REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL

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Transcripción de la presentación:

REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL Gestiona: EPSUVI REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS

INTRODUCCIÓN Rehabilitación de Edificios y Viviendas Bases Reguladoras Orden 14 de Enero de 2019. Orden de tramitación y presentación de solicitudes. Subvenciones Junta de Andalucía (Consejería de Fomento y Vivienda), Entidad Colaboradora Ayuntamiento de Puerto Real, Gestiona EPSUVI El Ayuntamiento se ha comprometido a recepcionar y repartir los fondos y asumir las tasa e impuestos de la licencia de obra para UC con menos de 3 veces el IPREM. Asignación de un importe por PROVINCIA y se conceden subvención hasta agotar el presupuesto Régimen de concurrencia competitiva: Se conceden en base a un procedimiento en el que se comparan las solicitudes de acuerdo a unos criterios de valoración INTRODUCCIÓN

PARA LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y DE LAS VIVIENDAS ¿PARA QUÉ SE DA UNA SUBVENCIÓN?

CONCEPTOS QUE TENEMOS QUE CONOCER INGRESOS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA IPREM PRESUPUESTO PROTEGIBLE BENEFICIARIOS -Es el coste de ejecución material de las obras desglosado por partidas, el beneficio industrial y gastos generales. No pudiéndose incluir impuestos tasas o tributos para la ejecución de la obra. (Licencia de obra, no) -Todos los honorarios técnicos de redacción de informes y proyectos así como la dirección de la obra y de la Seguridad y Salud. -Los gastos de la tramitación administrativa. -NO SE PODRAN INCLUIR OBRA EJECUTADAS CON ANTERIORIDAD A LA SOLICITUD A EXCEPCIÓN DE PROYECTOS INFORMES Y CERTIFICADOS. -Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). -Se utiliza para el cálculo de subvenciones, ayudas y subsidio de desempleo. -Es un valor que lo fija el estado y actualmente está en 537,80 € -El número de veces el IPREM se calcula en base a todos los ingresos de la unidad familiar o Unidad de Convivencia, los empadronados. -Para las subvenciones a EDIFICIOS, las COMUNIDADES DE PROPIETARIOS. -Para las subvenciones a viviendas las PERSONAS FISICAS propietarias que disfruten la vivienda o arrendatarias previo acuerdo con el propietario. 10.000 20.000 30.000 40.000 50.000 3 veces IPREM 5,5 veces IPREM 22.000 € 3 Veces IPREM 41.000 € 5,5 Veces IPREM

SUBVENCIONES PARA VIVIENDAS

REQUISITOS DE LA VIVIENDA: REQUISITOS DEL BENEFICIARIO: Ser vivienda habitual y permanente (Estar Empadronado). No estar calificada fuera de ordenación. Tener al menos 36 m2 o alcanzarlo con la actuación Una antigüedad de 23 años, a excepción de si las obra tienen carácter estructural y/o mejoras de las condiciones de accesibilidad. Presentar condiciones de seguridad estructural salvo si las obras van destinado a ese fin. No tener la condicion de infravivienda. Ser propietario de la vivienda o tener derecho real de uso y disfrute. Ser arrendatario y acordar con la propiedad que el coste de la actuación sea a cambio del pago de la renta. Los ingresos de la unidad de convivencia no supere 5,5 veces IPREM Haber transcurrido 3 años de otra subvencion para rehabilitación de la Junta de Andalucia excepto si es para adaptación por discapacidad. Deberá tener informe técnico que recoja:

SUBVENCIONES ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN -Cimentación, estructura y adaptación de instalaciones a Normativa. -Cubiertas, azoteas, fachadas y medianeras así como retirada amianto -Condiciones minimas de funcionalidad, habitabilidad, seguridad e higiene. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD: -Ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad. -Instalación de elementos de información o de aviso, señales luminosas carteles. -Dispositivos electrónicos de comunicación, video porteros y análogos -Instalación de domótica para favorecer la autonomía personal. -Accesibilidad universal de las vías de evacuación. -Cualquier actuación que mejore la seguridad de utilización y accesibilidad CTE DB-SUA. LÍNEA 1: OBRAS DE CONSERVACIÓN, MEJORA DE LA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN LINEA 1 DE FORMA GENERAL: DE FORMA PARTICULAR: SERÁ DEL 40 % DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE: - Los ingresos de la UC sean inferior a 5,5 veces el IPREM. - La vivienda Domicilio Habitual. (propietario o arrendada). SERÁ DEL 75 % DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE: - UC tengan unos ingresos inferiores a 3 veces el IPREM. - La vivienda Domicilio Habitual. (propietario o arrendada). LIMITE MAXIMO: LIMITE MAXIMO: CONSERVACION ACCESIBILIDAD ó ACCESIBILIDAD + CONSERVACIÓN CONSERVACION ACCESIBILIDAD ó ACCESIBILIDAD + CONSERVACIÓN 7.500,00 € 8.000,00 € 3.000,00 € 8.000,00 € SUBVENCIÓN COMPLEMENTARIA: - 25 % Honorarios Tecnicos hasta un maximo de 500 euros

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN LINEA 1 OBRAS DE MEJORAS DE ACCESIBILIDAD SERÁ DEL 75 % DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE: MAYORES DE 65 AÑOS DISCAPACIDAD DISCAPACIDAD SEVERA 8.000,00 € 14.000,00 € 17.000,00 €

OBRAS DE MEJORAS DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD SUBVENCIONES OBRAS DE MEJORAS DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD 1. Mejoras de la envolvente térmica. Actuaciones sobre: a. Sustitución de carpinterias. b. Acristalamiento. c. Dispositivos de sombreamientos y bioclimaticos. 2. Nuevos sistemas de refrigeración y calefacción, producción de agua caliente sanitaria. 3. Instalaciones de generación, energía solar fotovoltaica, que reduzcan el consumo de energía eléctrica. 4. Mejoras de los parametros de protección contra el ruido. 5. Mejoras para reducir la concentración de radón al 50 %. LÍNEA 2 Para la justificación de las medidas adoptadas en materia de eficiencia energética, será preciso presentar certificado energético anterior y posterior a la actuación. NO PARA VIVIENDAS EN EDIFICIOS DE TIPOLOGIA RESIDENCIAL

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN LINEA 2 LIMITE MAXIMO: DE FORMA GENERAL: EFICIENCIA ENERGETICAS Y SOSTENIBILIDAD SERÁ DEL 40 % DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE: - Los ingresos de la UC sean inferior a 5,5 veces el IPREM. - La vivienda Domicilio Habitual. (propietario o arrendada). 12.000,00 € DISCAPACIDAD DISCAPACIDAD SEVERA GRADO DE DISCAPACIDAD: 18.000,00 € 24.000,00 € DE FORMA PARTICULAR: 12.000,00 € SERÁ DEL 75 % DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE: - Si los ingresos de la UC son inferior a 3 veces el IPREM. LIMITE MAXIMO: EN TODOS LOS CASOS AMPLIACION DE 1.000,00 € POR BIEN CULTURAL

FORMA DE ABONO DE LAS SUBVENCIONES PERIODO JUSTIFICACIÓN DOS PAGOS PRIMER PAGO: Cuando se presente licencia de obra o Autorización administrativa. Pago adelantado a justificar. 50% de la SUBVENCIÓN. SEGUNDO PAGO: Con el Certificado Final de Obra y justificación del abono del primer 50% de la subvención. La justificación del pago del primer 50% de la subvención se efectuara mediante facturas o documentos de valor probatorio del 50% de la obra. PERIODO JUSTIFICACIÓN -El periodo máximo para justificar el primer pago será de 12 meses a partir del ingreso a la comunidad -El periodo de justificación del segundo pago será de 3 meses desde el ingreso a la comunidad EL INCUMPLIMIENTO PODRA LLEVAR A UN EXPEDIENTE SANCIONADOR Y LA DEVOLUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN CON INTERESES.

OBLIGACIONES DEL SOLICITANTE: -    Ejecutar el proyecto de obra. -    Someterse a fiscalización financiera y control cuando se le exija. -    Comunicar otras ayudas recibidas para el mismo fin. -    Conservar durante 4 años la documentación justificativa de la obra. -    Comunicar el cambio de domicilio o dirección de correo  durante 4 años. -    Solicitar la licencia de obra en un plazo máximo de 1 mes desde la concesión de la subvención. (puede solicitarse con anterioridad). -    Iniciar las obras en un plazo máximo de 6 meses desde la concesión de la licencia. -    Terminar las obras en un plazo de 16 meses desde la concesión de la licencia. -    Si no se obtuviera licencia de obra en un plazo de 6 meses, la terminación de la obra se ampliara 6 meses más. -    Comunicar la concesión de la licencia de obras en un plazo de 15 días desde su concesión. -    Comunicar el inicio y final de obra mediante certificado o documentación. -    Remitir la documentación a requerimiento de la Junta de Andalucía. - Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente y no podra transmitirse intervivos durante 5 años desde la fecha de terminación de la obra. M&F Architects 2020

TRAMITACIÓN

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES ORDEN DE TRAMITACIÓN DATOS A RELLENAR ANEXO I ORDEN DE TRAMITACIÓN a.- Línea de subvención b.- Identificación del solicitante. c.- Medio de notificación (no es obligatoria electrónicamente) d.- Declaración responsable de no tener deuda con la Junta de Andalucía. e.- Declaración responsable de cumplir con los requisitos de las bases. f.- Declaración responsable de NO haber recibido otras subvenciones para el mismo fin. g.- Oposición para recabar documentación de otras administraciones. h.- Finalidad y coste de la actuación. i.- Información para aplicar los criterios de valoración. j.- Datos bancarios. k.- Declaración responsable de la veracidad de todos los datos. l.- Firma del representante. m.- Código identificativo de la delegación. Sera publicada en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucia. EPSUVI a traves de sus redes sociales comunicara la publicación de la Orden de Tramitación - De forma presencial en EPSUVI o en la Delegación de la Junta de Andalucia. - De forma electronica en la pag. web de la Junta de Andalucia. RECOGIDA DE SOLICITUDES DOCUMENTACIÓN A APORTAR - Impreso ANEXO I - INFORME TECNICO: La orden de tramitación fijara el plazo de presentación de las SOLICITUDES. No estar calificada fuera de ordenación. Tener al menos 36 m2 o alcanzarlo. Una antigüedad de 23 años. Presentar condiciones de seguridad estructural No tener la condicion de infravivienda. SOLICITUDES ANEXO I ANEXO I, impreso a rellenar que saldra publicado en la Orden de Tramitación.

EVALUACIÓN Y ESTUDIO DE LAS SOLICITUDES COMISIÓN DE EVALUACIÓN: SUBSANACIÓN VALORACIÓN PROPUESTA DE RESOLUCIÓN ACEPTACIÓN Si la solicitud presenta alguna deficiencia, se comunicara y habrá que subsanarla en un plazo de 10 días, por el mismo método que se entregó la solicitud. Si esta no es contestada se archiva. Las solicitudes se valoraran en base a un criterio de puntuación (Cuadros) y a igualdad de puntuación: o  Mayor número de viviendas habitadas. o  Situación socio – económica. o  Mayor puntuación del criterio a.- o  Mayor antigüedad. o  Sorteo. Propuesta de Resolución: - Relación de solicitantes, puntuación y cuantía de la subvención. - Solicitantes que no han obtenido puntuación suficiente. - Solicitantes suplentes. Los solicitantes con subvención asignada, tendrán 15 días para la aceptación a presentar en la delegación.

DOCUMENTACION A APORTAR o   NIF/NIE del propietario o representante. o   Justificación la propiedad, escritura pública, nota simple. o   Fecha de finalización del edificio, referencia catastral. o   Proyecto Técnico o memoria valorada por técnico competente, así como presupuesto desglosado. o   Los que se acojan a la Línea 2, eficiencia energética, certificación de eficiencia energética previa. o   Presupuesto desglosado por actuación. Ojo presupuesto. o   Documentos acreditativos de los gastos subvencionables: -  Honorarios Técnicos. -  Redacción de proyecto. -  Informe Técnico. -  Gastos de tramitación. o   Certificado de empadronamiento. o   Documento de ingreso – Autorización para consulta. o   Documentación que acredite minusvalía ó autorización para consulta. o   Situación de dependencia grado III o autorización administrativa. RESUELTAS LAS SOLICITUDES: DOCUMENTACION A APORTAR

SUBVENCIONES PARA EDIFICIOS

REQUISITOS DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS No haber obtenido ayudas en los 3 años anteriores salvo que se solicite para accesibilidad Que el 50 % de las viviendas constituyan domicilio habitual El 70 % de la superficie sobre rasante sea de carácter residencial Tener una antigüedad de 23 años, a excepción de si las obra tienen carácter estructural y/o mejoras de las condiciones de accesibilidad. No estar fuera de ordenación urbanística. Los ingresos de la unidad de convivencia no supere 5,5 veces IPREM al menos el 50 % de las viviendas. Exista acuerdo de la comunidad y autorización administrativa. Presentar condiciones de seguridad estructural salvo si las obras van destinado a ese fin. Deberá de tener informe técnico que recoja: REQUISITOS DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS -El 70 % de la superficie sobre rasante sea de carácter residencial. -No estar fuera de ordenación urbanística. -Presentar condiciones de seguridad estructural salvo si las obras van destinado a ese fin. M&F Architects 2020

SUBVENCIONES ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN -Cimentación, estructura y adaptación de instalaciones a Normativa. -Cubiertas, azoteas, fachadas y medianeras así como retirada amianto. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD: -Ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad. -Instalación o dotación de productos de apoyo tales como grúa o artefactos para permitir el acceso. -Instalación de elementos de información o de aviso, señales luminosas carteles. -Dispositivos electrónicos de comunicación, video porteros y análogos -Instalación de domótica para favorecer la autonomía personal. -Accesibilidad universal de las vías de evacuación. -Cualquier actuación que mejore la seguridad de utilización y accesibilidad CTE DB-SUA. LÍNEA 1 OBRAS DE CONSERVACIÓN, MEJORA DE LA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD EN EDIFICIOS

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN LINEA 1 DE FORMA GENERAL: SERÁ DEL 40 % DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE: -50 % de la UC de cada vivienda tengan unos ingresos inferiores a 5,5 veces el IPREM. -50 % de las viviendas sea Vivienda Habitual. LIMITE MAXIMO: ACCESIBILIDAD ó ACCESIBILIDAD + CONSERVACIÓN CONSERVACION 3.000,00 €/Viv y 30 € /m2 de local 8.000,00 €/Viv y 80 € /m2 de local

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN LINEA 1 DE FORMA PARTICULAR: SERÁ DEL 75 % DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE: - UC tengan unos ingresos inferiores a 3 veces el IPREM. - ó Persona con Discapacidad. - Mayor de 65 años. LIMITE MÁXIMO: > 3 veces IPREM + de 65 AÑOS DISCAPACIDAD DISCAPACIDAD SEVERA 8.000,00 € 8.000,00 € 14.000,00 € 17.000,00 € ACCESIBILIDAD+CONSERVACIÓN PARA OBRAS DE ACCESIBILIDAD EN TODOS LOS CASOS AMPLIACION DE 1.000,00 € POR BIEN CULTURAL

OBRAS DE MEJORAS DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD SUBVENCIONES 1. Mejoras de la envolvente térmica. Actuaciones sobre: a. Fachadas b. Cubiertas c. Plantas bajas d. Sustitución de carpinterías. e. Acristalamiento f. Terrazas ya techadas g. Dispositivos de sombreamiento. 2. Nuevos sistemas de refrigeración y calefacción, producción de agua caliente sanitaria. 3. Instalaciones de generación, energía solar fotovoltaica, que reduzcan el consumo de energía eléctrica 4. Mejoras de la eficiencia energética de las instalaciones comunes, ascensores, iluminación, colocación de lámparas LED. 5. Mejoras que reduzcan el ahorro de agua así como la reutilización de aguas grises 6. Instalaciones para la adecuada recogida y separación de residuos domésticos. LÍNEA 2 OBRAS DE MEJORAS DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD

OBRAS DE MEJORAS DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD SUBVENCIONES 7. Mejoras para la protección contra el ruido DB-HR del código técnico 8. El acondicionamiento de espacios privativos, adaptar la jardinería a especies de bajo consumo de agua y optimizar los sistemas de riego. 9. Mejoras para reducir la concentración de radón al 50 %. 10. Instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos yu aparcamiento de bicicletas. 11. Instalación de cubiertas y fachadas vegetales. 12. Instalación de sistema de domótica para la reducción de la demanda eléctrica, reducción de al menos el 25 %. *Para la justificación de las medidas adoptadas en materia de eficiencia energética, será preciso presentar certificado energético anterior y posterior a la actuación. LÍNEA 2 OBRAS DE MEJORAS DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN LINEA 2 DE FORMA GENERAL: LIMITE MAXIMO: SERÁ DEL 40 % DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE: -50 % de la UC de cada vivienda tengan unos ingresos inferiores a 5,5 veces el IPREM. -50 % de las viviendas sea Vivienda Habitual. EFICIENCIA ENERGETICAS Y SOSTENIBILIDAD 8.000,00 €/Viv y 80 € /m2 de local DE FORMA PARTICULAR: SERÁ DEL 75 % DEL PRESUPUESTO PROTEGIBLE: - UC tengan unos ingresos inferiores a 3 veces el IPREM. LÍMITE MÁXIMO: DISCAPACIDAD SEVERA DISCAPACIDAD LÍMITE MÁXIMO: 8.000,00 €/Viv y 80 € /m2 de local 12.000,00 € 16.000,00 € EN TODOS LOS CASOS AMPLIACION DE 1.000,00 € POR BIEN CULTURAL

FORMA DE ABONO DE LAS SUBVENCIONES PERIODO JUSTIFICACIÓN DOS PAGOS PRIMER PAGO: Cuando se presente licencia de obra o Autorización administrativa. Pago adelantado a justificar. 50% de la SUBVENCIÓN. SEGUNDO PAGO: Con el Certificado Final de Obra y justificación del abono del primer 50% de la subvención. La justificación del pago del primer 50% de la subvención se efectuara mediante facturas o documentos de valor probatorio del 50% de la obra. PERIODO JUSTIFICACIÓN -El periodo máximo para justificar el primer pago será de 12 meses a partir del ingreso a la comunidad -El periodo de justificación del segundo pago será de 3 meses desde el ingreso a la comunidad EL INCUMPLIMIENTO PODRA LLEVAR A UN EXPEDIENTE SANCIONADOR Y LA DEVOLUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN CON INTERESES.

OBLIGACIONES DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS: -    Ejecutar el proyecto de obra. -    Someterse a fiscalización financiera y control cuando se le exija. -    Comunicar otras ayudas recibidas para el mismo fin. -    Conservar durante 4 años la documentación justificativa de la obra. -    Comunicar el cambio de domicilio o dirección de correo  durante 4 años. -    Solicitar la licencia de obra en un plazo máximo de 1 mes desde la concesión de la subvención. (puede solicitarse con anterioridad). -    Iniciar las obras en un plazo máximo de 6 meses desde la concesión de la licencia. -    Terminar las obras en un plazo de 16 meses desde la concesión de la licencia. -    Si no se obtuviera licencia de obra en un plazo de 6 meses, la terminación de la obra se ampliara 6 meses más. -    Comunicar la concesión de la licencia de obras en un plazo de 15 días desde su concesión. -    Comunicar el inicio y final de obra mediante certificado o documentación. -    Remitir la documentación a requerimiento de la Junta de Andalucía. M&F Architects 2020

TRAMITACIÓN

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DATOS A RELLENAR ANEXO I ORDEN DE TRAMITACIÓN PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES a.- Línea de subvención b.- Identificación de la comunidad. c.- Medio de notificación (no es obligatoria electrónicamente) d.- Declaración responsable de no tener deuda con la Junta de Andalucía. e.- Declaración responsable de cumplir con los requisitos de las bases. f.- Declaración responsable de NO haber recibido otras subvenciones para el mismo fin. g.- Oposición para recabar documentación de otras administraciones. h.- Finalidad y coste de la actuación. i.- Información para aplicar los criterios de valoración. j.- Datos bancarios. k.- Declaración responsable de la veracidad de todos los datos. l.- Firma del representante. m.- Código identificativo de la delegación. Sera publicada en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucia. EPSUVI a traves de sus redes sociales comunicara la publicación de la Orden de Tramitación - De forma presencial en la Delegación de la Junta de Andalucia. - De forma electronica. RECOGIDA DE SOLICITUDES DOCUMENTACIÓN A APORTAR - Impreso ANEXO I - INFORME TECNICO: -  No estar fuera de ordenación. -  70% superficie residencial sobre rasante. - Condiciones de seguridad estructural salvo que la adquiera con la obra. La orden de tramitación fijara el plazo de presentación de las SOLICITUDES. SOLICITUDES ANEXO I ANEXO I, impreso a rellenar que saldra publicado en la Orden de Tramitación.

EVALUACIÓN Y ESTUDIO DE LAS SOLICITUDES COMISIÓN DE EVALUACIÓN: SUBSANACIÓN VALORACIÓN PROPUESTA DE RESOLUCIÓN ACEPTACIÓN Si la solicitud presenta alguna deficiencia, se comunicara y habrá que subsanarla en un plazo de 10 días, por el mismo método que se entregó la solicitud. Si esta no es contestada se archiva. Las solicitudes se valoraran en base a un criterio de puntuación (Cuadros) y a igualdad de puntuación: o  Mayor número de viviendas habitadas. o  Situación socio – económica. o  Mayor puntuación del criterio a.- o  Mayor antigüedad. o  Sorteo. Las comunidades con subvención asignada, tendrán 15 días para la aceptación a presentar en la delegación. Propuesta de Resolución: - Relación de comunidades, puntuación y cuantía de la subvención. - Comunidades que no han obtenido puntuación suficiente. o   Comunidades suplentes.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR o   NIF de la Comunidad y del Representante. o   Acuerdo de la Comunidad que recoja: -  Petición de Ayuda. - Nombramiento del Representante. -  El importe de las obras. -  El importe de los costes que asume cada uno. - La aceptación del presupuesto. -  El importe de subvención de cada uno. o   Justificación la propiedad, escritura pública, nota simple. o   Declaración responsable de no hallarse en ninguna de las prohibiciones (Hacienda Autonómica). o   Fecha de finalización del edificio, referencia catastral. o   Proyecto Técnico o memoria valorada por técnico competente, así como presupuesto desglosado. o   Los que se acojan a la Línea 2, eficiencia energética, certificación de eficiencia energética previa. o   Presupuesto desglosado por actuación. Ojo presupuesto. o   Documentos acreditativos de los gastos subvencionables: -  Honorarios Técnicos. -  Redacción de proyecto. -  Informe Técnico. -  Gastos de tramitación. o   Certificado de empadronamiento. (50% vivienda habitual). o   NIF comunidad – Documento de ingreso – Autorización para consulta. o   Documentación que acredite minusvalía ó autorización para consulta. o   Situación de dependencia grado III o autorización administrativa. RESUELTAS LAS SOLICITUDES: DOCUMENTACIÓN A APORTAR

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