MANUAL DE APLICACIÓN MARCA ICONTEC

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Transcripción de la presentación:

MANUAL DE APLICACIÓN MARCA ICONTEC ISO 9001:2000

OBLIGACIONES DE LA ORGANIZACIÓN REGLAMENTO OBLIGACIONES DE LA ORGANIZACIÓN Permitir el acceso del equipo auditor a todos los sitios e información correspondientes al SG para el cual solicita o posee el certificado y designar un responsable para la coordinación de las actividades con ICONTEC. Informar sin demora a ICONTEC, acerca de los cambios que puedan afectar el SGC o el alcance del certificado, tales como: a) Cambios en la razón u objeto social b) Cambios en la dirección de contacto o los sitios bajo el alcance de la certificación.

OBLIGACIONES DE LA ORGANIZACIÓN … c) Cambios en la organización, en su estructura organizacional, en la de sus procesos y en el personal que este relacionado con la administración del SG. d) Cambios en el alcance de las operaciones bajo el SG certificado. e) Cambios mayores en el SG y sus procesos. f) Fusión, escisión, liquidación, cesión de acciones y en general cualquier otra operación que implique un cambio en la naturaleza jurídica de la organización. g) En caso de presentarse intervención judicial o administrativa o sanciones impuestas por autoridad competente. h) Cese de actividades mayor a 60 días.

OBLIGACIONES DE LA ORGANIZACIÓN … Mantener un registro controlado de lo indicado a continuación, según sea aplicable al SG certificado: Las Q/R de las partes interesadas aplicables (tales como clientes, comunidad, entre otros), así como del tratamiento dado a los mismos. b) Las sanciones impuestas por la autoridad competente por incumplimiento de requisitos legales o reglamentarios aplicables. La suspensión o cancelación del certificado implica la renuncia por parte de la organización a cualquier acción legal en contra de ICONTEC. Así mismo la organización NO PODRA seguir utilizando el certificado para NINGUN FIN a partir de la fecha en la que le sea notificado por escrito o por cualquier otro medio la suspensión o cancelación del certificado. En caso que la Organización siga utilizando el certificad, ICONTEC podrá iniciar las acciones legales correspondientes y exigir a la organización el pago de los derechos y compensaciones por uso indebido del certificado.

2. OBLIGACIONES DE ICONTEC Tratar de manera confidencial la información obtenida de la organización en relación con las actividades desarrolladas para la gestión del certificado y usarla solamente para los fines relacionados con la gestión del mismo. Verificar que el SG cumpla con los requisitos especificados. La certificación del SG no exime a la organización de su responsabilidad de cumplir con la legislación vigente y proveer bienes o servicios que cumplan los requisitos aplicables. La certificación del SG no es garantía de cumplimiento de requisitos legales o contractuales exigibles a los bienes o servicios cubiertos por el alcance de la certificación.

3. GESTIÓN DEL CERTIFICADO Periodo de la certificación: El certificado ICONTEC de SG se otorga por un periodo de TRES AÑOS (3) que puede prorrogarse a voluntad de las partes siempre y cuando la organización mantenga su SG conforme con los requisitos, lo cual es verificado mediante auditorias de seguimiento y renovación.

Certificado IQNET El certificado IQNET es un certificado que emite un miembro de la red internacional de certificación IQNET con base en los resultados de auditoria realizadas por otro miembro de la red. El certificado IQNET es expedido para los SG en los cuales esta aprobado el reconocimiento mutuo de la certificación y será modificado o cancelado paralelamente con la expedición, modificación o cancelación del certificado ICONTEC. Mantenimiento del certificado a) ICONTEC notificará por escrito a la organización en el momento de aprobación del otorgamiento y la renovación del certificado el mes, año y duración de las auditorias de seguimiento y renovación posteriores. b) Cuatro meses (4) antes de la fecha de auditoria de seguimiento o renovación ICONTEC informará a la organización la fecha y los integrantes del equipo auditor. La organización tiene la obligación de aceptar y atender estas auditorias en las fechas programadas.

Mantenimiento del certificado … c) La no realización de la auditoria de seguimiento implica la suspensión del certificado. Esta suspensión no dará lugar a la extensión de la vigencia del certificado. d) El mes once (11) y el mes veintitrés (23) a partir de la fecha de otorgamiento o de renovación del certificado, ICONTEC verificará la conformidad del sistema de gestión de calidad mediante una auditoria de seguimiento. e) En el caso de que la organización aplace las auditorias programadas deberá cubrir los gastos en que ICONTEC incurra por la reprogramación de los servicios. f) Cuando durante una auditoria de seguimiento o renovación, la organización no pueda evidenciar la implementación de acciones correctivas correspondientes a NC menores detectadas en auditorias previas, se realizará una auditoria complementaria que debe ser pagada por la organización de acuerdo con su duración. Si en la auditoria complementaria no se solucionan las NC menores pendientes de las auditorias previas se procederá a la SUSPENSIÓN DEL CERTIFICADO. g) La duración de las auditorias podrá variar de acuerdo a las modificaciones del tamaño de la organización y el alcance del certificado.

Mantenimiento del certificado … Al final del periodo de vigencia del certificado, en el mes 33 contado a partir de la fecha de otorgamiento o renovación, se realizará ala auditoria de renovación con el fin de determinar la renovación del certificado. ICONTEC, podrá realizar auditorias extraordinarias cuando lo estime conveniente, en cualquier momento, o cuando se presente una o varias de las siguientes situaciones: Q/R de los clientes de la organización o de otras partes interesadas que afecten el alcance del SG certificado. b) Quejas , Investigaciones o sanciones de la autoridad competente que afecten el alcance del SG Certificado. c) Cambios en la estructura organizacional, en el alcance, en los procesos, en las operaciones, o en las sedes incluidas en el certificado de la organización , lo cual podrá, a juicio del ICONTEC, ocasionar una suspensión temporal del certificado. d) Por solicitud del comité de certificación.

4. AMPLIACIÓN Y REDUCCIÓN DE LA CERTIFICACIÓN La ampliación del alcance de la certificación a otro(s) sitio(s), a una nueva categoría de productos o servicios, actividades adicionales en el mismo sitio o en sitio(s) diferente(s) debe ser solicitada por escrito con la debida anticipación a al próxima auditoria de seguimiento o renovación y adjuntando la documentación del SG en la cuál se indiquen las disposiciones adoptadas. La ampliación del certificado es definida con base en los resultados de la auditoria que se realice.

AMPLIACIÓN Y REDUCCIÓN DE LA CERTIFICACIÓN … La reducción al alcance del certificado es realizada por solicitud escrita de la organización, o puede ser identificada y reportada por ICONTEC en las auditorias de seguimiento o renovación. Podrán realizarse auditorias extraordinarias para verificar la aplicación de los requisitos de la norma, si existe el riesgo de que la reducción haya afectado al SG en el alcance que permanece.

5. DERECHOS DE LA ORGANIZACIÓN APAR EL USO DE LOS CERTIFICADOS ICONTEC E IQNET La organización que ha obtenido autorización para el uso de los certificados ICONTEC e IQNET, puede utilizar las marcas para demostrar que su SG satisface los requisitos indicados. Los derechos de uso del certificado no pueden ser cedidos por la organización, en caso que la organización proyecte transferir total o parcialmente sus derechos por las actividades cubiertas por el alcance certificado, debe informar a ICONTEC con la debida anticipación, con el fín de definir la continuidad del certificado.

DERECHOS DE LA ORGANIZACIÓN APAR EL USO DE LOS CERTIFICADOS ICONTEC E IQNET… El Certificado debe usarse siguiendo las disposiciones que se indican a continuación: a) Con el nombre de la organización certificada. b) Con el número del certificado. c) Con referencia a la norma aplicable. d) Con el periodo de validez del certificado. e) Dentro del alcance/área certificada. f) Por el titular del certificado. g) Sin ningún cambio. h) En los colores especificados. Las ampliaciones o reducciones son permitidas conservando las proporciones originales y siempre y cuando sean legibles.

En documentos, avisos y otros medios publicitarios con una clara descripción del alcance de la certificación. j) NO se debe usar en el producto o ele empaque en el que llega al consumidor o en cualquier otra forma que se pueda interpretar como conformidad del producto. k) Con la marca del organismo de acreditación de ICONTEC, pero solo junto con la marca ICONTEC de SG certificado. l) En embalajes diferentes a aquellos en que el producto llega al consumidor siempre que se incluya el siguiente texto de manera que sea obvia su relación con la marca de certificación: (Este producto fue) Manufacturado/Procesado/Ensamblado/ETC/ en una planta/ Instalación/Sede/Por una organización/ Cuyo SGC/ Ambiental/De seguridad y salud Ocupacional/Esta certificado de acuerdo a la norma “X”

Cuando el certificado sea reproducido deberá parecer completo y ser totalmente legible, de acuerdo con el manual de imagen y uso del logo del certificado ICONTEC del SG. El certificado no puede ser usado de manera que induzca o pueda inducir a confusión con otras actividades que no han sido certificadas, ni puede ser utilizado a titulo de publicidad relacionada directamente con los productos, de manera que pueda hacer entender que estos han sido certificados. La organización solo puede hacer publicidad del certificado después de su aprobación

6. SANCIONES Causas de Sanción: El incumplimiento de las obligaciones mencionadas. Permanencia de una NC o incumplimiento del plazo establecido para algún requisito modificado. No recibir en las fechas programadas las auditorias de seguimiento y renovación. La mora mayor a 60 días en el pago de los servicios de la certificación. Utilizar el certificado vencido, suspendido o cancelado. Alterar o cambiar el contenido del alcance o su vigencia. Presentar documentación falsa para obtener la certificación. Utilizar el certificado para actos ilícitos.

Las sanciones por aplicar, a criterio del Comité de Certificación y del Consejo Directivo, dependiendo de la gravedad de las infracciones podrán ser: Amonestación escrita con el requerimiento de que cesen las infracciones en un plazo determinado. Amonestación escrita acompañada de una auditoria extraordinaria. Suspensión del Certificado, la cual no podrá ser superior a ciento ochenta (180) días calendario, para corregir la situación que originó la sanción, de lo contrario se procederá a la cancelación del certificado. Cancelación del Certificado. La mora superior a sesenta (60) días en el pago de las facturas, ocasionará la suspensión del certificado. La mora superior a ciento veinte (120) días en el pago de las facturas, ocasionará la cancelación del certificado. En estos casos los intereses de mora se liquidarán a la máxima tasa permitida por la Ley, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan para el cobro de la deuda. En caso de mora mayor a sesenta (60) días en el pago de los derechos de la certificación por parte de la Organización, ICONTEC podrá suspender la realización de la auditoria de seguimiento o renovación y en consecuencia el certificado, hasta tanto la organización cancele las obligaciones pendientes.

El Certificado podrá ser cancelado por una de las siguientes causas: Por solicitud escrita de la Organización. Por sanción impuesta por incumplimiento de las disposiciones de este reglamento. Por no reactivación dentro del período máximo de suspensión. Por no llevarse a cabo las auditorias de seguimiento o renovación dentro de los plazos contemplados en el presente Reglamento. Por haber recibido la sanción de una suspensión del certificado previamente Por mora mayor a noventa (90) días en el pago de los servicios de auditoria establecidos contractualmente.

7. CONSIDERACIONES ESPECIALES ESQUEMA BÁSICO DE CONSTRUCCIÓN La marca deber ir siempre acompañada del número de certificado asignado a la Organización. La tipografía utilizada es la óptima, en su versión normal y en negrilla. El tipo de letra utilizada con el símbolo, es la fuente óptima en su versión negrillas

VARIACIONES CROMÁTICAS DEL LOGO LOGOSIMBOLO EN COLOR

LOGOSIMBOLO EN INVERTIDO MARCA IQNET DE CERTIFICACION DEL SG

APLICACIONES NO PERMITIDAS REDUCCIONES DE LOGOSIMBOLO

GRACIAS