendencia a autorizar nuevos emisores no bancarios especializados, sujetos a la regulación de la autoridad pública del ramo, con menores exigencias de capital que los bancos, así como de otros elementos de régimen regulatorio simplificado. 3. Algunas experiencias internacional en materia de regulación

4. FUNDAMENTOS GENERALES DE UN MARCO REGULATORIO Para ampliar la inclusión financiera es deseable que las políticas públicas se orienten a: a) promover la competencia en el mercado masivo y la base de la pirámide; b) crear un marco regulatorio que fomente la innovación de servicios y acceso a menores costos; y c) proteger al consumidor. (sugerido por Ignacio Mas en diversas publicaciones) Una posible vía es reducir barreras de entrada para abrirles espacio a nuevos jugadores que contribuyan a satisfacer las necesidades transaccionales de segmentos desatendidos de la población. Para el efecto debe redefinirse el balance entre riesgos y carga regulatoria. Considerar la opción de un nuevo tipo de licencia: banco mínimo, especializado (objeto exclusivo) en servicios transaccionales de pago, con saldos en cuenta y transferencias de muy bajo monto, que no realice intermediación de crédito ni inversiones de riesgo en su activo. Si los riesgos son bajos, se puede aligerar la carga regulatoria en términos de requerimientos de capital, kyc/aml y reportes y la supervisión enfocarse en riesgos operacionales y tecnológicos. Todo ello favorece la prestación de servicios a usuarios finales a menor costo. Incluso la simple actividad de transferencia de fondos entre cuentas involucra captación de recursos del público (flotante). En aras de la confianza del público y la estabilidad financiera, hay mérito en que esta actividad sea regulada y vigilada por las mismas autoridades públicas que lo hacen con el resto de actividades financieras. Igualmente, que esté respaldada por el seguro de depósito y sujeta a iguales procedimientos de separación patrimonial y resolución.

Hay argumentos para autorizar a los intermediarios financieros tradicionales a competir en el mercado masivo de transferencia de fondos, sea bajo la misma licencia actual o bajo una nueva simplificada (la misma que se abriría a nuevos competidores). Los nuevos entrantes (cuyas matrices podrían ser operadores de telefonía móvil, remesadores, operadores de servicios postales de pago y de otras modalidades de pago y de transferencias, etc) deben estar sujetos a las mismas exigencias que los intermediarios tradicionales bajo el esquema de licencia simplificada. Las operaciones tradicionales de éstos deben estar completamente segregadas de la nueva actividad financiera, en aras de la equidad, la neutralidad regulatoria, la transparencia y la protección al consumidor, así como de la eficiencia y la especialización en la supervisión. La regulación y vigilancia serán más complejas en la medida en que un intermediario incurra en riesgos de crédito, liquidez y mercado (préstamos, inversiones en mercado público de valores, etc). El balance entre mayores ingresos y costos derivados de actividades de mayor riesgo deben ser evaluados tanto a la luz de consideraciones de solidez financiera del prestador del servicio como del objetivo deseado de menor costo del producto para el usuario final 5. equidad y neutralidad regulatoria

Prestar especial atención a la evolución de las tarifas de intercambio entre prestadores de servicios (IF) para evitar que sean fijadas en niveles de barrera de entrada. En la medida en que los operadores de telefonía móvil entren al mercado financiero, serán simultáneamente competidores en éste último sector y proveedores de servicios de telecomunicaciones de otras instituciones financieras (IF). Se debe prevenir que aprovechen indebidamente el poder de mercado que ello les podría dar. También debe prevenirse la ocurrencia de un riesgo similar en el acceso de los nuevos competidores a las redes (switches) de sistemas de pago interbancarios, que en muchos países son propiedad de bancos o éstos son los únicos autorizados a participar en ellas. Por las razones anteriores, para que haya condiciones efectivas de competencia para los nuevos entrantes en términos no discriminatorios, resulta indispensable una estrecha colaboración entre las autoridades financieras y de telecomunicaciones. 6. Regulación de la competencia y cooperación entre autoridades públicas

GRACIAS !!