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LICENCIA DE EDIFICACIÓN

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Presentación del tema: "LICENCIA DE EDIFICACIÓN"— Transcripción de la presentación:

1 LICENCIA DE EDIFICACIÓN
MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Gerencia de Desarrollo Urbano LICENCIA DE EDIFICACIÓN DEFINICIÓN: Resultado de construir una obra cuyo destino es albergar al hombre en el desarrollo de sus actividades. Comprende las instalaciones fijas y complementarias adscritas a ella. BASE LEGAL: Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. Decreto Supremo Nº VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación

2 TIPOS DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN
Edificación Nueva Ampliación Remodelación Puesta en valor histórico monumental Cerco Demolición Refacción Acondicionamiento REQUIERE LICENCIA DE EDIFICACIÓN NO REQUIERE LICENCIA DE EDIFICACIÓN

3 MODALIDADES DE APROBACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN
Vivienda unifamiliar de hasta 120 m² de área techada. Ampliación de una vivienda unifamiliar cuya sumatoria del área existente con el área de ampliación no supere los 200 m de área techada. Remodelación de una vivienda unifamiliar sin modificación estructural, ni cambio de uso, ni aumento de área techada. Cercos de una vivienda unifamiliar de más de 20 metros de longitud. Demolición total de edificaciones menores de tres (03) pisos que no cuenten con semisótanos y sótanos. MODALIDAD A Vivienda unifamiliar, multifamiliar, quinta o condominios de vivienda unifamiliar no mayores a 05 pisos de hasta 3000 m² de área techada. Construcción de cercos en inmuebles bajo el Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común. Obras de ampliación o remodelación de una edificación existente con modificación estructural, aumento de área techada o cambio de uso. Demoliciones parciales y demolición total hasta 05 pisos. MODALIDAD B

4 MODALIDADES DE APROBACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN
Vivienda multifamiliar, quinta o condominios que incluyan vivienda multifamiliar de más de 05 pisos o más de 3000 m² de área techada. Edificaciones para fines diferentes de vivienda a excepción de las previstas en la modalidad D. Intervenciones en predios que constituyan parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación declarados por el Ministerio de Cultura. Edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto tienen un máximo de m² de área techada. Edificaciones de uso mixto con vivienda. Edificaciones para mercados que cuenten con un máximo de m² de área techada. Locales para espectáculos deportivos de hasta ocupantes. Demolición total con más de 05 pisos o que requieran el uso de explosivos. Todas las demás edificaciones que no se encuentren contempladas en las modalidades A, B y D. MODALIDAD C

5 MODALIDADES DE APROBACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN
Edificaciones para fines de industria. Edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto tienen un más de m² de área techada. Edificaciones para mercados que cuenten con más de m² de área techada. Edificaciones para fines educativos, salud, hospedaje, establecimientos de expendio de combustible, terminales de transporte. MODALIDAD D

6 REQUISITOS DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD C y D
Formulario Único, debidamente suscrito por el administrado y por los profesionales responsables, señalando el número de recibo y fecha de pago del trámite de Licencia de Edificación, en tres (03) juegos originales. En caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar la documentación que acredite que cuente con derecho a edificar. En caso el administrado sea una persona jurídica, declaración jurada del representante legal señalando que cuenta con representación vigente, consignando datos de la Partida Registral y el asiento en el que conste inscrita la misma. Declaración jurada de los profesionales que intervienen en el proyecto, señalando encontrarse hábiles para el ejercicio de la profesión. Certificados de Factibilidad de Servicios para obra nueva de vivienda multifamiliar o fines diferentes al de vivienda. Póliza CAR (Todo Riesgo contratista), según las características de la obra que se vaya a ejecutar. Copia de comprobante de pago por revisión del proyecto. (C.A.P. – C.I.P.)

7 REQUISITOS DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD C y D
Documentación técnica en tres (03) juegos originales, la misma que está compuesta por: Plano de Ubicación y Localización según formato. Planos de arquitectura (plantas, cortes y elevaciones), Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Eléctricas y otras, de ser el caso, firmados y sellados por los profesionales responsables del proyecto y por el propietario, adjuntando las correspondientes memorias descriptivas por cada especialidad. Plano de Seguridad y evacuación cuando se requiera la intervención del delegado Ad hoc del CENEPRED, en caso de proyectos de usos diferentes al residencial y de concurrencia masiva de público. De ser el caso plano de sostenimiento de excavaciones de acuerdo a lo establecido en el art. 33 de la Norma E050 del RNE, acompañado de la memoria descriptiva que precise las características de la obra, además de las edificaciones colindantes indicando el número de pisos y sótanos complementados con fotos. Estudio de mecánica de suelo según los casos que establece el RNE. Los planos que conforman la documentación técnica debe ser presentada también en archivo digital.

8 GENERALIDADES DE LICENCIA
DE EDIFICACIÓN VIGENCIA 36 MESES PRÓRROGA 12 MESES REVALIDACIÓN 36 MESES por única vez Para dar inicio a la ejecución de la obra autorizada con Licencia de Edificación, debe presentar el Anexo H.

9 PLAZOS MÁXIMOS PARA TRÁMITE DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN
MODALIDAD A AUTOMÁTICA MODALIDAD B 15 DÍAS HÁBILES MODALIDAD C 25 DÍAS HÁBILES MODALIDAD D 25 DÍAS HÁBILES

10 PROCEDIMIENTO PARA TRÁMITE DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN
MODALIDAD C y D 25 DÍAS HÁBILES Iniciado el trámite, el profesional responsable del área correspondiente efectúa la revisión de los documentos presentados que conforman el expediente. 05 días hábiles La Comisión Técnica emite los dictámenes teniendo en cuenta la opinión de los delegados Ad hoc, es de veinte (20) días hábiles, contando cada especialidad con cinco (05) días hábiles para emitir el dictamen correspondiente. 20 días hábiles En caso que alguna especialidad sea observada por la Comisión Técnica, el plazo se suspende, subsanando el administrado las observaciones. 15 días hábiles


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